90 RESPUESTAS AL MENSAJE
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Hola, soy nueva aquí, pero hice estas oposiciones el domingo. No estoy de acuerdo con la pregunta 20 que dice que no se pueden mandar cartas urgentes con franqueo pagado, ni con la 30 que dice que en la atención telefónica incluso hay que gesticular (si no te ven!!!), ni con la 37 que dice que documento interno es la invitación.
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Aquí están las respuestas de la plantilla:
AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES (ORDENANZA)
Grupo:5 Área:1
1.- b
2.- a
3.- a
4.- a
5.- a
6.- a
7.- c
8.- c
9.- a
10.- c
11.-a
12.- c
13.- a
14.- a
15.- c
16.- c
17.- c
18.- a
19.- a
20.- b
21.- c
22.- c
23.- a
24.- c
25.- a
26.- c
27.- a
28.- c
29.- a
30.- b
31.- a
32.- a
33.- b
34.- b
35.- c
36.- b
37.- c
38.- c
39.- b
40.- b
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Hola,pienso exactamente lo mismo,la invitación no es un documento interno,la del franqueo hay un documento de correos que lo prueba y la 30 sería claramente impugnable tambien porque aparte de que no te vean hay que presentarse e identificarse.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
yo tampoco estoy de acuerdo en las preguntas 30 ni en la 21, tendré que impugnar,ya se puede..
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
soy nueva en esto, y estoy totalmente deacuerdo con vosotr@s. Me gugstaria saber que es lo que hay que hacer para poder impugnar. Gracias
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Cojones la 21 la tienen q anular mecaguen la puta , esa no está clara hay q impugnarla coñoooo el puto franqueo urgenteee arghh¡¡¡¡,por cierto la pregunta 8 q es la del tiempo cual era la respuesta correcta alguien se acuerda exactamente???
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Totalmente de acuerdo ¿alguien sabe como impugnar?.
Creo que la del tiempo era la C y si no recuerdo mal eran 21 minutos con 35 segundos.
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La pregunta de los documentos internos se puede impugnar, yo creo que se confundieron y en la pregunta pusieron internos en vez de externos:
Los documentos internos, son los que utiliza la organización en su ámbito
interno. Pueden ser convocatorias, actas, autorizaciones, avisos, anuncios,
boletines, revistas, memorias, programas, solicitudes….
Estos documentos son importantes ya que la marcha del trabajo depende de
ellos. Veamos algunos de ellos:
- Una convocatoria es un documento por el que se cita de forma oficial a
un grupo de personas para tratar algún tema en un lugar determinado.
Es importante que este documento lo hagas llegar a las personas
interesadas con rapidez para que ellos puedan planificar su trabajo.
- Un acta es un documento por el que se da fe de los hechos o de lo
sucedido en las reuniones, así como los acuerdos tomados en las
mismas. El
secretario da fe de este documento mediante su firma, y la
de los restantes miembros convocados a la reunión. En algunos casos
podrás encontrarte con esta tarea, es importante que firmen las
personas que aparecen en el documento.
- Avisos y anuncios. Son informaciones o noticias de carácter general
que afectan a la organización y al personal de la misma. Estos avisos o
anuncios suelen colocarse en el tablón de anuncios.
- Boletines y revistas: son actividades e informaciones referentes a la
cultura de la organización y al ocio.
- Memorias: son documentos que reflejan los datos y actividades
principales llevada a cabo por la organización durante un determinado
tiempo, suele ser un año.
- Nota interior: es una forma de comunicarse entre sí los diferentes
departamentos de una organización.
Los documentos externos son anuncios, circulares, tarjetas de visita,
invitaciones, saluda,… que utiliza la organización hacia el exterior.
- Anuncios. Se emplean cuando la organización publica determinadas
noticias que interesan a sus clientes u a otras organizaciones.
- Circular: se utiliza para anunciar algún acontecimiento o evento a otras
organizaciones o personas.
- Invitación: son documentos que surgen como consecuencia de la
necesidad de establecer un acercamiento entre el anfitrión de un acto
social y los asistentes a ellos. Puede ser por ejemplo, un saluda, este es
un documento utilizado por el personal de organización, por los cargos
públicos de las entidades, o por organismos e institucion
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Gracias 1978 jorge,pero una cosa esa del tiempo,la 8, el enunciado lo sabeis ostias creo q la tengo mal, 21 minutos, me suena q conteste 22 minutos ,q coño hice mal???
