Vamos a ver, tu queja es contra Correos o contra La Fraternidad Muprespa.
Si te a tratado la Mutua es por haber tenido un accidente o enfermedad profesional. Supongo, que desde el punto de vista médico, te harían todo lo habido y por haber, incluso aquello que tú puntualmente fueras observando. Si te han dado el alta, es porque objetivamente, apareces recuperado de tus dolencias. No obstante, si no estas de acuerdo con el alta puedes, al ampara del R/D 1430/2009, reclamar para que se incicie el Procedimiento especial de Revisión de Alta Médica ante el INSS de tu provincia o a través de e-mail: 'avisos@ovrmatepss.es', y comunicarselo a Correos.
En cualquier caso, el procedimiento especial de revisión de alta debe instarse en el plazo de 4 dias naturales, mediante solicitud ante la entidad gestora competente.
Si a pesar de todo, la resolución del INSS no te fuera favorable, y de persistir tu disconformidad con la actuación de la Mutua, podrías, tras la presentación de la correspondiente reclamación previa en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la
Seguridad Social, plantear demanda ante los órganos Jurisdiccionales del Orden Social, en su caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, en relación con el artïculo 71 del Real decreto Legislativo 2/1995 de 7 de Abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
En fin, para todo existe un procedimiento, hay que dar los pasos, si no lo haces, se supone que la salida es reincorporarte a la vida laboral.