compulsa de documentos







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Nefir

03/07/2009 12:24:00
Mensajes: 197
Registrado: marzo de 2008
compulsa de documentos
una vez compulsado un documento ¿tiene fecha de caducidad?

27 RESPUESTAS AL MENSAJE

luckyraf13

03/07/2009 13:33:00
Mensajes: 47
Registrado: noviembre de 2007
RE:compulsa de documentos
A menos que desaparezca el órgano que lo compulsó, no caduca.
Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 13:35:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
Y cuando se borre la tinta del sello...
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

03/07/2009 13:45:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
...... se repasa con un pilot verde 

Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 13:59:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
::: --> Editado el dia : 03/07/2009 14:32:51 
::: --> Motivo :  
 
Pero ojo, no sirve cualquier verde...Tiene que ser Verde PantEne.
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

03/07/2009 14:10:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
666 para ser más exactos. 
 
 
PD: Esta pregunta entra este año fijo..... 

The Crow
He vuelto para vengar a los justos

03/07/2009 14:12:00
Mensajes: 301
Registrado: enero de 2009
RE:compulsa de documentos
Je, je,..la respuesta correcta es la C: "EL DOCUMENTO" nunca caduca; otra cosa es la fotocopia compulsada (...me ciño a la pregunta inicial: "una vez compulsado un documento ¿tiene fecha de caducidad?". 
 
Falta poco para la primera cervecita del fin de semana (recordemos, horario: de 8 a 15).
Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 14:19:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
En veranito, de 8 a 14:30.
Verde Pantene

03/07/2009 14:28:00
Mensajes: 1276
Registrado: septiembre de 2008
RE:compulsa de documentos
::: --> Editado el dia : 03/07/2009 14:36:30 
::: --> Motivo :  
 
Este Ulisses qué guasa tiene.
Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 14:31:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
¿¿?? 
 
Cómo las comisiones de seleción lean el foro, seguro que un día de éstos nos la meten doblá a más de uno. Luego te pediré responsabilidades...
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

03/07/2009 22:22:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
Primero no deberías tener una copia compulsada en casa porque las compulsas se quedan donde se presentan y sirven para el procedimiento para el que se entregan. 
Pero ya me quedo muerta con el que te ha compulsado una fotocopia de esa copia compulsada......  
 
Lo normal sería que lo echaran para atrás (no sé si en el caso que lo hagan te dejen volver a presentarlo), y al "registrador" deberían darle un toquecito, porque vaya tela..... 

Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 23:15:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
Ali, si la compulsa se le hizo en el órgano que emitió el documento original, tiene la misma validez que éste.  
Lo que le han hecho es una burrada a medias, porque en la normativa está establecido (desglose de documentos), pero 
no para este caso (creo).
andasulia
Siento algo gordo en mi interior

03/07/2009 23:49:00
Mensajes: 443
Registrado: mayo de 2009
RE:compulsa de documentos
1.- las copias compulsadas NUNCA pueden usarse para compulsar de nuevo. 
2.- Claro que puede tener copias compulsadas, por ejemplo si le han devuelto un expediente, hecho frecuente. 
3.- Una copia compulsada previamente puede caducar, pues claro... si yo me compulso notarialmente el dni y después de pagar los 6 euracos lo meto en un cajón hasta que me caduque y tenga que renovarlo, dicha compulsa no vale. Pero es que hay compulsas que pueden variar en el tiempo (como escrituras de sociedades mercantiles, en las que pueden cambiar administradores, etc...), por lo que presentar una copia compulsada de 1 año de antiguedad es como no presentar nada... 
4.- En cualquier caso existe la posibilidad de que el funcionario que debe tener en cuenta un documento exija la prueba. 
 
por ultimo, pues claro que es muy probable que el curso te lo cepillen y no te lo cuenten. Te recomiendo que pidas un duplicado del título al órgano que lo impartió.
Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 23:52:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
Un DNI es un documento con caducidad. Un curso, no.
Ulisses
¿Si o no?

03/07/2009 23:56:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
::: --> Editado el dia : 03/07/2009 23:59:21 
::: --> Motivo :  
 
Vamos, su certificado o título. Si fuera por ejemplo, una copia compulsada de un Título de formación reglada, expedido por el órgano adecuado, tendría validez para siempre.
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

04/07/2009 0:01:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
Si la compulsa es del mismo órgano que emitió el documento, vale, pero no sé por qué me da que no es el caso.... 
 
Lo del desglose creo recordar que es para los casos en que se sacan documentos del expediente. 
 
Andasulia, cuando digo que no puede tener la compulsa en casa me refiero a que vayas a un registro para que te compulsen la copia y te la lleves. En el caso que tú dices claro que puede ser, pero esa copia no puede entregarla en otro registro para otro procedimiento. 

Ulisses
¿Si o no?

04/07/2009 0:04:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
::: --> Editado el dia : 04/07/2009 0:06:24 
::: --> Motivo :  
 
Hombre, Ali.Parece claro que no es el caso, al tratarse de un curso. Pero resumiendo, Decreto 204/2995 de 29 de agosto: 
 
"Artículo 21. Tipos de copias de documentos. 
Las copias de documentos en el ámbito de actuación de la Administración de la Junta de 
Andalucía, comprenderá los siguientes supuestos: 
1. Las copias auténticas de documentos administrativos expedidos por el mismo órgano que 
emitió el documento original. 
2. Las copias autenticadas de documentos privados y públicos, mediante cotejo con el 
original y en las que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa." 
 