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Cuando alguien impugne que pase el escrito que presente, es que nunca he impugnado y francamente no tengo ni idea, de como rellenarlo ni a quien dirigirlo, ni nada de nada.
Sobretodo hay que tener cuidado con el plazo para presentarlo que no se pase
Me parece algo totalmente impresentable lo de la plantilla de respuestas, y más en concreto lo de la 20 y la 37 es de traca.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
¿Alguien sabe el enunciado exacto y las respuestas de la pregunta 3?
Gracias.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Quería decir la 21 en vez de la 20.
Por cierto alguien recuerda que pregunta era la 31, tengo respondido la B y dan buena la A
Gracias
kooka
vuelvo a la cargaaaaaaaa!!!!
24/01/2012 22:34:00
Mensajes: 1817
Desde: Valencia
Registrado: mayo de 2007
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
valenciano yo también fallé esa, jolines qué rabia me da fallar tontunas así :(
la primera marca era 1h23´45´´
la última marca era 1h45´20´´
si restas la primera marca a la última, el resultado que da es 22´25´´
pero si lo cuentas bien, a la antigua usanza (con los dedos, la cuenta de la vieja, jijij) en realidad el resultado que da es 21´35´´ . Compruébalo y verás.
El fallo es que no hay que restar los 20 segundos a los 45 de arriba, sino que de los 45 segundos hay que llegar a los 20 segundos, y ahí ya has pasado del minuto, por lo que luego en vez de 22 minutos, son 21.
No sé si te habré liado más pero es así.
ah, en mi caso tengo 4 mal y para el concurso solo tengo el punto de la titulación
saludos.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Bueno, a ver como acaba esto! Yo en principio solo tengo 2 fallos, eso que despues de lo visto esperaba 4 o 5..... la 37 no creo que este bien eso de que una invitación es un documento interno, no estoy muy segura de que lo que yo conteste fuera lo bueno pero eso!!! De todas formas si reclamamamos y nos hacen caso y anulan todas las dudosas,,,, los que tienen tiempo trabajado lo tienen muy facil. Estoy intentado hablar con el representante de la AGE de mi sindicato pero no soy capaz... a ver si me puede decir algo.
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31- Indicar la correcta:
A) Recado es un encargo de una tarea que debe hacer una persona o mensaje que se envia o recibe de palabra o escrito y el ordenanza es el canal de comunicacion.
Sobre la pregunta del tiempo (pregunta 8), 1 h 45 min 20 seg - 1 h 23 min 45 seg , esto es 105 min 20 seg - 83 min 45 seg = (105 - 83) min (20 - 45 ) seg . Entonces tenemos 22 minutos por un lado y un número negativo de segundos por el otro. Por tanto hemos de restar un minuto a los 22, quedando 21 minutos por un lado y sumar 60 segundos a los 20 segundos , 80 segundos - 45 segundos = 35 segundos, es decir 21 minutos 35 segundos, respuesta C. Saludos.
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Por favor, alguien recuerda el texto completo de la pregunta 3.
Gracias.
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Sobre la pregunta 3 por la que preguntaban mas arriba:
Señalar el condicional simple de : repartire la correspondencia que me daran en la segunda planta
A.reparto la correspondencia que me dan en la segunda planta
B.repartiria la correspondencia que me darian en la segunda planta
C.ninguna de las dos anteriores
Sigo opinando que la B es una frase imposible de estructurar de esa manera no es posible utilizar dos condicionales de esa forma... pero vamos, paso de impugnar nada pq ya tengo la experiencia de la convocatoria anterior y es perder el tiempo. tengo 4 fallos y lo doy mas que por perdido
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Gracias Jimmyx.
Si no recuerdo mal la pregunta era "Poned los verbos de la frase en condicional". He ahí el error. Con los verbos en solitario no hay problema, pero colocados en el contexto de la frase no debe ser nunca esa la solución.
Si un ordenanza sabe que se le da una orden incorrecta no tiene porqué cumplirla. Si su jefe le dice de pasada, "pón los verbos de ese texto en condicional". ¿Cómo debería hacerlo el ordenanza?
Yo sí la recurriré. Pero con base fundamentada. Primero la opinión de la RAE y luego con la decisión idiomática adjunta a la impugnación.
