200 RESPUESTAS AL MENSAJE
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
18/07/2011 20:53:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 18/07/2011 20:57:09
::: --> Motivo :
Karl, es lo que había pensado. Pero intentando sacar siempre provecho, un proceso de impugnación sería interesante desde el punto de vista de la información ya que tendrían que motivar la respuesta y desde ahí me podría defender con mis conocimientos a ver hasta donde llego. Quizá lo haga aunque sólo sea porque me parece injusto que no se me valore nada de todo mi esfuerzo, digan lo que digan los compañeros funcionarios.
Por cierto, ¿tú que crees que ocurriría en ese caso si impugno y alego?
Alfred
hubiera sabido, me habría dedicado a la relojería
18/07/2011 21:03:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Es verdad que El hilo "PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL" ya no admite más intervenciones,
Como también es verdad que Correos no admite ya más funcionarios,
…pero de eso hace ya más de 10 años.
¿Funcionarizar a los laborales de Correos?
¿Estamos jugando a ver quien dice el mayor disparate?
Por lo que realmente deberían preocuparse los “Contratados” de Correos es por haber perdido hasta el nombre de “laborales”.
Y los funcionarios también peligramos, por eso nos largamos o nos intentamos largar.
Salut.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 18/07/2011 21:22:32
::: --> Motivo :
KaRKALITOS,NO SIGAS CONFUNDIENDO A LA GENTE.
Correos SAU,empresa pùblica concurrencial, que no una empresa de servicio pùblico ¿te enteras ya,o todavìa no?.
Con respecto a la imperatividad y supletoriedad indicada en la L.E.C. 172000,tururù,con respecto a Correos SAU,te recuerdo que a Correos se le encomienda la prestaciòn del Servicio Postal Universal,pero nada màs ¿te sigues enterando?......¿Correos,servicio
pùblico?,evidentemente no.
Pà Verderòn:
Lo vuestro no tiè por donde agarrarse en estos momentos,digan lo que digan los Tribunales,el problema està en el `"envoltorio" jurìdico de Correos (empresa concurrencial,que no de servicio pùblico).
No obstante puedes dirigirte (por escrito)a la Comisiòn General de Clasificaciòn del Personal de las Administraciones Pùblicas (u òrgano que tenga asumidas las competencias de la citada Comisiòn) y efectuar CONSULTA VINCULANTE.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Amigo Karl73, está más cerca de inventarse el "movimiento continuo", que de entrar los laborales de Correos a formar parte del Estado.
En realidad , está en vias de ocurrir todo lo conterario, los Funcionarios, laboralizarse. LLegada una fecha, si o si.
De lo que etán próximos un gran número de laborales, es de irse a la calle. Sobre todo, los que le une a la Empresa un contrato en precario, que son la mayoría.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Un ejemplo sobre fehaciencia, que tan cachondo le pone a Karl73, pero que no son funcionarios ni empleados publicos:
Las empresas que realizan la Inspección Técnica de Vehiculos, tienen atribuida ante la Dirección General de Tráfico, la fehaciencia para determinar si un coche está técnicamente bien o no lo esta. Porque todos sabemos que ante Tráfico no vale que nuestro librito de la ITV lo selle un taller cualquiera, no, no, tiene que ser las empresas establecidas para pasar la ITV, que son las que tienen por atribución legal atribuida la fehaciencia para determinar si el coche está bien o no. El personal que trabaja en estas empresas es laboral, ¿Tienen derecho a ser funcionarios como pide Karl73?
Otro ejemplo, pero sin fehaciencia, son los basureros, los cuales realizan un servicio publico como es la recogida de la basura, para ello está establecido un impuesto que pagamos todos. Sin embargo, la recogida de basuras la realiza, por lo menos en
Madrid, una empresa cuyos trabajadores son laborales ¿Los basureros de Madrid pueden presentarse a la promoción interna para funcionarios?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 18/07/2011 22:15:56
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 18/07/2011 22:15:06
::: -- Motivo :
verderon
No sé qué ocurriría.........nada malo, seguro.
Si te sientes con ganas y te interesa conocer las motivaciones de la Aministración y la envergadura de tus argumentos............luego nos cuentas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Despues de leer la parte I y la parte II de este hilo, llego a una conclusion, hay gente (supongo que funcionarios resentidos) que les daria mucha rabia que los laborales fijos tuvieran una relacion con Correos similar a la de los funcionarios, y ya no digo si por una milagro les dejaran moverse por la
administracion publica. No lo entiendo, ya teneis vuestro puesto asegurado, tranquilos que nadie os lo va a quitar. Y tampoco me parece normal el tono de algunos, como si los laborales fueran basura. He sido laboral fijo de Correos (aprobe la de 2003 sin apenas puntos y no me parecio un regalo acertar casi 90 preguntas, de acuerdo, la mitad era muy facil, pero sacar de 85 para arriba a mi me supuso estar varios meses estudiando en serio, conozco a funcionarios de mas de 50 años que empezaron en Correos a los 20 años que casi les regalaron la entrada)y he trabajado lo mismo y en las mismas condiciones que los funcionarios, ahora me he sacado un oposicion de funcionario para dar clase en un instituto (por cierto en el
temario no estaba la Constitucion, y aun asi soy funcionario) y no me creo mejor que nadie, todo lo contrario. Si algun dia me entero de que les dejan moverse interministerialmente a los laborales me alegraré mucho, y les animo a que se muevan y busquen todas las formulas, que ya se que es complicado, pero no hay nada imposible.
Saludos.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
18/07/2011 23:18:00
Mensajes: 1731
Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
A ver, yo no creo que sea nada malo debatir. Si lo vemos desde un punto de vista teórico. Yo no creo que nos vayan a dar nada que no nos corresponda legalmente. Desde ese punto de vista nadie se debería sentir ofendido. Analizar nuestra trayectoria jurídica no creo que sea malo, al contrario yo creo que es bueno.
Postalycual creo que tus argumentos son buenos pero te los debato. Yo creo que tanto en la I.T.V como en las basuras lo que se concede por el Estado es el servicio, es decir, hay una concesión para explotar un servicio público al igual que ocurre con las autopistas y autovías, y se lo concede a una empresa privada de capital privado. Le concede la gestión. Pero en Correos el pro pio contratador es el Estado de su personal. No hay ninguna empresa privada de por medio porque el único dueño de Correos 100% es el Estado y ese matiz conlleva consecuencias jurídicas que aquí tratamos de debatir.
Me sigue pareciendo interesante aunque sea en concurrencia exrural.
Un saludo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Niño Karlitos, para`plantearse un impugnación REAL tienes que ser un hombre de verdad, y atreverte a dar tu nombre, DNI en un tribunal de
justicia para presntar una demanda REAL.
Lo demás es demostrar que eres un charlatán que pretende confundiar a las personas incautas que se lo crean.
Y bueno, la justicia no es gratuita, y es lenta
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Estoy totalmente de acuerdo con ElGatoNegro. Estoy contigo Karl73.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 19/07/2011 22:44:45
::: --> Motivo :
Yo también estoy con ElGatoNegro, lo que aquí se debate no es eliminar derechos de los funcionarios para apropiarnoslos nosotros. Más bien, se trata de saber si dentro de las barbaridades tipicas de la Administración Pública, una de ellas es la de no consireranos parte de ella. Si fuera posible, eliminiariamos de una tacada la posibilidad que se cierne sobre nosotros de evitar una ERE y si además pudieramos irnos de Correos a otro Ministerio seria la leche.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Es mucho más fácil que las gallinas se pongan a mear, que a Karlkarlitos le funcionaricen.
¿por qué te crees especial y mejor que el resto de laborales karlkarlitos?
todo esto me recuerda a la gentuza que se creen especiales o mejores que el resto de españoles en algunas regiones de este país de mierda.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¡¡¡Pero cojones!!!!!!!,RubiaGalela,entoavìa sigues dando pol saco por el foro,juas juas y rejajuas.....mecachis,y yo que habìa pensao que te dedicabas a recolectar y plantar ràbanos,gamusinos,unicornios y dragones en la agreste tierra de allende el Finisterre,je je y rejeje...¡¡¡joer,que desilusiòn!!!!!,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Nuestro flamante
profesor GatoNegro, creo que ha interpretado erróneamente el verdadero fondo de este hilo, iniciado por el cerebro Karl73.
En esta ocasión, no estamos valorando las intenciones de los Funcionarios de Correos, que aunque fueran, como dice el profesor, no influirían para nada en los resultados jurídicos planteados por Karl73.
Aquí, lo que se plantea, es si la relación laboral de los trabajadores de la Empresa Correos, le puede abrir el camino a otra relación laboral con la AGE y si además, esa nueva relcaión (sin oposición previa) los covierta en Funcionarios Públicos.
Nuestro amigo Carl73 y nuestro flamente profesor, no dudan, en meter en la misma maleta, los dos pasos mecionados anteriormente:
1.- Camabiar el empleador privado, como Correos,por otro Público (en la misma categoria de laborales)
2.- Pasarlos directamente a Funcionarios Públicos de un plumazo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
La mayoria de lo que me molesta, y por eso me decidi a escribir en el foro, es la forma de decir las cosas, de flamante no tengo nada, solo soy un
profesor mas de instituto de los miles que hay por España, que tiene amigos en Correos y al que le interesa bastante el tema de los laborales ya que fui uno de ellos y por eso de vez en cuando entro en el foro a ver que dice la gente.
Dejar en paz a los laborales, que luchen por lo que creen que es suyo, y vosotros los funcionarios ocupaos de vuestros temas y de vuestras luchas. El que no este contento que se vaya de Correos, mas tarde o mas temprano lo va a conseguir.
Parece que os diera rabia que los laborales consigan mejoras y derechos, no lo entiendo... Lo peor es que si Correos se hunde, os vais a alegrar de la gente que se va a tener que ir al paro.
Da igual, no se para que me esfuerzo, vais a seguir igual.
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Amigo prefesor, "flamante" que yo sepa y por eso lo he empleado, siginifica: recién hecho, recién estrenado. Independientemente de que seas uno" sólo más o menos".
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Gatonegro has triunfado, menuda diferencia de ser laboral mileurista (como yo) a
profesor con 1800 euros y 2 meses de vacaciones, felicidades, en serio. Me alegro por tí.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
"Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales".
Esta ley es una de las guindas de toda esta historia.......Intentaré ser breve.
La ley 31/2007 establecería que, en concordancia con la normativa europea, la Sociedad Estatal sería, pese a su personificación jurídico-privada, un Organismo de Derecho Público a los efectos de contratación ( art. 3.2.a. ).
Según Sentencia de Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social,
de 11 de Abril 2006, Recurso nº 1184/2005, la contratación se extendería a la contratación laboral, por lo que, en materia de contratación laboral, SECTSA sería un Organismo de Derecho Público ( y no en vano la Sentencia de TS, Sala 3, de lo Contencioso-Administrativo, 8 de Marzo de 2011, Número de Recurso: 1306/2010, califica a SECTSA de Administración Pública al entablar relaciones que son de derecho público por así determinarlo una norma – en nuestro caso, el art. 3.2.a. de la citada ley 31/2007 en relación a la mencionada STC de 11 de abril de 2006 ).
Así, pues, los empleados laborales de la Sociedad Estatal, puesto que lo serían de un Organismo de Derecho Público a los efectos de contratación laboral ( según ha quedado ya explicado ) serían, de acuerdo con el art. 11 del EBEP, empleados públicos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Coññooo,o sea,que ya has planteado contienda litigiosa ante el organo jurisidiccional competente¿verdà que si karkarlitos?....o acaso mucho "piar" en el foro y al final tù tururù.
Espero que nos comuniques a todos los del foro,el planteamiento de litigio ante los tribunales y cuales son los fundamentos de derecho en que basas la contienda
judicial.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Cada día, me quedo más perpleja con este Karl. Para que no se rompa más el coco,le voy a poner un ejemplo práctico, sin entrar en otros muchos asuntos legales que lo avalan, que le confirmarán la condición Empresa Privada:
Muy pronto después de constituirse como tal empresa, un Sindicato que sabía lo que se cocía, formuló la Demanda pertinente, para alcanzar la FIJEZA de todos los laborales de la Nueva Empresa, que superaran los tres meses de antigüedad. Y fíjate tú, que la Audiencia Nacuional, dicta Sentencia a Favor de los interesasdos, independientemente que posteriormente los otros ¿sindicatos? Recurreiran, para hacerles pasar por una falsa consolidadción y chupar.
Pregunta .- Si hubiera seguido siendo Organismo Autónomo, se hubiera molestado ese Sindicato y la AN dicatado esa Sentencia?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
juajuajau
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, amigo. Me dá la impresión que con tus intervenciones en este tema, pretendes autoconvencerte de algo que no te crees ni tú mismo. De verdad, no insistas. Por más que intentes creerte lo que escribes con manos de pintura legales, el cïrculo nunca será cuadrado.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 15/08/2011 20:33:56
::: --> Motivo :
Lo bueno de este pais es que, pase lo que pase, seguimos siendo un pais de panderetas y de envidiosos.
¿Me pregunto por cuantas veces ha tomado, tanto la Admón, como Correos, decisiones que luego los juzgados han considerado erróneas y/o carentes de derecho?
¿Es que acaso esta no podría ser una de ellas?, a mí, desde mi ignorancia legal, me gustaría tener la oportunidad de que un juzgado me garantizara que la actuación de Correos en este tema sea legal.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Amigo Burtman, los juzgados, en todo caso, garantizan la ley, que promulga el Parlamento o Ejecutivo.Y aunque Correos , resulte un bodrío, la realidad nos demuestra que es una Sociedad Mercantil Legalmente constituida en su día (aunque a mi me fallan algunos parámetros).Efectivamente , resulta ILEGAL, que un Funcionario Público, preste Servicio en una S.A, Y que por encima, cumpla órdenes bajo su dirección. Qué pena de país..
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Aplicaciòn pero ya (me importa tres cojones como quieran hacerlo lo legisladores y/o los tribunales) del art. 87 del EBEP a los funcionarios que sigan en Correos.
