Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100













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Lobosolitario

11/04/2008 1:01:00
Hola
Mensajes: 191
Registrado: mayo de 2005
Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Para tener un poco más clara la situación a continuación detallo las preguntas que se han puesto como impugnables. Como podréis ver he copiado y pegado algunas apreciaciones que se han realizado sobre las cuestiones planteadas . Si falta alguna ruego que la anotéis. 
 
Estos son los fax que se han ido publicando en anteriores enlaces: 
 
955066424 Presidente de la comisión (un compañero decía que no funcionaba). 
 
955042462 Anteriores convocatorias 
955042417 Anteriores convocatorias 
955042415 Anteriores convocatorias 
 
955031835 Consejería 
 
Mi pregunta es ¿Cuándo termina el plazo para impugnar? 
 
 
Núm. 15 
 
La pregunta 15 (recursos CCAA), al confundir PIB con PNB 
La pregunta 15 del Teórico del B11 es nula. El motivo lo encontramos en la Decisión del Consejo 2007/436/CE, Euratom. En esta decisión en su articulo 2 define cuales son los recursos propios de la UE. En ningún momento aparece el PIB, lo más parecido que aparece es la RNB (Renta Nacional Bruta), que no tiene nada que ver ni con el PIB ni siquiera con el PNB, tal y como define la popia Decisión del Consejo en el punto (3).  
Por tanto al no haber ninguna respuesta correcta la pregunta es NULA 
 
 
 
núm. 16.-  
 
A los que vamos a promoción interna al B11, no nos entra en el temario la Constitución. Tal como está expresada, nos están preguntando que dice el art. 103 dela C.E. de 1978.  
ANULACION: La Constitución no es materia del temario P.I. B11  
 
núm. 37.-  
 
Pregunta mal formulada, la "reformatio in peius", no viene recogida entre otros en los arts. 89.2 y 113.3; lo que hacen es señalar la prohibición de la misma. Prohibicion de la Reforma en peor.  
ANULACION: Pregunta mal formulada  
 
núm. 43.-  
 
No sería ninguna de las tres respuesta propuestas. El vigente art. 16 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contrato de las Administraciones Públicas, dice "Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros, servicios o trabajos realzados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios". El término "y" significa que ambos. Además no es lo mismo cifra de negocios que volumen de negocios.  
 
Núm. 46.- 
 
¿Qué opinión os merece la pregunta 46 del test?  
El tribunal da como correcta como inicio de la ejecución de obras la a) El acta de replanteo.  
Sin embargo el art. 142 de la Ley de contratos, R. D. Legislativo 2/2002, dice literalmente:  
“La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo” es decir se comprueba si es correcto el replanteo que se realiza cuando se aprueba el proyecto y previamente a la tramitación del expediente, art. 129 de la ley.  
También hace establece la distinción el Reglamento, art. 139 “Comprobacíón del replanteo”, y 142 “Acta de comprobación del replanteo “, mientras que el art. 138 describe el contenido del expediente de contrato de obras para su aprobación por el órgano competente, antes de iniciar la adjudicación:  
2 Acta de replanteo.  
No vale pues argumentar que la a) es la más correcta ya que tanto la ley como el reglamento distinguen dos figuras diferentes: el replanteo y la comprobación del replanteo. Si no es anulable, tiende a la confusión. La más correcta sería la formalizacion del contrato. (c)  
Ver un contrato en la siguiente dirección, pag 13 parrafo 2º: 
 
Núm. 83.- 
 
La pregunta 83 del Grupo B, da como correcta la opción a), cuando el Estatuto de los Trabajadores dice que será un mínimo de 25 y un máximo de un 85%, por lo que creo que sería correcta la c) 
 
 
PRÁCTICO 
 
 
Núm. 10  
 
Es impugnable, el color de los documentos no es pregunta de examen, ya que, en nuestra convocatoria no había ningún tema de tipos de modelajes  
No es materia de examen, por no estar comprendido en el temario el modelaje administrativo, por lo que no es susceptible de preguntar en un examen del grupo B el nº de copias, tamaño o color de los modelos que se utilizan en la administración 
 
