Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Hola de nuevo
A ver, repasando el tema 5 el otro día, me han surgido una serie de dudas, a ver si me podéis solucionar alguna y así de paso repasamos un poco:
1. Según la ley 8/1985, dice que el registro de personal es dependiente de la Consejería de la Presidencia, pero en la lista de las Consejerías del Principado no existe esa consejería, existe la de Presidencia,
Justicia e Igualdad, entonces podemos entender que pertenece a esa??
2. Quién aprueba la oferta de empleo público del Principado?? El Consejo de Gobierno?
3. En la provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios pone que se proveerán por concursos o por libre designación. En cambio para la selección de personal se usarán los sistemas de oposición, concurso, y concurso-oposición. Entonces cual es la diferencia entre provisión de puestos de trabajo y selección de personal??
4. El plazo de 3 años para que se ejecute la oferta de empleo público incluye también al Principado de
Asturias? o se regula de otra forma?
5. Cual es la diferencia entre suspensión y suspensión firme?
6. En el tema de las excedencias, pone que " el tiempo de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios, carrera y derechos...", pero ésto se refiere sólo a la excedencia para el cuidado de hijos, a la excedencia para el cuidado de familiares o a ambos??
Muchísimas gracias a tod@s!!
11 RESPUESTAS AL MENSAJE
escan
De este año no pasa...
14/10/2010 0:44:00
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RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
1- Sí.
2- Sí.
3- La provisión de puestos de trabajo se refiere exclusivamente a funcionarios, es decir, gente que ya está dentro de la Administración, mientras que la selección de personal se refiere a gente que opta a ser funcionario pero que todavía no lo es. Así pues, es importante diferenciar entre "plazas para funcionarios" (dentro de la Administración) y "plazas para acceder a la condición de funcionario" (de gente como nosotros).
4- Efectivamente, el plazo es el mismo (aunque luego en la realidad hagan lo que les dé la gana). Ten en cuenta que, aunque la Ley 3/1985 no alude a este tema, sí lo hace la Ley 7/2007 (EBEP), por lo que esta última prevalece sobre la primera. En cualquier caso, el personal funcionario en el Principado se rige totalmente por el EBEP, ya que es una Ley 22 años más moderna que la 3/85, y prevalece, por tanto, sobre ésta.
5- La suspensión de funciones supone que te apartan temporalmente del servicio hasta que se demuestre que eres culpable por las infracciones que se te imputan. No podrás estar más de 6 meses en esta situación y no cobras nada, aunque seguirás computando este tiempo a efectos de ascensos, trienios, etc. Si luego se demuestra que efectivamente eras culpable la suspensión se eleva a firme, perdiendo todos los derechos como funcionario, pero si se demuestra que no eres culpable, la suspensión nunca se hará firme, teniendo la Administración que reintegrarte todo lo que te tenía que haber pagado y no hizo debido a tu suspensión provisional.
6- Sí, se refiere a las 2 excedencias.
Por cierto, tus preguntas referidas a Consejerías y demás no te las contesto porque lo he dejado para el final (para estudiarlo al final) ya que, si no, se me olvida todo fijo.
Saludos...
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Pero si me has contestado todo!!!!!!!! Guau, eres un crack!!!!!!!!!!!!!!
No me cabe duda que estarás en la lista de los aprobados!!
Muchísimas gracias por contestarme a todo, gracias de verdad
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Hola,
Estoy de acuerdo con escan en todo menos en una cosa:
cuando estas con la suspension provisional tienes derecho a a percibir durante la suspensión las retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo, si se eleva a definitiva tienes que devolver las perras.
Un saludo y ánimo que en tres días tenemos
administrativo.
escan
De este año no pasa...
15/10/2010 8:01:00
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RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Sí, tienes razón, niñabalsera. La verdad es que yo le contesté en términos generales para que entendiera la diferencia entre una y otra, pero totalmente de acuerdo con lo que dices.
