¿Personalidad jurídica de los municipios?
Hola a tod@s! Estoy inmerso en un proceso selectivo para un ayuntamiento de Andalucía y tengo una duda.
En la pregunta de ¿de qué tipo de personalidad jurídica gozan los municipios? estoy en la duda de PLENA o PROPIA, porque en el art. 140 de la Constitución pone que es plena. Y en el art. 91 de la LO 2/2007 de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía pone que es propia.
Yo marqué PROPIA y me la han calificado MAL. ¿Cabría la posibilidad de que mi respuesta fuera correcta por estar dentro de Andalucía?
No se si debo impugnarla, ni lo que podría pasar si lo hiciera.
Responderme por favor.