Y a los sindicatos oficialistas hay que meterlos en "cintura" PERO YA MISMO... Y A LA MIERDA CON ELLOS.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Bienvenido al club, exrural ¡!
Así que ya admites interpretaciones “in extremis” y “”sui generis” del ordenamiento jurídico ( en este caso, del art. 87.4 EBEP ).
Pero no pretenderás aplicar la ley del embudo, verdad?....No sería elegante.
Apoyo tu propuesta y, quizá, sería más viable la aplicación del art. 88 EBEP ( en coherencia con que SECTSA es un Organismo de Derecho Público a los efectos ya explicitados ).
Saludos y, reitero, ¡ bienvenido al club!
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
14/08/2011 23:01:00
Mensajes: 1731
Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Bueno, ahora que parece que estamos todos en el mismo club :) (camarero otra ronda de ron )pondré el artículo 88 del E.B.E.P , que por otra parte no suena muy disonante
Artículo 88. Servicio en otras Administraciones Públicas.
1. Los funcionarios de carrera que, en virtud de los procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en una Administración Pública distinta, serán declarados en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas. Se mantendrán en esa situación en el caso de que por disposición legal de la Administración a la que acceden se integren como personal propio de ésta.
2. Los funcionarios transferidos a las Comunidades Autónomas se integran plenamente en la organización de la Función Pública de las mismas, hallándose en la situación de servicio activo en la Función Pública de la Comunidad Autónoma en la que se integran.
Las Comunidades Autónomas al proceder a esta integración de los funcionarios transferidos como funcionarios propios, respetarán el Grupo o Subgrupo del cuerpo o escala de procedencia, así como los derechos económicos inherentes a la posición en la carrera que tuviesen reconocido.
Los funcionarios transferidos mantienen todos sus derechos en la Administración Pública de origen como si se hallaran en servicio activo de acuerdo con lo establecido en los respectivos Estatutos de Autonomía.
Se reconoce la igualdad entre todos los funcionarios propios de las Comunidades Autónomas con independencia de su Administración de procedencia.
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pos que yo sepa Karkarlitos a ese club que mencionas como que no ,juas juas y rejajuas....està visto que no sabes como "colocar" tu "butifarrera" propuesta,juas juas y rejajuas....hazme caso,no intentes vender "motos" por la puerta de atràs=laborales de "geometria variable"=Correos SAU.
Y para tu informaciòn,deberìas leer con mucha atenciòn el apartado 1º letra d,je je y rejeje.....¡¡¡y ahora investiga el porquè!!!!!,juas juas y rejajuas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo que tiene que hacer el Karl es leerse las sentencias del Tribunal Supremo realacionadas con el personal labarol de Correos, ya sean las sentencias de la fijeza o bien las sentencias de la exclusión de las bolsas. Una vez leidas te daras cuenta que el Tribunal Supremo fija doctrina en relación al
personal laboral de Correos emitiendo su opinión. ¿Y cual es la opinion del Supremo? pues que el personal laboral de Correos no tiene nada que ver con los empleados publicos laborales de la Administración General del Estado.
No creo que el Supremo cambie la doctrina porque Karl quiera ser funcionario por la cara.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Sí, sí, ex-rural, claro, claro,....algo más?
Postalcual: tus afirmaciones categóricas sin el más mínimo desarrollo argumental no sirven para nada....sigue sesteando.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl leete las sentencias del Tribunal Supremo sobre el asunto de la fijeza y la exclusión de las bolsas de los laborales que denunciaron a Correos y ahí veras los argumentos que demuestran que lo tuyo es una paja mental.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 16/08/2011 22:13:02
::: --> Motivo :
Postalycual
No te enteras o no quieres enterarte
Te he dicho que te corresponde a ti aportar a este foro un desarrollo más o menos amplio de los argumentos en los que basas tus afirmaciones... de lo contrario, serán afirmaciones vacías y gratuitas
O sea, que yo no voy a hacer tu trabajo........así que sigue sesteando.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
No,si por mas gilipolleces-griñanescas que digas en el foro Karkarlitos,va a ser que no.
¿Entoavìa estàs en la etapa del tìo Paco Bahamonde (subsidiariedad "ad gustum" sobre
bienes y servicios de interès general y/o pùblico),juas juas y rejajuas.
Hala,date una duchita bien frìa,a ver si se te baja la "calentura griñanesco-ccoocotero-(incluida la del Supremo).
Y que no se te olvide que en el periodo 2011-2014,y en un primwer momento,tanto PSOE COMO EL PP,han acordado amortizar 200.000 empleos de todo el sector pùblico.
Lo malo es que los gabachos y los teutones han decidido hoy mismo,aumentar el "techamen" de empleos amortizables del sector pùblico (no ya pà España,si no en "general").
Deberìas ponerte al dìa sobre Derecho Comunitario,que falta te hace,y dejarte de mariconerìas pseudojurìdicas del "suelo patrio",juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73, si te parece te subo y bajo la piel cuando vayas a orinar para escurrirla bien.
¿Que pasa que no sabes leer y te tengo que hacer yo un resumen de las sentencias? Mal vamos si un tio que no sabe leer quiere ser funcionario.
Lo dicho el Supremo tine jurisprudencia fijada sobre los laborales de Correos y no es precisamente en el sentido que a Karl le gustaria.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Postalycual
No se trata de "mi" pereza, sino de tu incapacidad para ofrecer a este foro algo mínimamente parecido a un informe jurídico ( a ser posible breve ).
Ex-rural
Lo tuyo es la coherencia!.....Precisamente por las tendencias para restringir el empleo público, hay que fortalecer política y jurídicamente la tendencia de proteger el empleo público socialmente necesario............No apliques la ley del embudo, que no cuela.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¿Te parece pocos argumentos los que te ofrezco? Ni más ni menos que los fundamentos juridicos de las Sentencias del Tribunal Supremo de este pais, en el asunto de la fijeza y de la exclusión de las bolsas del
personal laboral.
Cualquier persona con un minimo de raciocinio que lea esas sentencias comprenderá clarisimamente cual es la situación del personal laboral de Correos, y asumirá que jamas podrá ser funcionario.
Lo que te pasa a tí, es que esas sentencias te tiran tu pajote mental funcionarial a la basura, cosa que no quieres asumir.
Si algún dia te da por llevarlo a los tribunales, lo pierdes en primera instancia, porque bie el abogado del Estado en representación de Correos o bien cualquier funcionario que pueda verse perjudicado (solicitas promocionar internamente) con alegar y poner encima de la mesa del Juzgado las sentencias del Tribunal Supremo, te mandan al carajo y te hacen pagar las costas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
No das argumentos, sino comentarios de taberna.
Debes señalar a qué SSTS te refieres, "copiar" frases o párrafos significativos, glosarlos, etc....En fin, que no te veo yo en ese papel.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karkarlitos,y tu que argumentos das?,pos te lo voy a decir claramente,ninguno.
En todo caso puede decirse que tus argumentos son en su mayoria pretenciosos(por no decir engañosos,parciales e interesados).
Con que no vengas diciendo a la gente verdades que ni siquiera llegan ni a la media verdad.¿estamos o no estamos?.
No sè si a alguien has conseguido engañar con tus pseudoargumentos "presuntamente" jurìdicos,pero ten en cuenta que a la mayoria del foro no se la pegas ni con "superglue",juas juas y rejajuas.
¡¡¡¡Ah,deberìas de convencerte de una puta vez,pero ya mismo,que de intervencionismo estatal tururù=màs empleo publico!!!!!!!,juas juas y rejajuas,usease,que con tu disertaciòn- ley del embudo pretencioso tururù.....o lo que viene a ser casi lo mismico o parecido,pà lo del embudo se va a aplicar aquello de....toma del frasco Carrasco=U.E.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural
Mis argumentos son jurídicos........y jurídicamente impecables
Cosa diferente es lo que vaya a ocurrir.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Si,ya,y mis cojones tienen presunciòn "iuris tamtum",juas juas y rejajuas....huy, he querido decir apariencia "bonus fumus iuris",juas juas y rejajuas.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
19/08/2011 15:11:00
Mensajes: 1731
Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 19/08/2011 15:13:01
::: --> Motivo :
Te puedes vender
cualquier oferta es buena
si quieres poder
y qué fácil es
abrir tanto la boca para opinar
y si te piensas echar atrás
tienes muchas huellas que borrar
...
déjamee, que yo no tengo la culpa de verte caer
...
[--http://www.youtube.com/watch?v=-KVgUnPJVlY--] Como me recuerda este hilo a esta canción.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pos te ha faltado lo mejò de la canciòn,je je y rejeje......no seas membrillo,que tiès mucho barro que de tragà.
Menùo estribillo aplicable a este hilo,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Alfred
Si no me equivoco, la posibilidad de movilidad a la Administración de
Justicia se ha planteado previamente en este hilo.........Si es así, sería decente que lo señalaras.........no seas como ex-rural, que bebe de fuentes de las que reniega.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pò ya ves el ex-rurà bebe de fuentes de las que reniega y tù,Karkarlitos,con el cuento de lechera=asalariaos de Correos=empleo pùblico,juas juas y rejajuas......
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural
Ya sabemos que PP y CiU ( y otros ) son enemigos de la Sociedad Estatal y que CCOO se ha vendido por un plato de lentejas ( ecológicas y suplemento de buey irlandes ).
Pero los platos rotos - en términos jurídicos, políticos y sociales - no han de pagarlos los empleados públicos laborales de Correos...........no te parece?.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
23/08/2011 14:56:00
Mensajes: 1731
Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 25/08/2011 15:20:26
::: --> Motivo :
Pues eso mismo, plato de lentejas y suplemento de buey es lo que nos va a mandar a tomar el Tribunal cuando nos diga que esos sindicatos que tú dices y que representan a la mayoría y a los cuáles les hemos dado nuestra representación en las urnas ya hablaron/decidieron por nosotros cuando se produjeron todos aquéllos cambios, y que todo lo que tenemos es producto de lo que se firmó por nosotros en aquellos cambios. Algunos usan el verbo "vender", pero como les hemos dado nuestra representación de manera voluntaria entonces no creo que sea el verbo correcto.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 23/08/2011 15:26:35
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 23/08/2011 15:25:21
::: -- Motivo :
Estaràs de acuerdo conmigo;Karkarlitos,que los ùnicos empleados pùblicos son los funcionarios y los laborales anteriores al 2001 ¿verdà que si?.
Con respecto a los que entraron a partir del 2001,pos eso,pìdele explicaciones a los maestros "armeros" ,"armonizados y armoniosos" con la empresa Correos SAU=trillizas y el satèlite Libre.
Pà màs informacion,leete la Exposiciòn de Motivos de los Convenios Colectivos firmados hasta este momento,por la empresa Correos SAU, las trillizas y demàs "acompañantes"
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural
La intención gubernamental era que, a partir de 2001, todos los nuevos empleados de SECTSA estuviesen sometidos exclusivamente al ET. Pero ocurre que, por imperativo del ordenamiento jurídico europeo- y otras cuestiones-, tanto el TS como el mismo Gobierno han reconocido implícitamente el status público de todos los empleados de Correos.........La cuestión es conseguir un reconocimiento EXPLÍCITO.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 23/08/2011 23:06:06
::: --> Motivo :
Ah,por imperativo del Derecho Comunitario?,juas juas y rejajuas....si,sigue asi,juas juas y rejajuas.....eres genial con tus explicaciones exuberante-pseudojuridicas "UROPEAS",juas juas y rejajuas......¿me vas a contar algo sobre la no correcta aplicaciòn o trasposiciòn de alguna norma de Derecho derivado de la U.E. por parte del Reino de España?,juas juas y rejajuas.......ahora con esas,juas juas y rejajuas....no,si al final NOS VAS A CONTAR A TODOS LOS DEL FORO,COMO ENTRAN LOS ELEFANTES EN UNA CACHARRERIA,JUAS JUAS Y REJAJUAS
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 24/08/2011 13:23:30
::: --> Motivo :
No voy a contar nada nuevo en relación al derecho europeo.......Lo que tenía que decir ya está dicho.
Pero en relación a CCOO (y otros ) debo señalar que parece que quieren corregir su errático rumbo pasado. Me refiero a que en el vigente Acuerdo General se contempla la movilidad interministerial para los laborales de Correos. Y eso merece un aplauso.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejjauas....cuanta candidez hay en tu mensaje,juas juas juas y rejajuqas....¡¡¡pò de favò repite de nuevo lo del erràtico rumbo de los cocoteros!!!!!,juas juas y rejajauas.....cachis la mar,otro abducido por COCOLANDIA,juas juas y rejjauas.
verderon
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25/08/2011 15:15:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Claro, nos han clavado un cuchillo por la espalda y ahora que ya nos desangramos pues van a buscar un quirófano a ver si nos pueden sacar el cuchillo, y ese comportamiento merece un aplauso. Joder las cosas que hay que leer.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Me parece estupendo el discurso del Pseudo sindicato amarillo tufero CC.OO:
Por un lado quieren funcionarizar a los fijos indefinidos y por otro coartan a los que aprueban un proceso selectivo LEGAL para que en vez de darles su (nuestro) contrato de fijo indefinido firmen uno basura de fijo-discontínuo. Un trueque de lo más vergonzoso.
Más les vandría presionar a la empresa para que asigne de una vez las vacantes a JORNADA COMPLETA QUE NOS DEBEN A LOS EXPECTANTES.
Lo que hay que leer.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Expectante2006
Creo que la única crítica justa, en origen, es la tuya, ya que la tropelía que se ha cometido con los expectantes no hay por dónde cogerla. Aunque debo decirte que, en la medida en que no soy representante de CCOO – ni de ningún otro sindicato -, deberías apuntar en otra dirección ( es sólo una sugerencia ). Por otra parte, no sé de dónde sacas que CCOO haya propuesto la funcionarización de los laborales........Ojalá alguien se atreviera a abrir el melón!
