Administrativo diputación valencia II













Ir a Inicio : Foro   Oposiciones Administrativos
luigix

15/02/2010 11:48:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 14:24:34 
::: --> Motivo :  
 
Venimos de aquí: 
[--http://www.buscaoposiciones.com/red/foro/mensaje2....dtitu=1#4373477--] 
 
---- 
NOTAS-1er ejercicio-orden alfabético: 
[--http://web01.dival.es/personal/reponodoc/08-27-ALFA.PDF--] 
NOTAS-1er ejercicio-orden puntuación: 
[--http://web01.dival.es/personal/reponodoc/08-27-PUNT.PDF--] 
Plantilla de correcciones del 1er ejercicio (oficial): 
[--http://web01.dival.es/personal/reponodoc/08-27-PLANTILLA.PDF--] 
 
Belibo ha colgado el examen (modelo A) 
[--http://www.mediafire.com/?ye2l5yymjyy--] 
 
Página web de la diputación: 
[--http://www.dival.es/isum/Main?ISUM_ID=Center&ISUM_...v4Jwf2knsFT8U!---] 
 

201 RESPUESTAS AL MENSAJE

luigix

15/02/2010 12:01:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:34:29 
::: --> Motivo : añado número del modelo B 
 
Pregunta 7 (modelo A) 
Pregunta 70 (Modelo B) 
Respuesta: B [ojo: más adelante la cambio por A] 
--- 
Los principios rectores de la política social y económica del Capítulo III del Título I de la Constitución. 
a-No son normas sin contenido y hay que tenerlos presentes en la interpretación tando de las restantes normas constitucionales como de las leyes. 
b-No cabe alegarlos directamente y únicamente informan la práctica judicial
c-Vinculan a todos los poderes públicos y su desarrollo, que en todo caso debe respetar su contenido esencial, está reservado a ley orgánica. 
--- 
Correcta B. 
 
Art. 53.3 -Constitución Española 
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. 
 
No puede ser A, puesto que eso es lo contrario a que dice 53.3: sólo pueden alegarse las leyes que los desarrollan, pero no esos artículos directamente. 
No puede ser C, eso es para el Capítulo II (ver art. 53.1)
dani197813
Oposito

15/02/2010 12:21:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
luiggix 
 
Pienso que te equiovocas,  
 
Art. 53.3 -Constitución Española  
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.  
 
La respuesta B,  
b-No cabe alegarlos directamente y únicamente informan la práctica judicial.  
Dice UNICAMENTE informan la práctica judicial y el art 53.3 de la CE dice , informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.  
 
Pinso que es la A.  
 
Que te parecio el exámem?. Que nota de corte piensas que van a emplear? 
 

luigix

15/02/2010 12:24:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Pregunta 8 B 
 
8- Las áreas metropolitanas son entidades locales (...) La ciudad de Valencia forma parte de: 
a- Un Área Metropolitana. 
b- Dos Áreas Metropolitanas. 
c- Ninguna Área Metropolitana. 
---- 
Correcta: B. - Dós Áreas Metropolitanas: la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos y la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos. 
---- 
Ley 2/2001, de 11 de mayo, de Creación y Gestión de Áreas Metropolitanas de la Comunidad Valenciana 
 
Disposición adicional primera. 
1. Se crea la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos en el área territorial integrada por los municipios de Alaquàs, Albal, Albalat dels Sorells, Alboraya, Albuixech, Alcàsser, Aldaia, Alfafar, Alfara del Patriarca, Almàssera, Benetússer, Beniparrell, Bonrepòs i Mirambell, Burjassot, Catarroja, Emperador, Foios, Godella, Lugar Nuevo de la Corona, Manises, Massalfassar, Massamagrell, Massanassa, Meliana, Mislata, Moncada, Museros, Paiporta, Paterna, Picanya, Picassent, la Pobla de Farnals, Puçol, Puig, Quart de Poblet, Rafelbuñol, Rocafort, San Antonio de Benagéber, Sedaví, Silla, Tavernes Blanques, Torrent, Valencia, Vinalesa y Xirivella (...) 
 
Disposición adicional segunda. 
1. Se crea la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos en el área territorial integrada por los municipios de Alaquàs, Albal, Albalat dels Sorells, Alboraya, Albuixech, Alcàsser, Aldaia, Alfafar, Alfara del Patriarca, Almàssera, Benetússer, Beniparrell, Bonrepòs i Mirambell, Burjassot, Catarroja, Emperador, Foios, Godella, Lugar Nuevo de la Corona, Manises, Massalfassar, Massamagrell, Massanassa, Meliana, Mislata, Moncada, Museros, Paiporta, Paterna, Picanya, Picassent, la Pobla de Farnals, Puçol, Puig, Quart de Poblet, Rafelbuñol, Rocafort, San Antonio de Benagéber, Sedaví, Silla, Tavernes Blanques, Torrent, Valencia, Vinalesa y Xirivella(...) 
 
[--http://www.rlgv.gva.es/almacenes/indices/indice_su...Hash=07802fed93--]
luigix

15/02/2010 12:36:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:35:20 
::: --> Motivo : añado número del modelo B 
 
Cambio respuesta pregunta 7 (modelo A) [70 (modelo B)] 
Respuesta correcta: A 
 
Dani... 
 
Ya, yo también he dudado..., porque ninguna respuesta es exacta respecto de lo que dice la constitución, todas están incompletas, el problema aquí es descartar las opciones más incorrectas o contrarias. 
 
Seguramente tienes razón y es la A... 
 
El problema que yo le veo a la A, es que dice que hay que "tenerlas presentes" siempre que se interprete cualquier norma, y no es cierto, puesto que en el caso de la jurisdicción ordinaria, se pueden alegar, pero sólo conforme a su legislación de desarrollo, nunca directamente. Supongo que la trampa está aquí, en que SÍ se tienen en cuenta pero no directamente. (un lío, vaya)
luigix

15/02/2010 12:43:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
El corte estará alto, eramos mucha gente, y aunque el examen era un poco líoso (con muchas preguntas trampa y mucha penalización) creo que la gente habrá ido bastante preparada. 
 
Oí que en la última convocatoria el corte estuvo en 7,5 (?) Igual está por ahí. 
 
Yo supongo que no abré aprobado, puesto que he estado centrado en otras oposiciones y el tema de Régimen local, presupuestos, contratos y demás lo llevaba bastante flojito. 
 
Aparte del lío que siempre intentan montar, de las preguntas de tipo "¿dónde está la bolita?", "¿en qué artículo hemos metido la potestad reglamentaria en materia tributaria?" y cosas así, el resto de preguntas eran muy típicas...
ToniC1969

15/02/2010 12:52:00
Mensajes: 30
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
¿que os parece la pregunta 31? En mi opinión es nula: 
 
La opción A (que es la que yo puse) "Por razones de urgencia podrán expedirese nuevas órdenes de pago a justificar, por los mismos conceptos presupuestarios, a perceptores que tuvieran en su poder aýun fondos pendientes d ejustificación." no puede ser, por cuanto que está prohibida por la Ley en el Art. 190 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales 
En ningún caso podrán expedirse nuevas órdenes de pago a justificar, por los mismos conceptos presupuestarios, a perceptores que tuviesen aún en su poder fondos pendientes de justificación. 
 
La opción B tampoco es "Solo podrán librarse fondos a justificar para atenciones de carácter periódico o repetitivo" 
 
El propio 190 dice "3. Para las atenciones de carácter periódico o repetitivo, los fondos librados a justificar podrán tener el carácter de anticipos de caja fija"  
 
La opción C, tampoco "Las ordenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición NO tendrán el carácter de a justificar" 
 
El 190 dice: 
1. Las órdenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición, según previene el artículo anterior, tendrán el carácter de a justificar y se aplicarán a los correspondientes créditos presupuestarios 

Mar14

15/02/2010 13:04:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
A mi también me parece que esa pregunta la tendrán que anular, ya que, no es ninguna correcta. Yo puse la a), porque ponía "por razones de urgencia", pero vamos ninguna de las tres puede ser. 
 
Alguien hizo la pregunta del Estatuto de Autonomía (pregunta 16, modelo B): 
a) Es un texto nuevo 
B) Es un texto que modifica algunos artículos del texto anterior 
c) Es un texto que deroga el anterior pero incorpora todos sus artículos modificándolos. 
 
¿Alguien sabe cual es la correcta?  
 
En cuanto al examen, a mi no me pareció muy difícil a simple vista, pero cuando lo he empezado a corregir, si que hay muchas trampas, por lo que creo que la nota de corte estará sobre 6 o 6,5. 
 
Saludos
Msmoralquelaalcoyana1980

15/02/2010 13:20:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
La respuesta del Estatuto de Autonomía es la c 
"texto que deroga el anterior (disposición derogatoria) pero incorpora todos sus artículos modificándolos", además de añadir otros artículos nuevos.
luigix

15/02/2010 13:30:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:25:39 
::: --> Motivo : añado número del modelo B 
 
22 (modelo A) 
33 (modelo B) 
Respuesta: B 
--- 
22. Se consideran créditos extraordinarios y suplementos de crédito (...) La financiación de estas modificaciones se realizará: 
a- Con cargo al remanente contable de tesorería. 
b- Mediante anulaciones o bajas de los créditos de aplicaciones de gastos no comprometidos, siempre que se estimen reducibles sin perturbación del servicio para el que se dotan, y no tengan la consideración de créditos ampliables ni hayan sido generados por mayores ingresos. 
c- a y b son correctas. 
 
--- 
LRHL 
Artículo 177. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. 
(...) 
4. El expediente deberá especificar la concreta partida presupuestaria a incrementar y el medio o recurso que ha de financiar el aumento que se propone. 
Dicho aumento se financiará con cargo al remanente LÍQUIDO de tesorería, con nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente, y mediante anulaciones o bajas de créditos de gastos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidos, cuyas dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del respectivo servicio. En el expediente se acreditará que los ingresos previstos en el presupuesto vengan efectuándose con normalidad, salvo que aquéllos tengan carácter finalista. 
(...)
luigix

15/02/2010 13:44:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 14:22:31 
::: --> Motivo : añado modelo, para no líar 
 
31 NULA 
(modelo A) 
--- 
"31.- Con referencia a los pagos a justificar: 
a- Por razones de urgencia podrán expedirse nuevas órdenes de pago a justificar, por los mismos conceptos presupuestarios, a perceptores que tuvieran en su poder aún fondos pendientes de justificación. 
b-Solo podrán librarse fondos a justificar para atenciones de carácter periódico o repetitivo. 
c-Las ordenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición no tendrán el carácter de a justificar."  
--- 
LRHL 
Artículo 190. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija. 
1. Las órdenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de su expedición, según previene el artículo anterior, tendrán el carácter de a justificar y se aplicarán a los correspondientes créditos presupuestarios. 
2. Las bases de ejecución del presupuesto podrán establecer, previo informe de la Intervención, las normas que regulen la expedición de órdenes de pago a justificar con cargo a los presupuestos de gastos, determinando los criterios generales, los límites cuantitativos y los conceptos presupuestarios a los que sean aplicables. 
Los perceptores de estas órdenes de pago quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades percibidas en el plazo máximo de tres meses, y sujetos al régimen de responsabilidades que establece la normativa vigente. 
EN NINGÚN CASO podrán expedirse nuevas órdenes de pago a justificar, por los mismos conceptos presupuestarios, a perceptores que tuviesen aún en su poder fondos pendientes de justificación. 
3. Para las atenciones de carácter periódico o repetitivo, los fondos librados a justificar podrán tener el carácter de anticipos de caja fija. Los perceptores de estos fondos quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades percibidas a lo largo del ejercicio presupuestario en que se constituyó el anticipo. 

luigix

15/02/2010 13:57:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 14:22:48 
::: --> Motivo : añado modelo, para no líar 
 
24 B 
(modelo A) 
--- 
"24. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles: 
a- Es un tributo indirecto de de carácter real que grava el valor de los biene inmuebles. 
b- Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de bienes o derechos soble los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales. 
c- En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos municipales se entenderá, a efectos de este impuesto, que pertenece a aquél en cuyo término ocupe la superficie mayor." 
 
--- 
LRHL 
 
Artículo 60. Naturaleza. 
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo DIRECTO de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles en los términos establecidos en esta Ley. 
 
Artículo 61. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. 
1. Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales (...) 
(...) 
4. En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos municipales se entenderá, a efectos de este impuesto, que pertenece A CADA UNO DE ELLOS por la superficie que ocupe en el respectivo término municipal.
Mar14

15/02/2010 14:07:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Gracias Msmoral. La provincia es: Una entidad local formada por la agrupación "legal" de municipios. Entiendo que es esta porque la agrupación "voluntaria" se refiere a mancomunidad. Qué pensais?
Msmoralquelaalcoyana1980

15/02/2010 14:11:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo también pienso que es la A, sobre todo teniendo en cuenta que sólo se puede modificar por Ley Orgánica.
luigix

15/02/2010 14:17:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 17:21:47 
::: --> Motivo : añado modelo, para no líar 
 
25 ¿C? 
(modelo A) 
 
(es un poco líosa) ¿por que a largo plazo??? 
--- 
"25. las EELL podrán concertar con entidades financieras operaciones de tesorería para cubrir déficits de liquidez, teniendo, entre otras, las siguientes características: 
a- El plazo de duración puede ser superior a un año. 
b- El conjunto de operaciones de tesorería vivas no puede exceder del 25% de sus ingresos líquidos por operaciones corrientes. 
c- Computan en el volumen total vivo de las operaciones de crédito a efectos de determinar la exigencia o no de autorización para operaciones a largo plazo." 
--- 
LRHL 
 
Artículo 199. Gestión de la tesorería. 
1. Las entidades locales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de esta Ley, podrán concertar, con cualesquiera entidades financieras, operaciones de tesorería para cubrir déficit temporales de liquidez derivados de las diferencias de vencimientos de sus pagos e ingresos. 
 
Artículo 51. Operaciones de crédito a corto plazo. 
Para atender necesidades transitorias de tesorería, las entidades locales podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año, siempre que en su conjunto no superen el 30 por 100 de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del presupuesto de tal ejercicio, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a este último. (...) 
 
Artículo 52. Concertación de operaciones de crédito: régimen jurídico y competencias. 
(...) 
2. (...) Los presidentes de las corporaciones locales podrán concertar las operaciones de crédito a largo plazo previstas en el presupuesto, cuyo importe acumulado, dentro de cada ejercicio económico, no supere el 10 por 100 de los recursos de carácter ordinario previstos en dicho presupuesto. La concertación de las operaciones de crédito a corto plazo le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas de esta naturaleza, incluida la nueva operación, no supere el 15 por 100 de los recursos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. 
Una vez superados dichos límites, la aprobación corresponderá al Pleno de la corporación local. 
--- 
¿alguien sabe cuál es la correcta y por qué?
luigix

15/02/2010 14:21:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 14:23:40 
::: --> Motivo : añado modelo, para no líar 
 
1 C 
(modelo A) 
-Provincia= Entidad local formada por la agrupación "LEGAL" de municipios 
(por eliminación) 
 
-no puede ser voluntaria, y desde luego no es una mancomunidad, y además, siempre está regulada por Ley (Ley orgánica cuando de refiere a modificación de sus limites territoriales, y ordinaria para cualquier otra modificación -capitalidad, nombre, etc-)
Mar14

15/02/2010 14:42:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo también veo muy liosa la 25 (modelo A) y 52 (modelo B), creo que es la C) por descarte. 
La a) no puede ser está claro. La b) que es la que yo he puesto tampoco creo porque como bien dices es "...siempre que en su conjunto no superen el 30 por 100 de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior" y la c) en el art. 53 de la LHL dice: 
 
53.1: "No se podrán concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo, incluyendo las operaciones que modifiquen las condiciones contractuales o añadan garantías adicionales con o sin intermediación de terceros, ni conceder avales, ni sustituir operaciones de crédito concertadas con anterioridad por parte de las entidades locales, sus organismos autónomos y los entes y sociedades mercantiles dependientes, que presten servicios o produzcan bienes que no se financien mayoritariamente con ingresos de mercado sin previa autorización de los órganos competentes del Ministerio de Hacienda ..." 
 