"Artículo 25. Validez de las copias. 
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la mencionada Ley 30/1992, las 
copias auténticas y las copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de 
Andalucía que hayan sido emitidas por los órganos y en la forma establecida en el artículo 
22 del presente Decreto, gozarán de la misma validez y eficacia que los documentos 
originales.[...]" 
 
Y nos vamos al art.22: 
 
"Artículo 22. Obtención de copias de documentos administrativos. 
La competencia para la expedición de copias corresponderá a los órganos que se expresan a 
continuación: 
1. La expedición de copias auténticas de documentos administrativos de la Junta de 
Andalucía, corresponderá a los órganos administrativos que hubieran emitido el documento 
original. 
2. La expedición de copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de 
Andalucía, corresponderá a las jefaturas de sección u órgano asimilado dependiente del 
órgano que hubiera emitido el documento original y que tengan encomendadas las 
funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento 
original. En caso de que el órgano que produjo el documento original hubiese desaparecido, 
dicha competencia para autenticar le corresponderá a las jefaturas de sección u órganos 
similares que tengan encomendada la custodia del expediente a que pertenezca dicho 
documento original." 
 
 

ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

04/07/2009 0:16:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
Lo mejor es que Isa nos diga de quién es el curso, y en el peor de los casos que lo escanee y nos lo enseñe jajajja, que ya tengo curiosidad..... 
 
No hace mucho me vino uno con una fotocopia de un documento privado compulsada por otro órgano (no el que emitió el documento original) y quería que le admitiera ya no una fotocopia y que yo se la compulsara, sino que él me daba esa misma..... es que el original se lo dejó en casa y casualmente llevaba esa copia encima..... jejejje (no se la admití of cors) Que hubiese dejado la documentación donde se la compulsaron y que nos la hubiesen remitido luego a nosotros por art. 38...... 
 

Ulisses
¿Si o no?

04/07/2009 0:19:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
Claro, Ali. Ahí hiciste bien.
ali9
cuando llueve se moja, como los demás....

04/07/2009 0:59:00
Mensajes: 2207
Registrado: junio de 2005
RE:compulsa de documentos
Isa, lo del escaneo "lógicamente" era una broma....... 
 
Nadie está dudando de la autenticidad de tu título, el tema es quién te la ha compulsado, el mismo Organismo oficial que lo expidió?? Por lo que dices que te la compulsaste parece que lo hiciste tú misma. Si te la compulsaron en un registro y al final no la entregaste y te la llevaste, esa copia no te sirve ya para volver a entregarla en otro sitio..... 
 
Y si es el caso que estamos hablando, no digo que sea malo el funcionario (un error lo puede tener cualquiera) pero no debería habértela cogido. Y si lo ha hecho, o se ha equivocado o ha hecho bien si realmente era una copia expedida por el mismo Órgano...... A la que puede que no le tengan en cuenta el curso es a ti. 

ñiña
ñiña

06/07/2009 18:15:00
Mensajes: 1051
Registrado: noviembre de 2005
RE:compulsa de documentos
yo con esto siempre me he hecho un lio y creo que por culpa de que en esto muchisima gente hace lo que le da la gana. Por ejemplo en el ayuntamiento de manilva por no sé cuantos euros te hacen la compulsa de cualquier documento para que te la lleves, y por lo que veo no lo hacen bien. Por otro lado, si yo hago una compulsa de mi titulo de bachillerato en un notario, esta no sería valida en cualquier momento y para cualquier procedimiento. A ver si con este hilo me aclaro de una vez.
Ulisses
¿Si o no?

07/07/2009 12:19:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
La de los aytos. si que vale, dado que tienen específicamente encomendada la función de ejercer la fé pública. De todas formas, fíjate en el punto 3 del art. 25 del Dec. 204/1995 de 29 de agosto...que te pongo a continuación: 
 
"Artículo 25. Validez de las copias. 
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la mencionada Ley 30/1992, las copias auténticas y las 
copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de Andalucía que hayan sido emitidas por los 
órganos y en la forma establecida en el artículo 22 del presente Decreto, gozarán de la misma validez y eficacia que 
los documentos originales. 
2. A efectos de su tramitación en el ámbito de actuación de la Administración de la Junta de Andalucía y de 
conformidad con lo dispuesto en el anteriormente citado artículo 46 de la Ley 30/1992, las copias autenticadas de 
documentos que hayan sido emitidas por los órganos y conforme a lo establecido en el artículo 23 y apartado 1 del 
artículo 24 del presente Decreto, gozarán de validez y eficacia en el procedimiento para el cual fueron expedidas. 
3. La validez y eficacia de las copias expedidas por otras Administraciones Públicas, autoridades y fedatarios 
públicos, será la que corresponda según el ordenamiento vigente. 
4. Respecto a las demás copias que pudieran aportarse u obrar en los expedientes, así como las copias 
diligenciadas de las mismas a que se refiere el apartado 2 del artículo 24 del presente Decreto, tendrán la virtualidad 
que a los efectos probatorios les reconozca el Código Civil." 
 
No son ganas de marear al personal, sino de cumplir la normativa vigente, qe etsá para algo, y por algo.
cualpongo

07/07/2009 13:06:00
Mensajes: 189
Registrado: julio de 2008
RE:compulsa de documentos
totalmente de acuerdo. La documentación que presenté (cursos, etc) para el c1 me la compulsaron en un Ayuntamiento y no tuve problemas. A mi miraron el expediente me las validaron pero por otros motivos me he quedado fuera.
Ulisses
¿Si o no?

07/07/2009 17:16:00
Mensajes: 4084
Registrado: diciembre de 2008
RE:compulsa de documentos
¿Y en qué te damos la razón? Yo es que no lo veo...





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