En definitiva, el resumen de lo que quiero trasladar a este foro es que los empleados públicos de Correos ( funcionarios y laborales ) trabajan para el Estado, concretamente en el sector postal, especialmente en el servico público del servico postal universal, aportando presunción de fehaciencia y veracidad en el correo certificado oficial. Estas tareas las desarrolla el Estado de forma directa a través de una entidad de personificación jurídico-privada, que, en determinados supuestos – sobre todo en contratación general y laboral – es un Organismo de Derecho Público. En el momento en que legítimamente el Estado decida dejar de prestar directamente estas tareas y privatizarlas, será necesario que el Estado ofrezca a los empleados públicos de la Sociedad Estatal la posibilidad de seguir trabajando para el Estado mediante procesos de reordenación de efectivos – como el de la movilidad interministerial ya mencionado . Y ello es así porque el Estado tiene recursos y estrategias suficientes para, a medio y largo plazo, acometer esa tarea.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
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06/09/2011 9:17:00
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RE:PLAZAS PARA PEDIR EN ADSCRIPCION IV MINISTERIO DE JUSTICIA - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS
ADMINISTRATIVOS DE APOYO A LA ACTIVIDAD JUDICIAL – MADRID - C1C2
JEFE DE NEGOCIADO N-18
Subgrupo de adscripción: C1/C2
Complemento específico: 3.376,52 €
Cobertura del puesto: comisión de servicios
FUNCIONES
• Control de Calidad de las anotaciones del Registro de Violencia Doméstica/Medidas Cautelares
• Manejo de aplicaciones sobre bases de datos de Registros
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• Relación con los usuarios (Juzgados y Tribunales) para actualizar la información de la base de datos
• Información y atención telefónica y por escrito sobre cuestiones relacionadas con el Registro de Violencia Doméstica/Medidas Cautelares
• Clasificación, ordenación, registro, distribución y archivo de la documentación
administrativa propia de la Unidad
FORMACIÓN
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• Se valorará experiencia/conocimientos de derecho y de funcionamiento de la Administración de Justicia (Juzgados y Tribunales).
INFORMACIÓN Y CONTACTO:
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 25/09/2011 23:48:32
::: --> Motivo :
[--http://www.expansion.com/2011/09/23/juridico/13168...352t=1316889754--] Economía y Fomento convocan concursos a la medida de Correos
“Los operadores postales privados no pueden optar a llevar los servicios de correspondencia de los Ministerios de Fomento, Economía e Interior. Estos organismos han sacado a concurso sus servicios postales en los últimos meses y los pliegos de las condiciones, a los que ha tenido acceso este diario, sólo permiten que concurra Correos.(...) Los pliegos del concurso del servicio postal de estos Ministerios exigen el principio de fehaciencia al operador, derecho que sólo tiene reconocido por ley Correos como operador principal que vela por los servicios universales. “(EXPANSIÓN)
Tanto en la derogada ley postal de 1998 como en la vigente ley postal 43/2010 se atribuya a SECTSA “la presunción de veracidad y fehaciencia en la distribución, entrega y recepción o rehúse o imposibilidad de entrega de notificaciones de órganos
administrativos y judiciales, tanto las realizadas por medios físicos, como telemáticos “ ( ART. 22.4 )
“Los operadores privados van a emprender dos vías de actuación. Por una parte, van a trasladar este conflicto al próximo Parlamento, con el fin de que se modifique el punto de la Ley Postal que otorga el derecho de la fehaciencia a Correos en exclusiva. Además, y como en otras ocasiones, van a denunciar esta situación a Europa, a la Comisión del Mercado Interior, ya que, apunta García Cantín, la tercera Directiva postal establece que en un mercado liberalizado no caben restricciones de la competencia.”(EXPANSIÓN)
No es cierto que Europa obligue a que los operadores privados distribuyan notificaciones. Al contrario, el derecho europeo permite una excepción a la liberalización del sector postal.Ahí va:
Artículo 8 ( en vigor ) de la Directiva 97/67/CE:
“(...) sin perjuicio del derecho de los Estados miembros de organizar el servicio de correo certificado utilizado en el marco de procedimientos judiciales o administrativos con arreglo a su Derecho interno.”
Todos los procedimientos administrativos o judiciales han de ajustarse, en cuanto al correo oficial, a lo establecido en el art. 160 LEC Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LEC). “Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. (...)remisión (...) por correo certificado o telegrama con acuse de recibo, (...) que permita dejar en los autos constancia FEHACIENTE de haberse recibido la notificación, (...) unirá a aquéllos, en su caso, el acuse de recibo o el medio a través del cual quede constancia de la recepción”.
En definitiva, la conclusión es que los servicios jurídicos del Estado están poniendo las cosas en su sitio, tal y como vengo reiterando en este foro: las notificaciones auténticas son las que producen efectos de derecho público, es decir, las que gozan de presunción de veracidad y fehaciencia, es decir, las distribuidas por Correos. Es decir ( añado yo ), las distribuidas por un Organismo de Derecho Público como Correos y por sus empleados públicos.
Por consiguiente, da la impresión de que, los que en este foro son contrarios a la opinión del Estado, estarían del lado de los operadores privados.
verderon
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25/09/2011 22:24:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 25/09/2011 22:41:38
::: --> Motivo :
La Administración de la Com. Autónoma de
Murcia ha otorgado de forma legal por concurso y pliego de condiciones todas sus notificaciones a UNIPOST. Creo que en Almería también. Se me ocurren muchas preguntas, muchas. Alguna de ellas como, entonces los criterios de actuación de la Administración territorial (la de las CC.AA) son diferentes a los de la Administración Central? Entonces según tu exposición se llegaría a la conclusión de que la Administración Central y las de las CC.AA aplican e interpretan la ley de forma diferente. Entonces la ley de Régimen Jurídico de las AA.PP y del Procedimiento
Administrativo Común tampoco valdría, y que te recuerdo que en su artículo 1 dice "Objeto de la ley; La presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico, el procedimiento administrativo común y el sistema de respondabilidad de las Administraciones Públicas, SIENDO APLICABLES A TODAS ELLAS". Entonces la función del Delegado del Gobierno, máximo representante del Estado en la Comunidad Autónoma y cuya principal función es informar y armonizar la aplicación del Derecho en la A.G.E y en las Administraciones territoriales, sería nula. Y todo porque agarrándose a la liberalización del sector postal que viene de Europa las CC.AA están dando su Correo administrativo al mejor postor. Pero a la misma vez es esa legislación europea, Europa la que permite cierta organización en el correo administrativo para que el Estado pueda reservar la "fehaciencia", como una prueba de fé ó de verdad irrefutable en el tratamiento de las notificaciones administrativas que sólo alcanza al operador postal universal, en este caso Correos S.A. Pero sólo se aplica en el Estado Central en la Administración de las CC.AA no.
Karl, sinceramente la conclusión que saco. En vista de que las CC.AA están dando sus notificaciones administrativas a las empresas privadas y no pasa nada. En vista de que la ley europea permite cierta organización en el correo administrativo interno y de que en el caso concreto de España todavía las leyes (la L.E.Civil) que te recuerdo que también se aplica a las CC.AA, todavía no se ha cambiado, pues creo que el Estado sigue dando sus notificaciones a Correos S.A en cierta medida porque es una empresa estatal y ese resquicio legal se lo permite. Pero si los funcionarios en Correos son "a extinguir", me pregunto yo, ¿cuánto tiempo tardará el Estado central en cambiar esas leyes y darle las notificaciones administrativas bajo ciertas garantías a los operadores privados?. ¿Qué le va a impedir hacerlo en un futuro no muy lejano?.¿Me tengo que creer "el parece que el Estado central va cambiando las cosas" que argumentas como una suposición/fe/esperanza de que el Estado le va a dar un giro a las cosas y les va a cantar las 40 a las CC.AA, como Cataluña, en vez de pensar que le ha dado de momento esas notificaciones a Correos porque es una empresa estatal por hacer una gracia ó dos (te recuerdo que somos uno de los países que más rápido vía Zapatero hemos aplicado la directiva postal) hasta que más antes que después se cambie la ley por el Gobierno de turno y más cuando vayan quedando menos funcionarios?.
No se Karl, me considero una persona que también ve la botella medio llena en vez de medio vacía, pero en este tema he aprendido a no creerme las cosas "a pie juntillas" porque alguien las diga y a ser más cauto basándome en mi lógica y mis razonamientos. Y eso no quita que en fondo diga que ojalá tengas razón.
Un saludo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Joder,pero que plasta el Karkarlitos,juas juas y rejjauas....¿tas leìo algo sobre LAS IRREGULARIDADES NO INVALIDANTES,referidas a las notificaciones administrativas, sectoriales y judiciales?,juas juas y rejajuas....y ya puedes decir tò lo que quieras(vamos,como si te da por decir que en misa canta el gallo el cucucurrucucù) con:
La L.E.C. 1/2000.
Ley 30/1992.
L.G.T. 58/2003 y R.G.R. 939/2005 y bla bla y rebabalabala.
Y en no digamos endenà sobre la Ley 11/2007,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Verderón
Lo único que digo es que “los servicios jurídicos del Estado están poniendo las cosas en su sitio, tal y como vengo reiterando en este foro: las notificaciones auténticas son las que producen efectos de derecho público, es decir, las que gozan de presunción de veracidad y fehaciencia.”
¿ Es una actuación para el futuro o es sólo algo coyuntural ? No tengo ni idea. Lo que sí afirmo es que, a día de hoy, la postura del Estado en esos ministerios se ajusta plenamente a la legalidad vigente en materia de notificaciones y que la actuación distinta de otras Administraciones se sitúa en el ámbito de las notificaciones con efectos de “Derecho Privado” ( sic ), que alguien me contará para qué sirven, pero que están permitidas por la legislación postal ( aunque no contempladas por la legislación procesal, que, en esta materia, es la que importa ).
En fin, el caos jurídico es evidente, aunque sigo opinando que la presunción de veracidad y fehaciencia la tiene Correos no por la presencia de funcionarios, sino porque, tal y como ya he explicado, a muchos efectos es un Organismo de Derecho Público ( aunque tenga personificación jurídico-privada ).
Ex rural
¿ Irregularidades no invalidantes ¿ ¡ Qué interpretación tan errónea ¡
Como acabo de explicar, es la ley la que establece que las “notificaciones” de los operadores privados tienen efectos de Derecho Privado.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Tu si que haces interpretaciones erroneas.....anda estudiate un poquinino las irregularidades no invalidantes...¡¡¡so LEGULEYO DEL DERECHO DISPONIBLE!!!!!,JUAS JUAS Y REJAJUAS.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural
La irregularidad no invalidante es un “accidente” y no puede consistir en una reiteración consciente, intencionada y sistemática.
La notificación es una condición necesaria para la eficacia del acto administrativo/judicial ( acto oficial ), por lo que una notificación sin efectos de Derecho Público no “consagra” la eficacia definitiva del acto oficial y e impide el privilegio de ejecutoriedad,etc...,etc,...,.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, me parece que únicamente resaltas lo que te interesa. En el tema de la fehaciencia en las notificaciones, lo que dice la Ley 43/2010 es que solo tendrán validez según el procedimiento
administrativo las notificaciones que sean cursadas por el Operador Público Universal, que actualmente es Correos, pero dentro de unos años puede ser Unipost o cualquier otro.
Si el día de mañana designan Operador Universal a Unipost, ¿los carteros de Unipost pasarán a ser funcionarios?
Hay un informe del Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia, expediente I-1/2011, bastante clarificador sobre este tema de las notificaciones. Igualmente se puede ver la sentencia de 25 de marzo del TSJ de Castilla y León, recurso 739/2005 que puede ayudarnos a entender que hoy en día Correos es una mercantil más, pero que al día de hoy tiene el "privilegio" de ser el Operador Postal Universal
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejajuas.....te guste o no te guste,como le salga de los cojones a cualquier AAPP (ya que hay muchas que deben muchos cuartos a Correos,y Correos pasa de ellas como de la mierda),utilizar el "recurso" de los operadores privados,pos eso,ya puede el destinatario alegar que no lo ha recibìo por correo "oficià",que si no,se la traga lo mismico,je je y rejeje......venga Karkarlitos,alma càndida que no te detenteras,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pues, nada, Hermano Posta y ex rural.
Todo esto se lo contáis a los servicios jurídicos de los operadores privados en relación a su contencioso con los servicios jurídicos de los Ministerios señalados.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Y entoces pà que cojones estas tù Karkarlitos y tus panfletadas "legalistas",juas juas y rejjauas...usease,que no ties ni puta idea de lo que es y lo que no es,juas juas y rejjauas.....deberìas presentar tu canditura al Consejo Postà,juas juas y rejjauas....de seguro que lo ibas a solucionar tò,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pò te pongaS COMO TE PONGAS VA A SER QUE no,JUAS JUAS Y REJAJUAS.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Vaya por Dios,otra vez se ha "entrabucao" el Karkarlitos,juas juas y rejajuas....paece que no quiè endedà la "cara virtuà",juas juas y rejajuas........venga Karkarlitos animate y cuentanos algo màs sobre TUS GRIÑANADAS "LEGULEYERAS" ..... GUAU QUE FUERTE , OU YEAH,karl FOR EVER ,JUAS JUAS Y REJAJUAS.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
cacarlitos, vete al psiquiátrico que te dijo, allí por lo menos te enseñar a aprendr a leer y a no ENGAÑAR INTENCIONADAMENTE a miles de laborales que trabajan para Correos SOCIEDAD ANÓNIMA
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 12/10/2011 22:56:50
::: --> Motivo :
Rediez,Rubia Galela,¿que me dices sobre la puntualidad en el cobro de las nominas a partir de febrero de 2012?
Un "insiso" definà pà la Rubielas.-
Laborales en Correos SAU,como que no,asalariados de Correos o de una empresa SI,aunque Correos sea de titularidà estatà,juas juas y rejajuas......¡¡¡otro/a enquenosenterà entoavìa!!!!!!!,juas juas y rejajuas.......ùnicos laborales en "origen" los anteriores al 2001.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¿Què Karkarlitos,ya no nos vendes la burra?,je je y rejeje.....
