Los recursos sí entran también en auxilio, de hecho en convocatorias anteriores han caído preguntas. Por ejemplo, en la convocatoria 2009 preguntaron lo siguiente:
¿Qué efectos tiene la sentencia estimatoria de un recurso de casación en interés de ley sobre la sentencia impugnada en el orden contencioso
administrativo?
a. Ninguno.
b. Anulará la sentencia y dictará en la misma resolución nuevo pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
c. Anulará la sentencia y retrotraerá el proceso al momento en que se produjo la infracción procesal.
d. Anulará la sentencia y retrotraerá las actuaciones al momento del señalamiento para votación y fallo.
Esta pregunta fue impugnada, pero el Tribunal desestimó la impugnación, señalando lo siguiente: " El Tribunal entiende que los procesos a que hace referencia el programa incluyen los mismos desde su inicio hasta su finalización, así como las incidencias que pudieran plantearse en su desarrollo".
No obstante no suelen preguntar casi nunca recursos en auxilio. El año pasado, si no recuerdo mal, no cayó ninguna pregunta.
Yo también llevo solo los de civil y penal, con el tiempo que nos queda no merece la pena estudiarlos.