::: --> Editado el dia : 20/04/2012 14:39:16
::: --> Motivo :
Os copio el texto que me acaba de llegar de la Sección Sindical de CCOO FSC:
PROVISIÓN DE PUESTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS EN CENTROS DOCENTES PARA EL CURSO 2012/2013
Ante la inquietud generada por el fax recibido en los centros docentes y nuestra nota aclaratoria respecto a la veracidad del mismo, cabe señalar lo siguiente:
 La Orden de 12 de enero 2011, de la Consejería de Economía y
Hacienda (BOCM de 27 de enero de 2011) señalaba que cualquier nombramiento de funcionarios interinos debía estar vinculado al ejercicio presupuestario en vigor, es decir, que deberían, como norma, cesar a 31 de diciembre. Estos nombramientos debían estar preferentemente vinculados a una plaza con cargo a una OPE o en su caso, responder a un momento puntual de carga de trabajo que hiciese necesario crear un puesto provisional dentro de lo que se denomina “acumulación de tareas”. Nada se decía de la situación de los centros docentes y sus necesidades de personal que pudiese favorecer el nombramiento de funcionarios interinos para las secretarías, por lo que parece ser que la Administración recurrió a una fórmula “imaginativa” consistente en adaptar los nombramientos de funcionarios no docentes a lo previsto en la exposición de motivos: “En lo que respecta al personal docente en los centros públicos no universitarios, se tiene en cuenta el carácter prioritario de este servicio esencial, si bien circunscrito a los períodos lectivos del curso escolar, y se toma como referencia la distribución de los efectivos que tiene lugar al inicio de cada curso, en función de las necesidades de escolarización del alumnado.”. La adaptación ha consistido presuntamente en entender que el curso se divide en dos períodos lectivos: de septiembre a diciembre y de enero a junio/julio (lo que no afecta a los docentes), logrando de esa manera que se nombrasen funcionarios interinos para asumir las funciones de las secretarías de los centros.
 La situación de inoperatividad generada en las secretarías de los centros docentes, ha sido conocida por la Consejería de Educación desde la implantación de esta modalidad de nombramientos, por lo que, la propia Administración ha buscado subsanar esta deficiencia. A resultas de las conversaciones mantenidas entre Educación y Hacienda, la actual orden de 16 de enero de 2012 (BOCM de 1 de febrero de 2012), contempla una excepcionalidad respecto a los nombramientos de funcionarios interinos en el ámbito de educación:
o art.7.4: ”Excepcionalmente, cuando no sea posible atender de otro modo necesidades perentorias de funcionamiento ordinario en los centros docentes públicos no universitarios, se podrá autorizar el nombramiento de funcionarios interinos en puestos de trabajo vacantes no reservados a cuerpos docentes, que no estén previamente vinculados a Oferta de Empleo Público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público, siempre que, cumplidos todos los demás requisitos exigidos en los apartados anteriores, la fecha máxima de finalización de los efectos del nombramiento correspondiente venga recogida de manera expresa en la propia Orden de nombramiento, sin que dicha fecha pueda en ningún caso ser posterior a la de finalización del plazo ordinario de matriculación de alumnos para el curso académico siguiente, sin posibilidad de prórroga.”
 Con la normativa en la mano, hemos vuelto a contactar con la Dirección General de Recursos Humanos para ver si contemplaban esta posibilidad en los nombramientos que se efectúen en septiembre y su respuesta es que a priori se va considerar la cobertura por curso completo y que así se lo van a solicitar a Hacienda.
 Según esto es posible que a partir de septiembre los nombramientos se ajusten a lo que establece la excepcionalidad de la orden de 16 de enero de 2012. Una forma de proceder de la Administración que honestamente no se puede arrogar ninguna organización sindical.
Esta organización sindical, a través de sus delegados y representantes en la Junta de Personal, va a seguir trabajando para que los nombramientos de funcionarios interinos con fecha de cese en junio y julio sean prorrogados en virtud de la excepcionalidad contemplada en la orden actual atendiendo a criterios de racionalidad, eficiencia y eficacia o en su defecto, sean objeto de los nuevos nombramientos para centros docentes.
Según esto es muy posible que a partir de septiembre los nombramientos sean por curso completo pero como bien indican en la hoja informativa no es mérito de ninguna organización sindical como Enseñanza nos ha querido hacer creer.
A ver si hay suerte y es así.
Salud