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ya sabes tururù,je je y rejeje.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL
El decretazo de mayo-2010 de ZP ( el de la reducción del 5% de las retribuciones de los empleados públicos ) no afectó al personal laboral de Correos.
Sin embargo ( y por algo será y habrá de ser ), el reciente decreto de Rajoy (Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público ) SÍ contempla al personal laboral de Correos, tanto en los aspectos retributivos ( planes de pensiones incluidos ) como en las cuestiones de amortización, reposición, consolidación de empleo, etc.... Ver Capítulo II del mencionado Real Decreto-Ley.
verderon
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02/01/2012 17:39:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Hola Karl73.
La verdad es que me parece significativo, aunque hay piezas que no me encajan y que serían más contundentes como por ejemplo, partiendo de que los laborales cuando Correos era todavía Organismo Autónomo están amparados por la legislación de aquél momento..., pues bien te pregunto, ¿conoces a alguno de éstos que se le haya reconocido como laboral del Estado y haya podido participar en los concursos de la A.G.E?. Yo creo que a día de hoy Correos se declara incompetente. Y claro si ya de entrada se está negando la mayor...pues tú me dirás.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
De verdad, es que no me explico como un hilo de este tipo ha tenido tanta participación para que en definitiva nos hagan ver que el blanco no es blanco sino rojo carmesí...
¿Quien se puede creer que los laborales de correos sean de la AGE y no laborales SA???
Parad ya con el trolleo este hombre...
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
02/01/2012 20:01:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¿Y entonces porqué nos quitan a los laborales dinero engineer27 en aspectos retributivos ( planes de pensiones incluidos ) como en las cuestiones de amortización, reposición, consolidación de empleo, etc....? ¿Se los quitan a los del Mercadona ó resto de empresas privadas?, ¿querrá decir algo no? ó ¿es que no has tocao en una rifa que ha hecho el Gobierno?, joen si ya lo endigo yo que en el país de los ciegos...
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo que me hace gracia de este hilo, es que parece que hay gente que le molesta el tema, y si por un milagro pudieran los laborales moverse por la administracion les fastidiaria bastante, no lo entiendo. Con lo sano que es debatir. Y nada, al que no le interese el tema con no entrar en este apartado ya esta.
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
No se trata de que moleste el tema. No se pueden hacer brindis al sol. Hay que ser realistas. Cosa que parece que a muchos sí que os molesta.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
A ver, Engineer27 y Treserres.
Habláis, respectivamente, de “brindis al sol” y de que, desde que Correos es Sociedad Mercantil ( estatal-pública ), los nuevos empleados están exclusivamente regulados por el Derecho Laboral.
Está claro que no habéis entendido nada de las argumentaciones jurídicas que en este hilo se han aportado y que, como colofón, no habéis asimilado todavía el alcance del reciente “Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público” que, en su Capitulo II ( referente a los “GASTOS DE PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ), incluye a TODOS los empleados de Correos tanto en los aspectos retributivos ( planes de pensiones incluidos ) como en las cuestiones de amortización, reposición, consolidación de empleo, etc....
En consecuencia, no todo está tan claro en cuanto a la naturaleza jurídica de la Sociedad Estatal Correos y en cuanto a la naturaleza jurídica de la relación de empleo que existe entre aquélla y el conjunto del
personal laboral.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Vamos a ver, soy funcionario pero creo que los fijos tienen derecho a la promoción interna. Muy bueno el enlace Treserres.
En la
Seguridad Social hay una compañera ordenanza que es laboral dando números, puesto de trabajo que no esta asignado a un funcionarios de carrera, ha aprobado la promoción interna a la AGE ya que desde hace años en la Seguridad Social no hay promoción interna de laboral a C2. Pues ha aprobado y se queda con nosotros, puesto de atencion al público, con nivel 17 y con la MUFACE. Si hubiera entrado en 2010 tendria también Derechos Pasivos.
Creo que Correos se ha convertido en una patata caliente para el Estado puesto que si tiene asumido que los funcionarios se tienen que integrar en el Estado con los 10.000 fijos que entraron en 2003 o 2004 la cosa cambia.
Al Estado le urge vender Correos porque si no se le meten todos los fijos en la Seguridad Social también, y es posible que igualmente se les metan. Hay que tener en cuenta que si los funcionarios tenemos la posibilidad de participar en concursos de traslados y promoción interna no será precisamente por la generosidad del Estado, sino que ha sido ganado nuestro derecho a golpe de sentencia judicial.
Yo a los fijos les diria que además de luchar por la promoción interna luchen también por los concursos de traslados para personal laboral ya que si mirais el BOE existen mas concursos de traslados para vosotros que para los funcionarios.
Me alegraría un montón ver de pronto 10.000 fijos como conserjes en trafico, seg. social, hasta en los DNI sustituyendo al
policia nacional sentado en la silla de la entrada, je je je, es que me iba a partir el pecho. Esto le pasará al Estado por hacer las cosas mal.
Ala, nos vemos todos en la Seg. Social muy prontito y nos tomamos una cañas, hasta luego Lucas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Está claro, hablas como si supieras del asunto y además, TU MUJER ES LABORAL.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
karl73...sólo una pregunta...¿puede un laboral pedir un cambio de ministerio?
Respuesta SI o NO. No ambiguedades..
Si es NO, todo el rollo que has soltado hasta ahora se responde por sí mismo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73 ¿Pero todavía estás con esta matraca? Yo creí que nos ibas a comunicar que habias acudido a la Audiencia Nacional a reclamar tu funcionarización y que esta había dictado sentencia a tu favor. Pero en vez de eso, siges racaracaraca. ¿Porque no acudes de una vez a los Tribunales de
Justicia para que se pronuncien? ¿Que esperas que nuestro señor Jesucristo obre el milagro y te concedan la funcionarización de la noche a la mañana?. ¡Acuede a los Tribunales y dejate de argumentos juridicos de cara a la galeria¡ Esos argumentos juridicos que aquí expones se los tienes que contar a los Jueces y ellos los interpretaran y tomaran la decisión.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Engineer27 La respuesta a tu inquietud la encontrarás en las intervenciones que he realizado en este hilo.
Postalycual..........Todo se andará...Presiento que más pronto que tarde habrá novedades.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Novedades?,je je y rejeje.....karkarlitos,je je y rejeje...¡¡¡si tu supieras lo que sè yo,te ibas a cagar ¡¡¡¡¡por la pata pabajo,pero ya mismo!!!!!,je je y rejeje....con que ya sabes (creo que te lo he repetido varias veces)....pò va a sè que como quedeno.je je y rejeje.....màs vale que dieras tus famosa charlotadas leguleyo-amariconàs ante los Tribunales,pero claro està,tù mucho pìo,pìo,que yo no he sìo,pero nà màs,juas juas y rejajuas.
postdatum.-
Karl "Sagan" de Correos,explicale a la gente de Correos de lo que VA LA PROMOCION CRUZADA,y ya de paso,que posibilidades "brinda" el art. 5 del EBEP y el SUPERCOÑAZO,huy he querìo decir el Convenio Colestivizadò de Correos SAU,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Vamos ex rural de
madrid cuentanos algo de lo que sabes, no seas egoista.
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
CLASE A ¿va por mi? si es así mi mujer no es laboral, es funcionaria.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 04/01/2012 19:12:29
::: --> Motivo :
jUAS JUAS Y REJAJUAS.........oztiazsssss Karkarlitos,siempre queriendo llamar la atencion,juas juas y rejajuas.....reeelllleeecccchhhhhheeeeeesssss,menùo enlace que has puesto,juas juas y rejajuas.....claro que,al no hacerme caso,aùn ni te has leido por "asomo" la Ley 47/2003 (con especial incidencia en los articulos 2º y sobre todo 3º).
Deberias leerte la citada Ley,juas juas y rejajuas......y despùès de ello,"procura hacerte una composicion de lugar" a travès de una heterointerpretaciòn y heterointegracion normativo-legal correcta,juas juas y rejajuas....pò de favò,leete con mucha atenciòn el art.3,juas juas y rejajuas....y a lo mejor con tu sesera leguleyo-pseudointelectuà-teorico-funambulesca,sabrìas el porque sì y el porque no ,en unas determinadas empresas pùblicas y en otras NO,juas juas y rejajuas.
Ah,y otra cosa te he de decir,yo no tengo necesidà de farolear,juas juas y rejajuas....sin embargo,tu sì,je je y rejeje......¿ o que cojones te has creido Karkarlitos,que todos somos igual que tù?,juas juas y rejaJUAS.
pOSDATUM.-
dE NUEVO,TE REPITO,¿DE QUE VA LA PROMOCION CRUZADA?,JUAS JUAS Y REJAJUAS.....Y DEJA YA DE MARICONEAR CON TUS FREAK-ENLACES-LEGULEYERIAS "barroco-engañabobescos",JUAS JUAS Y REJAJUAS
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Parece mentira que, a estas alturas, no hayas advertido, Rústico, que la ley 47/2003 es uno de los pilares de mi argumentación jurídica.......
Estás perdiendo el norte......te han magnetizado la brújula.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 04/01/2012 19:45:21
::: --> Motivo :
Juas juas y rejauas...si,si el meapilas,huy se me ha escapado,he dequerìo dedeci que tus pilares argumentoide-pseudojurìdicoS se hallan muy "ennortados",juas juas y rejajuas....karkarlitos,no tiès "chispa",juas juas y rejajuas....se tetascao la SESERA-desennortà,juas juas y rejsjuas....seguro que todo es debido a las radiaciones y nubes elestromasneticas del solamen (joer que laSTIMA,Y ESO QUE ESTAMOS EN INVERNO,QUE CURIOSO,VERDÀ KARKARL "sagan" POSTÀ).
Yo bien ,gracias...... a las "polarizaciones"de los rùstico,juas juas y rejajuas.
verderon
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04/01/2012 20:41:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 08/01/2012 14:29:09
::: --> Motivo :
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verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
04/01/2012 20:46:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 08/01/2012 14:27:59
::: --> Motivo :
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pero aqui nadie habla (que yo sepa) de que los laborales fijos o como os gusta decir indefinidos que entraron a partir del examen del 2003 sean funcionarios, lo que se trata es de ver si habria alguna manera de que fueran laborales del Estado (cosa dificil, pero bastante distinta a hacerlos funcionarios).
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
je je y rejeje.....Verderon,al Bolo de
Toledo no le conozco,usease,que como no lo busques tu,aunque sea por "proximidad" va a ser que como que no,je je y rejeje.
Con respecto a la Ley 47/2003,art. 3,hay que leerlo con mucha atenciòn,y,despuès (pà el que quiera hacerlo),entrar a la pagina gues del CGPJ,je je y rejeje....y alguno se iba a sorprender como se puede hacer criba laboral,segùn sea el "tipo" especifico y/o sectorial de las sociedades mercantiles estatales.
Lo importante,en estos casos,son las CAUSAS CONCURRENTES =ojito con Correos=CAUSAS ECONOMICAS O DE PRODUCCION.
PARA CONCLUIR,Verderòn,¿tu crees que me equivoco "muncho"?
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
05/01/2012 20:17:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 08/01/2012 14:27:24
::: --> Motivo :
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 06/01/2012 17:40:49
::: --> Motivo :
Y eso quien te lo ha dicho Karkarlitos.....el hada madrina de la leguleyerìa?,je je y rejeje.......ya que estas "tan puesto" nos podìas "enlazar" a unas cuantas sentencias,"vìa" CGPJ.es,y no recortes de periodico....serìa interesantisimo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 06/01/2012 17:47:57
::: --> Motivo :
venga Verderon,animate,que yo sè que si puedes.
Por cierto tàs leìo la reseña del Consejo de Ministros de ayer dìa 05-01-2012?.
¿Sabes que quieren "quitarse" de enmedio (lo màximo posible) un grupete de 565 empresas pùblicas (ya sean estatales,autonomica y locales),y que tan solo han podìo de momento con 69 de ellas.
¿Sabes para que se "crearon" tantas empresas pùblicas a partir de la dècada de los noventa?=pà tapar chanchulleos y deficits.
Y sigo diciendo lo mismo,ojito con Correos,que aunque sea para el PP (cara a la galerìa) una de las pocas que se pueden "salvar",pà mi que que "huele a chamusquina".
Saluditos.
verderon
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08/01/2012 18:26:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Exrural hablas de causas económicas ó de producción y sin embargo el despido fue declarado nulo por el Juzgado de lo Social número 12 de
Barcelona por entender que una empresa pública no puede echar a sus empleados por motivos económicos, porque no se rige por los vaivenes del mercado.
Sería interesante ver los fundamentos jurídicos de esa STC.
Correos=Estado=Correos Sociedad Mercantil=conversión de la misma personalidad jurídica=ente instrumental=Correos y Telégrafos dependiente ó vinculado a las Administraciones Públicas.
verderon
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09/01/2012 17:03:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Exrural yujuuuu, qué tal mi anterior mensaje, ¿tú crees que voy más acertado por aquí?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 09/01/2012 18:07:12
::: --> Motivo :
amos a ver Verderòn....Correos SAU empresa mercantilista y empresarià a topE.
y SOBRE TODO LEY 13/2006
verderon
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09/01/2012 20:59:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ay,ay y reaay,verderòn,que te estàs llendo por las ramas.......galimatias e intringulis en ley 13/2006...........causa-efecto.
verderon
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10/01/2012 15:18:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pan y Vinco leete la Ley 47/2003 y de paso Ley 6/1997 (LOFAGE),quizàs te queden las cosas màs claras,y aùn te digo màs,podrìa existir una "pequeñisima" esperanza para los que entraron a partir del 2003,todo es cuestiòn de HETEROINTEGRAR unas cuantas normas y ficciones jurìdicas,a modo de ejemplo,LEVANTAMIENTO DEL VELO,efectiva SUBROGACION real entre CEDENTE Y CESIONARIO,je je.....en este ùltimo caso ¿quien sigue siendo el mismo?,je je...pos efectivamente Correos=Estado=Correos sociedad mercantil=conversiòn "travestida" de la misma persona jurìdica=ente instrumental=CORREOS Y TELEGRAFOS,dependiente o vinculada a la AAPP.