 
Núm. 12 
 
LA 12 PORQUE SEGUN LA LEY 3/2004 NO SE PUEDE ORDENAR EL PAGO DE NUEVAS SUBVENCIONES PERTENECIENTES AL MISMO PROGRAMA QUE NO SE HAYAN JUSTIFICADO ANTERIORMENTE Y LA ÚNICA EXCEPCIÓN ES EN BASE A EXONERACIÓN POR EL CONSEJERO, COSA QUE NO SE ESPECIFICA EN EL SUPUESTO. QUIZAS LA HAYAN CONFUNDIDO CON LA CIRCUNSTANCIA DE TRATARSE DE UNA ENTIDAD SIN ANIMO DE LUCRO O POR LA CUANTÍA, PERO ESTA CIRCUNSTANCIA SÓLO AFECTA A LA POSIBILIDAD O NO DE ANTICIPAR ANTES DE LA JUSTIFICACIÓN EL 75% O EL 100% QUE SE LO QUE SE PREGUNTA EN LA NÚMERO 19. 
 
Núm. 14 
 
EN CUANTO A LA 14 COINCIDO PLENAMENTE EN QUE TAL COMO ESTÁ PLANTEADA LA PREGUNTA ES UNA AUTÉNTIVA ADIVINANZA.  
 
 
Espero que al ver todas o casi todas las preguntas que se han ido comentando nos permita apreciarlas con mayor claridad y sea una herramienta útil para las posibles impugnaciones.  

38 RESPUESTAS AL MENSAJE

Antares13
La imaginacion es + importante que el conocimiento

11/04/2008 1:37:00
Mensajes: 842
Registrado: julio de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
En principio no se puede impugnar nada hasta la lista provisional de aprobados. Por lo menos así ha sido en las libres. 
 
Saludos
antiguo
No Registrado

11/04/2008 10:58:00
No Registrado
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100

Antares13
La imaginacion es + importante que el conocimiento

11/04/2008 11:58:00
Mensajes: 842
Registrado: julio de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Cabreado, me temo que se abre el periodo de impugnación con las listas provisionales de aprobados, con la fase de concurso. Te repito que así está siendo en las libres. Enteraros bien, porque como esteis mandado las impugnaciones ahora, estarán fuera de plazo y puede que no os las tengan en cuenta.  
 
saludos y ánimo porque llevais razón.
maalula1

11/04/2008 12:18:00
Mensajes: 22
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
pues a mí me van a soñar, por si estamos en plazo, que creo que no, ya lo he enviado a cinco fax distintos. Hoy lo presentaré en Justicia, también lo envié por correo electrónico a todos los miembros del tribunal. Y hasta que sepa cuando es el plazo, lo voy a presentar en registro todas las semanas... para que se jarten de ponerle sellos. EA
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

11/04/2008 21:27:00
Mensajes: 2214
Registrado: junio de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
La pregunta 83 creo que no es impugnable, es correcta la que dan como buena, es decir la A (mínimo 25% y máximo 75%). 
El punto 6 del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores a la que hace referencia la pregunta, ha quedado redactado de diferente manera por la Ley 40/2007. Lo raro es que en la parte de legislación de la página de UGT aparece el Estatuto como actualizado a Febrero del 2008 y no recoge este cambio...... a saber cuántos más. 
Si queréis comprobarlo, buscarla en la página de Noticias Jurídicas, que está el Estatuto completo con todas sus modificaciones. 
 
SUERTE CON LAS IMPUGNACIONES
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

11/04/2008 22:49:00
Mensajes: 2214
Registrado: junio de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
No sé que Estatuto tienes tú, pero a mí en la página de Noticias Jurídicas me pone esto del punto 6 del art. 12: 
 
6. Para que el trabajador pueda acceder a la jubilación parcial, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 166 de la Ley General de la Seguridad Social y demás disposiciones concordantes, deberá acordar con su empresa una reducción de jornada y de salario de entre un mínimo de un 25 % y un máximo del 75, conforme al citado artículo 166, y la empresa deberá concertar simultáneamente un contrato de relevo, de acuerdo con lo establecido en el apartado siguiente, con objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente. También se podrá concertar el contrato de relevo para sustituir a los trabajadores que se jubilen parcialmente después de haber cumplido sesenta y cinco años. 
 
Con un comentario en el nº 6 que dice "Redacción según Ley 40/2007 de 4 de Diciembre" 
 
Lo que te dice en el enunciado de la preguna 83 claramente..... Yo la sigo viendo no anulable. 

sidikacem

11/04/2008 23:01:00
Mensajes: 48
Registrado: enero de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
La 83 esta bien.
mjJEREZ

11/04/2008 23:08:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Art. 166 Ley SS.- Apartado 2.- 
 
Que la reducción de su jornada de trabajo se halle comprendida entre un mínimo de un 25 % y un máximo del 75 %, o del 85 % para los supuestos en que el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida y se acrediten, en el momento del hecho causante, seis años de antigüedad en la empresa y 30 años de cotización a la Seguridad Social, computados ambos en los términos previstos en las letras b y d. Dichos porcentajes se entenderán referidos a la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable. 
 