53.2: " Precisarán de autorización de los órganos citados en el apartado 1 anterior, las operaciones de crédito a largo plazo de cualquier naturaleza..." 
El cálculo del porcentaje regulado en el párrafo anterior se realizará considerando las operaciones de crédito vigentes, tanto a corto como a largo plazo.... 
 
No lo dice textualmente pero entiendo que es la c). Ufff que lio...
dani197813
Oposito

15/02/2010 16:21:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
la 25 (modelo A) y 52 (modelo B), creo que es la A 
 
Pienso que es la A 
 
25. las EELL podrán concertar con entidades financieras OPERACIONES DE TESORERIA para cubrir déficits de liquidez, teniendo, entre otras, las siguientes características:  
 
a- El plazo de duración puede ser superior a un año.  
b- El conjunto de operaciones de tesorería vivas no puede exceder del 25% de sus ingresos líquidos por operaciones corrientes.  
c- Computan en el volumen total vivo de las operaciones de crédito a efectos de determinar la exigencia o no de autorización  
para operaciones a largo plazo."  
 
Artículo 51. Operaciones de crédito a corto plazo. 
 
Para atender necesidades transitorias de tesorería, las entidades locales podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año, siempre que en su conjunto no superen el 30 % de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en  
el ejercicio anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del presupuesto de tal ejercicio, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a este último.  
A estos efectos tendrán la consideración de operaciones de crédito a corto plazo, entre otras las siguientes: 
 
En el art. anterior habla de operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año, en ningún momento esta negando la posibilidad de que existan opeaciones de tesoreia con una duración mayor de una año. ¿Que ocurre si en su conjunto, las operaciones de crédito, SUPERÄn el 30 % de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior? No lo se. En principio la respuesta A, no la descarto.  
 
La B no es, en el art.51 anterior dice " Para atender necesidades transitorias de tesorería, las entidades locales podrán concertar operaciones de crédito a corto plazo, que no exceda de un año, siempre que en su conjunto no superen el 30 % de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes" Es decir, perfectamente PUEDEN EXCEDER del 25% de sus ingreosos líquidos. 
 
Y la C tampoco. (Suposición) 
 
 
Artículo 70, Real Decreto 2568/1986 
 
Corresponden al Pleno, una vez constituido conforme a lo dispuesto en la legislación electoral, las siguientes atribuciones: 
(...) 
Acordar las operaciones de crédito o garantía y conceder quitas y esperas, así como el reconocimiento extrajudicial de créditos. 
(...) 
 
En las operaciones de crédito, sea del tipo que sea, necesitara de autorización, bien del pleno, alcalde o ministro. No? que pensais? 
 
Un razonamiento más sencillo. La b descartada. Si es la c "operaciones a largo plazo" tb. es la a. Siempre que, operaciones que excedan de un año = operaciones a largo plazo. Por lo tanto si la pregunta no es nula, pienso que es la a.  
 
Por lo tanto, en mi condición de opositor novato, pienso que es la A. El plazo de duración PUEDE ser superior a un año. 
 

Mar14

15/02/2010 17:04:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo veo que es la C porque creo que se refiere a que las operaciones de tesoreria que son a corto plazo "computarán" en el total de las operaciones para cuando se vaya a realizar una operación a largo plazo ver si se ha de solicitar autorización o no. No se si me explico... 

dani197813
Oposito

15/02/2010 17:37:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Es posible que sea la C. 
Pienso que para realizar cualquier operación a largo plazo, es necesario autorización. Independientemente del computo total de las operaciones. 
Tb es verdad que no lo encontrado expesamente en ninguna norma.  
 
Mar es posible que sea la C.
luigix

15/02/2010 17:59:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 13:12:37 
::: --> Motivo :  
 
..dani, mar 
no sé cada vez estoy más liado... 
la 25 (modelo A) y 52 (modelo B) parece que la correcta es C. Pienso que es Mar la que tiene razón: 
 
"25. las EELL podrán concertar con entidades financieras operaciones de tesorería para cubrir déficits de liquidez, teniendo, entre otras, las siguientes características:" 
 
"a- El plazo de duración puede ser superior a un año". 
¿sí o no? No 
Esto está recogido en el art. 199.1 y no en el art. 51. Lo que pasa es que desde el 199 nos remiten, únicamente, al art. 51 [operaciones de crédito a corto plazo], impidiéndonos de este modo hacer uso de las operaciones de crédito a largo plazo y limitándonos por lo tanto el plazo máximo a 1 año... (entiendo yo) 
 
"b- El conjunto de operaciones de tesorería vivas no puede exceder del 25% de sus ingresos líquidos por operaciones corrientes". 
No puede ser, porque el art. 51 fija un 30% 
 
"c- Computan en el volumen total vivo de las operaciones de crédito a efectos de determinar la exigencia o no de autorización para operaciones a largo plazo". 
¿sí o no? 
¿como se determina la exigencia de autorización para operaciones a largo plazo? 
[pues eso está regulado en el art. 53 y pone un rollazo largísimo y complicadísimo ¿alguien entiende si es un sí o un no? Yo entiendo que es un sí] 
--- 
art. 53.2.-LRHL 
"Precisarán de autorización de los órganos citados en el apartado 1 anterior, las operaciones de crédito a largo plazo de cualquier naturaleza, incluido el riesgo deducido de los avales, cuando el VOLUMEN TOTAL DEL CAPITAL VIVO de las operaciones de crédito vigentes A CORTO Y LARGO PLAZO, incluyendo el importe de la operación proyectada, exceda del 110 por 100 de los ingresos corrientes liquidados o devengados en el ejercicio inmediatamente anterior o, en su defecto, en el precedente a este último cuando el cómputo haya de realizarse en el primer semestre del año y no se haya liquidado el presupuesto correspondiente a aquél, según las cifras deducidas de los estados contables consolidados de las entidades citadas en el apartado 1 de este artículo. 
El cálculo del porcentaje regulado en el párrafo anterior se realizará considerando las operaciones de crédito vigentes, tanto a corto como a largo plazo, valoradas con los mismos criterios utilizados para su inclusión en el balance. El riesgo derivado de los avales se computará aplicando el mismo criterio anterior a la operación avalada". 
--- 
O sea, que, de acuerdo con Mar, cuando miramos si vamos a necesitar una autorización para pedir una operación a largo plazo, en la cuenta total (volumen total del capital vivo), para ver si llegamos a ese 110% a partir del cual debemos pedir autorización, debemos meter todas las operaciones, sean a corto plazo o a largo plazo, y por lo tanto las operaciones de tesorería para cubrir déficits de liquidez también hay que incluirlas... 
 
(vaya lío complicado) 

luigix

15/02/2010 18:36:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 18:36:54 
::: --> Motivo :  
 
29 C 
(modelo A) 
--- 
"29.- Son características del Tribunal de Cuentas 
a- Que los conflictos que se susciten sobre sus competencias serán resueltos por el Tribunal Supremo. 
b- Que no le corresponde enjuiciar la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales públicos, porque corresponde a la jurisdicción penal. 
c- Que le corresponde la fiscalización de las subvenciones, créditos, avales y otras ayudad del sector público percibidas por persona físicas o jurídicas" 
--- 
a- No, puesto que esos conflictos se resuelven por el Tribunal Constitucional: 
Artículo 8.2 -LOTiCu (LO 2/82) 
"Los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones del Tribunal de Cuentas serán resueltos por el Tribunal Constitucional". 
--- 
b- No es cierto, sí le corresponde: 
Artículo 2 -LOTiCu (LO 2/82) 
"Son funciones propias del Tribunal de Cuentas: 
a) La fiscalización externa, permanente y consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público. 
b) El enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos". 
--- 
c- Sí, correcto: 
Artículo 4.2 -LOTiCu (LO 2/82) 
"Al Tribunal de Cuentas corresponde la fiscalización de las subvenciones, créditos, avales u otras ayudas del sector público percibidas por personas físicas o jurídicas". 

Mar14

15/02/2010 18:45:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo también entiendo que es un sí, pero vamos que la pregunta ésta la han puesto con mala leche, había que ser vidente para saber que es la c), je,je 
Encima es verdad que el artículo 53 tiene tela. 
 
Otra que veo que es impugnable es la 56 (modelo B), la Constitución Española: 
 
A) No es una norma objetiva de aplicación directa.  
"Sí es de aplicación directa" 
 
B) Prevé la posibiliad de crear tribunales de excepción. 
"Se prohiben los tribunales de excepción" 
 
C) Desarrolla el procedimiento del recurso de inconstitucionalidad. 
El que desarrolla el recurso de inconstitucionalidad es la ley no??
luigix

15/02/2010 18:57:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 15/02/2010 19:00:21 
::: --> Motivo :  
 
36 B 
(Modelo A) 
--- 
"36. (...) En materia de notificaciones, la Ley establece que: 
a- Toda notificación deberá ser cursada en el plazo de diez días a partir de día siguiente a aquél en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. 
b- Las notificaciones que conteniendo el texto íntegro del acto omitiesen alguno de los demás requisitos previstos en la ley surtirán efecto a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación o resolución, o interpongan cualquier recurso que proceda. 
c- Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio. Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. " 
--- 
A- NO 58.2 (cambian las fechas) 
B- SÍ 58.3 (idéntico) 
C- NO 59.2 (falta "haga constar su identidad" 
--- 
LPAC (L 30/82) 
Artículo 58. Notificación. 
1. Se notificarán a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, en los términos previstos en el artículo siguiente. 
2. Toda notificación deberá ser cursada en el plazo de diez días A PARTIR DE LA FECHA en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. 
3. Las notificaciones que conteniendo el texto íntegro del acto omitiesen alguno de los demás requisitos previstos en el apartado anterior surtirán efecto a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación, o interpongan cualquier recurso que proceda. 
(...) 
 
Artículo 59. Práctica de la notificación. 
2.(...) Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio Y HAGA CONSTAR SU IDENTIDAD. Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.  
(...)
luigix

15/02/2010 19:13:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
jooo, ¡cuanta pregunta trilero! 
 
¿dónde está la bolita? 
[--http://www.youtube.com/watch?v=CeslwWgexuw--] 
 

luigix

15/02/2010 19:26:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
65 (modelo A), 56 (modelo B) 
Respuesta C (por ser la única que no es absolutamente falsa) 
--- 
"La Constitución Española:  
A) No es una norma objetiva de aplicación directa.  
B) Prevé la posibiliad de crear tribunales de excepción.  
C) Desarrolla el procedimiento del recurso de inconstitucionalidad".  
--- 
Pienso igual que tú, la opción c es completamente interpretable... 
Aunque debe ser... por ser la menos mala. 
--- 
A- Falso- Hay artículos aplicables directamente y otros que no lo son. 
B- Falso- los prohibe en el art. 117.6. 
C- Cierto en parte, ya que aparece "desarrollado" en los arts. 161.1.a y 162.1.a.
VICENTE ARRONES

16/02/2010 2:06:00
Mensajes: 2
Desde: Valencia
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
PODEIS VER LA HOJA DE RESPUESTAS EN MI BLOG: 
 
VicenteArrones.blogspot.com 
 
Pienso que el test ha sido muy complicado. Se han pasado demasiado, seguramente para eliminar mucha gente en el primer ejercicio.
belibo

16/02/2010 8:47:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
He subido el examen, modelo A. 
Esta pendiente de aprobación.
Valenciana84

16/02/2010 9:39:00
Mensajes: 64
Registrado: octubre de 2008
Quien la sigue la consigue...
Hola a todos/as. Alguien sabe si están colgadas las plantillas de los exámenes?? en mi aula nos dijeron que el lunes (ayer) las pondrían, pero no hay nada... gracias!
belibo

16/02/2010 9:48:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
En mi aula dijeron viernes 19. 
El lunes aun no habrán desprecintado ni las cajas con las respuestas.
Valenciana84

16/02/2010 10:17:00
Mensajes: 64
Registrado: octubre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
Pues en la mia dijeron que las notas estarían el viernes 19 y el lunes 15 las plantillas de respuestas de los 2 exámenes, pero vemos que no es así..
oposita1987

16/02/2010 10:49:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
vicente arrones: respecto de las soluciones que has colgado, quisiera que me aclararas algunas cosas que no entiendo muy bien. 
respecto de la pregunta 7, la respuesta b, dice que informan UNICAMENTE, la practica judicial. la constitucion dice bien claro que informan ademas, la actuacion de los poderes publicos y noseque mas que ahora no me acuerdo. ademas, ¿son normas sin contenido el derecho a la propiedad privada y a la herencia por ejemplo? 
respecto a la pregunta 10, la ley dice que son nulos de pleno derecho LAS DISPOSICIONES que establezcan la retroactividad...... y LOS ACTOS que se dicten prescindiendo TOTAL Y ABSOLUTAMENTE de las normas..... . asi pues, correctas literalmente no son ninguna, porque en ningun caso engloba a ambas, pero la b es aun menos correcta por tanto omite TOTAL Y ABSOLUTAMENTE, pues de no ser total y absolutamente, no serian nulos de pleno derecho. 
respecto de la 52, la repuesta b dice SOLO podra realizarse para agregarlo .... cuando se confundan los nucleos. el texto de la ley, dice que tambien por motivos de conveniencia economica y administrativa.  
respecto de la pregunta 65: no es la constitucion una norma de aplicacion directa? 
respecto de la 80, dice la ley que en caso de conflico entre este principio y el resto, DEBEN PREVALECER ESTOS ULTIMOS Y EN ESPECIAL LOS DE REGISTRO Y DEVENGO. 
respecto de la 88, dice la ley: no podran minorarse los creditos......consecuencia de remanentes NO COMPROMETIDOS.  
respecto de la 85, porque nula?. aunque la pregunta no especifique que se trate de ccaa uniprovinciales, la respuesta b si. por tanto, independientemente del tipo de ccaa que se refiriera la pregunta, la b es correcta pues especifica el caso de las uniprovinciales. 
y respecto de la 104, dentro de las indemnizaciones por razon de servicio, tambien entran las comisiones de servicio, creo que las llama la ley, dentro del termino. 
podrias explicarme el porque de estas respuestas? 
te quedaria muy agradecida porque no lo entiendo 
gracias 

oposita1987

16/02/2010 10:54:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
perdon por el error: el derecho a la propiedad privada no es principio rector. cambio por derecho al descanso laboral y a las vacaciones periodicas retribuidas. normas sin contenido???
oposita1987

16/02/2010 11:02:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
perdon por las molestias pero se me olvidaba una: 
la pregunta 20. porque la a si la ley dice los derechos LIQUIDADOS y las obligaciones reconocidas?
papinoel