Saluditos.
Ésto lo escribistes tú, aunque ahora lo repudies. Por cierto yo nunca me voy por las ramas, eso más bien lo haces tú.
Un saludo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejajuas......pos si lo escribi,pos cojonudoverderòn,juas juas y rjajauas...pero entoavìa te sigues yendo no por las ramas,juas juas y rejajuas...¡¡¡si no màs allà!!!!,juas juas y rejajuas...¿tàs leìo la Ley 13/2006?,evidentemente NO,juas juas y rerjajauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 28/01/2012 13:04:15
::: --> Motivo :
Estos de CCOO no se enteran o no quieren enterarse.
En su comunicado para criticar que, en cumplimiento del Real Decreto-Ley 20/2011 de 30 de diciembre de medidas urgentes, Correos va a suspender la aportación empresarial al Plan de Pensiones durante el año 2012 (
[--http://www.fsc.ccoo.es/webfscpostal/menu.do?Inicio:295730--] ), CCOO utiliza un argumento que es contrario a los intereses estratégicos de los empleados públicos de la Sociedad Estatal. CCOO afirma que “el art. 2.3 del RDL 20/2011, de 30 de diciembre no distingue con claridad entre organismos públicos y sociedades mercantiles”.
El art. 2.3 del RDLey 20/2011 establece claramente lo siguiente: “Durante el ejercicio 2012, las Administraciones, entidades y sociedades a que se refiere el apartado Uno de este artículo, no podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo...”
El art. 2.1 del RDLey 20/2011 establece claramente lo siguiente : “Artículo 2. Retribuciones del personal y altos cargos del sector público.
Uno. A efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el sector público:
-Las sociedades mercantiles públicas.
-Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.”
Pues bien, ¿ qué es lo que en CCOO no han entendido del mencionado art. 2.1 ? ¿ A qué juegan para poner en cuestión que Correos es una Sociedad Mercantil Pública Estatal integrada plenamente en el Sector Público Estatal ? ¿ Acaso no recuerdan que, en el ACUERDO GENERAL 2009-2013 de CORREOS ( concretamente en el apartado VIII-4 referido a Convocatorias de movilidad interministerial), se afirma que, respecto al
personal laboral de Correos, se van a explorar iniciativas que propicien que pueda participar en la movilidad interministerial ? ¿ Acaso no entienden que ello sólo sería posible – como ya he explicado en este hilo - en la medida en que los laborales son empleados públicos al servicio de un Organismo que, desde el punto de vista de las relaciones contractuales, es un Organismo Público ?.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Vaya,vaya,con el Karkarlitos,tanto de leguleyeria y de "blabla y rebabablachupachupscocoterogorrinojeterocesifera" y ahora se la "envaina",juas juas y rejajuas..-.......esperate sentao que de cuclillas te vas a cansar,juas juas y rejajuas....promociòn cruzada=funcionarizaciòn,ni antes,ni ahora,ni despuès.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Te equivocas, rústico: no doy un paso atrás, sino que voy directamente al grano.
Dado que Correos es, desde el punto de vista de la contratación, un Organismo Público, sus empleados laborales son empleados públicos a los que se les puede aplicar la funcionarización por la vía del art. 61.6 EBEP.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, por qué no en vez de dar la brasa una y otra vez en e´ste foro no te vas a un juzgado denunciando la situacion de los laborales en correos para que los funcionaricen arreglo al articulo que mencionas???
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, se acabó tu sueño de ser funcionario, acéptalo pues ahora esta casta hija de puta que nos gobierna, acaba de abrir la puerta al exterminio laboral del laboral fijo.
Acéptalo, estamos viviendo un momento Histórico, que envidia me da Grecia, dónde al menos la gente sale a la calle y hace huelgas generales ante las medidas de esta casta corrupta e hija de puta.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejajuas...si,tò lo que tu digas Karkarlitos,juas juas y rejajauas...¿por el 61 EBEP?,ah si,juas juas y rejajauas........pero màs especifico y concreto el art 25,juas juas y rejajauas........si,si.....aquel que diu...por el culo te la jincan,juas juas y rejajauas......joer ,que tontuna màs grotesca-modoso-presuntamente "legalista" la del karkarlitos,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 12/02/2012 21:12:42
::: --> Motivo :
"Dado que Correos es, desde el punto de vista de la contratación, un Organismo Público, sus empleados laborales son empleados públicos a los que se les puede aplicar la funcionarización por la vía del art. 61.6 EBEP."
Esta es la idea que ha de protagonizar las reflexiones de los empleados de Correos; el resto es secundario. Además, los laborales de Correos son ya funcionarios de hecho ( como ya he demostrado en este hilo ).
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 12/02/2012 23:06:45
::: --> Motivo :
Juas juas y rejajauas.......yo es que me parto de risa con las gilipolleces de Karkarlitos,juas juas y rejajuas.....que ssiisisisisisisisisisi Karlitos,como has demostrado con este hilo,juas juas y rejajuas.....¿pero con cual?,¿con el de coser?,¿con el de enebrar?,¿con el de naylon pà de pescar a "incautos"?,juas juas y rejajuas....como dicen endetupueblo,sigue dereflexionando --aunque,si es posible,echandote una miajica de reflex en la cogotera,no vaya a de ser que de tengas un cortocircuito neuronal en forma de contracturica de agarrate y no te menees--,juas juas y rejajauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73,
En el foro no tienes que demostrar nada, donde lo tienes que demostrar es en los tribunales de
justicia. Pero date prisa en llevarlo al juzgado, antes de que te apliquen la nueva reforma laboral y te ponga de patitas en la calle.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Me cago en la hostia puta,Postalycual,no te me pases con el Karkarlitos,que me lo vas a hacè de sufrì,juas juas y rejajauas...pò de favò Postaycuà,regalale un rollico de papè higienizante......pà cuando le endedè otra vez otra diarrea mentà.......espero de ti la màxima colaboracion.....juas juas y rejajauas...ah,y los costes pagaos,por tan gran esfuerzo diarreico mentà del Karkarlitos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl:
Te conviene leer la sentecia del Supremo 182/2012 de 16 de enero de 2012 donde se dice que los laborales de Correos no pueden presentarse a las pruebas de promocion interna de funcionarios de Correos
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Hermano Posta
No es la 182/2012, sino la STS 128/2012. Y, en ella, no se afirma que los laborales de Correos no puedan presentarse a las pruebas de promoción interna de funcionarios de Correos, sino que, por razones formales, el TS no entra en el fondo del asunto en el recurso de casación que se resuelve por inadmisión del mismo ( que no desestimación ).
Lo interesante es que la STS 128/2012 surje a raíz de la Sentencia nº 276/2010 de la Sala de lo Contencioso-Administativo del TSJ de
Valencia, que es la que niega a los laborales de Correos la participación en los procesos funcionariales de promoción interna. Esta sentencia, resumiendo, no niega la validez de la Disposición Transitoria Segunda del EBEP ( “
Personal Laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario ” ), sino que, siguiendo los criterios del Abogado del Estado, niega naturaleza funcionarial a la actividad desarrollada por los funcionarios de Correos y, por tanto, entiende que no se puede dar la promoción funcionarial pues no habría actividad funcionarial alguna.
Es decir: mi tesis es que los laborales son funcionarios de hecho y la tesis del Abogado del Estado es que los funcionarios serían laborales de hecho. Así que de lo que se trata es de demostrar que los funcionarios de Correos desarrollan una actividad de naturaleza funcionarial y, por analogía, los laborales también y, a partir de ese momento, siuiendo el criterio de la sentencia del TSJ de Valencia, aplicar automáticamente la Disposición Transitoria Segunda del EBEP.
Y, en este hilo, ya he demostrado que Correos desarrolla una actividad funcionarial.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Laborales de "facto",juas juas y rejjauas.....funcionarios son laborales de hecho ( y màs que de hecho de derecho,por culpa de los hijos de su mala madre=sindicatos oficialistas),juas juas y rejjauas....... y ahora te enteras?,juas juas y rejjauas....pos efectivamente los funcionarios son una puta mierda en Correos,gracias a los puestos tipo.
Y con respecto a que has demostrado que Correos desarrolla una actividad funcionarial,no te lo crees ni tu mismo,juas juas y rejajuas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, tienes un serio problema. Interpretas las leyes a tu conveniencia, o respondiendo a deseos propios.
Lo tuyo traspasó la parodia y roza lo paranoico.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Jo,no sus paseis con el Karkarlitos,es que le ha "venìo"con la "venia" la hermeneutica -alucinante-mìstico-jurìdica por inspiraciòn del fantasma del Ciceròn ,usease,romanu- romanorum (por lo menos),amèn ius karlkarlitorae=fabada litorà= Digesto administrorum Publicum laudetatus,como mìnimo,juas juas y rejajauas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ya es practicamente imposible, salvo buena voluntad de los mandan (que no la va a haber, y menos ahora), que los laborales fijos pudieran pedir plaza para otros ministerios, como para pensar en hacerlos funcionarios con la que esta cayendo, que ya sabemos, que los que mandan y los empresarios, si pudieran, acabarian con los privilegios de los funcionarios y despedirian a unos cuantos miles. Ya se que seria muy bonito, pero... va a ser que no lo van a permitir.
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Hay un “detalle” que ha pasado desapercibido para los “doctores” que desprecian los argumentos que voy ofreciendo en este hilo.
El “detalle” es que, en la mencionada Sentencia nº 276/2010 de la Sala de lo Contencioso-Administativo del TSJ de
Valencia ( que niega a los laborales de Correos la participación en los procesos funcionariales de promoción interna ), tanto el Tribunal como la Abogacía del Estado podían haber despachado el asunto “ a limine “ con el argumento ( “rústico” ) de que los laborales de Correos serían sólo asalariados de una Sociedad Anónima regidos exclusivamente por la legislación laboral a los que no cabría aplicarles el EBEP. Sin embargo, en la sentencia no se dice nada de eso, sino que se acepta la idea de analizar la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del EBEP a los laborales de la Sociedad Estatal y se resuelve su no aplicación desde el momento en que se afirma que los funcionarios no desarrollarían actividad funcionarial alguna (y, por tanto, entiende que no se puede dar la promoción funcionarial donde no hay actividad funcionarial ). En consecuencia, en la sentencia se reconoce implícitamente a los laborales de Correos como empleados públicos, toda vez que se acepta la idea de analizar la aplicación a ese colectivo de la funcionarización contemplada en la Disposición Transitoria Segunda.
Ahora de lo que se trata es de estudiar la aplicación de la funcionarización contemplada en el art. 61.6 EBEP: “en virtud de Ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos “.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
[--http://www.lasprovincias.es/v/20120214/politica/re...a-20120214.html--] La reforma laboral abre la puerta a los ERE para 25.000 trabajadores públicos valencianos
Los ayuntamientos y la
Generalitat podrán despedir a
personal laboral cuando sufran pérdidas económicas nueve meses seguidos
14.02.12 - 00:20 -
F. RICÓS | VALENCIA
El presidente de CSIF, Matoses, plantea que «la administración blinde a los laborales»
La reforma laboral, aprobada el pasado viernes por el consejo de ministros, facilitará el despido de unos 25.000 trabajadores de la administración autonómica valenciana y de los ayuntamientos de las tres provincias que están considerados como personal laboral. La medida no afectará ni a los funcionarios ni a los contratados de forma interina.
La Generalitat ya está estudiando las posibilidades de actuación que le ofrece este decreto gubernamental, según reconocieron ayer fuentes de la Conselleria de Economía, lo que no quiere decir, puntualizaron, que se vaya a empezar a efectuar despidos, al margen de los ajustes ya iniciados en el sector público empresarial.
La fórmula con la que la reforma faculta a la administración autonómica y a la local para desprenderse de personal laboral será el Expediente de Regulación de Empleo (ERE). Hasta ahora solamente se había aplicado a personal de los entes y organismos públicos, como empresas y fundaciones. La reforma laboral posibilita que estos expedientes se apliquen también de manera directa al personal laboral de la propia administración, bien sea autonómica o municipal.
Los ERE se podrán poner en marcha por causas económicas cuando los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público, así como la propia administración, justifiquen nueve meses continuados de pérdidas -«insuficiencia presupuestaria sobrevenida», se indica en el decreto de la reforma laboral que ya se encuentra en vigor-.
El personal laboral que vaya a ser despedido mediante esta fórmula legal «por causas objetivas recibirá una indemnización de 20 días por año trabajado», aseguró Daniel Matoses, presidente del sindicato CSIF en la Comunitat.
La iniciativa del Gobierno afecta de manera potencial «a unos 25.0000 trabajadores laborales», afirmó el responsable de la Federación de Servicios Públicos de UGT, Luis Lozano.
Para el dirigente del sindicato socialista, la administración autonómica valenciana tiene contratados como personal laboral a más de 5.000 trabajadores.
Lozano estimó también que en el sector público empresarial de la Generalitat «hay entre 8.000 y 10.000 laborales», mientras que el conjunto de los ayuntamientos de la Comunitat dispone de entre 10.000 y 12.000 contratados laborales. Total, 25.000. Lozano consideró que «un 20% del personal que trabaja en la administración, ya sea local o autonómica, es laboral».
La cuenta general de la Generalitat en 2010 recogía que la administración autonómica disponía de 2.848 laborales fijos y 3.707 temporales. De acuerdo con ese documento oficial, la administración autonómica valenciana disponía de una plantilla de 130.000 trabajadores.
«Esta reforma supone un cambio muy importante en el marco de las relaciones laborales. El problema, en general, no es que sólo abarate el despido, que también, sino que supone un cambio brutal porque significa la desregulación, la liberalización casi total», acotó Matoses. El CSIF, sindicato de la administración tradicionalmente cercano al PP, maneja unas cifras de potenciales afectados similares a las de UGT.
«Afecta muchísimo a la administración este nuevo marco laboral, pero nuestra intención es que se blinden los puestos de trabajo» a los que potencialmente se les puede aplicar un ERE, declaró el máximo responsable de CSIF.
