8 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:duda orden de embargo
Yo creo que es un crédito a largo plazo por eso de que, en principio, no es realizable antes de los 6 meses
RE:duda orden de embargo
Como una cuenta bancaria. Mírate el art. 79.4 RGR. Seguro.
RE:duda orden de embargo
El art. 79.4 del RGR habla de las cuentas a plazo pero yo creo que se refiere a las que son realizables antes de los 6 meses. Si son realizables antes de los 6 meses van como cuentas bancarias y se aplica el 79.4, si no son créditos a largo plazo.
Por lo menos en mi academia me lo dijeron así...
RE:duda orden de embargo
HariSeldon lleva toda la razón. El tratamiento es de cuenta bancaria. Un plazo fijo no es un crédito, es una cuenta bancaria que tiene unas condiciones concretas en cuanto al interés. El cliente puede sacar el dinero cuando quiera voluntariamente. Tendrá una penalización en cuanto al interés.
Saludos.
PIPORRO
opositando por libre designación...
10/12/2010 11:41:00
Mensajes: 43
Registrado: noviembre de 2009
RE:duda orden de embargo
Chicos un depósito es un producto del activo del banco que lleva una cuenta corriente asociada. Se les suele llamar IPFs. Hay de muchos tipo, crecientes a 3 años, vinculados a un fondo de inversión, etc.....Un depósito a 1 año no se puede rescatar hasta que termine el plazo contratado normalmente, a cambio el banco te da un buen tipo. Existen depósitos con ventanas de liquidez eso sí.
Si no es realizable en 6 meses lo considero un crédito a largo plazo. Es parecido a una hipoteca, la cual tiene asociada una cuenta corriente a través de la cual se hacen los movimientos.
Saludines.
RE:duda orden de embargo
se trata como una cuenta corriente, es decir, en el orden de embargo del 169.2 LGT va en primer lugar aunque sea a un año.
ademas mira el 79.6 RGR, lo dice bien claro. se embarga aunque el ingreso en el tesoro se haga al fin del plazo, a no ser que el obligado pueda disponer del dinero antes.
pocoyo tratalo como C/C en el orden de embargo.
saludos
RE:duda orden de embargo
Tiene razón hartica. he hecho un supuesto en la academia y lo consideran una cuenta corriente normal.
RE:duda orden de embargo
Es un embargo como una cuenta corriente aunque siempre se le advertirá al obligado si tuviera la posibilidad de cancelar el depósito antes del termino del plazo.