¿Cómo va lo de atender al "ciudadano" en su idioma?.













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Manstein1979

02/09/2010 2:45:00
So say we all
Mensajes: 301
Registrado: septiembre de 2009
¿Cómo va lo de atender al "ciudadano" en su idioma?.
::: --> Editado el dia : 02/09/2010 3:44:10 
::: --> Motivo :  
 
Para los que nos toque comunidades con otro idioma oficial, aparte del Castellano, se supone que tenemos que atender al "ciudadano" en la lengua oficial que elija.  
¿Cómo va este asunto?.

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

Dorianhint

02/09/2010 10:07:00
Mensajes: 136
Registrado: junio de 2008
RE:¿Cómo va lo de atender al
Si perteneces a la ADMON.GENERAL DEL ESTADO no estas obligado, en un principio, a contestar en un idioma distinto del castellano si no quieres. 
 
Luego si promocionas y los requisitos incluyen conocimiento de la lengua propia sera otra cosa.
Luisiyo
el que quiere algo, algo le cuesta

02/09/2010 12:27:00
Mensajes: 431
Registrado: febrero de 2007
RE:¿Cómo va lo de atender al
Que no te preocupe por el idioma de algunas comunidades autónomas (por ejemplo en Barcelona, con el catalán), que si te hablan en catalán, te dirige a ello con respeto y con educación y lo dice: por favor me puede hablar en castellano. Que seguro te hará caso, que los catalanes son muy educado, te lo digo yo que fui un año de vacaciones y ami nadie me han hablado en catalán. 
 
Y si tiene que resolver una solicitud y el interesado te exigen que lo ponga en su idioma, que tú tranquilo que la administración general del estado, existen traductores en la administración. 
 
Además con el tiempo aprenderá un idioma, yo lo veo así… hay que pensar en positivo, y yo con los idiomas soy nulo jaja… 
 
 
Dorianhint, no esta obligado a contestar al idioma que quiera un interesado, mmm no creo que sea así, porque: 
 
Artículo 36. Lengua de los procedimientos. (ley 30/1992 de 26 de noviembre) 
 
1. La lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. No obstante lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. 
 
En este caso, el procedimiento se tramitará en la lengua elegida por el interesado. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. 
 
2. En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente. 
 
3. La Administración pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción. 
 

Dorianhint

03/09/2010 8:16:00
Mensajes: 136
Registrado: junio de 2008
RE:¿Cómo va lo de atender al
Ya, ya... 
 
Yo te lo digo pq en los concursos salen plazas donde: 
- La propia plaza indica que has de conocer el idioma de la CCAA correspondiente y lo puntua. 
 
Una cosa es que tu optes por una plaza por libre y acabes en barcelona...(vease mi caso)...y otra distinta es que posteriormente tu pidas en un concurso una plaza donde sea requisito el dominar el idioma de la CCAA correspondiente. 
 
De todas formas, coincidimos en el hecho de que si os toca venir a Barcelona...no vais a tener problema ninguno con el idioma... :) 
 

Manstein1979
So say we all

07/09/2010 8:27:00
Mensajes: 301
Registrado: septiembre de 2009
RE:¿Cómo va lo de atender al
Ley 30/1992 
 
Art 35 Derechos de los ciudadanos. 
D) A utilizar las lenguas oficiales en el territorios de su Comunidad Autónoma, de acuerdo a lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico. 
 
y el 36.1 que comenta Luisiyo. 
 
Todo depende de la buena voluntad del "ciudadano".
possivas
Holaa aaj

08/09/2010 0:29:00
Mensajes: 8
Registrado: marzo de 2009
RE:¿Cómo va lo de atender al
El ciudadano tiene derecho a elegir la lengua del procedimiento, y por lo que conozco, tranquilo que si es por escrito la carta saldrá en la lengua del documento de inicio del procedimiento, o incluso se puede cambiar después para dar gusto en cualquier idioma . Otra cosa es que el ciudadano tenga derecho a que tú personalmente te dirijas a el/ella en su lengua. El único caso medio dudoso hace unos meses era el del catalán pues según el Estatut si estás empadronado en Cataluña (siendo funcionario se presupone) tenías que saber catalán. Pero el TC lo interpretó de tal modo que queda en nada. Así que tranquilo/a si curras en el Estado en Cataluña alguien (siquiera uno de la oficina) será de ahí, y los deseos del ciudadano se pueden ver cumplidos con cualquier compañero. Otra cosa es que después de tres años en la Agencia Tributaria en Cataluña (si lo tomas con normalidad el oído se hace en unos meses para el 90%de las consultas en lenguas cooficiales) el único que me ha pedido no le conteste en castellano era un holandés (que ninguna Constitución presupone que conoce el castellano)  
Claro, si hablamos de lenguas no romances (o sea, del esukera) prefiero no pronunciarme.






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