Entra esto en auxilio??













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Pizkito

31/01/2012 22:39:00
Y ahora me toca a mí!!
Mensajes: 17
Registrado: marzo de 2011
Entra esto en auxilio??
Tengo una duda sobre el tema de recursos contenciosos-administrativos.  
Tanto en auxilio como en trami entra el proceso ordinario, abreviado y los especiales; pero en auxilio entra la parte de los recursos o solo es para trami?. 
Por favor si alguien lo sabe con certeza que me lo diga le estaría muy agradecida. 
Gracias!!

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

SeJiUr

31/01/2012 22:50:00
Mensajes: 124
Registrado: enero de 2011
RE:Entra esto en auxilio??
los recursos no van xa auxilio...peeeeeeero, estas opos siempre se han caracterizado x preguntar lo ke no deben...con lo cual, pueden preguntartelo, xo como entrar, no entran...
Pizkito
Y ahora me toca a mí!!

31/01/2012 23:55:00
Mensajes: 17
Registrado: marzo de 2011
RE:Entra esto en auxilio??
Muchas gracias! Buff es que no me gusta nada ese tema y si encima entran los recursos para auxilio me da algo )
Hall8000

01/02/2012 9:06:00
Mensajes: 265
Registrado: junio de 2011
RE:Entra esto en auxilio??
No te preocupes Pizkito, el día que hagan el examen basado en los Recursos,hay escabechina seguro.
Clases Derecho

01/02/2012 9:18:00
Mensajes: 306
Registrado: enero de 2010
RE:Entra esto en auxilio??
Pizkito llevan razon los compis en que pueden poner lo que les de la gana, a la vista esta en otros examenes, y lo que dice Hall de que seria una escabechina, totalmente de acuerdo, empezando por mi, por supuesto.  
 
Yo los de civil si los llevo bien, porque creo que son preguntables y liables todo lo que quieras y mas, de penal también los llevo pero algo mas flojos que los de civil, y Contencioso y Social, pues simplemente no los llevo, porque me pongo a mirarlos y los mezclo con los civiles, los penales...  
 
Asi que mi conclusión es que quien mucho abarca, poco aprieta y prefiero llevar bien los que llevo a llevarlos todos con pinzas y no dar una.  
 
Saludos
maitecu1980
Soy tenaz y constante

01/02/2012 19:13:00
Mensajes: 36
Desde: Valencia
Registrado: enero de 2009
RE:Entra esto en auxilio??
No se si te servirá, yo tengo el temario de Auxilo de Mad,(lo digo x si en otras editoriales no es asi), o en la propia LEC art.552.2 pone "el auto que deniegue el despacho de la ejecución será directamente apelable....", y en la mayoria de procesos también, por ejemplo para la admisión de la demanda, yo creo que si te pone en tal proceso la demanda se admitirá por auto , contra este auto no cabe recurso alguno, creo que si lo pone en la ley te lo pueden preguntar.
design

02/02/2012 1:49:00
Mensajes: 90
Desde: Málaga
Registrado: octubre de 2007
RE:Entra esto en auxilio??
Los recursos sí entran también en auxilio, de hecho en convocatorias anteriores han caído preguntas. Por ejemplo, en la convocatoria 2009 preguntaron lo siguiente: 
 
¿Qué efectos tiene la sentencia estimatoria de un recurso de casación en interés de ley sobre la sentencia impugnada en el orden contencioso administrativo
 
a. Ninguno. 
b. Anulará la sentencia y dictará en la misma resolución nuevo pronunciamiento sobre el fondo del asunto. 
c. Anulará la sentencia y retrotraerá el proceso al momento en que se produjo la infracción procesal. 
d. Anulará la sentencia y retrotraerá las actuaciones al momento del señalamiento para votación y fallo. 
 
Esta pregunta fue impugnada, pero el Tribunal desestimó la impugnación, señalando lo siguiente: " El Tribunal entiende que los procesos a que hace referencia el programa incluyen los mismos desde su inicio hasta su finalización, así como las incidencias que pudieran plantearse en su desarrollo". 
 
No obstante no suelen preguntar casi nunca recursos en auxilio. El año pasado, si no recuerdo mal, no cayó ninguna pregunta. 
 
Yo también llevo solo los de civil y penal, con el tiempo que nos queda no merece la pena estudiarlos.
design

02/02/2012 2:15:00
Mensajes: 90
Desde: Málaga
Registrado: octubre de 2007
RE:Entra esto en auxilio??
Ah! Y lo mismo pasa con la ejecuciones... El año pasado, en auxilio, fueron impugnadas 5 preguntas sobre ejecución laboral... y el Tribunal calificador único dio prácticamente la misma explicación que el tribunal de la convocatoria anterior con respecto a los recursos: 
 
"El Tribunal estima que las preguntas cuestionadas están incluidas dentro del tema 20 del programa de la oposición para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial publicado por Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo, relativo al proceso laboral, pues dicho proceso comprende desde el inicio hasta su finalización, así como las incidencias que pudieran acaecer en el mismo".






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