16/02/2010 11:09:00
Mensajes: 172
Registrado: enero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Belibo, es más rápido si lo subes en una página de descargas gratuita...: 
 
www.mediafire.com 
www.2shared.com 
 
tiene varias ventajas: 
-el foro este tarda más de una semana en aprobar las descargas... 
-ciertos formatos (excel, etc) no los aprueban, por norma... 
-si en algún momento quieres retirar lo que has publicado, no te dejan, puesto que les has "cedido todos tus derechos" a los dueños del foro este, incluida su comercialización (sin que tú percibas nada a cambio)... [eso pone en las normas del foro] 
 
Yo desde que me censuraron algunos mensajes que puse en el foro (en concreto contra el SCROLL y otros timos de la internet -¿?-) sin que me dieran ningún tipo de explicación de porqué los habían censurado, decidí 1) leerme las normas del foro este; y 2) no volver a colgar ningún documento en este foro...
oposita1987

16/02/2010 11:40:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
y ahi va otra mas: la 46. la c no es correcta. dice la ley que cuando los contratos esten sujetos a regulacion armonizada, la licitacion debera publicarse en el boe y en el diario de la ue. y que cuando se trate de contratos de las ccaa, NO se podra sustituir la publicacion el en boe por la publicacion en diarios o boletines autonomicos.
papinoel

16/02/2010 12:02:00
Mensajes: 172
Registrado: enero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Resumo las distintas plantillas que se han dado aquí: 
(modelo A) 
=== 
PREGUNTA-TONI-LUIGIX-VTE-(ley-artículo) 
=== 
P T L V (L-A) 
1 C - C 
2 C - C 
3 B - B 
4 - A A 
5 C - C 
6 A - A 
7 A A B 
8 - B B 
9 B - B 
10 A - B 
11 B B B (LRHL-216.1) 
12 A - A (LPAC-15) 
13 B B B (LRHL-209) 
14 A - A 
15 B - B 
16 C - C 
17 C - C 
18 B B B 
19 B - B 
20 B - C 
21 A - A 
22 - B B (LRHL-177.4) 
23 B - B 
24 - B B 
25 - C C 
26 A A A (LRHL-214.2) 
27 C C C (LRHL-205) 
28 A A A (RD 2568/86-165) 
29 - C C (LOTICU) 
30 A - A 
31 nula nula nula 
32 A - A 
33 C C C 
34 A - A 
35 A - A 
36 - B B 
37 C - C 
38 B - B 
39 B - B 
40 C - C 
41 B - B 
42 A - A 
43 B B B 
44 A - A 
45 B - B 
46 B B C (LCSP-134.2 y 126.1) 
47 A - A 
48 B - B 
49 C - C 
50 A A C 

papinoel

16/02/2010 12:09:00
Mensajes: 172
Registrado: enero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
continúo 
(modelo A) 
=== 
PREGUNTA-TONI-VTE 
=== 
P T V 
51 A A 
52 A B 
53 C C 
54 - B 
55 B B 
56 B B 
57 A A 
58 C C 
59 C C 
60 B B 
61 - B 
62 B B 
63 C C 
64 B B 
65 C A 
66 - B 
67 B B 
68 B B 
69 B B 
70 - B 
71 A A 
72 - A 
73 B B 
74 B C 
75 C C 
76 B B 
77 B B 
78 B B 
79 - C 
80 - B 
81 - B 
82 - B 
83 - B 
84 B B 
85 B nula 
86 B B 
87 B B 
88 B C 
89 B B 
90 C C 
91 B B 
92 B B 
93 B B 
94 B B 
95 B B 
96 C C 
97 B B 
98 - A 
99 B B 
100 C C 
101 C C 
102 - A 
103 - B 
104 - B 
105 - A
papinoel

16/02/2010 12:19:00
Mensajes: 172
Registrado: enero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
(modelo A) 
Así pues, las preguntas en las que no hay consenso son: 
 
7 (Toni A, Luig A, Vte B) 
10 (Toni A, Vte B) 
20 (Toni B, Vte C) 
46 (Toni B, Vte C) 
50 (Toni A, Vte C) 
52 (Toni A, Vte B) 
65 (Toni C, Vte A) 
74 (Toni B, Vte C) 
80 (Vte B, Oposita ?) 
85 (Toni B, Vte nula) 
88 (Toni B, Vte C) 
104 (Vte B, Oposita ?) 

luigix

16/02/2010 12:34:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:29:53 
::: --> Motivo :  
 
46 (modelo A) 
64 (modelo B) 
Respuesta: B 
--- 
46.- En los procedimientos de adjudicación de los contratos celebrados por los órganos de las administraciones públicas: 
a- La valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor corresponderá, en los casos que proceda por tener atribuida una ponderación mayor que la correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, bien a un comité de expertos, bien a la Mesa de Contratación de la porpia Administración siempre que en su mayor parte se encuentre compuesta por técnicos especializados. 
b- En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática, se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. 
c- Cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada, la licitación deberá publicarse, además de en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, cuando se trate de contratos de als Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos o entidades de derecho público dependientes de las mismas, se podrá sustituir la publicidad en el Boletín Oficial del Estado por la que se realice en los diarios o boletines oficiales autonómicos o provinciales. 
--- 
A- FALSO (art. 134.2-LCSP) 
B- OK (art. 134.2-LCSP) 
C- FALSO (art. 126.1-LCSP) 
--- 
LCSP (L 30/2007) 
 
Art. 134.2 
(...)En la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquéllos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. Cuando en una licitación que se siga por un procedimiento abierto o restringido se atribuya a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, deberá constituirse un comité que cuente con un mínimo de tres miembros, formado por expertos no integrados en el órgano proponente del contrato y con cualificación apropiada, al que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a estos últimos criterios, o encomendar esta evaluación a un organismo técnico especializado, debidamente identificado en los pliegos. 
 
La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. Las normas de desarrollo de esta Ley determinarán los supuestos y condiciones en que deba hacerse pública tal evaluación previa, así como la forma en que deberán presentarse las proposiciones para hacer posible esta valoración separada. 
 
Art. 126.1 
(...)Cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada, la licitación deberá publicarse, además, en el «Diario Oficial de la Unión Europea», sin que en este caso la publicidad efectuada en los diarios oficiales autonómicos o provinciales pueda sustituir a la que debe hacerse en el «Boletín Oficial del Estado».
luigix

16/02/2010 12:41:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 18/02/2010 12:13:37 
::: --> Motivo : Cambio respuesta A por C 
 
50 (Modelo A) 
5 (Modelo B) 
Respuesta:C 
--- 
50- Los actos administrativos: 
a- De gravamen, deberán ser siempre motivados, pudiendo otorgárseles eficacia retroactiva excepcionalmente. 
b- De trámite, no son susceptibles de recurso por cuanto son actos definitivos, esto es, actos administrativos propiamente dichos. 
c- De trámite que se dicten en el seno de un procedimiento administrativo, aun cuando no decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o causen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, no significa que no sean susceptibles de fiscalización en vía de recurso, sino que no podrán serlo de forma independiente al recurso interpuesto contra la resolución final. 
--- 
A- NO (arts. 54.1.a y 128 -LPAC) 
B- NO, (art. 107.1-LPAC) algunos actos de trámite sí son recurribles y por lo tanto no son definitivos (definitivo=que pone fin a la vía administrativa=que no cabe ningún recurso en dicha vía) 
C- Sí, no son recurribles, pero sí pueden alegarse recurriendo la resolución (art. 107.1-LPAC). 
--- --- 
Artículo 54. Motivación. (LPAC, L-30/92) 
1. Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: 
a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos(...) 
-- 
Artículo 128. Irretroactividad. (LPAC, L-30/92) 
1. Serán de aplicación las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de producirse los hechos que constituyan infracción administrativa. 
2. Las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor. 
-- 
Artículo 107.1 (LPAC, L-30/92) 
1. Contra las resoluciones y los actos de trámite, si éstos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de esta Ley. 
La oposición a los restantes actos de trámite podrá alegarse por los interesados, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
luigix

16/02/2010 12:42:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:27:41 
::: --> Motivo : añado número del modelo B 
 
54 (Modelo A) 
45 (Modelo B) 
Respuesta: B 
--- 
54- Las Comisiones Informativas Especiales de las Corporaciones Locasles: 
a- Se extinguen por acuerdo del mismo órgano que las creó. 
b- Se extinguen automaticamente una vez dictaminado sobre el asunto que constituye su objeto. 
c- El acuerdo de constitución no puede establecer formas de extinción diferentes a las previstas en la Ley. 
--- 
124.3 -ROF (RD 2568/1986) 
Son comisiones informativas especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo. 
Estas comisiones se extinguen automáticamente una vez que hayan dictaminado o informado sobre el asunto que constituye su objeto, salvo que el acuerdo plenario que las creo dispusiera otra cosa.
luigix

16/02/2010 12:53:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
La plantilla del Modelo B (de Amparo y Mar) 
1 (C amp) 
2 (B amp) (C mar) 
3 A 
4 C 
5 C 
6 B 
7 B 

9 C 
10 C 
11 (B mar) 
12  
13 (A amp) (B mar) 
14 B 
15 A 
16 (A mar) 
17 A 
18 B 
19 B 
20 C 
21 A 
22 B 
23 A 
24 A 
25 A 
26 B 
27 (A mar) 
28 (A mar) 
29 B 
30 B 
31 B 
32 B 
33 (C amp) (B mar) 
34 B 
35 C 
36 C 
37 B 
38 B 
39 B 
40 
41 A 
42 B 
43 A 
44 C 
45 
46 B 
47 (A amp) (B mar) 
48 B 
49 B 
50 C
luigix

16/02/2010 13:00:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
(Sigo, modelo B) 
 
51 B 
52 (C mar) 
53 A 
54 B 
55 A 
56 (A amp) (C mar) 
57 C 
58 
59 B 
60 (A mar) 
61 C 
62 A 
63 B 
64 (C amp) (B mar) 
65 B 
66 B 
67 B 
68 B 
69 C 
70 (A amp) (B mar) 
71 (C mar) 
72 C 
73 C 
74 A 
75 A 
76 (B mar) 
77 (B amp) 
78 (B mar) 
79 B 
80 
81 B 
82 (C amp) 
83 B 
84 (C mar) 
85 C 
86 (B amp) 
87 B 
88 B 
89 A 
90 (B amp) 
91 (B amp) (C mar) 
92 (C mar) 
93 (B mar) 
94 C 
95 
96 B 
97 (C mar) 
98 (A amp) (B mar) 
99 B 
100 (B amp) (A mar) 
101 C 
102 A 
103 (A amp) 
104 (C mar) 
105 A 
 
(coincidencias = 68)
oposita1987

16/02/2010 13:07:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
jejjejejej, quien da mas???
luigix

16/02/2010 13:32:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 14:15:30 
::: --> Motivo :  
 
oposita... es normal que la gente tenga distintas respuestas en sus plantillas, por dos motivos (o incluso más, jeje) 
 
1) las preguntas eran muy líosas y dificiles de comprender, para cualquiera, ya que estaban hechas con muy mala folla... 
2) si todos diéramos por buenas las mismas opciones, todos habríamos sacado un 10, o habríamos aprobado... 
 
De lo que se trata es, entre todos, ver qué respuestas pueden ser las correctas... 
...además, así el ejercicio, nos puede servir de repaso para el segundo examen... o para otras oposiciones... 
 
Por cierto... has pedido explicaciones sobre un montón de preguntas con las que "parece" que no estás de acuerdo con Vicente... (digo "parece" porque en algunas no se sabe muy bien qué es lo que piensas tú... y no has puesto cuál es la respuesta que consideras correcta). 
...por otro lado, pienso que igual deberías escribir más ordenadas tus respuestas (separando mejor los párrafos y cosas así) porque se leen muy entremezcladas y liadas unas con otras (supongo que es por que eres nueva en el foro y no le has cogido todavía el tranquillo...) (esto último es sólo una sugerencia, continúa aportando...) 

luigix

16/02/2010 14:12:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 17:38:50 
::: --> Motivo : añado número del modelo B 
 
10 (modelo A) 
100 (modelo B) 
Respuesta: A 
[coincido con Toni y Oposita] 
--- 
Las disposiciones y actos de las administraciones públicas son nulos de pleno derecho: 
a- Cuando establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o  
restrictivas de derechos individuales. 
b- Cuando hayan sido dictados prescindiendo de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. 
c- Los que lesionen los derechos y libertades, aunque no sean susceptibles de amparo constitucional. 
--- 
A- correcta (62.2) 
B- falso, esos actos son anulables, no nulos, para que sean nulos se debe prescindir "total y absolutamente" de las citadas normas, el matiz, en este caso, es importante. (62.1.e) 
C- falso, si no es susceptible de amparo no es nulo (62.1.a) 
--- 
62.1-LPAC 
Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: 
a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. 
b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. 
c) Los que tengan un contenido imposible. 
d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta. 
e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados. 
f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición. 
g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición de rango legal. 
2. También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. 

Msmoralquelaalcoyana1980

16/02/2010 15:40:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 15:56:49 
::: --> Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 16/02/2010 15:55:35 
::: -- Motivo :  
 
Respecto a las discrepancias en las respuestas del MODELO B, os dejo aquí lo que yo he encontrado. 
 
PREGUNTA 2 - B 
La ley dice derechos LIQUIDADOS, y no reconocidos. Por tanto, sólo es correcta B. 
 
PREGUNTA 5 - A 
De gravamen (explicado ya por Luigix) 
 
PREGUNTA 8 - B 
Deben prevalecer el resto de los principios (explicado ya por Luigix) 
 
PREGUNTA 12 - A 
El parafraseo favorece la comunicación (es una de las técnicas de la escucha activa) 
 
PREGUNTA 13 - ninguna es del todo correcta 
- No podrán expedirse nuevas órdenes de pago a quienes tuvieran aún en su poder fondos pendientes de justificación 
- Fondos a justificar se pueden expedir para cualquier tipo de gasto, y los que sean para atenciones de carácter periódico o repetitivo serán anticipos de caja fija 
- Las órdenes de pago cuyos documentos no se puedan acompañar en el momento de expedición SÍ tendrán el carácter de a justificar. 
 
PREGUNTA 16 - C 
La LO 1/2006 modifica todos los artículos de la LO 5/1982 y en su cláusula derogatoria deroga precisamente esta última 
 
PREGUNTA 28 - B 
Los préstamos (tanto intereses como cuotas amortizativas) se pagan mediante domiciliación en cuenta.  
 
PREGUNTA 33 - B 
La a dice remanente contable de tesorería y la ley dice remanente LÍQUIDO. 
 
PREGUNTA 45 - B 
Las comisiones informativas especiales se extinguen cuando ya han dictaminado (explicado por Luigix) 
 
PREGUNTA 47 - B 
La citación establece el día y la hora para comparecer; el emplazamiento fija un plazo dentro del cual comparecer. 
 
PREGUNTA 56 - C 
Fundamentalmente por descarte, ya que A y B no pueden ser. 
 
PREGUNTA 58 - B 
Es la única correcta, ya que especifica que se refiere a las uniprovinciales. Las demás sólo podrían ser en el caso de que en la pregunta también pusiera uniprovinciales. 
 
PREGUNTA 64 - B 
Primero se valoran los criterios que dependen de juicio de valor y luego los matemáticos (explicado por Luigix). 
 
PREGUNTA 70 - A 
Se consideran Principios Generales del Derecho y su regulación puede ser por Ley ordinaria. No informan únicamente la práctica judicial
 
PREGUNTA 82 - A 
En la b, la última frase cambia el orden de qué será cabeza de expediente en cada caso. 
 
PREGUNTA 84 - B 
Sacado tal cual de una de las disposiciones adicionales del ROF. Tampoco se aplica al Pleno y Junta de Gobierno. 
 
