Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Las notificaciones defectuosas, que no indican los recursos que proceden, y el interesado no recurre el acto, ¿que efectos producen?
a)El acto notificado no produce efectos y no se haría firme.
b)El acto con el transcurso del tiempo se vuelve firme
c) ninguna es correcta.
Dan como correcta a)
Pero a mi me parece que o le falta algo al enunciado o que no es del todo correcta.
¿que os parece?
18 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
... pues que es la A) y está bastante claro. Un acto, aun que tenga el defecto de forma que dice, podría ser válido (bajo ciertos requisitos), cuando el interesado realicen acciones que demuestren que conoce el contenido bla bla bla... pero mientras eso no ocurre, el acto no se considera notificado y, por tanto, no produce efectos.
Veo últimamente muchos hilos cuestionando preguntas, no creo que debáis perder el tiempo en estas cosas a estas alturas. Los tribunales suelen ser bastante cabezotas y si no lo ven muy muy claro, no van a anular ninguna pregunta. No os vais a librar por las impugnaciones, es más habrá muchos que caigan después de las preguntas anuladas, por estar al filo del suspenso.
tu responde, responde siempre, si una pregunta está bien o no ,es otro tema.
un saludo.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Pues yo no lo veo tan claro. Si la notificación contiene el texto integro de la resolución, se considera el acto notificado a los solos efectos del deber cumplido por la Administración.
Ese deber cumplido que quiere decir, que si el interesado no hace nada ese acto se queda en las nubes o que. Es decir, pasa el tiempo y se queda en tierra de nadie.
Ahí, hay algo que falta y no se lo que es.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Vamos a ver, estas liando dos apartados diferentes del art. 58. Una cosa es lo que yo te acabo de decir y otra lo que tu señalas.
Lo del "deber cumplido" significa, por ejemplo, que ese acto no se podría suponer resuelto por silencio
administrativo, con las consecuencias que ello acarrea. La Administración dicto resolución expresa y cumplió con el debe de cursar la notificación. no obstante, como no se notificó correctamente, no produce efectos, hasta que se den las condiciones señaladas...
la pregunta se remite al 58.3, no al 58.4
un saludo
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Pero Kalisto, el no especificar los recursos que procedan en la resolución no es imprescindible siempre y cuando contenga el texto íntegro y la práctica de notificación. Es decir conteniendo estos dos últimos requisitos se entenderá válida la notificación y sí poducirá efectos...etc....
No sé yo tampoco entiendo esta pregunta.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
yo lp veo de la siguiente manera: si el defecto de la notificacion consiste en no indicar los recursos que priceden contra wl acto notificado no podra sufrir el ineresado ningun perjuicio relacionado con la notificacion por tanto si el interesado no recurre no provoca ningun efecto sobre el. surte efectos si el interesado realiza actuaciones que demuestren el conocimiento de acto o interpone un recurso pero si no hace nada pues no produce efectos.... luego otra cuestion es donde y como se queda eso pero a la pregunta y enunciado la respuesta es la a y hay que ceñirse a la pregunta xq entrar en detalles seria liarnos y poner en duda todo.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Yo no quiero liarme ni liaros, el problema es que yo contesté la b, porque si el interesado conoce el texto integro.........notificado está.
Pero en fin, eso es tb lo que dicen en la academía así a misa.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
el interesado puede darse x notificado a pesar de saber que la notificacion es defectuosa si no te interesa poner recurso para que subsanen esa notificacion xq te beneficia la dejas estar ....asi lo entiendo yo pero creo que lo mas importante es ceñirse al enunciado de la pregunta y no darle vueltas yo no me voy a complicar tanto xq no llevo el
temario como para eso.. los que a lo mejor lo llevais mejor os surgen estas dudas.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
La duda a mi me surge porque: ¿Que pasa con las multas que luego se van al procedimiento de apremio? porque claro, si te beneficia ya se encarga el interesado de enterarse. Si no, no hace nada y ya está.
De todas maneras es así. Supongo que ya se encarga la Administración de volveer a notificar en condiciones y como dios manda. Es ok y gracias
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
creo y sin pecar de atrevida en el caso que planteas se remite a la Ley4/1999 de reforma de la LRJ-PAC.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Pues había otra preguntita sobre si los españoles de origen podían perder su nacionalidad .
Yo piqué. y la respuesta es : no pueden ser privados de su nacionalidad, pero si pueden perderla.
Se que es de cajón y basta con persarlo un poco,,,,,,,,,pero...........
Espero que en el examen no nos hagan algo así
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
a esa pregunta te voy a poner un ejemplo:
tu vas en el metro con tu bolso y pueden pasar dos cosas una que pierdas la cartera, dos que te roben la cartera estas dos cosas les pasa a cualquiera pero no te pueden privar de llevar la cartera es decir tu la cartera la llevas en el bolso porque siempre llevas bolso y sales de casa siempre con cartera pero la puedes perder o te la pueden robar pues la nacionalidad igual tu naced en espana y tu nacionalidad es espanola pero la perder como pierdes las cartera. se que es mas complicado pero a mi me ayudo.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
siempre te voy a poner otra pregunta al hilo de lo que comentabas al principio
las notificaciones de resolucion que conteniendo el texto integro del acto admin omitiesen alguno de lo demas
requisitos:
1- no surtiran efectos pordefecto de forma
2-no surtira efectos por ser nulas de pleno derecho
3- surtiran efecto a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolucion
la valida es la 3.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Esa la tengo muy clara. Con esa no hay problema.
En cuanto a que la nacionalidad te la pueden robar como te roban la cartera, me parece muy fuerte.
De hecho, a mi me robaban el ´dni, cada año, hasta que empecé a denunciarlo , que creo que es lo que hay que hacer. A partir de ahí se acabo el choyo.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
En el simulacro general de Adams que yo he hecho no estaba ni la pregunta a la que se hace referencia ni tampoco la referida a la pérdida de nacionalidad de los españoles.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Ok...ya lo he entendido Kalisto, y es efectivamente como tú dices en tu mensaje, estaba liando el 58.4 con el 58.3.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Reme, hija mía, métete la
lengua en el ojete y vete de aquí que tú sí que eres equívoca, falsa e inaceptable.
RE:Simulacro Adams. Pregunta con mucha miga. Que pensais
Hola, acabo de ver esta duda q me surgió hace tiempo y q descarté xa no perder tiempo, pero aprovecho ahora, no es exactamente lo mismo, pero en el fondo sí:
El acto q omite los recursos q pueden interponerse son:
-Anulables: x defecto de forma
-Nulos de pleno derecho xq vulneran derecho fundamental (62.1a, xq no me informan dq me puedo defender)
Y claro, los efectos son distintos según el caso.
Q opinais?