CONSTANCIO

11/04/2008 23:25:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Aunque la mayoría ya hemos impugnado alguna pregunta, no está de más repetir lo ya dicho, unificar criterios para hacer más presión al tribunal y que no vean impugnaciones desconectadas unas de otras. 
Es preferible hacer hincapié en las preguntas del supuesto práctico: 12, 14, etc... pues sus preguntas valen mucho más. 
Despues podemos seguir con el test. El orden debe ser desde la que tenga el argumento más fuerte a la que menos. 
Así concentraremos la atención del tribunal y tendremos más posibilidades de que nos tengan en cuenta. 
Otra opción a tener en cuenta es entregar por registro las impugnaciones y enviar por fax la copia con el sello de entrada.
trinidad20

11/04/2008 23:27:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Sobre la pregunta 12, veo que existe mucha polémica yo también le di vueltas pero al final pienso que es la A, ¿Habéis observado que la respuesta C no es posible? Os explico mi razonamiento, como el supuesto me pareció muy ambiguo, le di vueltas a todo y descarte de momento la C por una razón, “Mujeres por la paz” es de la que habla el supuesto y mujeres de la Paz” es la respuesta C, yo pensé que era una pega, y que se trataba de dos asociaciones distintas. Y observad como “Mujeres de la Paz” viene entrecomillado, ¿Qué opináis? Además a este tipo de asociación se le puede hacer la propuesta de justificación diferida, por lo que veo que es la A.
JUNTERA

12/04/2008 3:40:00
Mensajes: 2
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Trinidad20, no entiendo el cambio de nombre, no crees que se debe mas a un error que a un intención del tribunal. No podrian existir dos asociaciones con ese nombre, conozco el registro de asociaciones y la ley LEY ORGÁNICA 1/2002, del Derecho de Asociación lo prohibe al controlar la inscripción en el registro evitando confusiones. La verdad es que yo no he reparado hasta ahora en ese detalle. te cito el art. 8 de la ley: 
8. 3. Tampoco podrá coincidir, o asemejarse de manera 
que pueda crear confusión, con ninguna otra previamente 
inscrita en el Registro en el que proceda su 
inscripción, ni con cualquier otra persona jurídica pública...
pesaju

12/04/2008 13:52:00
Mensajes: 4
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Trinidad20, además de las razones expuestas por Juntera, hay otra que por trivial, quizás se te escapa y es que según el supuesto práctico no ha habido ninguna asociación que respondiendo a la denominación de "Mujeres de la Paz" haya solicitado subvención alguna. Por tanto, y he aquí la obviedad, no podemos subvencionar a alguien que nada ha solicitado. En consecuencia la respuesta es la C.
JAGUAR-JEREZ

13/04/2008 18:31:00
Mensajes: 3
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
El artículo 4, apartado c) de la Ley 40/2007, establece claramente que "la reducción de jornada de trabajo se halle comprendida entre un mínimo de un 25 por cientoy un máximo del 75 por ciento, o del 85 por ciento para los supuestos en que el trabajador relevista sea..........". 
Por lo tanto, creo que la pregunta puede ser impugnada en base a la incorrección de todas las respuestas propuestas.
CONSTANCIO

15/04/2008 15:42:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Despues del aluvión de preguntas impugnables, llega la calma. Pensaba hacer una recopilacion de las preguntas con errores más graves, la 14 del supuesto, la 15 o la 46 del teórico, etc... pero creo que ya es poco útil. Lo interesante sería saber qué dice Función Pública, or recuerdo que hoy había una reunón de la mesa sectorial donde entre otras cosas se iba a hablar de la promoción interna. 
Si alguien sabe algo, ¡Dígalo en voz alta! Gracias.
mjJEREZ

15/04/2008 22:36:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Pues si que nos hemos quedado calladitos... Supongo que todos los que hemos impugnado nos encontramos a la expectativa, y ver que hara nuestro "maravilloso" tribunal... 
 