PREGUNTA 91 - B 
Lo pone tal cual en el artículo 35 de la L30/92 
 
PREGUNTA 98 - B 
El enunciado incluye el TRATAMIENTO DE RESIDUOS. Eso sólo es obligatorio en los de más de 5.000. 
 
PREGUNTA 100 - A 
En la B falta el inciso de "TOTAL Y ABSOLUTAMENTE" (explicado por Luigix). 
 
PREGUNTA 103 - B 
La Constitución establece la mayoría de edad a los 18 años, por lo que lo primero que hay que cambiar es la Constitución y, luego, el Código Civil, no al revés. Como la mayoría de edad no es derecho fundamental sino derecho a secas, no haría falta ley orgánica (creo). 
 
PREGUNTA 104 - B 
Respecto a la A, las indemnizaciones precisamente NO retribuyen los servicios retribuidos por importe igual o superior a lo establecido, sino los inferiores. 
Respecto a la C, puede desempeñarse tanto dentro como fuera del término municipal. 
La B está tal cual explicada en el RD que se nombra en las respuestas. 
 
EN LAS QUE SÓLO HABÍA UNA RESPUESTA, AUNQUE FUERA ENTRE PARÉNTESIS, SI NO HE PUESTO NADA ES PORQUE COINCIDO CON LO QUE SE HA PUESTO. 
 
Espero haber ayudado. Si veis algún error garrafal en lo que he puesto, decídmelo. Gracias! 
 
 
 

vlcmanel

16/02/2010 17:04:00
Mensajes: 51
Registrado: octubre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
uff la verdad nose como os kedan ganas de calentaros la cabeza con eso... yo me espero al viernes, tengo aun la cabeza embotada, la verdad...
Mar14

16/02/2010 17:09:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola,  
 
Respecto a la pregunta 2 (modelo B) la respuesta el la B: Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio, me equivoqué al transcribir. 
 
Pregunta 11 (modelo B): La amonestación pública, la esterilización o sacrificio de los animales potencialmente peligrosos, el pago de los costes de inspección de los barcos como sanción accesora a la multa, etc... Pueden ser citados como ejemplos de: 
 
A) Medidas sancionadoras en materia tributaria. 
"No creo, porque no se refiere a tributos" 
 
B) Medidas sancionadoras administrativas. 
Es la que más me cuadra, también un poco por eliminación. 
 
C) Medidas sancionadoras por infracciones en el orden social. 
Por lo que he podido encontrar se refiere a sanciones referidas a la materia laboral. 
 
¿Alguien me puede aclarar esto? 
 
Pregunta 104 (Modelo B): Proceden las indeminizaciones por razón del servicio cuando: 
 
C) Tengan lugar para cometidos especiales que circunstancialmente se ordene al personal a quien se aplica el citado RD 462/2002 y que deba desempeñarse en el término municipal correspondiente a la dependencia en que desarrolla su actividad 
 
Art. 3.1 RD 462/2002: Son comisiones de servicio con derecho a indemnización los cometidos especiales que circunstancialmente se ordenen al personal comprendido en el artículo anterior y que deba desempeñar fuera del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiéndose como tal el "término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que se desarrollen las actividades del puesto de trabajo habitual", salvo que, de forma expresa y según la legislación vigente, se haya autorizado la residencia del personal en término municipal distinto al correspondiente a dicho puesto de trabajo y se haga constar en la orden o pasaporte en que se designe la comisión tal circunstancia.
Mar14

16/02/2010 17:14:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Pregunta 28 (modelo B): Una forma de pago de uso excepcional, empleada fundamentalmente para el pago de los intereses y cuotas amortizativas de los préstamos es: 
 
A) El cheque 
B) La domiciliación en cuenta. 
C) La transferencia. 
 
En la LHL no he encontrado la respuesta ¿En qué artículo está?. Sin embargo en las bases del presupuesto de la diputación he encontrado esto, pero claro tampoco dice que el pago sea para "los intereses y cuotas amortizativas de los préstamos": 
 
TÍTULO V "De la tesorería provincial" CAP I "De los movimientos de fondos" 
 
BASE 107 Formas de ingreso y pago 
Los ingresos y pagos en la Tesorería provincial se efectuarán 
exclusivamente: 
a) Ingresos: Transferencia bancaria o ingreso en metálico o talón conformado 
en la cuenta corriente abierta en la entidad financiera que determine 
el Presidente de la Diputación a propuesta de la Tesorería provincial 
informada favorablemente por la Intervención. 
b) Pagos: 
- Transferencia de fondos a cuentas corrientes de la Diputación 
aperturadas en entidades financieras. 
- De forma excepcional y debidamente motivada mediante la 
expedición de cheques o talones bancarios.
luigix

16/02/2010 18:05:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
20 (modelo A) 
2 (modelo B) 
respuesta: B 
--- 
El ámbito temporal del Presupuesto de las EELL hace que coincida con el año natural y a él se imputen: 
a- Los derechos reconocidos en el ejercicio, cualquiera que sea el período de que deriven. 
b- Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio. 
c- a y b son ciertas 
--- 
LRHL (RDL 2/2004) 
Artículo 163. Ámbito temporal. 
El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se impu-tarán: 
a) Los derechos liquidados en el ejercicio, cualquiera que sea el período de que deriven; y 
b) Las obligaciones reconocidas durante el ejercicio.
belibo

16/02/2010 18:20:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
[--http://www.mediafire.com/?ye2l5yymjyy--] 
 
Os paso enlace al examen. modelo A.
luigix

16/02/2010 18:33:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
52 (modelo A) 
Respuesta A 
--- 
La alteración de un término municipal por segregación de parte de su territorio 
a- Puede producirse por razones de conveniencia. 
b- Solo podrá realizarse para agregarlo a otro limítrofe cuando se confundan los núcleos urbanos como consecuencia del desarrollo urbanístico. 
c- Se hará por Decreto del Estado. 
--- 
A- correcto (art.7 y 5.c -RD 1690/86). 
B- falso, puesto que puede ser por este motivo y también por el expresado en a. 
C- falso, se hace por Decreto del consell (art. 13.1 -RD 1690/86) 
--- 
Reglamento de Poblacion y Demarcacion de las Entidades Locales. 
RDPTEL(RD 1690/1986) 
 
Art. 7. La segregación de parte del territorio de un municipio para agregarlo a otro limítrofe podrá realizarse por las causas señaladas en los apartados b) y c) del articulo 5. 
 
Art. 5. 
(...) 
B) cuando como consecuencia del desarrollo urbanístico se confundan sus núcleos urbanos, sin que constituyan solución de continuidad a este efecto los parques, jardines, paseos, avenidas, campos de deportes y zonas residenciales que pudieran existir entre aquellos. 
C) cuando existan notorios motivos de necesidad o conveniencia económica o administrativa
(...) 
 
Art. 13.1 
En todos los expedientes sobre alteración de términos municipales la resolución definitiva se hará mediante decreto aprobado por el consejo de gobierno de la comunidad autónoma correspondiente. En ningún caso podrá suponer la alteración de los limites provinciales.
luigix

16/02/2010 19:02:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 19:05:12 
::: --> Motivo :  
 
61 (modelo A) 
16 (modelo B) 
Respuesta: C 
[de acuerdo con masmoralkelalcoiano...] 
--- 
61. El vigente Estatuto de Autonomía Valenciano. 
a- Es un texto nuevo. 
b- Es un texto que modifica algunos artículos del texto anterior. 
c- Es un texto que deroga el anterior pero incorpora todos sus artículos modificándolos. 
--- 
La LO 1/2006 modifica todos los artículos de la LO 5/1982 y en su cláusula derogatoria deroga precisamente esta última: 
[--http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2006-6472--] 
--- 
[extracto:] 
LO 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
(...) 
Artículo 1 
Se modifica (...) 
(...) [y así uno tras otro, todos los artículos van modificando la LO 5/1982...] 
Artículo 93. 
Se añade la siguiente disposición derogatoria: 
«Disposición derogatoria. 
Queda derogada la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, así como la Ley Orgánica 4/1991, de 13 de marzo, y la Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo.»  
(...) 
--- 
[vamos, que montaron un lío, es una ley que reforma el estatuto anterior y a la vez lo deroga incorporándole, al texto que se deroga, la propia disposición derogatoria, es la única Ley de la legislación española que "deroga la ley que pretende reformar"] 
[fue tal la que se montó, que pidieron dictamen al Cosell Jurídic Consultiu, sobre qué hacer, y les respondieron que nada, puesto que se podía deducir que la intención del legislador no había sido derogar el estatuto de autonomía sino reformarlo...]
luigix

16/02/2010 19:10:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
gracias Belibo...
Delima
opositora de afición y handicap

16/02/2010 21:56:00
Mensajes: 2
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Algunos opositores hicieron el examen con lápiz del nº 2 y podían borrar, otros lo hicimos con boli negro y no pudimos, es injusto y además vulnera el principio de desigualdad.
Msmoralquelaalcoyana1980

16/02/2010 23:21:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 16/02/2010 23:31:50 
::: --> Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 16/02/2010 23:30:43 
::: -- Motivo : AMPLIACIÓN 
 
Respecto a la pregunta 28 del modelo B, lo saqué tal cual del temario de la Diputación de Valencia para este mismo examen pero de la convocatoria de promoción interna. No sé si lo pone en alguna otra ley. 
 
Respecto a la PREGUNTA 104 (modelo B) 
 
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 
Artículo 3. Definición de las comisiones de servicio con derecho a indemnización. 
 
1. Son comisiones de servicio con derecho a indemnización los cometidos especiales que circunstancialmente se ordenen al personal comprendido en el artículo anterior y que deba desempeñar FUERA del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiéndose como tal el término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que se desarrollen las actividades. (ESTO EXCLUYE LA RESPUESTA C). 
 
2. En las situaciones administrativas en las que el personal continúe percibiendo sus retribuciones de las Administraciones públicas y demás organismos establecidos en el artículo 2.1 anterior, NO SE CONSIDERARÁN comisiones de servicio con derecho a indemnización aquellos servicios que estén retribuidos o indemnizados por un importe igual o superior a la cuantía de la indemnización que resultaría por aplicación del presente Real Decreto, cualquiera que sea la Administración u organismo nacional o internacional, público o privado, que retribuya o indemnice el servicio. (ESTO EXCLUYE LA RESPUESTA A) 
 
3. Tampoco darán lugar a indemnización aquellas comisiones que tengan lugar a INICIATIVA PROPIA, SALVO QUE SE DERIVEN DE DECISIONES OBLIGADAS POR LA PROPIA FUNCIÓN de alto cargo, o haya renuncia expresa de dicha indemnización. (ESTO ES LO QUE DICE LA RESPUESTA B: "que tengan lugar a iniciativa propia y se deriven de decisión obligada por la propia función").
Fallero Mayor
Una oposición es como una falla, hay que quemarse

17/02/2010 8:09:00
Mensajes: 196
Registrado: octubre de 2007
RE:Administrativo diputación valencia II
YA ESTAN LAS NOTAS Y LA PLANTILLA!!! 
 
[--http://foros.testsadministrativos.es/viewtopic.php?f=2&t=749--] 
 
suerte a todos.
oposita1987

17/02/2010 8:56:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
han pasado no llega a doscientos. que pulida!
clm
Me asomaba por aquí...

17/02/2010 9:12:00
Mensajes: 227
Registrado: marzo de 2007
RE:Administrativo diputación valencia II
Pero en que nota han cortado?
oposita1987

17/02/2010 9:25:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
no han cortado.  
solo hemos aprobado 196
oposita1987

17/02/2010 9:26:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
mirar en www.dival.es/personal
dani197813
Oposito

17/02/2010 10:20:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 10:26:40 
::: --> Motivo :  
 
Pasan a la próxima prueba los que tengan 5 o más.  
Los que tienen 5 o más optan a bolsa. Siempre que sigan el criterio utlizado hasta ahora. Es lo que me han dicho en el departamento de personal de la Dipu. 
 
Suponiendo que no aparezcan ningnua pregunta nula, que varie las notas de los candidatos. Pensais que hay alguna pregunta que pueda ser declarada nula? 
 
Enorabuena a los aprobados!!!! 
De momento, yo me incluyo, si aparecen dos preguntas nulas de las preguntas que conteste, me quedo fuera. 

luisi2244

17/02/2010 10:21:00
Mensajes: 189
Registrado: enero de 2007
RE:Administrativo diputación valencia II
la nota de corte saldrá el viernes, han hecho una gran escabechina eh???notas muy muy bajas , ¿teneis idea de que nota de corte pondrán con éstos resultados??animo xa todos¡¡
aliab

17/02/2010 10:35:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
buenos dias , yo voy a reclamar la pregunta 27 del modelo a  
la respuesta es la c no la a como han puesto ellos ,  
 
con referencia a la contabilidad publica  
 
es la c tiene entre sus fines determinar los resultados analiticos , ya que no es la que han puesto ellos de corresponde al pleno....,eso le corresponde al ministerio de economia y hacienda , art.203
oposita1987

17/02/2010 10:35:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
he hablado con la dipu. hay tan pocos aprobados que no hay nota de corte. el que tenga un cinco, entra.
oposita1987

17/02/2010 10:37:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
yo tambien me he sorprendido cuando lo he visto. tienes un mes para recurso alzada
dani197813
Oposito

17/02/2010 10:45:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 10:56:10 
::: --> Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 17/02/2010 10:53:26 
::: -- Motivo :  
 
Es verdad aliad. 
 
En el mdelo B, pregunta 72, modelo A, pregunta 27, dan por buena la a y es la c.  
 
Artículo 205. Fines de la contabilidad pública local. RDL 2/2004 
 
La contabilidad de los entes locales estará organizada al servicio de los siguientes fines: 
 
(...) 
3. Determinar los resultados analíticos poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios. 
 
 

belibo

17/02/2010 10:59:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
AAAGGGGG 
por que poquitooooo
AA198118

17/02/2010 11:01:00
Mensajes: 14
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Qué preguntas os parecen impugnables? Yo considero que la 9,22,27 y 31 del tipo A. 
 
La 9 porque todas son incorrectas (no se puede considerar a la constitución como "una pieza más" del ordenamiento) 
La 22 porque las cuentas de Tesorería son todas líquidas ¿o no? 
La 27 según el Art. 205 Ley Reguladora Hdas. Locales sería correcta la C. Textualmente dice "la Contabilidad Pública está organizada al servicio de los siguientes fines" 
La 31 porque todas son incorrectas 
 
Qué opináis?? 

Mar14

17/02/2010 11:02:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo también he aprobado!!! Madre mía que pocos nos hemos quedado. 
El de desarrollo me da un miedo... 
 
Enhorabuena a los aprobados!!! A los que no han pasado, ánimo que esto es una carrera muy larga y estoy segura que algún día nos haremos con una placita. 
 
Saludos.
oposita1987

17/02/2010 11:04:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
la constitucion es una pieza mas del ordenamiento juridico: la que se situa en primer lugar. 
las cuentas de tesoreria no son todas liquidas.  
la 27 estoy de acuerdo 
la 31 no es incorrecta porque la opcion b, es correcta al incluir en la respuesta. que habla de ccaa uniprovinciales
belibo

17/02/2010 11:05:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Me parece que aquí cada uno va a contestarte segun lo que le convenga. 
Yo he acertado la 9 y la 22, pero no la 27 y la 31, asi que... 
¿Que respuestas pondrias válidas en las de reserva?
Msmoralquelaalcoyana1980

17/02/2010 11:07:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo por mi parte estoy contentísima, ya que he sacado buena nota (vistos los resultados). Sí que hay un par de respuestas que me han sorprendido bastante, entre ellas la que comentáis de la Contabilidad, pero no las había contestado, así que si las cambiaran no afectaría a mi nota. De todas formas creo que pediré impugnación de la pregunta 13 (modelo B). 
 