Matoses recordó que en el decreto de recortes impulsado por el conseller de Hacienda, José Manuel Vela, «ya se contempla el despido de interinos. Ahora, con la reforma laboral, se refuerza esta medida del Consell porque la medida aprobada por el Gobierno es de rango superior y se posibilita la ampliación al personal laboral».
Pero lo peor del asunto, según Matoses, es que son los trabajadores, tanto de la Administración como de la iniciativa privada, los que van a pagar «la política económica del anterior Gobierno y la realizada por la Generalitat en los últimos tres años».
«El Plan E y el Plan Confianza solamente trajeron endeudamiento. Lo que se necesita no es una reforma laboral, sino que se reactive la economía. Con la normativa laboral anterior se crearon más puestos de trabajo que en Gran Bretaña en el año 2000. Lo que se necesita son rigurosas actuaciones que permitan activar la economía, el consumo y los sectores industriales tradicionales», aseguró el responsable de CSIF.
Luis Lozano, de UGT, considera que la aplicación de la reforma laboral en la Comunitat interfiere con el decreto de recortes que impulsó el titular de Hacienda, José Manuel Vela. La estrategia de UGT pasa por dilatar la huelga general y explicar con profundidad la reforma laboral en la Generalitat, los ayuntamientos y las empresas.
La Administración autonómica valenciana ya ha puesto en marcha al menos cuatro expedientes de regulación de empleo e entidades públicas y fundaciones relevantes: CEAM, IVVSA, CIEGSA y RTVV.
El ERE del Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo afectará a la mitad de la plantilla, compuesta por 67 personas. Dos tercios de los trabajadores del Instituto Valenciano de la Vivienda, integrado por 330 operarios, se verán afectados por otra regulación.
El ERE de CIEGSA, la empresa pública que se dedicaba a la construcción de centros de enseñanza, será prácticamente total porque el Consell quiere liquidar esta empresa pública entre abril y mayo -tiene 93 trabajadores-.
Y posiblemente el mayor de todos los ERE, por el volumen de plantilla, será el que se aplique en RTVV, para el que incluso se ha licitado un contrato de asesoría al que concurren 13 empresas que se encargarán de diseñar el ajuste.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73,
Es más fácil que te hagan cura por decreto ante la falta de voluntades, que seas funcionario.
Date prisa en llevarlo al Juzgado, que se te adelanta Correos con un ERE y te pone de patitas en la calle.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ami los aforismos y maximas juridicas me los paso tos los dìas por los cojones Karkarlitos,juas juas y rejajauas....usease,que por ese lao estas "adliminao" de principio,juas juas y rejajauas....y no sigas màs con tus tonterìas,juas juas y rejajjjuas...que va a ser que no,NO Y NO....claro,es normal que sigas con la tontuna,je je y rejejeje....seguro que no has "cazao" la Sentencia del Tribunal Constitucional que te dije,juas juas y rejajauas,venga karkarlitos te vuelvo a dar màs pistas,tareas
auxiliares en las Administraciones Pùblicas,juas juas y rejajauas......si ves que sigues sin "cazarla",deberìas presentar el curriculum leguleyero al Csif,je je y rejejeeje...que con la cosa de que van a cambiar su imagen,necesitan leguleyeros como tù pà su "fastuoso" gabinete indewondeforeverjuridico,juas juas y rejajauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Hay que joderse con el karlitos de los cojones.
Pero por qué no te vas con tus argumentos al JUZ-GA-DO de una puñetera vez?.
Deja de dar más la brasa aqui por favor. Eres un troll como un piano.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo que no entiendo Sr. Karl es por qué si es como Vd. dice, en la última convocatoria por pormoción interna al grupo C1, a la que podían presentarse tanto los funcionarios de la AGE y Correos, como el
personal laboral de la Administración, no se presentaron los laborales de correos, sea cual sea el año de su incorporación como tales?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
La atribución a los operadores postales privados de la capacidad de tramitar notificaciones “ con efectos de derecho privado “ es ajena a nuestro ordenamiento jurídico procesal, pues es esencial a la notificación la presunción de veracidad y fehaciencia, por lo que las “ notificaciones” privadas serían “ un no sé qué que no sé qué es “.
La garantía de que la distribución de las notificaciones administrativas y judiciales goce de “presunción de veracidad y fehaciencia de su entrega y recepción o rechazo o imposibilidad de entrega, tanto las realizadas por medios físicos, como telemáticos” sólo es posible, en España, cuando el proceso de distribución del correo oficial se realiza por funcionarios públicos, pues la “presunción de veracidad y fehaciencia” sólo se atribuye legalmente a los funcionarios públicos, es decir, es una potestad pública atribuida legalmente a la función pública, y la función pública sólo la puede ejercer un funcionario o autoridad pública ( sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda EBEP, que admite la existencia de
personal laboral que desempeña funciones de personal funcionario ). Por eso, dice el art. 9.2 del EBEP :” el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas (...) corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos”. Constitucionalmente, las funciones públicas sólo pueden ser ejercidas por Organismos Públicos ( o excepcionalmente en otras entidades pero siempre por funcionarios ). Así que las notificaciones distribuidas por Correos ( las únicas válidas en términos absolutos pues son las únicas que gozan de fehaciencia ) tienen plena eficacia jurídica porque Correos es, a pesar de su personificación en entidad de derecho privado, un Organismo Público-Administración Pública, cualidad que le permite ejercer potestades públicas a través de su funcionarios y de sus empleados laborales. Por consiguiente, dado que la Sociedad Estatal es un Organismo Público, en aplicación del art. 11.1 EBEP los empleados laborales son empleados públicos. No hay otra salida jurídica, pues, de lo contrario, en el supuesto de que Correos no fuese Organismo Público, tan sólo el personal funcionario de la entidad estaría legalmente habilitado para la distribución del correo oficial.
La evidencia de que el personal laboral de SECTSA ejerce funciones que implican “la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas “ la hallamos siguiendo la lógica de lo preceptuado en el apartado 4 del “ manual “ del EBEP ( Resolución de 21 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publican las Instrucciones, de 5 de junio de 2007, para la aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos ). Aquí se establece que a SECTSA – al igual que a otras sociedades mercantiles estatales – se le aplica el art. 55 EBEP (Principios rectores de acceso al empleo público ). De aquí no se deriva que Correos sea Administración Pública, sino que pertenece al sector público. Pero, en su calidad de sociedad mercantil creada para satisfacer específicamente necesidades de interés general que no tienen carácter mercantil ( Sentencia TJUE de 16 de octubre de 2003 ), es diferente a otras sociedades estatales y sí es un Organismo de Derecho Público, de tal manera que al personal laboral se le aplica el art. 56.1.d EBEP relativo a la habilitación para el ejercicio no ya de funciones de personal laboral, sino para el “ desempeño de funciones públicas”.
La presunción de veracidad y fehaciencia en el correo certificado privado ( es decir, no oficial ) también es exclusiva de Correos.
Teniendo en cuenta que el 25% de los ingresos de Correos corresponde a las notificaciones y que el correo certificado no oficial ( de cartas y documentos ) también sigue siendo estratégico en la Entidad, quizá fuese conveniente la transformación de SECTSA en la AGENCIA NACIONAL POSTAL (ANP) especializada en correo certificado oficial y no oficial ( y servicios financieros ), siendo el oficial monopolio de la ANP, que habría de ser una Entidad de personificación jurídico-pública ( con funcionarios y laborales – funcionarizados o no ) de un dimensionamiento dinámico en cuanto al personal a su servicio ( dinámico en la medida de la existencia de vasos comunicantes con el resto de organismos públicos en atención a las necesidades de personal que el “mercado” fuese marcando ).
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
bla bla bla....reblablá, bla bla bla y requeteblá.....
Doy por imposible a Karl. No hay mayor desprecio que no hacer aprecio.
Aqui cada loco con su tema y dios en casa de todos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karkarlitos,juas juas y rejajuas......¿como dices?,juas juas y rejajaus....¿mande?,juas juas y rejjaauas........quisquilloso,quid,ubi,quibus auxilis,cur,,usease,una mierda como un piano (o quizàs màs)
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Rústico, sabes que, en el fondo, tengo razón.
La liberalización/privatización de Correos que en su día se diseñó no se sostiene en el actual contexto de crack económico: ahora implicaría la ruina para los empleados de Correos.
Por eso, hay que recuperar el discurso de lo público que está en la ley misma. Así, el art. 58 de la Ley 14/2000 nos indica nítidamente que la Sociedad Estatal Correos se creó para asumir las funciones que tenía la entidad pública empresarial Correos, que eran ( y son ) básicamente la prestación del servicio público del servicio postal universal y el correo
administrativo y
judicial, sin perjuicio de la prestación de otros servicios de interés económico general que sí puedan tener carácter mercantil.
Resumen: la necesidad de interés general que constituye el objeto de SECTSA no tiene carácter mercantil a tenor de lo dispuesto en el art. 58 de la Ley 14/2000.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pero Karl, las 0:35 y tú todavia sin ir al juzgado a denunciar que correos no funcionariza a sus laborales.!!...A qué tienes miedo?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Es verdà tò lo que dices Karkarlitos,pero tu tranquilo,que un dìa de estos tengo quedeir al vaticano,pa que me canonicen los huevetes de Obispo,juas juas y rejjauas.....el dìa que lo consiga,je je y rejeje....seràs llamado al reino de los cielos,juas juas y rjajaUAS....Y POR SUPUESTO HARE SUPLICAS, RUEGOS Y ORACIONES PA QUE SE CUMPLA TO LO QUE DICES Y ALGO MAS,JUAS,JUAS Y REJAJUAS....PERO MIENTRAS NO LLEGUE EL MOMENTO,TE ACONSEJO QUE TE DEJES ENGAÑAR POR CCOO,CSIF,UGT Y DEMAS EXCRECENCIA SINDICAL (Y COMO NO Y SI TE VIENE A BIEN,TAMBIEN DEJATE ENGAÑAR POR LAS LEGULEYERIAS),JUAS,JUAS Y REJAJAUAS.......''''''''con que ya sabes afiliate a ccoo,que te engañara,huy se maescapao,hendequerìo decì que te interesarà!!!!!!!,juas,juas,y rejajauas.........señò,señò que cruz,juas,juas y rejajauas.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
23/02/2012 16:42:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73 las notificaciones administrativas de la C.Autónoma de
Murcia las sigue repartiendo Unipost y ya van muchos meses y todo parece correcto y nadie dice nada salvo tú. En fin ya sabes esa tendencia en derecho de la inimpugnabilidad de los actos consentidos durante mucho tiempo ... ó lo de que aunque haya un defecto de forma siempre que el destinatario manifieste haberse enterado del hecho ó promueva acciones que evidencien lo mismo esos actos se convalidan y son perfectamente válidos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 24/02/2012 11:31:06
::: --> Motivo :
Verderón
Lo que planteas es realmente importante y tuve ocasión de hablar de ello ha ce algún tiempo, sobre todo a raíz de lo que aparece en el siguiente enlace:
[--http://www.expansion.com/2011/09/23/juridico/13168...352t=1316889754--] “Los operadores postales privados no pueden optar a llevar los servicios de correspondencia de los Ministerios de Fomento, Economía e Interior. Estos organismos han sacado a concurso sus servicios postales en los últimos meses y los pliegos de las condiciones, a los que ha tenido acceso este diario, sólo permiten que concurra Correos.(...) Los pliegos del concurso del servicio postal de estos Ministerios exigen el principio de fehaciencia al operador, derecho que sólo tiene reconocido por ley Correos como operador principal que vela por los servicios universales. “(EXPANSIÓN)
Tanto en la derogada ley postal de 1998 como en la vigente ley postal 43/2010 se atribuya a SECTSA “la presunción de veracidad y fehaciencia en la distribución, entrega y recepción o rehúse o imposibilidad de entrega de notificaciones de órganos
administrativos y judiciales, tanto las realizadas por medios físicos, como telemáticos “ ( ART. 22.4 )
“Los operadores privados van a emprender dos vías de actuación. Por una parte, van a trasladar este conflicto al próximo Parlamento, con el fin de que se modifique el punto de la Ley Postal que otorga el derecho de la fehaciencia a Correos en exclusiva. Además, y como en otras ocasiones, van a denunciar esta situación a Europa, a la Comisión del Mercado Interior, ya que, apunta García Cantín, la tercera Directiva postal establece que en un mercado liberalizado no caben restricciones de la competencia.”(EXPANSIÓN)
No es cierto que Europa obligue a que los operadores privados distribuyan notificaciones. Al contrario, el derecho europeo permite una excepción a la liberalización del sector postal.Ahí va:
Artículo 8 ( en vigor ) de la Directiva 97/67/CE:
“(...) sin perjuicio del derecho de los Estados miembros de organizar el servicio de correo certificado utilizado en el marco de procedimientos judiciales o administrativos con arreglo a su Derecho interno.”
Todos los procedimientos administrativos o judiciales han de ajustarse, en cuanto al correo oficial, a lo establecido en el art. 160 LEC Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LEC). “Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. (...)remisión (...) por correo certificado o telegrama con acuse de recibo, (...) que permita dejar en los autos constancia FEHACIENTE de haberse recibido la notificación, (...) unirá a aquéllos, en su caso, el acuse de recibo o el medio a través del cual quede constancia de la recepción”.
En definitiva, la conclusión es que los servicios jurídicos del Estado están poniendo las cosas en sus sitio, tal y como vengo reiterando en este foro: las notificaciones auténticas son las que producen efectos de derecho público, es decir, las que gozan de presunción de veracidad y fehaciencia, es decir, las distribuidas por Correos. Es decir ( añado yo ), las distribuidas por un Organismo de Derecho Público como Correos y por sus empleados públicos.