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Ok, no tengo copiados los enunciados de forma literal asi que no habia pensado en la posibilidad que comentas. De todas formas coincido contigo en que sea de una forma u otra es totalmente impugnable
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Gracias Conserje1970,
No recuerdo cual era la opción B que contesté en vez de la A en la pregunta 31, pero al leer la respuesta al ponerla Conserje1970, si recuerdo que la A no la puse por lo que dice que el ordenanza es el canal de comunicación, ya que en el libro de MAD pone:
Distinguimos los recados de los mensajes en que en el primer caso - los recados- el receptor es el propio ordenanza, mientras que en el segundo caso -los mensajes-, el ordenanza es un canal de la información, un transmisor de la comunicación.
Por lo que entiendo que un recado sería: Pedro ve a hacer una fotocopia.
Mientras que el mensaje sería: Pedro dile a Juan que saque una fotocopia
Alguien que pusiera la B o que se acuerde que decía?, muchísimas gracias
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por favor,alguien sabria decir lo que decia la primera pregunta y sus posibles respuestas?es que no se si la he fallado o la copié mal.gracias
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
::: --> Editado el dia : 25/01/2012 1:28:29
::: --> Motivo :
La 31 B decia que un ordenanza puede recibir ordenes directas de su jefe y de cualquier trabajador del centro. Ya se ha explicado que según el temario oficial del MPT la correcta es la A, por más que en
temarios de empresas externas se diferencie entre recado y mensaje.
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bjjb ¿¿¿
temarios de empresas externas??? es que no existe algo así como un temario oficial, de haberlo tendría que estar en las bases de la convocatoria, no se puede considerar temario oficial uno de no se que asociación de discapacitados que has mencionado. Los temarios "externos" como tu los llamas. NO DEJAN LUGAR A DUDAS: MENSAJE Y RECADO NO SON LO MISMO.
Tu "explicación" de la que tanto te ufanas, ni me vale ni me convence cuando en al menos 10 temarios "externos" distintos aparece lo contrario. Es igual que la pregunta 21 o la 40, en las que tampoco estás en lo correcto.
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¿De donde sacáis esa plantilla? Porque yo he recorrido todos los pdf que aparecen en la página del ministerio y en ninguno me sale la plantilla de respuestas y no lo encuentro.
Además no tendrían que colgar también el cuadernillo con las respuestas del examen, porque sino para impugnar cualquier pregunta si no tienes exactamente el texto de la pregunta es muy dificil hacer el escrito de impugnación razonando porqué está mal.
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Creo que el procedimiento adecuado para la impugnación de preguntas sería rellenar un escrito donde figurara claramente tus datos personales y a quien va dirigido y presentarlo en el registro de cualquier administración pública, en mi caso en la subdelegación de gobierno, eso sí llevar una copia de lo que vayas a presentar para que te lo selle el funcionario para tener justificante.....corregirme si no es el procedimiento adecuado..gracias
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Todo esto provoca una sensación de impotencia brutal,yo no me volveré a presentar a oposiciones de este tipo,parece mentira que presentándose miles de personas haya preguntas mal redactadas o con respuestas erróneas,tampoco cuesta tanto hacer un examen de este tipo,la pregunta de los documentos internos la tendrán que anular, y la de la atención telefónica y presencial,alguien puede afirmar categóricamente que la correcta es la B? Por qué estaría mal la C? Acaso no hay que presentarse e identificarse?No entiendo cómo se puede dar por más válida la de los gestos,acaso en una información telefónica los usas? Esta tambien es claramente impugnable,más allá de lo que haya respondido cada uno.
En cuanto a la del franqueo pagado,alguien sería tan amable de confirmarnos si realmente puede ir urgente o no? Han dado por valida la C,donde dice que no.
Gracias por vuestro tiempo.
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pues sí, la verdad es que provoca impotencia porque que nos pasemos tanto tiempo estudiando y preparando estas oposiciones para que luego hagan las preguntas tal y como las hacen... con respecto a la atención telefónica y los gestos, no estoy de acuerdo con ello porque si no te ven!! además, en todos los
temarios, dice que te tienes que presentar e identificar. en cuanto al franqueo pagado, estoy totalmente segura de que sí que se pueden mandar con carácter urgente porque yo las he mandado.
todavía no se puede impugnar, no? porque lo han puesto en plan "guarrindongo" sin ningún tipo de escrito redactado diciendo que disponemos de tantos días para alegar... osea que imagino que habrá que esperar al 30. o no?? un saludo.
