13 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:Jurisdicción voluntaria
A partir del art 1811 de la LEC de 1881. Esta parte no se incluye en la vigente LEC, sino que hay que acudir a la regulación que se contiene en la anterior. Este es uno de los apartados que no fueron derogados
RE:Jurisdicción voluntaria
hola hate ,la jurisdiccion voluntaria,sigue regulada en la ley de 1881, pero algunos aspectos no, te aconsejo que te leas la disposicion derogatoria de la lec actual, ahí te viene regulado, suerte y un saludo
RE:Jurisdicción voluntaria
En el libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881.
Lorechb
Todavía cocino todas las posibilidades en mi olla
13/01/2009 13:23:00
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RE:Jurisdicción voluntaria
Hate, precisamente estos días me he estado mirando ese tema, tampoco tengo muy claro lo que estudiarme de la ley, pero si quieres te puedo enviar lo que tengo.
hate
El Capitán Pijoaparte
13/01/2009 15:13:00
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RE:Jurisdicción voluntaria
Muchas gracias!muy amables!
RE:Jurisdicción voluntaria
Lorechb ¿podrías enviarme lo que tienes de la jurisdicción voluntaria?
Muchas gracias.
Iresim@hotmail.com
RE:Jurisdicción voluntaria
alquien me puede explicar que es la jurisdiccion voluntaria o indicarme algun documento pagina web o lo que sea donde venga facilmente entendible?
gracias.
por cierto si la jurisdiccion voluntaria se regula a partir de los articulos 1811 de la ley de enjuiciamiento civil de 1881, pero que los articulos 1827, 1880 a 1900 han sido deregados,si no me equivoco, a que ley nueva os referiis?
es que creo q me estoy liando....
RE:Jurisdicción voluntaria
Zion24, jurisidicción voluntaria es todo aquel "proceso" en que no exista contienda entre partes, es decir, no van a existir dos partes enfrentadas entre sí peleando por un derecho para que el
juez se lo solucione. De lo que aquí se trata es de una persona que necesita de una resolución
judicial para obtener un derecho y esto lo va a conseguir sin que haya otra persona que se oponga al mismo y que se lo discuta.
Por ejemplo un deslinde y amojonamiento de una finca; un propietario quiere que un juez delimite exactamente cuales son los límetes de su finca. Mediante un expediente de jurisdicción voluntaria, se citará a los interesados y si todos están de acuerdo y nadie se opone y discute el derecho, el juez delimita la finca. Ahora si ya hay alguien que se opone, el expediente se volverá contencioso y deja de ser jurisdicción voluntaria.
En cuanto a lo de la nueva ley, ellos se refieren a la LEC 1/2000, que no regula la jurisdicción voluntaria y hay que irse a la anterior LEC de 1881, que es la que actualmente conoce la materia. En cuanto a una nueva ley que regule la jurisdicción voluntaria, a día de hoy es una utopía. Saludos
hate
El Capitán Pijoaparte
03/02/2010 21:36:00
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RE:Jurisdicción voluntaria
Coño! Este hilo es del año el hambre.. que educao era por esos tiempos xD
RE:Jurisdicción voluntaria
jajajajaja hay hate eres la caña !!!
SANDA
VIVE y DEJA VIVIR
05/02/2010 0:02:00
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RE:Jurisdicción voluntaria
HOMBRE HATE !!!! Cuanto tiempo sin saber de ti!!!
hate
El Capitán Pijoaparte
05/02/2010 9:49:00
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RE:Jurisdicción voluntaria
Hola tita, es que ya no quieres jugar el trivial conmigo :(
RE:Jurisdicción voluntaria
gracias capitansilver me ha sido de mucha ayuda tu respuesta, totalmente aclarado!!!
por cierto hate (que ya se ve que eres un cashondo...) es que buscaba algo sobre el tema y me salio este post y como soy nueva, pos digo... ala y a ver...
Saudos a tod@s