¡Suerte a todos! 
 

oposita1987

17/02/2010 11:09:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
yo tambien he conseguido situarme en la primera pagina de la lista. ah, y soy alcoyana!!, jejejej
belibo

17/02/2010 11:10:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
cual es la 13 del modelo b? 

aliab

17/02/2010 11:11:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
Msmoralquelaalcoyana1980 , me puedes decir como tenias tu un manual de ellos de internos??? 
 
y cual es la 13? 

Msmoralquelaalcoyana1980

17/02/2010 11:14:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Me lo pasó un compañero, que una amiga suya se presentó por promoción interna. 
 
La 13 es la de los pagos a justificar. En los posts anteriores se ha hablado mucho de esta pregunta. El motivo es que ley en mano, ninguna respuesta se puede dar como correcta.
dani197813
Oposito

17/02/2010 11:21:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 11:56:33 
::: --> Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 17/02/2010 11:22:59 
::: -- Motivo :  
 
Pregunta 58 modelo B.  
 
¿Cuál es el tratamiento legal que se da a la Diputación Provincial en las CCAA(s)? 
 
a. La Comunidad Autónoma, además de las competencias que le correspondan según su Estatuto, asumirá la plenitud de las competencias y de los recursos que en el régimen común correspondan a la Diputación Provincial. 
b. Una vez constituidos los órganos de representación y gobierno de la Comunidad Autónoma uniprovincial o en el momento que establezcan los respectivos Estatutos, quedarán disueltos de pleno derecho los órganos políticos de la Diputación. 
c. La Comunidad Autónoma se subrogará en las relaciones jurídicas que deriven de las actividades anteriores de la Diputación Provincial. 
 
 
Es posible que este equivocado! Pienso que es la C. 
 
Artículo nueve. Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico 
 
1. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales que se constituyan, la Diputación Provincial quedará integrada en ellas con los siguientes efectos: 
 
a.Una vez constituidos los órganos de representación y Gobierno de la Comunidad Autónoma o en el momento que establezcan los respectivos Estatutos, quedarán disueltos de pleno derecho los órganos políticos de la Diputación. 
b.La Administración provincial quedará totalmente integrada en la Administración autonómica. 
c.La Comunidad Autónoma, además de las competencias que le correspondan según su Estatuto, asumirá la plenitud de las competencias y de los recursos que en el régimen común correspondan a la Diputación Provincial. 
d.La Comunidad Autónoma se subrogará en las relaciones jurídicas que deriven de las actividades anteriores de la Diputación Provincial. 
 
Que pensais?
belibo

17/02/2010 11:28:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo respondi la de por razones de urgencia, porque me pareció menos mala.
Msmoralquelaalcoyana1980

17/02/2010 11:32:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola Dani,  
 
El problema es que en el enunciado no especificaba "uniprovinciales" y por tanto, la A y la B por sí solas hacían referencia a todas las CCAA y eso las hace falsas. La única correcta, porque lleva la especificación de "uniprovinciales" es la B. 
 
Belibo, yo hice igual que tú, pero en la plantilla dan por buena la de "sólo podrán expedirse para...", y esa sí que no puede ser.
AA198118

17/02/2010 12:04:00
Mensajes: 14
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Por favor, Oposita1987, podrías poner un ejemplo de una cuenta de tesorería que no sea líquida?? Muchas gracias
oposita1987

17/02/2010 12:25:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
una cosa es el remanente de tesoreria, otra el remanente liquido.  
por cierto. nadie ha dicho nada de la 98. las dos clases de procedimientos contenciosos son en primera o unica inatacia y abreviado no? porque lo han corregido mal. creo. no se mucho de derecho pero en la ley eso dice.
dani197813
Oposito

17/02/2010 12:25:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 12:29:54 
::: --> Motivo :  
 
Pregunta 58 modelo B.  
 
¿Cuál es el tratamiento legal que se da a la Diputación Provincial en las CCAA(s)?  
 
a. La Comunidad Autónoma, además de las competencias que le correspondan según su Estatuto, asumirá la plenitud de las competencias y de los recursos que en el régimen común correspondan a la Diputación Provincial.  
b. Una vez constituidos los órganos de representación y gobierno de la Comunidad Autónoma uniprovincial o en el momento que establezcan los respectivos Estatutos, quedarán disueltos de pleno derecho los órganos políticos de la Diputación.  
c. La Comunidad Autónoma se subrogará en las relaciones jurídicas que deriven de las actividades anteriores de la Diputación Provincial.  
 
Me ayuda alguien a redactar un recuso de alzada frente al tribunal?? 
Las tres respuestas se encuentran dentro de una articulado vigente. Esta claro que si en el 
enunciado de la pregunta hubierán especificado, no cabria alegación.  
Pienso que la interpretación pude ser buena, porque en el enunciado están incluidas las uniprovinciales y las que no son. Dicho lo anterior, se puede suponer que las tres respuestas están refiriendose Artículo 9, Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico.  
 
Que dices belibo? No perdemos nada. Si lo denegán nos quedamos igual, que la anulán o dan por buena la pregunta c, subimos decimas la puntuación.
oposita1987

17/02/2010 12:27:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
en la respuesta a y c, no se especifica a que clase de ccaa se refiere: solo en la opcion b. por eso es la buena
belibo

17/02/2010 12:34:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 12:41:52 
::: --> Motivo :  
 
Creo que voy a reflexionar y ver si presento el recurso, es bastante probable, pero todavia no se si lo haré por una o por cuantas. Además también quiero averiguar si las de reserva las tengo bien o no, que me parece que no estan demasiado bien. 

aliab

17/02/2010 13:31:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
luisi como que el viernes sacan la nota de corte???qe van a publicar otra vez
Lolo19721972
Voy a aprobar las oposiciones, si o si

17/02/2010 15:43:00
Mensajes: 101
Registrado: abril de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
yo he llamado a la Dipu y me han dicho que no hay nota de corte, que con un 5 entras
Amparo81

17/02/2010 16:00:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
oposita, respecto al procedimiento contencioso-administrativo, si miras bien la ley verás que hay un procedimiento en primera o unica instancia y luego hay unos procedimientos especiales regulados en el Titulo V
CoraNina
Al final todo llega

17/02/2010 17:13:00
Mensajes: 163
Desde: Alaquàs
Registrado: febrero de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola, yo también he aprobado . ¿Seguro que no hay nota de corte? ¿Cómo os vais a preparar el 2º? Espero que el viernes nos digan algo y así poder planificar el estudio, muchas felicidades a todos los aprobados y al resto ánimo y a seguir estudiando.
AA198118

17/02/2010 17:26:00
Mensajes: 14
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Para cuándo creéis que será el segundo examen?? No os da miedo el desarrollo?? cómo os lo vais a preparar? Yo pienso que lo mejor es hacerse esquemas de todos los temas para no perder el hilo en el examen. Qué opináis??
oposita1987

17/02/2010 17:38:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
amparo81, es que he mirado la ley, y veo que en el tit IV, esta en el primer capitulo el procedimiento en primera o unica instancia, y en el II, el abreviado. por eso no lo entiendo.
mjvlc
Iniciando camino...no hay q rendirse!

17/02/2010 17:58:00
Mensajes: 235
Registrado: noviembre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola!! Yo al final tb he aprobado!!, pensaba que no, estaba superdeprimida, pero al final me he llevado una sorpresa, bastante justita. 5 y pico. por esom acabo de llamar a la dipu y me han dicho que pasan todos con un 5. Y el examen seguramente para despues de fallas, que este atenta a la pagina de la dipu, pero que lom mas seguro para despues de fallas.  
 
Un saludo
AA198118

17/02/2010 18:02:00
Mensajes: 14
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Dentro de los procedimientos especiales está el abreviado, el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de las personas, la cuestión de ilegalidad y el procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos
luigix

17/02/2010 18:02:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
¿Alguien que tenga el Modelo B, lo puede colgar? igual que ha hecho Belibo con el Modelo A.
AA198118

17/02/2010 19:03:00
Mensajes: 14
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Belibo, en las preguntas de reserva creo que las respuestas son las siguientes: 
101-c 
102-a 
103-b 
104-? 
105-a 
 
C
belibo

17/02/2010 20:45:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Me podeis decir que respuestas habeis puesto la mayoria en las siguientes preguntas del modelo A:? 
20  
27 
21 
86 
 

Amparo81

17/02/2010 20:56:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
oposita1987, mira a partir del art. 114 como habla de procedimientos especiales y aunq el abreviado no se regule en este título V, tambien debe considerarse como un procedimiento especial.
dani197813
Oposito

17/02/2010 21:16:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 17/02/2010 21:29:00 
::: --> Motivo :  
 
Amparo81  
 
Pq el el procedimiento abreviado debe considerarse como un procedimiento especial?? 
 
El abreviado esta regulado en el Título IV y el especial en el V, no entiendo.
oposita1987

17/02/2010 21:49:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
yo tampoco amparo81. sorry, un poco torpe, jeje
oposita1987

17/02/2010 21:57:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
belibo, yo he contestado 
20 b 
21 a 
27 c 
86 b 
la 27, sin lugar a dudas esta corregida con error. es una transcripcion literal de la ley 2/2004 

dani197813
Oposito

17/02/2010 22:12:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
oposita1987  
 
Oposita, hace unos añitos estudie en Alcoy.  
 
Pedazo ciudad. Un fuerte abrazo a la gente de Alcoy y al Hobby!! 
 

rose1973

17/02/2010 22:14:00
Mensajes: 1
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
hola, yo tambien he aprobado, enhorabuena a todos los que han pasado y suerte para el segundo.
belibo

17/02/2010 22:15:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Gracias oposita1987  
Queria decir 31, no 21 
 
A que te refieres con "esta corregida con error"? 
 

belibo

17/02/2010 22:18:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
¿Me podeis explicar por qué la 86 es b y no a?
oposita1987

18/02/2010 8:17:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
gracias dani!!! a mi tambien lo parece, jeje 
a ver, belibo, la 31 yo he puesto la b, porque no siendo correctas ninguna 100%, me parece la menos mala. 
y corregida por error, me refiero a que si miras la ley 2/2004, en el titulo que regula la contabilidad publica, creo que es el penultimo, que ahora no lo tengo aqui, veras que la ley es literal al decir, por un lado que corresponde al ministerio de hacienda establecer la estructura......., y por otro que uno de los fines de la contabilidad es determinar los resultados analiticos..... 
asi pues, dado que la ley es clarisima, aqui no caben dudas de interpretacion, pues lo unico que cabe pensar, es que ha habido un error de correccion. no se si ellos solitos sacaran una fe de errores, o habra que impugnarla, pero mal esta, con toda seguridad
un abrazo a todos los aprobados!!!! nos veremos en el segundo!!
oposita1987

18/02/2010 8:21:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
perdona que se me olvidaba la 86. es la b, el pleno, porque dice la ley 7/85 en sus articulos 34 para la dipu y 22 para el ayto, que corresponde al pleno las adquisicions de bienes ...por importe superior a 3 millones de euros. no?
Amparo81

18/02/2010 8:29:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
El procedimiento abreviado es un procedimiento especial en cuanto que se utiliza en los asuntos de menor cuantía o cuestiones de personal (por tanto no puede acudirse a estre procedimiento de forma general, sino ante determinadas especialidades) y tiene una tramitación "especial" que difiere en algunos puntos de la tramitación ordinaria.
aliab

18/02/2010 9:10:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
yo voy a impugnar la 27 porque es mi aprobado estoy hablando del modelo a . suerte a todos
dani197813
Oposito

18/02/2010 9:12:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Belibo y oposita 
 
La respuesta esta en la Ley 30/2007 CSP. 
 
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Normas específicas de contratación en las Entidades Locales. 
 
1.  
(...) 
 
Asimismo corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados. 
 
Amparo 81, tu consideras al 100%,que un procedimiento abreviado, esta dentro de los procedimientos especiales?
oposita1987

18/02/2010 9:36:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
y porque procedimientos especiales- procedimiento abreviado y no procedimiento en primera o unica instancia- procedimiento abreviado? ya se que soy un poco cazurra, pero explicamelo porfavor que soy de ciencias amparo81. si quieres saber algo de presupuestos, te lo puedo explicar yo, jeeje
belibo

18/02/2010 9:36:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Aliab, yo también voy a impugnar la 27. 
¿Tienes algún modelo de recurso?
aliab

18/02/2010 9:50:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
buenos dias belibo, no tengo ningun modelo. si eso ya te digo como hacerlo lo consultare.
belibo

18/02/2010 9:53:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Por cierto, ¿tu que nota tienes?, aproximadamente.
belibo

18/02/2010 9:56:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
En la 86, me sabia lo del porcentaje del 10%, pero no recordé el importe de los 3 millones. Lastima.
luisi2244

18/02/2010 10:22:00
Mensajes: 189
Registrado: enero de 2007
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 18/02/2010 10:23:57 
::: --> Motivo :  
 
ALIAB me refería a q el viernes pondran en donde se ha quedado la nota de corte, llamé y me dijeron q el dia 19 saldrá la lista con la nota de los q al final pasan a la siguiente fase, xo está claro q tenia q ser en un 5, despúes de los resultados vistos¡¡¡jejej. MUCHO ANIMO A TODOS TANTO LOS Q HAYAN PASADO COMO LOS Q NO Y A LOS Q NO HAY Q SEGUIR INTENTÁNDOLO Q A LA LARGA SE CONSIGUE¡¡¡¡NO OS DESANIMEIS¡¡¡ 
PARA LOS Q NO HABEIS PASADO ¿A CUALES OS VAIS A PRESENTAR? GENERALITAT, LOCAL..... ???
Amparo81

18/02/2010 10:25:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
En la jurisdicción contencioso-administrativa, hay un procedimiento generico que es el procedimiento en primera o unica instancia y luego hay otros procedimientos que solo se pueden usar en determinados casos y por eso mismo son especiales y es: 
-el abreviado ( hasta 3.000€ y cuestiones de personal) 
-el de proteccion de los derechos fundamentales de la persona 
-cuestion de ilegalidad 
-procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos. 
 
Sí, la verdad es que yo lo de los presupuestos como que no lo acabo de encajar, ja, ja. ja,
belibo

18/02/2010 10:34:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo no he aprobado, pero estoy tan cerca que voy a presentar recurso contra las que me parece que me pueden ayudar. 

dani197813
Oposito

18/02/2010 10:47:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 18/02/2010 16:17:01 
::: --> Motivo :  
 
belibo y aliab  
 
No hay un modelo, archivo pdf o word, de recurso de alzada. 
Lo pregunte ayer, en la Dipu. 
Me dijerón que es escribir un escrito a C/ Serrano 2 (dirección de la Dipu en Valencia) poniendo los datos personales, el motivo y la exposición de los motivos. Presentarlo en el registro de entrada de Valencia o desde cualquier oficina de correos.  
 
belibo y aliab, la pregunta 27 modelo a, si no la impugnais vosotras la impugno yo.  
 
Y la pregunta 58 modelo b, oposita1987 , tienes razón.  
 
