DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.













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antinoo1966

06/03/2010 13:01:00
corre corre que te pillan
Mensajes: 105
Registrado: diciembre de 2009
DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.
Hola a todos...me encuentro con que en el R.D.1201/1981 se encuentra tipificado en el art. 109 (creo) como una de las faltas graves el abuso de bebidas alcoholicas autorizadas en el E.P. que tenga como resultado el ocasionar desmanes.... màs o menos creo recordar que dice eso. Bien, pues yo, que nunca he estado en ningun E.P. pensaba que no estaba permitido ni el consumo ni la tenencia de alcohol en dichos centros, pensamiento que venia avalado por la prohibiciòn de enviar paquetes con alcohol (ni siquiera esta permitido el envio de colonia), y ademàs todos sabemos que es uno de los productos que no se pueden vender en el economato, junto con p. farmacologicos.... Alguien me aclara que pasa aquì????? Otra cosa, sabeìs si cuando se referiere a "objetos prohibidos" en el mismo articulo, abarca tambien las sustancias como drogas, porque penaliza su consumo pero no dice nada de su posesiòn (aunque es obvio) y una sustancia no es un "objeto".... 
Saludos a todos.. Kiramod, Mengue, assamo... y a todos

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

Kiramod

06/03/2010 15:27:00
Mensajes: 72
Registrado: octubre de 2009
RE:DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.
Hola antinoo1966 
 
Efectivamente, como bien dices, en el artículo 109 se regulan las faltas graves que pueden cometer los internos de un EP. Habla de abuso de bebidas alcohólicas autorizadas precisamente porque por aquella época, aunque parezca raro, se les permitía a los internos beber ciertas bebidas más light, como cerveza o vino. No era raro, y hasta hace "poco" tiempo, ver a los internos adquirir en el economato cerveza en lata. Supongo que al igual que se les permite fumar, antes se pensaba que siempre que "no abusaran" del alcohol se les podía permitir, en cuanto hubiera abuso, ahí ya entraba el régimen disciplinario. 
 
Actualmente ya no es así, no recuerdo exactamente que decía el artículo 109, pero en su punto i) está prohibida la embriaguez. Luego no se permite actualmente la entrada ni el acceso de los internos a ningún producto que pueda contener alcohol, como bien dices, ni siquiera pueden tener colonia a día de hoy. Los artículos 108, 109, 110, 111 y un párrafo del 124 del Reglamento de 1981 siguen vigentes hasta que no haya una normativa que actualice y derogue éstos. 
 
Con respecto a objetos prohibidos se refiere a lo que sería propiamente dicho un "objeto", tal como una navaja, un cútex etc. El tema de la droga, creo, que aunque penaliza su consumo, tenemos que deducir que por ende está penalizada su posesión, y mucho más grave si por ejemplo ésta posesión está destinada al tráfico dentro de la prisión. 
 
Espero haberte ayudado, un saludo :)
assamo

06/03/2010 18:01:00
Mensajes: 34
Registrado: febrero de 2009
RE:DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.
Hola Antonio1966,nada que decir a la respuesta de kiramod,solo recomendarte,que ya que la oposicion es dura de por si,no es bueno "buscarle tres pies al gato",lo digo porque hay muchas cosas ambiguas que lo mejor es saberlas porque si, y avanzar que es lo mas importante. 
Saludos y suerte.
antinoo1966
corre corre que te pillan

06/03/2010 18:50:00
Mensajes: 105
Registrado: diciembre de 2009
RE:DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.
EQUILICUA!!! assamo... tienes toda la razòn, mejor no perderse en gilipolleces....KIRAMOD, gracias, este foro empieza afuncionar 
AGUR DESDE VALLEKAS, MADRID
jerezana1970

07/03/2010 14:35:00
Mensajes: 5
Registrado: septiembre de 2009
RE:DUDA SOBRE EL ACOHOL EN E.P.
Hola de nuevo a todos, 
 
Estoy de acuerdo con las últimas respuestas. Si ya es complicado esto, como nos perdamos en este tipo de detalles.... vamos apañaós!!! Ánimo a todos, y a seguir estudiando!!! 
 
Ah, está bien que se expongan y resuelvan esas dudas que tenemos tantas veces. Hace poco que leo el foro, y estaba harta de tanto vendo... cambio.... o regalo temario. Lo dicho, a estudiar!!






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