¡Hola! Soy nuevo en el foro. Me examiné el sabado 14 de la promoción. Como varios de vosotros he sacado buena nota en el cuestionario (38) y estoy en el alambre en el criminal y retorcido supuesto de G. Peronal con 6 preguantas( descontados errores).
Han querido hilar tan fino en este supuesto que han llenado de confusión y ambigüedad varias preguntas. Parece que las más controvertidas son las que señalo en el título.
Con respecto a la cuarta opino que la respuesta más acertada es la d. En todo caso, dada la confusión creada, debería anularse. Me baso en lo siguiente: El enunciado de la pregunta dice literalmente ..¿qué permiso sería aplicable en el mismo caso......? y no pregunta para nada cual es el tiempo que le corresponde permanecer en el mencionado permiso. Por otro lado el EBEP nos dice que en caso en que el neonato deba ser hospitalizado el permiso de parto se ampliará en el tiempo que debe permanecer hospitalizado hasta un máximo de trece semanas. Por tanto la respuesta b no sería correcta por que no nos pregunta por el tiempo de duración de este caso concreto, sino por el permiso que le es aplicable. No es existe, por tanto, el permiso por parto con duración de diecisiete semanas, sino la duración concreta en este supuesto.
Con respecto a la 7ª hay un compañero que ha dado en la diana entre las dudas que existen. Estamos ante un caso de servicio en otras administraciones públicas y no es aplicable el 3.2 g de la ley
seguridad de los funcionarios públicos. En este caso habría que aplicar el artículo 7 1.b de la misma ley .Sólamente en los casos en que por procesos selectivos de libre ingreso o de promoción es aplicables el 3.2 g. Hay que tener en cuenta que el mutualismo
administrativo sólo es posible en el Régimen especial de funcionarios públicos. Por tanto no cabe más respueta acertada que la A.
Con respecto a la 9ª la única respuesta acertada posible es la d puesto que estamos como en el caso anterior ante una situación de Servicios en otras administraciones públicas (en este caso en la Comunidad de Madrid). La persona del supuesto al cesar en su puesto de libre designación todavía no ha reingresado a la AGE y por tanto, le debe ser de aplicación la normativa de la administración a la que sirve en ese momento.
Con respecto a la 10ª resulta increíble que hayan dado la b como la respuesta acertada. El enunciado dice claramente que el la Comunidad Autónoma le ha concedio el grado personal 18. No nos interesa aquí con que requisitos. El EBEP dice lo siguiente en su artículo 88 párrafo final: " los funcionarios que reingresen al servicio activo en la Administración de origen (es el caso de la pregunta 10ª), procedentes de servicio en otras asministraciones públicas, obtendrán el reconocimiento profesional alcanzados en el sistema de carrera profesional. (este artículo está plenamente en vigor).Por tanto, la respuesta correcta deber ser la C.
Debemos animarnos a reclamar las preguntas que consideramos con respuesta equivocada o anulables. En mi caso considero que suficiente argumentos legales para cambiar el sentido de las respuesta a las preguntas 4ª y !0ª y no la 7ª y la 9ª. Es muy lamentable que después de tanto esfuerzo y sacrificio andemos en el filo de navaja por contestar a un supuesto mal planteado en varias preguntas.
me arripiento mucho de no haber escogido el de procedimiento administravio. Otro gallo cantaría. Pero en cualquier caso, es el supuesto, creo, elegido por la gran mayoría y se puede hacer estas "putadas" a los sufridos opositores.