Por mi parte, y ante las injusticias salvo que alguien me demuestre lo contrario, estoy dispuesta a que si no hacen caso de las mismas, pues contencioso... En realidad no tenemos nada que perder¡ 
 
Pero todo a su tiempo¡ 
 
En cuanto al plazo de impugnaciones, como no lo tengo claro, las mandé y si hace falta lo haré de nuevo cuando salgan las provisionales sumando baremo... 
 
 
 

CONSTANCIO

16/04/2008 12:38:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Perdon por el error. La mesa sectorial se reune hoy y no ayer. 
Esperemos saber algo. 
Cabreado, ¿Donde crees que estaría situada la nota de corte? 

mjJEREZ

16/04/2008 13:06:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
A ver si alguien me ayuda... 
 
Hago mis calculos y me sale a groso modo una nota media de 9,30 de los aprobados este año... 
 
Por otro lado y transformada a baremo de este año, en el 2005 la media estaba en 6,40... 
 
Pero claro, en 2005 el concurso era un 45 %, ahora es un 40 %... 
 
 
Con estos datos, cual sería la media de oposicion mas concurso? 

mjJEREZ

17/04/2008 12:10:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
cabreado. en el hilo que abristes titulado "apuestas" hice un comentario sobre esto que acabas de decir...
superfluo

17/04/2008 13:51:00
Mensajes: 135
Registrado: mayo de 2006
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Enviado por CSI-CSIF. Mesa sectorial, día 16/04, plazo de alegaciones e impugnaciones, promocion interna, 10 días habiles despues publicacion opositores aprobados con baremo.
mjJEREZ

17/04/2008 13:58:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
10 dias a partir de cuando? 
 
gracias superfluo¡
mjJEREZ

17/04/2008 14:03:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
perdón, no leí bien, ya veo que pone a partir de lista aprobados con baremo
maalula1

21/04/2008 17:48:00
Mensajes: 22
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
ehhhhh, como has bajado tanto? explica, explica, que eso es interesante. 

sidikacem

21/04/2008 18:11:00
Mensajes: 48
Registrado: enero de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
A mi tambien me gustaria saber como llegas a la conclusion de 15, no se si alegrarme porque yo tengo 14,80, y si es asi me puedo ya tratar para la depresion q me puede entrar. De todas formas quiero comentar q yo tambien he impugnado, pero x experiencia se q no se suele conseguir nada, aparte tb quiero decir q me parece muy baja la nota, sobre todo lo digo porque tengo compañeros con mas de 7 y 8 puntos en el concurso, no se puede generalizar, pero si puede servir como referencia. Cabreado espero q nos sigas manteniendo informados. gracias.
trinidad20

22/04/2008 1:10:00
Mensajes: 26
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Contestando a Juntera sobre la pregunta 12:  
 
El supuesto habla sobre la concesión de la subvención a 100 asociaciones, en ningún momento las menciona, de su lectura no se deduce quienes han sido sus beneficiarios, ni si las citadas expresamente han sido beneficiarias, yo he trabajado con asociaciones y he visto denominaciones muy parecidas pero que eran de asociaciones distintas, y si en la concesión se comete un error de este tipo, la intervención la devuelve rápidamente, por entender que no es la misma asociación.  
 
Pienso que a mayor ambigüedad mas interpretaciones podemos dar, y no olvidemos que estamos ante una prueba selectiva en la que el tribunal tendría que haber controlado ese tema, En una oposición hay que formular preguntas claras que tengan respuestas concretas, y en esa cuestión el tribunal se ha cubierto de gloria formulando un supuesto en que no se especificaba claramente determinadas cuestiones imprescindibles para luego poder responder, basándonos en los conocimientos, no en ¿Qué habrá querido preguntar el tribunal aquí? ¿A que se referirá? Y así sucesivamente.  
 
Creo que es esta cuestión la que nos trae a todos de cabeza, unido a que cada pregunta del supuesto valía 5 del teórico. Esto puede dar lugar a que si alguien trabaja en subvenciones pero no ha estudiado ha podido aprobar sin haber mirado los temas. Por lo que la suerte de estar en un determinado puesto ha podido prevalecer al de haber estudiado. Creo que la parte teórica debería tener prevalencia sobre la práctica y no al revés, o que la práctica tratara varios temas.  

