Hola jovenes.
Ante todo alegrarme por la noticia que se nos ha trasmitido.
Vamos a ver si entre todos podemos ampliar la información de aquellos momentos. Todos nos acordamos de la denuncia pero casi nadie de lo publicado en la Intranet. En este caso, al ser noticias de empresa, las unidades estan obligadas a colgar en los tablones de anuncios, todas las noticias que pasen por sus manos. En este caso las unidades actuaron de buena fe por ser su obligación. Recordemos lo que se ponia. El dia 09/07/2009 la empresa colgaba en “noticias de empresa” en la Intranet lo siguiente:
El juez considera totalmente inocentes de las acusaciones de 'acoso moral' a los responsables de
la Zona 8
La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de
Granada reconoce la absoluta inocencia de los denunciados y "la mala fe de la denunciante -a quien condenan a pagar las costas- en la interposición de su infundada querella".
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada encuentra absolutamente inocentes de las acusaciones por presuntos delitos de lesiones psíquicas, contra la integridad moral y contra los derechos de los trabajadores –acoso moral/mobbing- a todos los responsables de CORREOS de la Dirección de Zona 8ª denunciados por una empleada.
La sentencia del día 1 de julio es rotunda al reconocer la “mala fe de la denunciante en la interposición de su infundada querella” y añade que su actuación fue “manifiestamente abusiva, sin base ni fundamento” y que la acusación “es caprichosa; no existen menoscabos en la salud mental, ni actos de trato degradante, ni omisiones de normas de prevención de riesgos” (Fundamento de Derecho Tercero).
El Juzgado la condena a pagar las costas del procedimiento por entender que ha ocasionado unos gastos innecesarios a estas personas, además de los trastornos que conlleva asistir a juicio como imputados. A ello se añaden las presiones que han tenido que soportar durante tres años por la notoriedad del caso en los medios de comunicación. Se afirma tajantemente que “cualquiera con algo de sentido común veía que este proceso estaba avocado al fracaso, consumiendo no obstante recursos previstos para asuntos más serios”.
Esta es la segunda resolución
judicial que rechaza una acusación de acoso moral contra responsables de la Zona 8ª.
La empresa, una vez que sea archivada la causa, apoyará el inicio de acciones penales por un presunto delito de falsa acusación contra los denunciantes.
No solo pusieron la noticia sino que colgaron un archivo con la sentencia. Lógicamente, fue una intimidación para todos aquellos que en esos momentos estaban pensando presentar algun tipo de denuncia contra Correos.
Al final de la sentencia de aquel verano del 2009 dice:
FALLO
Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Victoriano........... a Juan Antonio.......... y a Ricardo.............. de los delitos de lesiones contra la integridad moral y contra los derechos de los trabajadores de que se les acusa, con todos los pronunciamientos favorables y levantamiento de cuentas medidas cautelares se hubiesen adoptado y con condena de costas que se les han causado a M.C.A. por expresa declaración de temeridad.
Notifiquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma podran interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de DIEZ DIAS ante la Iltma. Audiencia Provincial.
Asi por esta mi sentencia, definitivamente juzgado y de la que se unira certificación a la causa de su razon lo pronuncio mando y firmo.
Seria muy interesante que al igual que la sentencia esta colgada en la Intranet, algun alma caritativa cuelgue aquí la sentencia o al menos los datos importantes de la misma como puede ser el fallo.
Enhorabuena.