Duda entre el R.P e Instrucción 3/2008
Hola a todos, a ver si me podeis ayudar con esta duda:
En el tema de la suspensión y revocación de permisos, el R.P en su artículo 157 dice que el Director podrá suspender con carácter provisional un permiso, y posteriormente la auoridad competente, resolverá. Sin embargo, en la Instrucción 3/2008, dice que es la Junta quién propone a la Dirección dicha suspensión, como recoge el art. 157.1 R.P.
El R.P no dice nada de la Junta, entonces??
Gracias por adelantado.