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¿Creo recordar que también nos dijeron que iban a colgar el cuestionario? porque sin tener el cuestionario delante va a ser imposible impugnar nada, ya que no sabemos seguro al 100% el enunciado de la pregunta.
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Buenos días!!
Sí, es bastante complicado todo sin tener el cuestionario. Yo tengo apuntado de qué iban las preguntas, pero no tengo los enunciados literalmente ni las respuestas... Alguien que lo tenga me puede decir la pregunta exacta con las respuestas de las preguntas 14 (precio gasolina) y la 27 (dónde se coloca el franqueo en una carta). Es que estas dos preguntas las he fallado y debe ser que con los nervios y demás taché la respuesta que no era... dos fallos tontos por mi parte...
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He llamado al tribunal y van a colgar laS preguntas a lo largo de la mañana.
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::: --> Editado el dia : 25/01/2012 12:04:49
::: --> Motivo :
parece que han colgado las respuestas antes del 30 de enero por si alguien anda despistado, para que se pase el plazo de impugnar, ¡vaya proceso de m....!, tenian que dar puerta a quienes hayan preparado este proceso por ineptos ¡qué verguenza!
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De cinco fallos que pensaba que tenía, la cosa sube a 9.....:(
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Hola yo tambien estoy bastante indignada, vaya tela de todo, yo salí bastante contenta por que dude en 3 y veo en la plantilla 9 fallos pero esto que es, la 21 y la 30 pero de que van, no entiendo nada que podemos hacer.
maputo
viva la pepa!!!!!!!!!!!!
25/01/2012 12:39:00
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Estoy en todo de acuerdo con zxrubén. La verdad es que no sé si volveré a presentarme a convocatorias de este tipo. Se te queda cara de tonto una y otra vez y otra vez.... En fin, no quiero meterme con los integrantes del tribunal aunque me parece que un poco más de profesionalidad y un poco menos de miseria moral no les vendría nada mal.
las dos preguntas que mencionas me parecen las más gráficas de la pantomima, la pregunta de "los gestos" y la de los "documentos internos". Son de risión. Estoy de acuerdo en que habría que hacer un escrito para que las saquen del proceso.
En cuanto a la primera pregunta en el manual MAD aparece en la página 216 creo recordar,algo así como " en ningún caso los envíos acogidos a este sistema pueden circular con carácter de úrgente ni por avión" otra cosa es que haya otros acuerdos con correos como he visto en algún post por ahí.
Lo dicho, me pensaré mucho lo de volver a quedarme con cara de tonto y pienso pelear por esas dos preguntas sin lógica.
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Ya está claro kooka gracias, ale por gilipollas ya he fallado la pregunta 8 , putos segundos y minutos....
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Maputo, en la página 216 de MAD no veo nada de lo que dices, sin embargo en la página 197, en la parte de arriba, vienen las formas de pago para la carta urgente y entre ellas el franqueo pagado, pero para salir de dudas esta mañana he ido a correos y un señor muy amable me ha impreso del catálogo de productos las características de la carta urgente y efectivamente viene como forma de pago el franqueo pagado. Si le interesa a alguien para presentar la impugnación se la puedo escanear y enviar por correo.
Un saludo
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Hola, me encantaría que me lo mandarás, mi correo es amphibya@hotmail.com.
Yo tengo instalado el programa GANES que genera los albaranes de entrega en oficinas de correos y también tiene la posibilidad de generar albaranes de franqueo pagado en la modalidad de carta urgente.
Gracias de antemano.
maputo
viva la pepa!!!!!!!!!!!!
25/01/2012 14:34:00
Mensajes: 35
Registrado: julio de 2009
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
tendremos manuales diferentes porque en el mio la primera página que hace referencia al tema de correos es la 215. No obstante en estas cosas tan cambiantes puede ser que tengas toda la razón. Yo, me he bajado el catálogo de productos de la página de Correos (2009) y no localizo nada del franqueo pagado. Aun así gracias por la observación. Pero entonces, ¿a que coño nos atenemos con este examen? si casi todas las preguntas son de extrema ligereza ( por así decirlo , porque son sencillas o de otros exámenes) y el resto ( en las que han querido innovar, o ser imaginativos) son impugnables o erróneas? Está para tirarlo a la basura!!!!!!
Mi manual reza así.
Personal laboral de ministerios (grupo V)
ordenanzas.
maputo
viva la pepa!!!!!!!!!!!!