Aunque la respuesta C en cierta menera se aproxima mejor al art 9 de la Ley 12/1983. Porque su rango de matización es mayor. La respuesta A le falta el matiz de uniprovincial, no excluyendo la posibilidad de que este hablando de estas CCAA. Por tanto si se cumplen la premisa A ( ya que incluye las CCAA uniprovinciales y las que no) y la premisa B (forzosamente solo las uniprovinciales). Es posible entender, que la respuesta C sea valida. Interpretando que la intersección de ambas CCAA(s) (respuesta A y B) sean las uniprovinciales. No ? 
 
Es posible que este intentando justificar la cuadratura del circulo, que pensais?? Belibo, que piensas?
luigix

18/02/2010 11:01:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
27 (modelo A) 
72 (modelo B) 
--- 
27.- Con referencia a la Contabilidad Pública:  
a.- Corresponde al Pleno de la Diputación determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentación relativos a la Contabilidad Pública.  
b.- El ejercicio contable, en algunos casos, podrá no coincidir con el ejercicio presupuestario.  
c.- Tiene entre sus fines determinar los resultados analíticos, poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios.  
--- 
A- No, le corresponde al MEH (art. 203.1.d) 
B- No, (art. 202) 
C- OK, (art. 205.c) 
--- 
Artículo 202. Ejercicio contable. (RDL 2/2004) 
El ejercicio contable coincidirá con el ejercicio presupuestario. 
Artículo 203. Competencia. - (RDL 2/2004) 
1. Corresponderá al Ministerio de Hacienda a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado: (...) d) Determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentos relativos a la contabilidad pública. 
2. A los efectos previstos en el apartado anterior, serán objeto de tratamiento contable simplificado aquellas entidades locales cuyas características así lo requieran y que serán fijadas reglamentariamente por el Ministerio de Hacienda. 
Artículo 205. Fines de la contabilidad pública local. - LRHL (RDL 2/2004) 
La contabilidad de los entes locales estará organizada al servicio de los siguientes fines: (...) c) Determinar los resultados analíticos poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios. (...) 

belibo

18/02/2010 11:08:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
La 27 la impugno seguro, pero cuantos más la impugnemos mejor. 
 
Y otra que creo que es impugnable es la 20. Yo creo que la respuesta correcta es la c. 
art. 3 R.D. 500/1990 
 
 
 
El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán: 
 
a.Los derechos liquidados en el mismo, cualquiera que sea el período de que se deriven y 
 
b.Las obligaciones reconocidas durante el mismo  
 
Qué pensais? 
 
La 58, me la tengo que pensar 

Msmoralquelaalcoyana1980

18/02/2010 11:12:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Belibo, recuerda que en esta pregunta, en el examen, la opción A decía "derechos RECONOCIDOS", y ahí estaba precisamente la trampa que invalidaba la opción A y, en consecuencia, también la C.
luigix

18/02/2010 11:12:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Belibo, yo he constestado: 
 
20-B 
21-A 
27-(nada) [aunque es A, seguro] 
86-(nada) 
 
(y otras en discusión...) 
9-B 
31-B 
 

oposita1987

18/02/2010 11:14:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
no tienes razon en la 20. el examen decia reconocidos y la ley dice LIQUIDADOS 
amparo81, entonces el abreviado esta dentro de los especiales?
belibo

18/02/2010 11:20:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
oposita1987 
No estoy segura, pero creo que la fase de gasto a que se refieren se llama Reconocimiento y liquidación, por lo que creo que es lo mismo. 

luigix

18/02/2010 11:57:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 18/02/2010 12:21:01 
::: --> Motivo :  
 
El escrito de alzada sigue el mismo modelo que cualquier escrito o comunicación (te identificas, expones los hechos y alegaciones, concretas lo solicitado, firmas con la fecha, y abajo pones a quién va destinado) y luego lo entregas por registro: 
 
--- --- --- 
Nombre y apellidos 
DNI: -- 
dirección [a efectos de notificaciones] 
Teléfono: -- 
E-mail: -- 
 
ASUNTO: RECURSO DE ALZADA previo a Contencioso-Administrativo contra el anuncio del Secretario, con fecha 17/02/2010, publicado en el Tablón de Anuncios, por el que se aprueban las calificaciones y las plantillas correctoras del primer ejercicio de las pruebas de la oposición libre para la provisión de 46 plazas de Administrativo de la Diputación de Valencia (convocatoria Nº 27/08).  
 
EXPONGO:  
 
1) Que me presenté al primer ejercicio de las pruebas de la oposición libre para la provisión de 46 plazas de Administrativo de la Diputación de Valencia (convocatoria Nº 27/08) y celebrado en Valencia el día 13 de febrero de 2010. 
 
2) Que con fecha 17 de febrero de 2010 el Secretario D. Emilio Olmos Gimeno publicó, mediante anuncio, las plantillas correctoras y las calificaciones de la citada prueba, en el tablón de anuncios de la página web de la diputación de Valencia, www.dipval.es.  
 
3) Que la respuesta correcta en la pregunta X debe ser la opción X y no la X, ya que: 
[ó, si se pide la nulidad:] 
[3) Que la pregunta X debe ser anulada, por no haber ninguna respuesta correcta -o lo que sea-, ya que:] 
 
PRIMERO.- La pregunta X (modelo X) era:  
«Contenido de la pregunta íntegro, con las 3 opciones de respuestas (a, b, c)».  
 
SEGUNDO.- La respuesta A es [¿correcta/incorrecta?], ya que ... [argumento legal de porque esa pregunta es o no correcta] 
 
TERCERO.- La respuesta B es [¿correcta/incorrecta?], ya que ... [argumento legal de porque esa pregunta es o no correcta] 
 
CUARTO.- La respuesta C es [¿correcta/incorrecta?], ya que ... [argumento legal de porque esa pregunta es o no correcta] 
 
[puedes poner todas las argumentaciones que consideres...] 
[ojo: siempre tienes que explicar si son correctas o incorrectas las 3 opciones, sin dejarte ninguna, puesto que si no hay ninguna opción correcta, o hay más de una opción correcta la pregunta debe ser anulada...] 
 
4) [...Puedes seguir añadiendo más preguntas que consideres que hay que cambiar...] 
 
SOLICITO:  
 
1) La rectificación de la pregunta X, dando por válida la opción X 
2) La rectificación de la pregunta... [todas las que consideres]... 
... 
3) La rectificación de las calificaciones de la citada prueba. 
 
En Valencia, a ---fecha--- 
Nombre y apellidos 
DNI: --- 
[no te olvides de firmar] 
 
A/A: 
EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA 
D. Alfonso Rus Terol 
Pl. Manises, 4 
46003-VALENCIA  

belibo

18/02/2010 12:06:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Eres un solete.
oposita1987

18/02/2010 12:23:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
belibo, una cosa es la fase de reconocimiento y liquidacion de la obligacion, y otra cosa, que no tiene nada que ver, son los derechos, que pueden ser reconocidos (pero no liquidados), y liquidados. no es lo mismo, te lo dice una economista.
belibo

18/02/2010 12:25:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
o.k.
luigix

18/02/2010 12:38:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 18/02/2010 18:04:37 
::: --> Motivo : aclaraciones 
 
[ejemplo de contenido del recurso de alzada] 
[es la plantilla que he puesto antes pero referida a la pregunta 27] 
 
(...) 
3) Que la respuesta correcta en la pregunta 27 del modelo A (72 del modelo B), debe ser la opción C y no la A, ya que:  
 
PRIMERO.- La pregunta 27 (modelo A) era:  
«27.- Con referencia a la Contabilidad Pública:  
a.- Corresponde al Pleno de la Diputación determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentación relativos a la Contabilidad Pública.  
b.- El ejercicio contable, en algunos casos, podrá no coincidir con el ejercicio presupuestario.  
c.- Tiene entre sus fines determinar los resultados analíticos, poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios».  
 
SEGUNDO.- La respuesta A es incorrecta, ya que de acuerdo con el artículo 203.1.d del Real Decreto Legislativo 2/2004, es competencia del Ministerio de Hacienda y no del Pleno de la Diputación determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentación relativos a la Contabilidad Pública: 
 
«Artículo 203. Competencia. 
1. Corresponderá al Ministerio de Hacienda a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado: (...) d) Determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentos relativos a la contabilidad pública».  
 
TERCERO.- La respuesta B es incorrecta, ya que según el artículo 202 del Real Decreto Legislativo 2/2004: «El ejercicio contable coincidirá con el ejercicio presupuestario».  
 
CUARTO.- La respuesta C es la única correcta, ya que de acuerdo con el artículo 205.c del Real Decreto Legislativo 2/2004: 
 
«Artículo 205. Fines de la contabilidad pública local.  
La contabilidad de los entes locales estará organizada al servicio de los siguientes fines: (...) c) Determinar los resultados analíticos poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios (...)». 
 
SOLICITO:  
 
1) La rectificación de la pregunta 27 del Modelo A (y 72 del Modelo B), dando por válida la opción C. 
2) La rectificación de las calificaciones de la citada prueba. 
(...)
1975amparo

18/02/2010 12:59:00
Mensajes: 13
Registrado: enero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Pensais que el segundo examen será después de Pascua o antes ? 
 
Gracias
oposita1987

18/02/2010 13:15:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
con las fallas por delante, no creo
Amparo81

18/02/2010 15:19:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
si oposita1987, el procedimiento abreviado puede considerarse procedimiento especial.
oposita1987

18/02/2010 19:10:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
ok. thanks
sanpraga

19/02/2010 8:34:00
Mensajes: 11
Registrado: septiembre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
hoy publicaran algo en la web de la Dipu? 
 
La lista definitiva, o alguna anulacion?
marianrs

19/02/2010 18:28:00
Mensajes: 14
Registrado: abril de 2006
RE:Administrativo diputación valencia II
Para Luigix. Quisiera saber porque has modificado la respuesta de la pregunta 5, modelo B, yo quería impugnarla y me hacen falta argumentos. ¿me podrías ayudar?, porque antes pensabas que era la A y ahora la C. 
 
Gracias.
Andrakos

20/02/2010 13:52:00
Mensajes: 36
Registrado: septiembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
Se aceptan sugerencias para abordar el segundo examen
oposita1987

20/02/2010 16:47:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
ahi va una sugerencia para el segundo examen: CODOS, jejje
aliab

20/02/2010 20:06:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
voy a impugnar la 27 y 65 del modelo a ,  
 
la 65 es la de la constitucion española que han dado por buena que no es una norma objetiva de aplicacion directa.
marianrs

21/02/2010 12:07:00
Mensajes: 14
Registrado: abril de 2006
RE:Administrativo diputación valencia II
Yo también voy a impugnar la de la constitución, pero no se bien como argumentarla. Tenái pensado poner que la anulen ya que la consticuión es directamente aplicable en unos artículos sí y otros no ya que necesitan desarrollo legislativo. 
¿Que te parece? ¿Alguna recomendación?
oposita1987

21/02/2010 13:59:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
desde luego que hay articulos que precisan de desarrollo legislativo para su aplicacion, sin embargo hay articulos como el 5, 12, 14, 15..... y otros muchos, que son directamente aplicables.
dani197813
Oposito

21/02/2010 18:43:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 21/02/2010 18:44:54 
::: --> Motivo :  
 
He escrito el escrito de alzada. 
 
[--http://www.mediafire.com/?teoj2jdnzmz--] 
 
Que os parece? 

oposita1987

21/02/2010 22:06:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
creo que no debes argumentar el recurso de alzada en el articulo que hace referencia a las funciones de la contabilidad publica solamente: deberias argumentarlo también en el que hace referencia a que es competencia del ministerio de hacienda determinar la estructura..... 
ademas, pienso que deberias argumentar el recuerso en el hecho de que la pregunta esta mal corregida, y para ello deberias primero que nada, citar la pregunta en cuestion y todas sus respuestas, para a continuacion rebatir la contestacion a, la que han dado como buena y no lo es, con el articulo que te he comentado que dice que es competencia del ministerio, para luego argumentar la que si es vali¡da, la c, mediante el articulo que hace referencia a los fines de la contabilidad.  
esa es mi opinion.  
que tengas suerte!
APR

21/02/2010 23:02:00
Mensajes: 9
Registrado: abril de 2007
RE:Administrativo diputación valencia II
Mañana presentaré Recurso de Alzada impugnando la pregunta nº 98, aunque he visto otras opiniones para mi esta bastante claro el asunto: 
 
“98.-El procedimiento contencioso-administrativo puede ser: 
a.-Procedimiento en primera o única instancia y procedimiento abreviado. 
b.-Procedimiento en primera o única instancia y procedimientos especiales. 
c.-Procedimiento en primera o única instancia y procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.” 
 
La Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su TITULO IV desarrolla el PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:  
 
CAPITULO I: Procedimiento en primera y única instancia. 
CAPITULO II: Procedimiento abreviado  
 
La opción correcta es la “A”, ya que los procedimientos especiales vienen regulados en el TITULO V, diferenciándolos claramente del procedimiento en primera o única instancia y del procedimiento abreviado. 

dani197813
Oposito

22/02/2010 10:18:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
 
oposita1987 
 
Lo he mejorado. Mejor ahora? 
 
[--http://www.mediafire.com/?mdemgmg3m32--] 
 
 
APR 
 
La norma es clara. En principio el indice de la ley esta claro. 
 
Aunque mira esto: 
 
[--http://www.basconfer.com/derecho-procesal-contenci...ivo-p-5368.html--] 
[--http://www.porticolegal.com/pa_ley.php?ref=69--] 
 
y ahora para liarlo todavia un poco más 
 
[--http://www.tuabogadodefensor.com/Derecho_Administr...contencioso.htm--] 
 
 

Msmoralquelaalcoyana1980

22/02/2010 11:18:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Por lo que yo interpreto de esta pregunta, y después de consultar varios textos, los procedimientos puede ser ordinarios y especiales: 
a. Ordinarios:  
a.1 en primera y única instancia  
a.2 abreviado 
b. Especiales:  
b.1. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona  
b.2. Procedimiento para la protección del derecho de reunión  
b.3. Cuestión de ilegalidad  
b.4. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos  
b.5. Procedimiento contencioso-electoral  
 
Pero, a tenor de la ley, en ningún caso se puede incluir el abreviado entre los especiales. 
 
O eso entiendo yo.
luigix

22/02/2010 11:55:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 22/02/2010 11:56:14 
::: --> Motivo : jooo 
 
marianrs... 
...respecto de la 5-modelo B (50-modelo A) 
 
Cambié la A por C, por dos motivos... 
 