Como ves, verderón, no estoy sólo en mi argumentación. No voy a profundizar más en el asunto a la espera del resultado final de la controversia jurídica al respecto entre los servicios jurídicos del Estado, la Comisión del Mercado Interior y los operadores postales privados.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Volando vvvaaaaaa....volllaaannnddooo vviiieeennneeeee la Abogacsia del Putrefactoestao....y por el camino,vaaaaaannnnn notificando los oooppeeeraaaadeerrrrroooores privaos,juas juas y rejajauas...ojù,que bièn me ha queao la coplilla del notificando y por el culo se la van dando (al Estao,por supuesto),juas juas y rejajauas.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
24/02/2012 21:08:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Si, yo también voy a esperar en este asunto al resultado. Espero que ese artículo 8 ( en vigor ) de la Directiva 97/67/CE, se haga valer y no cambien la ley de Procedimiento
Administrativo. De esa manera sólo Correos podría repartir las notificaciones administrativas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Si,si,claro,un dìa de estos...y ya de paso las notificaciones sectoriales de caracter "cuasiadministrativo" usease de la AEAT,que paece que son lo mismo,pero no es asì,je je y rejeje....ya se sabe la "suplencia" de la 30/1992.
Y pò de favò,Verderon ¿ya has comprao la marca que te dije de cafetera?,creo que no,je je y rejeje.....
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
O lo que es lo mismo, algunas habéis pasado de dar la brasa con la quimera de la funcionarización del
personal laboral de Correos, a plantear que habría que blindar los derechos del personal que accedió a través de concurso-oposición que fue publicado en el BOE.
Solo recordar que este tipo de personal, en Correos, fue el que ingresó antes del año 2000. Este año año se incorporaron las últimas personas, concretamente 19
peones de mantenimiento.
A partir de entonces no ha ingresado nadie con estas características.
Saludos y libertad.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 13/03/2012 14:45:40
::: --> Motivo :
Treserres.
Oposiciones y examen de ingreso son sinónimos.
El Art.61.7 EBEP establece que los sistemas selectivos de
personal laboral fijo serán los de oposición, concurso-oposición o concurso de valoración de méritos.
No has asimilado todavía el alcance del reciente “Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público” que, en su Capitulo II ( referente a los “GASTOS DE PERSONAL DEL SECTOR PÚBLICO ), incluye a TODOS los empleados de Correos tanto en los aspectos retributivos ( planes de pensiones incluidos ) como en las cuestiones de amortización, reposición, consolidación de empleo, etc....
Etc, etc,...
En consecuencia, no todo está tan claro en cuanto a la naturaleza jurídica de la Sociedad Estatal Correos y en cuanto a la naturaleza jurídica de la relación de empleo que existe entre aquélla y el conjunto del personal laboral.
Con una interpretación sistematica, dialéctica y flexible del ordenamiento jurídico, se puede afirmar que los laborales de Correos son empleados públicos de una Sociedad Mercantil-Anónima-Pública-Estatal que, además, a efectos de contratación laboral, es un Organismo de Derecho Público ( tal y como he demostrado en este hilo ) y que , también, en relación a la “presunción de veracidad y fehaciencia” en el correo certificado oficial y no oficial, se desempeña una actividad funcionarial, por lo que sería pertinente la funcionarización de los empleados.
Ahora bien, con una interpretación superficial, rígida y estática de las normas, es lógico no ver más allá del Estatuto de los Trabajadores, por lo que flaco favor se hace al colectivo laboral de SECTSA; es más, es el ataque más directo y perjudicial a los intereses estratégicos de los empleados de Correos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¿Que has demostrado? ¿como?,juas juas y rejajauaseste Karkarlitos no sabe ni lo que dice,juass juas y rejajhauas......y encima se vanagloria con "aliñes" pseudojuridicos,juas mjuas y rejjauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo siguiente aparece en la web de CSI-F Correos:
[--http://www.csi-f.es/es/content/csi-f-reclama-pp-y-...vo-su-plaza-por--] CSI-F reclama a PP y PSOE que la Reforma Laboral no afecte al personal que obtuvo su plaza por oposición y que se prohíban los EREs en los servicios públicos
Lun, 05/03/2012
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), sindicato más representativo en las Administraciones Públicas, propuso hoy a los grupos parlamentarios que la Reforma Laboral no afecte al personal que obtuvo su plaza por procesos selectivos y que se prohíban los EREs en los servicios públicos fundamentales.
El Presidente de CSI-F, Miguel Borra, y el
Secretario Nacional de Acción Sindical, Eliseo Moreno, iniciaron hoy una ronda de contactos con los grupos políticos en el Congreso de los Diputados, para analizar el impacto de la reforma laboral sobre las Administraciones Públicas, de cara a su próxima tramitación parlamentaria. Los contactos comenzaron con los grupos Popular y Socialista y continuarán a lo largo de los próximos días con el resto de las formaciones parlamentarias.
Este sindicato entiende que la reforma laboral propiciará la destrucción de empleo también en el sector público ya que, el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos podrán despedir al
personal laboral que accedió a su plaza mediante oposición aduciendo causas, técnicas, organizativas y de la producción igual que en la empresa privada.
“Todo ello sin entrar a valorar si es necesario o no y rechazando la negociación”, destaca Miguel Borra, advirtiendo de que “los trabajadores del sector público asumirán íntegramente las consecuencias del despilfarro, de la mala gestión de los administradores políticos”. “¿Con qué y quien va a decidir lo que es y lo que no es necesario?”, aseveró.
CSI-F ha entregado a los grupos un documento con diferentes propuestas:
1. CSI-F defiende una redacción alternativa de la disposición adicional segunda del Real Decreto para dar seguridad jurídica al personal laboral y evitar despidos en aquellas personas que han accedido a su plaza“mediante un proceso selectivo realizado bajo los principios de igualdad, mérito, capacidad y de acuerdo con lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público”.
2. CSI-F está en contra del despido a personal que accedió a su plaza por oposición, porque este colectivo atiende “servicios públicos que deben ser realizados independientemente de los criterios políticos de cada momento”. “Pese a la situación de crisis general, los impuestos de los ciudadanos deben garantizar unos servicios públicos dignos”, añade Borra.
CSI-F señala la necesidad de definir claramente y determinar aquellos “servicios públicos prestados por la Administración con Empleados Públicos”, como es el caso de los sectores de enseñanza, la sanidad, la dependencia, la lucha contra el fraude, la justicia, la administración, la seguridad, …….., frente a otros servicios. En este ámbito lo que cabe es trabajar, negociar con los agentes sociales, para conseguir la reforma y adecuación de las Administraciones Públicas a las necesidades actuales, evitando las duplicidades y las ineficiencias.
3. No podemos estar a favor de las medidas que supongan unilateralidad en la modificación de las condiciones laborales, hurtando la negociación de las mismas.
¡¡SEGUIMOS DEFENDIENDO LO PÚBLICO!!
Madrid a 5 de marzo de 2012
Es de suponer que,cuando desde la web de CSI-F Correos se señala la necesidad de definir claramente y determinar aquellos “servicios públicos prestados por la Administración con Empleados Públicos”, se incluye a la Sociedad Estatal, y que, cuando se habla de “dar seguridad jurídica al personal laboral”, se referirán a los laborales de SECTSA.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejjauas....este Karlitos no espabila ni pà atràs,juas juas y rejjauas....¿què que dice el Csif?,juas juas y rejjauas....pos lo van a llevar mal,aunque sean los primos hermanos del PP,juas juas y rejjauas.....divertidismo ver uno de sus ultimos panfletillos a tò color,juas juas y rejjauas.......es pà descojonarse,juas juas y rejjauas.....interesantisimo,por la cantidad de tonterias que dicen,sobre su cambio de imagen=look y de "lavao" de cara,juas juas y rejjauas...ojala,pero ya mismo,el Montoro les mande a tomar por saco,"via" subvenciones,juas juas y rejjauas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl73, ten cuidado que ahora Correos pasa a la SEPI y si aplican la movilidad interdepartamental te pueden mandar de mamporrero al Hipodromo de la Zarzuela que es otra de las empresas pertenecientes a la SEPI.
Date prisa en poner la demanda para que te hagan funcionario por la cara, porque una vez Correos dentro de la SEPI, la venta total está a la vuelta de la esquina.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo que no sé es como al Karl no se le cae la cara de verguenza cada dia que pasa, y cada vez que decide escribir en este hilo. Con la Sepi acechando sus garras sobre nosotros y con un cuchillo entre los dientes, y todavía está este con la monserga de la funcionarizacion de los laborales.
Creo que es imposible hacer más el ridículo de manera tan gratuita.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
El tiempo le ha roto sus predicciones, gran sabio que da o quita razones.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 16/03/2012 22:26:53
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 16/03/2012 22:24:13
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 16/03/2012 22:23:06
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::: -- Editado el dia : 16/03/2012 22:22:09
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::: -- Editado el dia : 16/03/2012 22:20:55
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 16/03/2012 22:19:26
::: -- Motivo :
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[--http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio...000dc0ca8c0RCRD--] Este enlace da error. Se refiere a los procesos de funcionarización del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Si claro, y pretendes pasarte la reforma laboral aprobada hace unas semanas, por el forro de los cojones, con unos enlaces del año pasado (antes de entrar el PP a gobernar) y del anterior.
juaaaaaaaaaaaaaas juaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaas y rejajajuáásss
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
A ver, docto ingeniero: explica a este foro en qué apartado de la reforma laboral de 2012 se obstaculiza jurídicamente que a los laborales de Correos se les pueda considerar empleados públicos o que puedan proseguir los procesos de funcionarización.
Además, si vuelves a repasar los enlaces referidos a la funcionarización en la Diputación de Jaén, verás que uno de ellos es del 8 de marzo-2012-posterior a la reforma laboral-.....
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
El art. 58 de la Ley 14/2000 nos indica nítidamente que la Sociedad Estatal Correos se creó para asumir las funciones que tenía la entidad pública empresarial Correos, que eran ( y son ) básicamente la prestación del servicio público del servicio postal universal y el correo
administrativo y judicial, sin perjuicio de la prestación de otros servicios de interés económico general que sí puedan tener carácter mercantil. En resumen, la necesidad de interés general que constituye el objeto de SECTSA no tiene carácter mercantil a tenor de lo dispuesto en el art. 58 de la Ley 14/2000.
Quizá fuese conveniente la transformación/fragmentación de SECTSA en varias Entidades, siendo una de ellas la AGENCIA NACIONAL POSTAL (ANP) especializada en correo certificado oficial y no oficial ( y servicios financieros ), siendo el correo oficial monopolio de la ANP, que habría de ser una Entidad de personificación jurídico-pública de un dimensionamiento dinámico en cuanto al personal a su servicio ( dinámico en la medida de la existencia de vasos comunicantes con el resto de organismos públicos en atención a las necesidades de personal que la actividad de la Entidad fuese marcando ).
¿La fragmentación de SECTSA en la ANP ( y otras Entidades ) habría de tener consecuencias jurídicas en el régimen de las relaciones contractuales entre la nueva Entidad y el
personal laboral ? Quizá sí, en la línea de la funcionarización de todos aquellos empleados laborales que voluntariamente se adscribiesen a la ANP.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejjauas.....a ver SO PAMPLINAS,huy,se mà escapao,he querìo deci,Karkarlitos,¿ande pone que un asalariado de una empresa (aunque esta sea publica) sea un empleado pùblico?,juas juas y rejjauas...que no te enteras contreras,que una cosa es ser empleado pùblico,otra Funcion Publica y otra muy diferente el Sector Pùblico,juas juas y rejjauas....anda criaturica busca enlaces,juas juas y rejjuas...y vamos a ver como nos vamos a reir de ti,de CCOO,csif y ugt una "miaja" de veces,juas juas y rejjauas...si aun no te a enquedao claro,Correos en realidad està bordeando el margen de lo pùblico (solo titularidad estatal y unas cuantas gilipolleces burocratico-politiqueras),juas juas y rejjuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl, que te vayas a un juzgado a denunciar de una vez.
Tienes muchos cojones para perder el tiempo aqui con tus biblias particulares, pero has sido incapaz todavia de ir a un juzgado y exigir la funcionarizacion de los laborales como solucion.
Vamos... A qué aspiras más alla de la de pasarte el dia en tu cuarto escribiendo en l foro mentiras y paranoyas?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Joer,Enginer,no te pases con uno de los mejores prosistas que hay en el foro (junto a otro que yo me se,je je y rejeje)...el es asì,y,sobre todo ,su cuidada exposiciòn pseudo-rancia-grietosa-humedosa en forma de leguleyerìa al pò mayò,usease,algo mù pareciò el tò a cien de los chinorris,juas juas y rejjauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Docto Ingeniero, me da la impresión de que tú pasas más tiempo en el foro que yo...aunque no veo problema en ello.
Rústico.......es que no te enteras....Ya sé que el Estado no reconoce explícitamente ( a gritos ) que los laborales de Correos sean empleados públicos. Por eso, intento demostrar ( y lo he conseguido ) que, pese a la omisión del Estado, la aplicación del ordenamiento jurídico conduce inexorablemente a reconocer a los laborales como empleados públicos ( y no sólo empleados integrantes del sector público ). Y todo esto sin perjuicio de que, reitero, en el último Acuerdo Funcionarial de Correos el Estado reconoce implícitamente la cualidad de empleados públicos de los laborales al comprometerse a investigar vías para la movilidad interministerial de éstos.
Lo que pasa es que, en mi respuesta al Docto Ingeniero, le he preguntado qué novedad aporta la reforma laboral de 2012 en relación a considerar o no a los laborales como empleados públicos.....o sea, nada.....
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 17/03/2012 15:09:54
::: --> Motivo :
A las horas en las que escribes,la mayoria de las veces estoy haciendo algo productivo, como atender una oficina, por ejemplo
No me vale tu ejemplo ni tus exposiciones biblicas, inspiradas en conspiraciones paranoicas.
Menudo trolleo te traes, machote. Lo peor es que la gente te siga el rollo.
Veeeeeeeeenga....nunca mejor dicho: A TRABAJAR. Ponte a dar ejemplo y a denunciar :).
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 17/03/2012 15:58:41
::: --> Motivo :
AAAAAnnnndddddaaaaa pues si que vas tener razòn Karkarlitos,juas juas y rejjauas......por supuesto que tiès tò la razòn del mundo (incluida y/O POR la jurisprudencia,la chica yeyè de la judicatura,la del conejo de la lole,la del quinto turno --o màs,faltaria plus--el del ordeñamiento juridico en forma y modo de y una leche pà ti y pà la semidesnatà--por ejemplo--),juas juas y rejjauas.
