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Oposiciones a Operario Especialista el Ayuntamiento de Zaragoza |
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| Nombre : Centro Nacional de Oposiciones Tecnica y Empleo | ||
| Tfno. : 902 200 344 | Modalidad :
Distancia
OnLine
Presencial
Semipresencial |
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| Precio : Consultar | ||

Está dirigido a...
aquellas personas que cumpliendo con los requisitos deseen sueprar con éxito las oposiciones a Operario Especialista el Ayuntamiento de Zaragoza
Requisitos de la Oposición
La titulacion requerida es el titulo de Certificado de estudios
Temario de la Oposición
Tema 1. La Administración Pública en la Constitución. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Estructura, principios generales y ámbito de aplicación.
Tema 2. La organización territorial del Estado: El municipio. El Estatuto de Autonomía de Aragón: Principios generales, contenido y estructura.
Tema 3. La función pública. El personal al servicio de las Corporaciones locales: Estructura y clases. Derechos y deberes del funcionario público.
Tema 4. Las funciones del operario especialista. Dependencias municipales y su ubicación. La atención al público.
Tema 5. Electricidad. Nociones básicas. Herramientas. Tipos de materiales.
Tema 6. Fontanería. Nociones básicas. Herramientas. Tipos de materiales.
Tema 7. Albañilería. Nociones básicas. Herramientas. Tipos de materiales.
Tema 8. Carpintería. Nociones básicas. Herramientas. Tipos de materiales.
Tema 9. Manejo de maquinas fotocopiadoras. Tamaños de papel usados en maquinas. Problemas más usuales. Tema 10. Socorrismo y primeros auxilios. Prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de Zaragoza.
Descripción Pruebas Selectivas
1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de cien preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, sobre el contenido comprendido del programa, en un tiempo máximo de cincuenta minutos.
2. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica que versará sobre aspectos específicos relacionados con el perfil y funciones de la plaza, además de, en su caso, aspectos generales de la misma. En el supuesto de que la citada prueba práctica deba realizarse durante un máximo de tiempo, el tribunal deberá disponer de los medios técnicos y personales especializados que en todo caso garanticen la exactitud del cronometraje.
CALIFICACIÓN
Los ejercicios y pruebas de la oposición serán eliminatorios y calificados separada e independientemente por el tribunal, calificando cada uno de los ejercicios como sigue:
Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios para superar el ejercicio y pasar al siguiente obtener un mínimo de 6 puntos. Cada respuesta acertada se valorará a razón de 0,10 puntos. Las respuestas erróneas penalizarán a razón de descontar una respuesta acertada por cada cuatro respuestas falladas. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de cinco puntos para superar el ejercicio. A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, ubicado en la planta primera de la Casa Consistorial (plaza del Pilar, 18).
Una vez finalizado el último ejercicio de la oposición, el tribunal procederá a sumar la puntuación obtenida por los aspirantes en cada ejercicio. En supuesto de empate en las calificaciones obtenidas por los aspirantes, serán criterios para dirimir el desempate en primer lugar la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio y en segundo lugar la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio. Si persiste el empate entre aspirantes se podrá por el tribunal establecer una prueba adicional de contenido práctico.
La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio. Seguidamente el tribunal ordenará exponer la relación de aprobados de mayor a menor puntuación alcanzada, haciéndola pública en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.
El tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Las propuestas que infrinjan esta norma serán nulas de pleno derecho.
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