::: --> Editado el dia : 24/01/2012 18:33:52
::: --> Motivo :
Veamos, sobre las 37,5 de momento no se ha dado ninguan instrucción al respecto del cumplimiento de la jornada, así que de momento seguimos con las 35 horas. La hora de lactancia la puedes poner al principio de la jornada o al final, dependeindo de tu conveniencia. Tú cuando has firmado tu nombramiento te acoges a la jornada que establece el Acuerdo: turno de mañana y de 8 a 15. El permiso por lactancia aparece así regulado en el Acuerdo
[--http://www.madrid.org/dat_capital/impresos_pdf/acuerdo_sectorial_04_07.pdf--] PERMISO POR LACTANCIA.
Los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicaciónn de este Acuerdo, padre o madre, tendrán derecho a la reducción, sin reducción de haberes, de su jornada laboral ordinaria en una hora diaria que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado y atención de hijos menores de doce meses. En caso de parto múltiple este permiso será de una hora y media diaria. El funcionario comunicará a su Jefe de Servicio la/s franja/s horaria/s en que hará uso de su derecho, así como su modificación.
Según esto debes hacer un escrito que dirigirás al departamento de Personal No Docente de la DAT a la que está adscrito tu IES comunicando el disfrute de ese permiso.
Lo que te propone tu director es un acuerdo entre vosotros y tiene el valor que vosotros le déis. Si tu compañero entra a las 9, no habría problema porque indicarías que te tomas esa hora en la primera hora de la jornada. Más tarde de las nueve no lo puedes hacer.
Si tienes alguna duda más ya sabes donde estamos