1) Volví a leer la respuesta C [¡que mira que está escrita de forma enfarragosa!] y creo que es la respuesta correcta: 
"C.- [Los actos administrativos] De trámite que se dicten en el seno de un procedimiento administrativo, aun cuando no decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o causen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, no significa que no sean susceptibles de fiscalización en vía de recurso, sino que no podrán serlo de forma independiente al recurso interpuesto contra la resolución final" 
 
Es un lío puesto que está redactado de forma enrevesada: 
-La ley dice que los actos de trámite no son recurribles directamente, pero si se pueden alegar en el recurso contra la resolución final. [actos NR] 
-Por otro lado establece como excepción a esta regla general ciertos actos de trámite que sí se pueden recurrir directamente [-cuando no decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o causen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimo-] [Actos R] 
 
[Los actos NR.- no son recurribles directamente pero se pueden alegar en el recurso contra la resolución final] 
[Los actos R.- sí son recurribles directamente] 
 
El problema es, al leer "C.-" si entendemos que nos está hablando de los actos NR, o de los actos R (yo entendí que estaba hablando de los actos R, pero en realidad está hablando de los actos NR) (no sé si me explico... vamos... que me lié... lo siento) 
 
2) ¿Entonces por qué no es correcta A? 
"A.- [Los actos administrativos] De gravamen, deberán ser siempre motivados, pudiendo otorgárseles eficacia retroactiva excepcionalmente" 
 
Es cierto que deben ser motivados (art. 54.1.a), pero su eficacia no puede ser retroactiva (art. 128) 
128.2 2. "Las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor". Esto es, si favorecen al presunto, se pueden aplicar retroactivamente, pero si perjudican (=de gravamen) no. El problema está en confundir ambos términos ya que no es lo mismo una disposición sancionadora, que una disposición de gravamen, ya que entre dos disposiciones sancionadoras aplicables (una anterior y otra posterior) normalmente una será más perjudicial (gravamen) y la otra será más favorable.
luigix

22/02/2010 12:12:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Respecto de los procedimientos en recurso de alzada y si el procedimiento abreviado es o no es un procedimiento especial.... 
 
Yo pienso que todo lo que no sea el procedimiento ordinario en primera y unica instancia es un procedimiento especial (incluido el abreviado, que es especial precisamente por ser abreviado... jeje) (tiene una serie de características que lo hacen distinto del ordinario) sin importarnos cómo están ordenados dentro de la estructura articulada de la ley, los artículos que lo desarroyan... 
 
De todas formas esta pregunta no es de legislación positiva (no aparece ningún artículo que explícitamente enumere qué procedimientos son ordinarios y cuáles son especiales), sino que hay que deducirlo de la interpretación de la ley: unos lo deducen del orden o estructura de la ley (lo cual no es un argumento de peso a poco que te fijes..), y otros, del sentido común y de la costumbre entre los juristas (que tampoco tiene excesivo peso para el caso...) 
 
Yo pienso que respecto a este artículo hay poco que hacer, y será lo que le dé la gana que sea al Tribunal, como pasa siempre que la discusión es de interpretación o de doctrina...
luigix

22/02/2010 12:23:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 22/02/2010 12:24:55 
::: --> Motivo :  
 
El otro artículo que es de doctrina es el de la Constitución, en que han dado por buena A (que no es de aplicación directa) y por mala la C (que desarrolla el procedimiento del recurso de inconstitucionalidad) 
Yo en este artículo me decanto por C... 
 
...puesto que, como bien dice oposita1987 hay artículos que son directamente aplicables (muchos)... 
 
...habría que ver que dice al respecto algún jurista de reconocido prestigio como Díaz Entralgo, o alguno así, especialista en derecho constitucional... 
 
...y por supuesto habría que entrar a valorar si C es buena o no y por qué... 
 
...de todas formas, lo dicho, es doctrina, y siempre habrá unos juristas que digan blanco, otros que digan negro, y otros que digan gris... y el Tribunal se cogerá a lo que más le interese... 
 
Lo que está claro es que "EL QUE NO LLORA, NO MAMA", y lo que sí hay que hacer es interponer el recurso de alzada, puesto que el no ya lo tenemos... Y en el peor de los casos, nos quedaríamos igual...
oposita1987

22/02/2010 12:27:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
dani, aunque te vuelvo a aclarar que no se mucho de derecho, pues soy economista no abogado, a mi me parece que asi esta mejor, aunque yo especificaria textualmente el numero y texto completo de la pregunta. esto es; 
que la pregunta numero tal redactada como sigue..... y escribes textualmente pregunta completa incluyendo el numero y las respuestas, .... ha sido corregida en la plantilla como correcta la opcion a. 
y aqui, es dondo tu rebates primero la opcion que han dado como buena, y luego argumentas el porque de la veracidad de la c. 
te repito que es mi opinion 
y otra vez, que tengas suerte!
dani197813
Oposito

22/02/2010 14:49:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Escrito de alzada. 
 
[--http://www.mediafire.com--]/?1yyey2owz22" target="_blank" rel="nofollow" >[--[--http://www.mediafire.com--]/?1yyey2owz22--] 
 
Se pude mejorar. Si alguien lo quiere mejorar, puede copiar el texto y editarlo en un editor de texto. 
 
Luego, si le apetece, lo puede subir . [--http://www.mediafire.com--] 
 

dani197813
Oposito

22/02/2010 14:50:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Escrito de alzada. 
 
[--http://www.mediafire.com--]/?1yyey2owz22" target="_blank" rel="nofollow" >[--[--http://www.mediafire.com--]/?1yyey2owz22--] 
 
Se pude mejorar. Si alguien lo quiere mejorar, puede copiar el texto y editarlo en un editor de texto. 
 
Luego, si le apetece, lo puede subir . [--http://www.mediafire.com--] 
 

dani197813
Oposito

22/02/2010 14:58:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
 
Perdón por lo anterior. 
 
No se porque aparecen etiquetas de HTML.  
 
El link es [--http://www.mediafire.com/?1yyey2owz22--]
luigix

22/02/2010 18:00:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 22/02/2010 18:15:22 
::: --> Motivo : me olvidé de lo más importante... el SOLICITO... 
 
Dani197813... 
...respecto de tu recurso de alzada. 
Veo varios fallos, algunos son tonterías, pero otros son importantes: 
 
1) el destinatario se pone al final (aunque te parezca raro) y no al principio como has hecho tú. (eso vale para cualquier escrito, recurso, solicitud... dirigido a la administración. Recuerda: siempre en la última página, abajo del todo (como si fuera un pie de página) No estás escribiendo una carta, sino un recurso, y tiene otro estilo. 
 
2) Deberías numerar las alegaciones que haces, para darle mayor claridad al escrito. [Yo además cambiaría el orden: yo siempre empiezo por la respuesta que considero correcta, y dejo para el final las que considero incorrectas... pero puedes poner el orden que a ti te dé la gana...) 
 
3) No debes presuponer nada, por ejemplo, pones el contenido de la pregunta que reclamas a pelo, sin explicar a cuento de qué, dando por supuesto que tu interlocutor sabe de lo que estás hablando. Ten encuenta que el recurso va dirigido a un órgano distinto al tribunal (es alzada, va dirigido al Presidente de la Diputación, que seguramente delegará en una unidad encargada de los recursos, que por prohibición expresa de la Ley, nunca podrá ser el mismo tribunal) y por lo tanto no tienes que dar por supuesto nada. Todo lo que les cuentes es nuevo para ellos, son otros, no es el tribunal que redactó la prueba. 
 
4) Quita lo de "propongo", no estás proponiendo nada, estás exponiendo hechos y alegaciones de porqué no estás de acuerdo con un acto de la administración. No estás pactando nada con nadie. Lo recurres y ellos pueden estimarlo en todo, estimarlo en parte o denegarlo. Por estar de acuerdo contigo, o en desacuerdo... 
 
5) En el punto Cuarto, no se entiende qué es lo que solicitas puesto que no lo planteas claramente, dices "revisen" la pregunta, pero hay que adivinar tus intenciones ¿cambiar la opción B (mala) por C como buena? ¿o es quizás otra cosa? Yo no lo sé, lo tengo que adivinar. [este punto es importante] 
 
6) En el punto SOLICITO, debes CONCRETAR los extremos de tu solicitud, todos los puntos que solicitas (aunque te parezca que te repites) puesto que es sobre lo que se tienen que pronunciar explícitamente. Lo tienes que dejar muy claro, no valen generalidades. [esto sí que es importante] 
 
Tu escrito quedaría más o menos así: 
--- --- --- 
Nombre y apellidos 
DNI: 
Dirección : 
Teléfono: 
E-mail: 
 
ASUNTO: RECURSO DE ALZADA contra el anuncio, hecho por el Secretario, con fecha 17/02/2010 y publicado en el Tablón de Anuncios, por el que se aprueban las calificaciones y las plantillas correctoras del primer ejercicio de las pruebas de la oposición libre para la provisión de 46 plazas de Administrativo de la Diputación de Valencia (convocatoria Nº 27/08),  
 
EXPONGO: 
Primero: Que me presenté al primer ejercicio de las pruebas de la oposición libre para la 
provisión de 46 plazas de Administrativo de la Diputación de Valencia (convocatoria Nº 
27/08) celebrado en Valencia el día 13 de febrero de 2010. 
 
Segundo: Que con fecha 17 de febrero de 2010 el Secretario D. Emilio Olmos Gimeno publicó, mediante anuncio, las plantillas correctoras y las calificaciones de la citada prueba, en el tablón de anuncios de la página web de la diputación de Valencia, www.dipval.es. 
 
Tercero: Que en la respuesta a la pregunta 72 del modelo B el Tribunal ha dado por válida la opción A. Pero que debe cambiarse la respuesta correcta por la opción C, ya que: 
 
Tercero.Uno: La pregunta 72 redactada literalmente dice: 
"72.- Con referencia a la contabilidad pública: 
A. Corresponde al Pleno de la Diputación determinar la estructura y justificación de las cuentas, estados y demás documentación relativos a la Contabilidad Pública. 
B. El ejercicio contable, en algunos casos, podrá no coincidir con el ejercicio presupuestario. 
C. Tiene entre sus fines determinar los resultados analíticos, poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios". 
 
Tecero.Dos: La única respuesta correcta posible es la opción C, puesto que el artículo 205 del Real Decreto Legislativo 2/2004, dice: "La contabilidad de los entes locales estará organizada al servicio de los siguientes fines: (...) Determinar los resultados analíticos poniendo de manifiesto el coste y rendimiento de los servicios". 
 
Tercero.Tres: La respuesta A es contraria al artículo 203.1.a del Real Decreto Legislativo 2/2004: "Corresponderá al Ministerio de Hacienda a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado: a. Aprobar las normas contables de carácter general a las que tendrá que ajustarse la organización de la contabilidad de los entes locales y sus organismos autónomo". 
 
Tercero.Cuatro: La respuesta B contradice el artículo 202 del Real Decreto Legislativo 2/2004: "El ejercicio contable coincidirá con el ejercicio presupuestario". 
 
Cuarto: Que en la respuesta a la pregunta 58 del modelo B el Tribunal ha dado por válida la opción C. Pero que debe cambiarse la respuesta correcta por la opción B, ya que 
 
Cuarto.Uno. Que la pregunta 58 del modelo B dice: 
"¿Cuál es el tratamiento legal que se da a la Diputación Provincial en las CCAA? 
A. La Comunidad Autónoma, además de las competencias que le correspondan según su 
Estatuto, asumirá la plenitud de las competencias y de los recursos que en el régimen común correspondan a la Diputación Provincial. 
B. Una vez constituidos los órganos de representación y gobierno de la Comunidad Autónoma uniprovincial o en el momento que establezcan los respectivos Estatutos, quedarán disueltos de pleno derecho los órganos políticos de la Diputación. 
C. La Comunidad Autónoma se subrogará en las relaciones jurídicas que deriven de las 
actividades anteriores de la Diputación Provincial". 
 
Cuarto.Dos. Que la respuesta C es la única correcta, ya que de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico: 
"[--debes poner el contenido del artículo que citas--]" 
Y en su conjunto, la opción C, tiene un mayor grado de matización. [--yo esto no lo entiendo, lo pongo por que lo has puesto tú, pero para mí es incomprensible] 
 
Cuarto.Tres. Que las respuesta A y B no pueden ser correctas ya que: La a opción A, no 
excluye las CCAA uniprovinciales. Y la opción B (---no explicas por que es incorrecta, y debes hacerlo, sino lo que pides es la nulidad, por haber dos preguntas correctas---) 
 
SOLICITO: 
1) La rectificación de la pregunta 72 del modelo B, dando por válida la opción C. 
2) La rectificación de la pregunta 58 del modelo B, dando por válida la opción C. 
3) La rectificación de las calificaciones de la citada prueba. 
 
En València, a __ de febrero de 2010 
Nombre y apellidos 
DNI 
[y tu firma] 
 
A/A: EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA 
D. Alfonso Rus Terol 
C/ Serrans nº 2, València 
46003-VALENCIA 
---- 
 
[te recomiendo que concretes mejor el punto 4. Ojo: solo puedes alegar si las respuestas son correctas o incorrectas. No vale "esta es más mejor", "esta está más completa", "esta está mejor escrita", "esta me gusta más", ninguno de esos argumento procede. Solo procede la dicotomía CORRECTA/INCORRECTA, de modo que, si a tu juicio hay más de una pregunta correcta (aunque esten incompletas, mejor o peor escritas, o, como dices tú "correctas pero con distintos grados de matización", entonces debes de defender que la pregunta es nula, sin medias tintas ni tonterías.]
luigix

22/02/2010 18:29:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Ah, por cierto, no tengas miedo de usar términos como "recurso de alzada CONTRA...", o "esto es incorrecto y lo correcto es esto". Son los términos legales que debes usar, no te van a coger manía por usarlos, y en cambio usar otros confunde sobre cuáles son tus intenciones, ¿es un recurso de alzada o una sugerencia que le haces que ellos pueden tener en cuenta o no tenerlas?" 
 
A nadie se le coje manía por reclamar..., tu reclama y si estás equivocado ya te lo dirán... y si no (que es de lo que debes de partir) no estás más que ejerciendo tus derechos...
dani197813
Oposito

22/02/2010 19:51:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
luigix , tendre en cuenta tus observaciones. 
 
Aunque hay cosas que chirrian. Te has leido el RD 1465/1999? 
 
En la dipu me dijerón que es libre el escrito de alzada, por lo tanto,  
es posible que lo presente tal cual.  
 
Puedo ver el tuyo?
marianrs

23/02/2010 11:07:00
Mensajes: 14
Registrado: abril de 2006
RE:Administrativo diputación valencia II
 
Para luigix. 
Muchas gracias por contestar. Estoy viendo doctrina del Tribunal Constitucional a ver si puedo hacer algo. 
 
Gracias.
luigix

23/02/2010 12:06:00
Mensajes: 560
Registrado: junio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
ya, claro que es libre, yo lo que te digo son recomendaciones... cada cual escribe con un estilo distinto y lo importante es que estén claras las intenciones del que escribe... 
 
Lo que sí creo importante son las dos cosas que te marqué como importantes: 
 
-No está claro qué pides en el punto Cuarto sobre la pregunta 58, debes concretar qué es lo que pides (¿nulidad, que cambien la opción correcta...? ¿qué?) y explicar mejor tus argumentos, eso del "mayor grado de matización" creo que no se entiende. 
 
-Debes concretar qué extremos són los que solicitas en el punto SOLICITO. Por aquello de "Las solicitudes que se formulen deberán contener (...) petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud", ya que ellos están obligados a responder, sobretodo, a este punto en particular. 
 
-Lo importante, en cuanto a la forma es cumplir con los arts. 110 y 70 de la Ley 30/92: 
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t7.html#a110--] 
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t6.html#a70--] 
 
(lo que dices del RD ese de imagen institucional, es interesante, trata sobre los modelos normalizados y todo eso... existe mucha documentación sobre la necesidad de que la administración debe adaptar su lenguaje a un lenguaje comprensible en la calle, y que, lo que son faltas ortográficas en el lenguaje normal debe ser considerado también faltas ortograficas en el lenguaje administrativo (los vicios que se dan en las cartas de la administración, como no respetar las concordancias, abusar de determinados tiempos verbales, expresiones y giros que son incorrectos gramaticalmente, etc... hay varios libros interesantes al respecto, el INAP publicó una guía muy detallada, su "Manual de Imagen Institucional" es muy interesante...) 
 