Lobosolitario
Hola

22/04/2008 9:23:00
Mensajes: 191
Registrado: mayo de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Cabreado: Lamento echarte un jarro de agua fría pero lamentablemente se puede llegar a tener un 8 en el baremo con un nivel 18, indudablemente a él se llega por los pelos, pero sale. Por lo demás espero que tu trabajo de sus frutos y sea esa la nota de corte pero estamos en una jungla y este personal es capaz de hacer lo que le de la gana con las preguntas, el baremo y con todo lo que le echen.
mjJEREZ

22/04/2008 12:09:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
He tenido la santa paciencia de hacer un calculo de la media de baremo en la promocion de 2005 que, traducida a este año, esta en 6,06.- 
 
Evidentemente habra 7 y 8, pero no creo que haya muchos...
mjJEREZ

22/04/2008 12:12:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Habrá que ver también qué harán los aprobados del B12, si aseguran su plaza en este cuerpo, a los del B11 nos beneficiarían un montón
airis

23/04/2008 9:07:00
Mensajes: 140
Registrado: agosto de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Como se calcula la nota para aprobar? es que no entiendo la forma de calcularla según lo indicado en el cuestionario.
airis

23/04/2008 9:11:00
Mensajes: 140
Registrado: agosto de 2005
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
perdon me referia a las libres 

sidikacem

23/04/2008 13:46:00
Mensajes: 48
Registrado: enero de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Efectivamente Cabreado, los que han aprobado en los 2 Cuerpos tienen que optar x uno de ellos, no pueden tomar posesión en los 2, así que ojala que lo hagan con financiera, ya que nos quitariamos gente con buena puntuación.
sidikacem

23/04/2008 22:06:00
Mensajes: 48
Registrado: enero de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Cabreado, te importaria decirme si las puntuaciones que pones como p.e.14,65, son reales o marcas unos maximos q piensas puedan tener los opositores. muchas gracias por todo.
lendalerenda

23/04/2008 23:17:00
Mensajes: 3
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
soy nuevo por estos lares, saludos a todos ! 
quería hacer un par de apreciaciones: 
1- ¿por qué pensáis que los aprobados del B12 no vayan a tomar posesión del B11 y pedir la excendencia al mismo tiempo, o viceversa? están en su derecho y veo que dais por hecho que tengan que elegir 
2- cabreado: ante todo muchas gracias por tu santa paciencia en escrutar tantísimos datos ! una cosa: calculas sobre 162 plazas, pero de las 8 para minusválidos sólo han aprobado 5, de manera que las otras 3, tal como reza la convocatoria, pasan a sumarse a las otras 162, de manera que hay 165 para el cupo normal, ¿no es cierto?  
saludos !
mjJEREZ

24/04/2008 0:17:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
Yo creo que las de minusvalidos se acumulan a la promocion interna, no a las libres
lendalerenda

24/04/2008 8:57:00
Mensajes: 3
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
efectivamente, se incorporan a la promoción interna, con lo cual tenemos 3 plazas más pal bote ! 
 
corto y pego de la convocatoria:  
Si las plazas del cupo de reserva para personas con 
discapacidad no se cubren, se incorporarán automáticamente 
al sistema de promoción interna. 

MAKENSY

24/04/2008 13:34:00
Mensajes: 37
Registrado: enero de 2007
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
He hecho mis cálculos sobre la baremación del año anterior y a los que no aparecen les asignado por defecto 6 puntos y me sale un corte de 15,165 que quizás sea menor ya que los 6 puntos quizás sean en conjunto excesivos ya que no necesarimente, todos los que se han presentado por primera vez tienen que tener mucha antiguedad en la Junta o tener consolidado un 18 o un 20.
TORPEDOR
A TODOS LOS MALIGNOS LES LLEGA SU HORA

28/04/2008 9:17:00
Mensajes: 264
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
SIN ANIMO DE CUESTIONAR EL LABORIOSO TRABAJO DE CABREADO, CREO QUE EN LA NOTA DE CORTE SE HA PODIDO PASAR LO MENOS EN 1 PUNTO.
mjJEREZ

28/04/2008 9:25:00
Mensajes: 211
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
En mas o en menos ese punto? Cual es tu calculo de nota de corte?
TORPEDOR
A TODOS LOS MALIGNOS LES LLEGA SU HORA

28/04/2008 10:03:00
Mensajes: 264
Registrado: abril de 2008
RE:Recopilación posibles preguntas impugnables PI B1100
YA LO HE DICHO, CREO QUE UN PUNTO POR DEBAJO DE LOS CALCULOS DE CABREADO, O SEA 14








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