2 dudas: declarativos y juez de paz













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tomatiempos

02/02/2012 14:50:00
Más alla de la Ciencia está el Derecho Procesal
Mensajes: 107
Registrado: julio de 2008
2 dudas: declarativos y juez de paz
las demandas en las que sólo se reclama cantidad por impago de rentas debidas, si lo que se reclama es por importe de 6001 euros, iría por verbal o por ordinario? 
 
particularmente pienso que por verbal, por prevalecer la materia a la cuantía, pero me queda la duda 
 
 
 
por cierto, dejo una preguntilla rebuscada, ¿un juez de paz puede plantear cuestión de inconstitucionalidad? 
 
gracias

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

design

02/02/2012 15:29:00
Mensajes: 90
Desde: Málaga
Registrado: octubre de 2007
RE:2 dudas: declarativos y juez de paz
Primera duda: siempre verbal. 
 
Artículo 249. Ámbito del juicio ordinario. 
 
1. Se decidirán en el juicio ordinario, CUALQUIERA QUE SEA SU CUANTÍA: 
 
6. Las que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, SALVO que se trate de RECLAMACIONES DE RENTA o CANTIDADES DEBIDAS por el arrendatario O del DESAHUCIO por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia. 
 
Segunda duda: el juez de paz NO puede plantear cuestión de inconstitucionalidad. 
 
Título IX. DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (Constitución Española). Artículo 162.  
 
1. Están legitimados: 
 
Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta Diputados, cincuenta Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas. 
 
 
 

design

02/02/2012 15:35:00
Mensajes: 90
Desde: Málaga
Registrado: octubre de 2007
RE:2 dudas: declarativos y juez de paz
El artículo 250 (ámbito del juicio verbal) te lo vuelve a decir: 
 
1. Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes: 
 
Las que versen sobre reclamación de cantidades por impago de rentas y cantidades debidas y las que, igualmente, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca. 
 

design

02/02/2012 16:56:00
Mensajes: 90
Desde: Málaga
Registrado: octubre de 2007
RE:2 dudas: declarativos y juez de paz
Es cierto, no se trataba del recurso, me he confundido. En relación con la cuestión de inconstitucionalidad, yo diría que sí puede plantearla: 
 
Los Jueces de Paz ostentan competencia para plantear cuestiones de inconstitucionalidad dado que los Juzgados de Paz son órganos judiciales (art. 26 LOPJ) que constituyen el primer escalón en la estructura judicial del Estado y que están dotados de aquellas competencias que en los órdenes jurisdiccionales civil y penal determinen las leyes (art. 100 LOPJ), al mismo tiempo que "cumplirán también funciones de Registro Civil y las demás que la ley les atribuya" (art. 100.1 LOPJ). Por tanto, cuando en el ejercicio de su función jurisdiccional, deban aplicar en un proceso del que estén conociendo una norma con rango de ley cuya constitucionalidad duden y consideren que la validez de dicha norma depende la decisión del mismo, podrán plantear la cuestión de insconstitucionalidad. 
 
Así lo demuestra, por ejemplo, el Auto 54/2006, de 15 de febrero de 2006, resolviendo una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de Paz de Anglès (Girona). 

tomatiempos
Más alla de la Ciencia está el Derecho Procesal

02/02/2012 20:06:00
Mensajes: 107
Desde: Almería
Registrado: julio de 2008
RE:2 dudas: declarativos y juez de paz
Gracias por las respuestas. 
 
Aquí lanzo otra de declarativos:  
 
la ley dice que si el demandado no contesta a la demanda en el plazo de 20 días, se le declarará en rebeldía y no se le hará más notificaciones que la que ponga fin al procedimiento.  
 
pero que ocurre, si el que no contesta, no a la demanda sino a la demanda reconvencional, es el actor?  
 
en este caso no creo que se le declare en rebeldía, pero tampoco creo que se sobresea el proceso, pues ahora es el demandado el que está ejerciendo su derecho de pedir. 
 
qué pensáis?






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