¿Por cierto Karkarlitos,tu ingeniosa y nunca bien considerada sapiencia juridica....de cuala manera es?.......de la cortina de tu casa....¿o de la señales de humo?,pò de favò contestame,que segun me digas me voy pal Bricò o pal Corte
Ingles pà comprarmela...¡¡¡¡y si hace falta,y si es preciso,por la calidad y la cuantìa enmismamente,soy capaz de ir a la milla de Serrano!!!!!!!!,juas juas y rejjauas....no se te olvide contestarme,que asìn endespuès te digo si el "paño pseudojuridico" y el "apaño" es gueno!!!!,.juas juas y rejjauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Cualquier reo está inhabilitado para empleo público, ¿o no lo sabías?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
No siempre (Infórmate), y menos si la condena es de solo un año (Además en esta sentencia hay cinco años de inhabilitación, no uno como la duración de la condena).
Total da igual, con la reforma ya se puede despedir a empleados publicos (no funcionarios)
Saludos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Correo Argentino,preguntale eso a los que van "vendiendo los pelos de la burra sapientosa e incolume" de lo pùblico......por ejemplo Marabu,Alfred,Tres Erres,KARL,Tovarin y demasiados ccoocoteros infiltraos en este foro bajo varias alias...ah,y por supuesto, a los del Libre...ya veràs que explicaciones te van a dar,juas juas y rejuas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Asunto espinoso
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Donde estàn,que no se ven a los sindicalistas "paparrucheros",juas juas y rejuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural, hace tiempo que los sindicatos no dan la cara por los funcionarios, ni en correos ni en la
seguridad social. Los últimos funcionarios que estaban en los sindicatos de correos se están marchando.
Mira, yo no se cuanto tiempo te queda para jubilarte, pero la directora de la oficina de correos del barrio en donde vivo le quedan solo 5 años para jubilarse y se iría de cabeza de correos. Así estamos. Creo que esta casa es de los nuevos, nosotros nos tenemos que buscar la vida, que creo que por ahora la tenemos digna. Creo que ha llegado la estampida y no se trata de que los laborales nos critiquen, pues en cuanto nos vayamos se olvidarán de nosotros. Los peligrosos somos nosotros y aunque hayan dicho Digo dirán luego Diego, aunque lo hayan hecho por escrito.
Es el final, de verdad. La Segunda Republica nos hizo funcionarios a los Carteros, pero ha durado la cosa poco. Mira, la Seguridad Social es compleja pero sabes perfectamente lo que tienes que hacer y lo que no y lo que tienes que hacer solo tienes que preguntar como, es solo una cuestión tecnica facil de superar.
Esto solo lo sabemos los que hemos estudiado unas oposiciones y han dejado de hacerlas, esto es porque es Estado no quiere y no hay mas que pensar. Aprovecha, tu que sabes leer el BOE y leyes y resoluciones judiciales del tribunal supremo. Esto aquí, a la mitad le suena a ruso, ya somos muy poquitos.
Suerte.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Anda, que ya chocheas, la mierda de segunda república hizo pocas cosas buenas (una de ellas, la ley de vagos y maleantes)
Pero lo de hacer funcionarios a los de correos, si resulta que cuando el famoso asalto al expreso de Andalucía, ya había funcionarios, jejeje:
[--http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemerote.../04/15/009.html--] No nos cuentes milongas, anda, y deja los carajillos, que funcionarios en Correos los hay desde el siglo XIX.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Lo ves? ex rural. Pero esto no tiene importancia. Los peligrosos somos nosotros, estee, ya sabemos, uno que no ha podido estudiar, hijo de otro que tampoco estudió (famosa oposición-regalo de Suarez) en donde se pasa por los mismisimos la legislación legalmente establecida. Si pudieran se quedaban con
Seguridad Social, S.A. Vaaaa..........., ni caso, yo siempre les he llamado "los del clan"
Antirojos, sabes que estoy tocando vidas lavorables? Te asustas? Lo harias tu o te lo has planteado? Sabes que me voy a jubilar haciendo esto sin ningún tipo de problema?
Te crees tu que los de la Seguridad Social somos todos rojos????????????? Sabes que la invento tu amigo "Paco el Artillero"??? Sabes que tu amigo el artillero también os controlaba a vosotros, no solo a los rojos?
No es preocupante, al no ser que este también sea funcionario de pacotilla (oposición-regalo de Suarez) pero este no tiene cojones de ir a Seg. Social. Me lo veo en Defensa mamandosela al Teniente Coronel trayendole Cervezas, o quizás incluso montando para el ejercito un chiringito en un cuartel de Sant Boi de patatas fritas podridas lavadas con lejia para disimular. Habrá que enviar a la inspección de trabajo o de
Sanidad haber lo que se cuece por ahí.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Yo no sè por que contestas al antirojos......de tò hay en la viña de señò,juas juas y rejjauas.....con respecto a la de Suarez,ya se sabe.......o si no preguntaselo a los chanchulleros de los sindicatos verticales e INDEPENDIENTES,je je y rejeje.....me refiero en concreto a los 30.000 del MOvimiento (falangistas y demàs "tropa" del tìo Paco) que les hicieron funcionarios por la cara...y automaticamente "colocados" muchos de ellos en Correos,je je y rejeje.
Espero que alguien me contradiga con respecto a los "colocaos"por la jeta ,y hechos funcionarios por la patilla= Movimiento Nacional,je je y rejeje.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
17/04/2012 18:26:00
Mensajes: 1731
Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Jo esas cosas siempre les pasan a los demás (me refiero a que te hagan funcionario por la patilla), macho que suertes tienen algunos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Karl??!!.....donde estás, Karl??!!.......ieeeee....pero Karl!!! Donde estás???....
Nada...
Ahhhhhhh, ya sé... que la reforma laboral le ha tragado (o fagocitado) y con él el cuento de pasta dura y de cuero, sobre la funcionarizacion de los laborales...
Cáspita!! ya he averiguado por qué no contesta...
Kaaarll??.........Nada XDDDD
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Joer con el Verderòn,juas juas y rejjauas...otra vez la dao un ataque de funcionaritis,juas juas y rejajuas...pos ya sabes,afiliate a los sindicatos institucionalizados hace años en Correos,juas juas y rejjauas......si ya lo dicen endemipueblo,al que buen arbol se arrima,pos eso,se aprovecha de los aprovechados de los sindicatos oficialistas,juas juas y rejauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
jajaja, lefazo amarillento, te he dejado en evidencia con lo de los funcionarios de Correos, según tú, constituidos durante la II república bananera, (como te he demostrado, el Cuerpo se organizó desde mucho antes, ya los había en el siglo XIX)
Ahora te crees que por hurgar en nuestras vidas laborales eres la hostia, jajajaja, anda confiesa la decepción que te has llevado después de la comparecencia del presi de correos en el congreso.
jajajaja, lefazo amarillento desea lo mejor a sus compañeros, como buen izquierdoso solidario, se alegra de que no nos echen, jejeej y rejejé (como dice el otro subnormal)
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 20/04/2012 15:01:43
::: --> Motivo :
Juas juas y reja88juas ...fijate quien fue a "hablar virtualmente" de subnormales,juas juas y rejjuuas......joer, endevezencuando "salta la liebre virtuà" y zas.....algun tontolculo apaece dandoselas de salvaò de la patria en "pantalla",juas juas y rejauas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 23/04/2012 23:32:00
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 23/04/2012 23:24:59
::: -- Motivo :
lefazo amarillento y seco: ya me sabía esas anécdotas históricas, es por eso que, con mi anterior mensaje dejé en evidencia la habitual ignorancia a la que nos tienes ya acostumbrados.
Como te dije, los funcionarios postales, ya existían en el siglo XIX, pero tú sigues emperrado y ciego, aprende a leer un poquito y te darás cuenta de las paridas y mentiras que dices acerca de la mierda de II república (bananera) y esta casa.
Recibe un agrio saludo y deja el ordenador para el tiempo libre, y trabaja un poco, que ya sabemos que eres una pieza vital en el engranaje de la S.S., pero tu vagancia empieza a ser mítica.
jajarajajá y rejajá, (como dice el otro mítico mongolo y subnormal)
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 24/04/2012 13:16:36
::: --> Motivo :
No te preocupes por mi Antirojos,juas juas y rejjauas......ya sabemos todos los del foro que eres un retrasao,juas juas y rejjuuas....en fin que les vas a hacer,nadie es perfecto y menos tù,juas juas y rejjuas.....di de lo que presumes y se te dirà de todo lo que adoleces,juas juas y rejjauas....hala a cascarla,y que te vaya bien la revolucion pendi88ente,,juas juas y rejjuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Mira tio, no eres funcionata y por tanto no tienes porder de decisión, no tienes autoridad. Posiblemente solo tienes opinión (derecho a la pataleta).
Mira tio, no me comas el coco. No me interesas ni tu ni unos cuantos como tu.
Te voy a decir una cosa. Te regalo una cajita, que si la abres hay sorpresa. Aaaahhhhhhhh, siiiiiii, Correeeeos. Pero quizá gente como tu interprete que te la quiero vender o algo asi. Pero no, me quema en las manos, te la regalo. Tomala haber cuanto tardas en soltarla yo ya la he soltado.
Paso, Correos es tuyo totalmente, a mi me resbala. Lucha por lo que es tuyo, si eres capaz. A mi me da igual. Vete tu a luchar con las secretarias de Pª de Gracia, con lo Guardias Jurados, con los organismos oficiales de la
Generalitat. Quizás tu puedas, pero lo que tu buscas a mi no me interesa.
Suerte a ti y a gente como tu que piensas en una nueva forma de entender el Estado........................................y suerte para ti en que tengas unt tiempo prolongado para hacer de las tuyas, pero a mi no me interesa para nada.
Correos es tuyo, repito..................., te lo regalo.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Aonde està,que no se ve,la fuerza argumentativa del Karkarlitos,juas juas y rejajuas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Eres un polemico ex rural y dejate de tanta gilipolles de juas rejuas .
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Polemico?,juas juas y rejjauas......paece que la verdà ofende,juas juas y rejajauas...y con respecto al juas juas y rejajauas...yo sigo y seguirè,je je y rejeje...y al que le moleste,pos eso,que "mire" PA OTRO LADO,JUAS JUAS YUJUJA REJJUAS.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Ex rural es buen tipo, asi que un respeto )
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Respeto ,si,pero dar informacion sin tanta chorrada de juas y rejuasssssssssssssssssssssssssss y no sentirse superior por ser funcionario.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
18/05/2012 21:23:00
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Registrado: junio de 2007
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 18/05/2012 21:44:00
::: --> Motivo :
Karl cuéntanos algo acerca de cómo los laborales que entraron como tales cuando correos era organismo autónomo pueden hacer valer este derecho para que se les reconozca esta condición (en el caso de que este derecho sea suyo ya) Y si no cuéntanos cómo pueden hacer valer esta condición para que se les reconozca el derecho. Por cierto, ¿tienen el derecho ó no lo tienen? porque por ahí fuera todo apunta a que no. Y es que ya lo he dicho anteriormente, si éstos que son los que tienen más posibilidades no lo consiguen pues ya de entrada apaga y vámonos.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Puaj,cuanta tonteria "anda" juntada en el foro,juas juas yn rejajuas...ah,bueno,la disculpa de alguno se basa en ¿en sentirse superior por ser funcionario?,juas juas y rejajuas....amos,hombre,no te jode con la chorrada de NOSJODEN
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
::: --> Editado el dia : 20/05/2012 8:52:06
::: --> Motivo : juuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu
uuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Puaj otra vez,juas juas y rejjauas.......otro estrafalario frustrao ,juas juas y rejajuas....afiliate NOSJODEN a CCOO o al CSIF....te interesarà,juas juas y rejajuas
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
...Y siguiendo con la senda de la tontuna........¿ande tàs metìo KARkarlitos?,juas juas y rejjauas.....¿estàs compilando algùn otro panfletillo de CCOO,referìo a lo tuyo,usease,cantar la milonga leguleyera,en forma de susum corda cocotero,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
¿Què,Karlkarlitos,andas "hibernao"?,juas juas y rejjauauas......¿tàs "fenecìo" del foro-,juas juas y rejjauas`.......O ESTAS DESAPARECIDO EN COMBATE ,POR ESTAR IMPARTIENDO ALGUN CURSILLO DE FORMACION CONTINUA, EN FORMA DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA PA ENGATUSAR Y DAR FALSAS ESPERANZAS ==ENGAÑABOBOS.
Espero tu respuesta,como agua de mayo,je je y rejeje.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
21/05/2012 21:45:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Menos mal que eras tú el que reconocías que esos laborales anteriores a la conversión en S.a si que eran laborales del estado. ¿Qué pasa ex rural de
madrid, que ya has cambiado de opinión?
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Juas juas y rejajuas......este Verderon ya SE DESCONTEXTUALIZA SOLO,JUAS JUAS Y REJJAUA....¿ he dicho"virtualmente" que los laborales "pata negra",por activa y/o pasiva,=trabajadores que entraron en Correos bajo lel "manto" administrativo=Correos perteneciente al organigrama ministerial,si tenìan alguna esperanza para seguir bajo ese manto administrativo?juas juas y rejjauas......¿puedes demostrarme lo contrari?o....exquisito y eruditico Verderon,juas juas y rejajuas.
RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Pà Karlkarlitos:
¿Sigues sin aparecer por el foro?,juas juas y rejjauas....¡¡¡que raro!!!,juas ju7as y rejjauas.
verderon
"si vas a dudar de algo, duda de tus límites."
22/05/2012 16:47:00
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RE:PROMOCIÓN INTERNA FUNCIONARIAL PERSONAL LABORAL ( II )
Joder qué persona más inverosímil el exrural este. Es que no hay por donde cogerlo. Habiendo días enteros me pongo a preguntarle a medios días. Me está bien empleao.