EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD





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LUNA.30

27/05/2008 15:22:00
Mensajes: 447
Desde: MADRID
Registrado: febrero de 2006
EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD
Hola a todos!!!  
 
Tengo una gran duda y quería saber si alguien me puede ayudar.  
 
La plaza que ocupo ahora como laboral interina va a salir a finales de este año y me gustaría presentarme pero siempre y cuando pudiera pedirme excedencia por incompatibilidad ya que me gustaría quedarme en el ayto. de Madrid porque las condiciones son muchísimo mejores que en el otro sitio, y además, horario de tarde.  
 
¿Sabeis si eso se puede hacer o es necesario tener alguna antigüedad?  
 
Sería quedarme con la plaza de funcionaria interina del ayto. madrid y pedir la excedencia por incompatibilidad en plaza fija laboral.

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

heimlich

27/05/2008 21:29:00
Mensajes: 53
Desde: madrid
Registrado: diciembre de 2007
RE:EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD
SÍ que podrías coger la excedencia en el caso que sacases la plaza de personal laboral fija, y te podrías quedar en el ayto. de interina.  
 
En este caso por ser personal laboral sería Excedencia Voluntaria.  
 
Pero eso, tienes que ser personal laboral fijo.
 
heimlich

27/05/2008 21:38:00
Mensajes: 53
Desde: madrid
Registrado: diciembre de 2007
RE:EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD
Y bueno, no hace falta tiempo mínimo trabajado.  
 
De todas formas esto que te digo es según el convenio colectivo de laborales de la Comunidad de Madrid, tendrías que ver el convenio colectivo del ayto. en cuestión, pero me imagino que será prácticamente igual, al menos en este aspecto de excedencias.  
 
Yo vamos, apostaría a que sí, pero mira a ver si el ayto tiene convenio colectivo, y si no lo tiene que reglas aplica.
 
LUNA.30

28/05/2008 16:23:00
Mensajes: 447
Desde: MADRID
Registrado: febrero de 2006
RE:EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD
Muchas gracias por la información.  
 
He estado mirando el convenio y no puedo pedir excedencia voluntaria porque te piden 1 año de antigüedad. El convenio de aqui es que es un poco basurilla...  
 
No se si se podría por "prestación de servicios en otra administración pública". Es lo único que me falta por mirar pero me da a mi que no. El convenio no lo refleja asi que miraré el estatuto de empleado público.  
 

 
heimlich

28/05/2008 18:52:00
Mensajes: 53
Desde: madrid
Registrado: diciembre de 2007
RE:EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD
El EBEP en el caso de laborales te remite al Estatuto de los Trabajadores y al convenio colectivo correspondiente, así que eso no te vale para nada. Si tu convenio dice que tienes que tener 1 año de antigüedad, eso es lo que vale. Lo siento.
 







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