Vamos a por el primer ensayo:
Administrativo en 2 días...
Mucha suerte!!!
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
hola, yo creo que el registro de personal está en la consejería de Administraciones Públicas y Portavoz de gobierno... ahí tiene dotación presupuestaria con lo cual está integrado en dicha consejería..
Mucha suerte el domingo a todos!
escan
De este año no pasa...
15/10/2010 12:33:00
Mensajes: 1198
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RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Pues entonces es que lo han cambiado.
De todas formas, lo miraré esta tarde para comprobarlo...
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Gracias por vuestras respuestas, y si alguien puede confirmar lo del registro de personal pues genial, le estaremos todos agradecidos.
Y mucha suerte a todos los que vais al exámen de
administrativo, ya nos contaréis qué tal os fué!!!
escan
De este año no pasa...
15/10/2010 15:29:00
Mensajes: 1198
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Registrado: marzo de 2010
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Pues va a ser que sí, Beatriz3, vas a tener razón.
Ojo, Caro.
Dentro de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno están ahora todos los organismos que tienen que ver con el personal y la función pública, por lo que es evidente que el Registro de Personal tiene que estar en esta Consejería.
Por debajo de la Consejería está la Viceconsejería de Modernización y RRHH, de la cual dependen, a su vez, la Dirección General de la Función Pública y la Dirección General de Planificación y Evaluación de RRHH.
Luego, como órgano desconcentrado (también dependiente de la Consejería), aparece el Instituto Asturiano de Administración Pública (nuestro "querido" Adolfo Posada), y como órgano de asesoramiento y apoyo está la Comisión Superior de Personal. Seguro que ahí está el Registro de Personal.
Saludos...
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Vuelvo a subir el tema porque releyendo las respuestas me ha surgido una duda, es sobsre lo siguiente:
"4- Efectivamente, el plazo es el mismo (aunque luego en la realidad hagan lo que les dé la gana). Ten en cuenta que, aunque la Ley 3/1985 no alude a este tema, sí lo hace la Ley 7/2007 (EBEP), por lo que esta última prevalece sobre la primera. En cualquier caso, el personal funcionario en el Principado se rige totalmente por el EBEP, ya que es una Ley 22 años más moderna que la 3/85, y prevalece, por tanto, sobre ésta."
Yo me he estudiado la Ley 3/1985, pero como comentas que el personal funcionario del Principado se rige por el EBEP, que es que cuando me pregunten algo del personal funcioanario del PA tengo que responder con lo del EBEP???
escan
De este año no pasa...
06/11/2010 12:36:00
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RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Vamos a ver, hombre, lo tuyo es liarte la cabeza a lo tonto...
En los exámenes de oposiciones, siempre, absolutamente siempre, ponen en el enunciado de las preguntas la Ley a la que aluden. Con esto quiero decir que, si te preguntan algo de la 3/85, te lo pondrán explícitamente en el enunciado de la pregunta, y si te preguntan algo del EBEP, harán alusión en el enunciado a la Ley 7/2007,... y lo mismo de cualquier Ley.
Y sigo manteniendo lo que comenté arriba: los funcionarios (que no el
personal laboral) de la Administración del Principado de
Asturias se rigen por la Ley 3/85 y, en su defecto (es decir, por los preceptos que no vengan en la 3/85) por el EBEP.
Lo mismo pasa con la Ley 2/95 de Régimen Jurídico del Principado de Asturias. Esa es la que prima, pero como es una Ley muy cortita, todo lo que no venga en ella lo recogerá la 30/92 que es la norma básica para todo el Estado.
Y vuelvo a repetirlo, no te comas la cabeza. En el examen no vas a tener absolutamente ninguna duda de lo que te están preguntando o de que a qué Ley se están refiriendo. Para eso son bastante claros. Otra cosa es que nos lo sepamos o no.
Saludos...
RE:Dudas tema 5 Auxiliares de Asturias
Muchas gracias Escan, ya no hay duda, sólo responder a lo que pregunten!