Duda reglamento de ingreso
A ver si alguien me aclara estos términos del RIPP
Artículo 34. Derechos de los funcionarios de promoción interna.
Los funcionarios que accedan por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes que no procedan de este turno para la elección de los puestos de trabajo vacantes ofertados. Los no ocupados de forma efectiva por los funcionarios de promoción interna, no se considerarán vacantes y se proveerán en la forma establecida en el artículo 28.3. de este Reglamento.
Artículo 28. Asignación inicial de puestos de trabajo.
3. Los puestos de trabajo no ocupados por los funcionarios de promoción interna a que se refiere el apartado 2 del artículo 29 de este Reglamento, serán ofertados a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno libre.
¿No se considerarán vacantes? Entonces porque dice que acrecerá las plazas de turno libre en el artículo 31. 2 de este mismo Reglamento.
3 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:Duda reglamento de ingreso
No se considerán vacantes porque precisamente lo no ocupados por promoción interna (que tienen preferencia para elegir) son ofertados posteriormente para los aspirantes del turno libre. Es decir, que pueden ser ocupados por unos o por otros, teniendo preferencia los de promoción interna... así lo entiendo yo.
RE:Duda reglamento de ingreso
Design, yo también lo entiendo así, pero la terminología no me parece la más adecuada, ya que te la cambian en los art. y crea confusión, pero estos legisladores son así, no se les puede pedir más.
Gracias
RE:Duda reglamento de ingreso
Hola Clases Derecho:
Qué significan las siglas R.I.P.P?Gracias.