CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA







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sally1980

26/01/2010 12:20:00
Mensajes: 2
Registrado: octubre de 2009
CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Alguien me podria explicar como va el tema d estos contratos?, solo se puede trabajar 6 meses, pero cd puedes volver a empezar a trabajar cn este tipo de contrqto?, es un lio. 

10 RESPUESTAS AL MENSAJE

EXPECTANTE2006
La empresa nos chulea las vacantes y CC.OO NI MU.

26/01/2010 12:50:00
Mensajes: 5908
Registrado: agosto de 2008
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Pan telatrinco es nuestro ex-perto en contratación basura. A ver si asoma. 
 
telatrincoooooooooooooooooooooo. 

Kutxa2009

26/01/2010 14:15:00
Mensajes: 65
Registrado: diciembre de 2009
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Sally, los contratos de insuficiencia de plantilla, ahora son un tipo de contrato que anteriormente en correos se denominaban PFE, y que por LEY (Estatuto de los Trabajadores) solo puede hacerse durante un periodo máximo de 6 meses en 12 meses. 
La empresa (por lo menos aqui), los está utilizando para cubrir las vacantes y en lugar de hacer un contrato de PFV lo cambian por uno de Insuficiencia de Plantilla, con lo cual la empresa está incurriendo en contratos en "fraude de Ley". 
Estos contratos si ahi tambien los utilizan para cubrir vacantes son perfectamente denunciables y puede llegar a que los juzgados reconozcan la fijeza del trabajador si está cubriendo una vacante durante un periodo superior a 3 meses. Pero claro, casi todo tiene "un pero", el juzgado puede decidir tu fijeza y la empresa a continiación despedirte pagándote una mísera indemnización, por esa razón el personal con este tipo de contrato se retrae a la hora de reclamar jurídicamente. 
Conclusión, los contratos de insuficiencia de plantilla si son hechos para cubrir ausencias o una carga de trabajo son PFE y están regulados (ET), para un máximo de 6 meses en un periodo de 12 meses. 
Si estos contratos son utilizados por la empresa para cubrir vacantes son contratos "en fraude de ley" y son totalmente denunciables en los juzgados. 
saludos desde Navarra.
Necrofero1976
Y es que yo soy un Tsunami...

26/01/2010 15:08:00
Mensajes: 295
Registrado: marzo de 2009
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Uno no llega y el otro se pasa, vaya rollazo gordo que le acabas de soltar a la muchacha. 
sally tu cumple bien con tu trabajo, y el dinerito que te den, para la buchaca. 
cada año, 6 meses, pero no por años 2010 , 2011, sino desde que empiezas cuentas un año por refuerzo o insuficiencia de plantilla. 6 meses maximo. los contratos buenos por baja o vacaciones. 
si quieres repartir cartas con correos, ni se te ocurra denunciarle. y si quieres ser fija para el año 2020 aproximadamente, estudia mucho mucho mucho lo que ccoo te diga. 
y cuidaito con los quemaos de correos
elbuscon

26/01/2010 15:14:00
Mensajes: 390
Registrado: julio de 2009
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Contigo, ¿no hay que tener cuidado? 
¡¡¡Esbirro!!!
Hacha

26/01/2010 16:10:00
Mensajes: 66
Registrado: febrero de 2006
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Suponte que empiezas a currar con un contrato asi en febrero y agotas los 6 meses de seguido, acabarias en julio. Pues hasta febrero del siguiente año no podrias volver a trabajar.
Treserres

26/01/2010 19:12:00
Mensajes: 2445
Registrado: enero de 2006
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Hay que seguir insistiendo en que hay que llamar a las cosas por su nombre para que no os hagáis líos. 
 
Este tipo de contrato es el eventual por circunstancias de la producción (los códigos son ET 1 o ET 2). En Correos les ponen otros subtítulos como: componente de absentismo, etc., pero jurídicamente son todos ET 1 o 2. 
 
Para hacer el cálculo hay que contar doce meses hacia atrás desde el último que hayáis tenido: "seis meses en el último periodo de doce". A medida que avanzas en el tiempo, ese "último periodo de doce meses" se desplaza hacia adelante y por tanto, los huecos que queden para los seis meses, son los periodos por los que os pueden volver a contratar. 
 
Pertenece al grupo de los contratos por duración determinada (art. 15 del ETT que se desarrolla en el RD 2720/1998). 
 
Os recomiendo que os leais estas normas para entender EXACTAMENTE el marco jurídico de vuestros contratos. Sin que lo hagáis siempre dependeréis de otras personas que os los interpreten, lo cual puede ser crucial cuando existe fraude de ley, algo que en Correos se da en cientos de casos. 
 
Saludos y libertad.
PAN Y VINCO
clon de expectante 2006 al revés

27/01/2010 8:32:00
Mensajes: 6648
Registrado: julio de 2006
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Muy bien explicado Sta TRES ERRES.-SALUD Y LIBERTAD
Treserres

27/01/2010 21:15:00
Mensajes: 2445
Registrado: enero de 2006
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Parriba
paprika
el que nada duda... nada sabe

04/02/2010 21:02:00
Mensajes: 24
Registrado: enero de 2009
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
sally, has de ver la parte positiva, si agotan tus 6 meses de forma seguida, tú no podrás hacer ese tipo de contrato hasta 6 meses después o hasta que hagas contratos por sustitución (vacaciones, bajas, etc.), cada mes de contrato que hagas por estas causas resta un mes de los anteriores, o sea que podrías hacer otro més dentro de los 12, pero si dado el caso no te contratan cada vuelta que da la bolsa cuenta como que te la deben, o sea, tienes más posibilidades que otros de coger un buen contrato, así si en 3 meses la bolsa dá 4 vueltas, si hay un contrato bueno será para el que más vueltas esté sin poder trabajar por este motivo, si tu llevas cuatro vueltas y otro lleva 3 el contrato debe ser tuyo. No se si te lo he explicado bien 
saludos
ocniv y nap
Eventual Sustituto de Pan il Vizco

04/02/2010 21:57:00
Mensajes: 992
Registrado: enero de 2009
RE:CONTRATO POR INSUFICIENCIA DE PLANTILLA
Muy bien explicado tres erres y una jota. Nosotros en correos al fraude de ley le llamamos algo más concreto: Enmorcillamiento por detras. 
 
.-SALUD Y LIBERTAD.





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