Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Ayuda porfa tengo mucho lio con todo.
¿Cuál es el plazo máximo para la notificación y resolución de un procedimiento de Reintegro (del tema de las Subvenciones..)?
LEY 3/2004 de 28 de Diciembre, DE MEDIDAS TRIBUTARIAS, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS:
Art 33: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de
reintegro será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación.
Ahá vale, pero en el Decreto 254/2001 de 20 de Nov,que regula los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas pone:
Art 22: el plazo para resolver y norificar la resolución (del procedimiento de reintegro) es de seis meses, a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación. El vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa producirá la caducidad del procedimiento.
¿Y entonces???? 6 meses o doce meses!!???por qué no es lo mismo???snif :( son plazos distintos? es que no lo entiendo, algún alma caritativa me lo explica?:(
5 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Tu misma te has contestado, depende de como te hagan la pregunta, si hacen referencia al Decreto 254/2001 la respuesta es de 6 meses como bien dices y si te la hecen en referencia a la ley 3/2004 pues 12 meses. Espero haberte ayudado.
Un saludo.
RE:Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Eso que dices es cuando menos una barbaridad, porque entonces el plazo dependería de la norma que le saliera de los cojones aplicar al funcionario de turno.
Si hay una norma de rango superior y posterior en el tiempo que establece un plazo nuevo (equiparándolo al de la Ley General de Subv. de 2003) a mí me parece evidente que debe prevalecer éste.
Y no pongas caritas tristes, que somos ya muy mayores para eso, xD (= por Dios).
RE:Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Jesusoski tiene razón, son 12 meses desde el acuerdo de iniciación.
RE:Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Gracias a todos, me queda claro.
Jesurosky...no somos tan mayores :) jeje bueno sí xD!
RE:Ayuda porfaa dudaa :( !!!
Je, je, lo cierto es que, pese a ser yo aún rrrrrrrrabiosamente juvenil, he usado un plural mayestático para no incomodarte diciéndote que TÚ estabas muy mayor para usar caritas, pero bueno, está bien que lo admitas abiertamente, es una bonita señal de TU madurez.
;)
(guiño que YO sí puedo usar al ser tan juvenil...)
Y al grano: que me alegra que taya quedao claro el conceto. Suerte para el examen.