De todas formas, tú haz lo que te venga en gana... faltaría más (eres tú el principal interesado en hacerlo bien ¿no?)
oposita1987

28/02/2010 14:48:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
hola dani. que has hecho al final con el recurso? 
sabes algo nuevo?
dani197813
Oposito

28/02/2010 16:46:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
 
Oposita, el martes, llegara a la Dipu. 
 
Mientras que el tribunal decida, a esperar y estudiar. 
 
Espero que la nota de corte sea el cinco y que no canvien mucho las notas. Para poder optar a la siguiente prueba.  
 
Tu vas a presentar alguno ?  
 
Por lo demás, dicen por ahi, que pronto aperecerán las plazas de ayuntamiento de valencia, dicen. 
 
Tu sabes algo?  

oposita1987

28/02/2010 18:36:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
hola dani. cuanto tiempo, jeje 
pues del ayuntamiento no se mas que lo que he leido en este foro y en otro, que se estan empezando a mover en las academias porque por lo visto es inminente la convocatoria. y dicen que aunque solo quedan 10 plazas para turno libre, que entra mucha gente en bolsa, y que la bolsa se mueve bastante. 
respecto a la dipu, no se nada de nada. yo no he presentado ningun recurso porque he supuesto que la pregunta que han puntuado mal, la impugnara todo el mundo, y respecto a las demas, creo que no hay nada que hacer: supongo que las han hecho asi adrede, para confundir a la gente y pulirse al mayor numero de gente.  
asi que de momento, y hasta que veamos por donde respiran, habra que estudiar.  
lo que me parece alucinante, es lo de meter un tema en una hora, teniendo en cuenta que durante esa hora tienes que pensar que es lo que vas a poner, estructurar el tema, escribirlo y ademas, hacerlo con buena letra y que se entinda, jeje. me parece imposible. 
bueno, me voy a seguir estudiando que me queda un mogollon. 
saluditos 
ya me cuentas
dani197813
Oposito

28/02/2010 20:41:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
 
Oposita 
 
Si que es verdad. A mi también me parece alucinante. Meter un tema en una hora. 
Y ademas no tienes la opción de elegir. Estamos obligados a estudiarlos 40 temas. 
 
En las instrucciones de la convocatoria pone: 
 
[Consistirá en desarrollar por escrito durante un período máximo de dos horas,  
dos temas extraídos al azar, de los que componen el temario que acompaña a las  
bases de la convocatoria. El sorteo se realizará de forma inmediata antes de  
comenzar el ejercicio y el Tribunal podrá delimitar la redacción definitiva de  
los epígrafes en atención al tiempo dado para el ejercicio y al contenido de  
los temas elegidos.] 
 
Tampoco nos podemos preparar los temas para realizar una exposición escrita en una 
hora. Pq de las instrucciones de las bases se desprende que pueden variar los epigrafes  
de los temas. Vamos, que hay que estudiar mucho.
dani197813
Oposito

28/02/2010 20:41:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 28/02/2010 20:44:38 
::: --> Motivo :  
 
__
dani197813
Oposito

28/02/2010 20:41:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 28/02/2010 20:43:57 
::: --> Motivo :  
 
__
Amparo81

02/03/2010 8:40:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
En el tema 10 hace referencia al municipio, pero ¿se incluye tambien los municipios de gran población?
oposita1987

02/03/2010 11:45:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
si amparo, si, jejej. entran lo municipios de gran poblacion, la alteracion de terminos, el cambio de nombre, de capitalidad, el deslinde, y todo lo que le eches. supongo que si sale este tema, tendran que delimitar, y mucho, los epigrafes. no sabes si estudiarte los temas cortos para poder meter todo el tema en una hora, o largos por si te piden desarrollar un solo epigrafe en toda la hora. es de locos!
belibo

02/03/2010 12:33:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Una pregunta. 
¿Habeis comprobado la puntuación? ¿Os sale la misma puntuación que os han dado?
oposita1987

02/03/2010 13:44:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
a mi si, porque?.
dani197813
Oposito

02/03/2010 13:47:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 02/03/2010 16:31:53 
::: --> Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 02/03/2010 13:50:40 
::: -- Motivo :  
 
::: -- Editado el dia : 02/03/2010 13:48:53 
::: -- Motivo :  
 
A mi me sale lo mismo.
Msmoralquelaalcoyana1980

02/03/2010 15:30:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
A mí también me sale la misma puntuación.
belibo

02/03/2010 18:44:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Pues yo supongo que habre contestado una pregunta más que no la habré marcado en el cuestionario que nos llevamos a casa. Me han puntuado 0,10 más de lo que me sale con el cuestionaeio. 

oposita1987

02/03/2010 19:53:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
dani, belibo, amparo, masmoral, como vais de los nervios? 
yo los tengo destrozados
dani197813
Oposito

02/03/2010 20:09:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Templanza, constancia y perseverancia. Los/las 46 personas que mejor se sepan  
el temario el dia del exámen, serán los que se lleven el gato al agua.  
Estaria bien que todos los demas, si es el caso, entrararamos en bolsa.  

oposita1987

02/03/2010 21:54:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
o los que tengan la chorra que les salga alguno de los temas que se sepan, jeje
belibo

02/03/2010 23:38:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Pues la verdad es que yo estoy.... bloqueada, espero desbloquearme mañana mismo y ponerme laas pilas, 
 
¿Cuanto tiempo suponeis que tenemos? (Si despues de las alegaciones apruebo, claro)
Amparo81

03/03/2010 8:17:00
Mensajes: 23
Desde: Valencia
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
yo, de momento tranquili¡ta, estudiando y con constancia. Pero cuando salga fecha de exámen (si continuo aprobada) ya veremos. Lo único k nos queda es pensar k si no aprobamos, ¿por lo menos estaremos en bolsa, no?
dani197813
Oposito

03/03/2010 9:02:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Que técnica puede ser mejor, estudiarse bien 15 temas o tener los conceptos básicos de los 40?
Msmoralquelaalcoyana1980

03/03/2010 9:33:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
En bolsa estamos todos después por aprobar el primer examen, según el reglamento de bolsas de la Diputación. 
 
Respecto al desarrollo.... uff!! Cada día se me hace más cuesta arriba. Me da la sensación de que he empezado a estudiar de nuevas el temario y se me hace pesadísimo. 
 
Dani, yo creo que hay que llevar todos los temas lo mejor preparados que puedas, pero claro, una cosa es decirlo y la otra hacerlo. Arriesgarte con 15 es eso, mucho riesgo. Aunque claro, conforme se acerque la fecha, tendremos que empezar a plantearnos qué temas nos dejamos más flojos.
belibo

03/03/2010 10:13:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Pero para cuando será el examen. 
En marzo?, en abril? Ya se que nadie sabe la fecha exacta, pero una orientación.....
oposita1987

03/03/2010 12:11:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
eso de la bolsa, como lo sabeis?, en las bases de la convocatoria no decia nada de que se iba a constituir bolsa.  
pues dani, yo tambien pienso que eso de los 15 temas es mucho riesgo. si aun hubieras dicho 30, jeje , pero 15 no se yo. 
y creo que si no puedes estudiarte todos los temas a fondo, a lo mejor es mejor que tengas los conceptos basicos de los 40 temas, para que te salga el que te salga, puedas desarrollar un tema entre lo que sabes y el rollo que le eches. aunque si te soy sincera, con los conceptos basicos y dado en numero de personas aprobadas que hay, en principio 196 pero despues de las reclamaciones habra muchos mas, pues creo que no vas a ningun sitio. doy por supuesto que todo el que ha aprobado es porque se sabe los conceptos basicos de todos los temas, y los que aprueben el segundo, seran los que se los sepan como loros. eso creo yo, asi que a estudiar. y no se si nos queda mucho o poco, no tengo ni idea, pero hay que estudiar como si fuera el examan pasado mañana, que es lo que dice las bases que tienen de tiempo minimo para avisar.
belibo

03/03/2010 12:18:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
glups
HiroNakamura

03/03/2010 13:05:00
Mensajes: 107
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola, 
 
Yo pregunté por mail lo de las bolsas y etso fué lo que me contestaron: 
En contestación a tu pregunta, te informamos que una vez concluya todo el procedimiento selectivo de la oposición de administrativo, convocatoria 27/08, será cuando el tribunal decidirá sobre la creación o no de una bolsa de trabajo. En caso afirmativo, te comunicarán por escrito tanto la constitución de dicha bolsa como tu situación dentro de la misma. 
 
Así, creo que aunque hayamos aprobado la primera prueba eso no sive de momento...¿lo entendeis así también? 

dani197813
Oposito

03/03/2010 13:49:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Entendido. 
Habra que esperar a que el tribunal responda.
oposita1987

03/03/2010 14:13:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
entiendo que como con todo lo demas, el tribunal hara lo que le pase por el pirri, jeje
dani197813
Oposito

03/03/2010 16:16:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Oposita  
Donde podemos ver el centro gestor, que emite los doc. contables a las oficinas de contabilidad? 
Donde y cuando meten los doc. en el procedimiento de contratación? 
Tengo lio con este tema.
oposita1987

03/03/2010 18:49:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
dani, lo tienes en la orden del ministerio de economia y hacienda de 1 de febrero de 1996 
por la que se aprueba la instruccion de operatoria contable a seguir en la ejecucion del gasto del estado. es un poco complicada si no tienes alguna nocion de contabilidad y eso, pero te aclarara muchas cosas. si necesitas algo ya sabes donde estoy
biri33

04/03/2010 8:46:00
Mensajes: 4
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Esta última respuesta no es correcta, pues no opositas para la AGE, sino para una Entidad Local. En la Orden que se cita se establece claramente que sólo será de aplicación a la AGE,si bien es cierto que, básicamente, los documentos contables que utilizan los Entes Locales coinciden con los señalados para la AGE.
dani197813
Oposito

04/03/2010 9:20:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Oposita. 
La pregunta es puntual. 
 
El organo que le corresponda empieza a gestionar un expediente, por ejemplo de subevnción, 
el centro gestor emite un doc. Rc a la oficina contable. Esta emite el cetificado de existencia. 
 
La pregunta es, el centro gestor, que es? Un organo colegiado, una unidad informática, una persona con 
un ordenador. 
 
Biri33, entonces que Orden hay que estudiar para las entidades locales?
oposita1987

04/03/2010 10:25:00
Mensajes: 132
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
perdona dani, el centro gestor segun la ley general presupuestaria, es la intervencion. 
y respecto a la orden, no hay orden para las entidades locales; te remiten a la orden que te he mencionado.  
no obstante, si alguien sabe de alguna otra orden, lo diga please
biri33

04/03/2010 10:43:00
Mensajes: 4
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 04/03/2010 10:52:01 
::: --> Motivo :  
 
Está en las bases de ejecución del presupuesto para 2010, (en la web se pueden descargar) 
en el Título III, Operatoria a seguir en la ejecución del gasto. 
Edito: 
En la Base 6 de las citadas Bases de Ejecución se conceptúa el Centro Gestor, dentro de la clasificación orgánica del Presupuesto de Gastos de la Diputación, como en segundo nivel de dicha clasificación (siendo el primero y el tercero, respectivamente, el Area Política y el Servicio Presupuestario)
dani197813
Oposito

04/03/2010 11:06:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Biri33 puedes facilitar el link de acceso a las bases de ejecución.
biri33

04/03/2010 12:42:00
Mensajes: 4
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Bases de Ejecución Presupuesto Diputación 2010: 
 
[--http://www.dival.es/isum/Main?ISUM_ID=Center&ISUM_...OsqWLqG36N7Mw__--]
dani197813
Oposito

04/03/2010 13:56:00
Mensajes: 124
Desde: Valencia
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
::: --> Editado el dia : 04/03/2010 16:42:10 
::: --> Motivo :  
 
biri33 Thank you very much!! y a Oposita Tb!!
pepi74
Las cosas se lográn luchando por ellas...

07/03/2010 18:58:00
Mensajes: 3
Registrado: marzo de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
perdonar que os interrumpa... pero me gustaría que me recomendarais alguna academia en valencia para poder preparar futuras oposiciones a administrativo de la diputacion de valencia... gracias. Pd soy de Aldaia
luxemburgo11

08/03/2010 12:48:00
Mensajes: 24
Registrado: febrero de 2010
RE:Administrativo diputación valencia II
Mucha suerte para los que seguimos en este tren, solo nos queda estudiar muchisísimo
sanpraga

08/03/2010 15:29:00
Mensajes: 11
Registrado: septiembre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
alguien sabe algo de fechas para el proximo???...alguna rumorología??. 
Stoy atacá, y no hago mas q mirar la pagina de la dipu, a ver si sale algo. 
 
estan tardando un monton en sacar fecha, no creeis??
aliab

08/03/2010 16:26:00
Mensajes: 40
Registrado: noviembre de 2008
RE:Administrativo diputación valencia II
SANPRAGA, TODAVIA TE QUEDA PARA SABER LA FECHA PORQUE HASTA QUE NO SE TERMINE EL PLAZO DEL RECURSO, LUEGO SE TIENEN QUE REUNIR , PORQUE SEGURO QUE HAY MAS GENTE APROBADA, Y ESO LES LLEVA TIEMPO, Y ENCIMA REVISAR TODOS LOS EXAMENES ,ASI QUE NO ESTES ATACA,
belibo

08/03/2010 17:37:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Lo de revisar todos los examenes no debe ser complicado. Se tratara de modificar la plantilla y corregirlos de nuevo y eso la primera vez lo hicieron en un suspiro. 
Lo de resolver los recursos es otra historia.
Msmoralquelaalcoyana1980

08/03/2010 19:52:00
Mensajes: 36
Registrado: octubre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
¿Y con la resolución de los recursos, si aprueba mucha más gente, no podría cambiar la nota de corte?
belibo

08/03/2010 22:48:00
Mensajes: 795
Registrado: julio de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Dependerá de los recursos que admitan, es decir, que tengan fundamento, aunque viendo las notas no creo que pueda aprobar mucha más gente, habia notas bajisimas 

sanpraga

13/03/2010 10:42:00
Mensajes: 11
Registrado: septiembre de 2009
RE:Administrativo diputación valencia II
Hola opositores!!.... Tengo una duda respecto al TEma 9 del temario. Cuando dice "especial referencia a la Diputacion de Valencia", con q lo relacionariais??? 
A ver si entre todos se nos ocurre algo... 
Y el tema 10, puede ser tan amplio... por donde cortas? 







+


!!! BUSCAMOS POR TI !!! Nuevo SERVICIO GRATUITO de ATENCIÓN INMEDIATA Y PERSONALIZADA

Recibe ATENCIÓN INMEDIATA de manos de nuestros orientadores.

¿Buscas y buscas y no encuentras?, ¿Quieres recibir ATENCIÓN INMEDIATA?, ¿Quieres que te ayudemos?, es totalmente GRATIS !!!

!!! BUSCAMOS POR TI !!!


Nombre *

Apellidos

Teléfono *

Provincia *

¿Que oposición te interesa? *

* Los campos marcados son obligatorios.





POLITICA DE PROTECCION DE DATOS - AVISO LEGAL - NORMAS USO DEL FORO
Copyright 2002 Educaedu Business S.L.
- CIF: B-95610580.
::: 3.223.962 mensajes ::: 303.448 usuarios registrados (25/05/2005) :::  Buscar en TODO el FORO :::  Buscar en esta sección
L
O
G
I
N
Email
Clave
Iniciar sesión automaticamente
Preguntas Frecuentes
F.A.Q. sobre el foro