25/01/2012 14:37:00
Mensajes: 35
Registrado: julio de 2009
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Por cierto, ya han colgado los cuadernillos de preguntas.
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Mi
temario también dice eso y en dentro de un círculo pone convocataria 2011 y la fecha del BOE. Lo único diferente es que es en formato ebook y el tema de correos empieza en la 167.
Por lo demás te doy la razón, todo apunta a que esto ha sido una chapuza monumental.
Un saludo
1978 jorge quiero que me envíes lo del franqueo pagado
yo quiero impugnarla, mi correo es:elenareviriego@yahoo.es, me envias lo del señor de correos?muchas gracias
y suerte!
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En mi
temario que es el de MAD y que ha salido en 2011, específico para esta oposición, indica que si puede ir con franqueo pagado. Yo también quiero impugnarla, dedicme como he de hacerlo. mi correo es: nurisj@hotmail.es. graciaaaaaaasss
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La pregunta 30 dan buena la c,jajaja hijos de puta q son yo la flipo,hay q impugnar todo esto,hijos d puta¡¡¡
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Para los que estén animados a impugnar alguna de las respuestas dadas como válidas por el Tribunal les recuerdo que el precepto de aplicación está recogido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprobó el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, que en su artículo 14 dice:
Revisión e impugnación.
2. Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso ordinario ante la autoridad que haya nombrado a su presidente.
En este caso pues el recurso ordinario sería el de alzada.
Previamente se podría dirigir escrito al Tribunal.
En cuanto a la discrecionalidad técnica de los Tribunales de oposiciones, esta se ha visto limitada y perfilada recientemente por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Yo creo que voy a preparar un escrito al Tribunal impugnando la plantilla correctora (algunas repuestas). En lo que lo tenga lo cuelgo aquí.
maputo
viva la pepa!!!!!!!!!!!!
25/01/2012 16:09:00
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RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
estoy contigo aeneas, creo que es lo más sensato, ya que tengo mis dudas de poder efectuar una impugnación total. ¿En caso de que salga adelante una impugnación de algunas de las preguntas como queda el proceso? ¿Alguien sabe con certeza?
Por otra parte si impugnas las dos o tres preguntas estas , llamemoslas "inciertas" te quedas con un proceso un tanto atípico ¿no? Porque eliminarías las más conflictivas, el resultado será apretado. ¿Qué os parece?
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Hola mirando el examen la 21 y la 30 eso es impugnable, contad conmigo para lo que sea mi correo es: belenhp12@hotmail.com, me gustaria que me inforamarais de que hacer, ahhh mi nombre es Belén.
Gracias.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
¿donde puedo encontrar las preguntas del examen? me han comentado que las han publicado pero no las encuentro
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
una pregunta.¿sabeis si todas las preguntas valen lo mismo?o valen mas las especificas que las de
lengua y mates.gracias
maputo
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25/01/2012 17:34:00
Mensajes: 35
Registrado: julio de 2009
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
no sé si os habréis dado cuenta pero se estaban riendo en nuestra cara nada mas publicar la convocatoria... en la convocatoria, donde pone la dirección para mandar comunicaciones e incidencias, tambien hay puesto un correo y su alias es PADRINO jejejejee es decir, PURA MAFIA, en fin, así va este país, apañaos vamos
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Yo tengo el correo correcyto porque llame y me lo facilitaron es: ppadrinoo@mtin.es
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Estoy con vosotros en reclamar la pregunta 21 y la 30, yo también voy a hacer un escrito y lo entregaré mañana
Saludos
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
CON RESPECTO A LA PREGUNTA 30:
La respuesta C se da en el caso de que la conversación sea vía telefónica (solamente).
La pregunta creo que está bien formulada, y pienso que es en caso de "telefónica" ó "presencial", NO que se den los dos casos a la vez.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Claro megera, yo pienso igual que tu, la pregunta 30 no es impugnable, pone muy claramente el enunciado de la pregunta: INTERLOCUCION PERSONAL PRESENCIAL ... ...y luego en la respuesta pone "asegurarse que la persona ha comprendido el mensaje", utilizando para ello INCLUSO la gesticulación.
Allá el que no lo quiera ver.
Esa pregunta no es impugnable.
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Estoy pensando que en la 21 no solo hay que indicar la circunstancia en la nota de entrega, no dice nada de que la carta deba llevar la impresión de urgente en ningun lado, y ahi es donde nos han dado, una carta por el mero hecho de serla no tiene caracter urgente salvo que le añadamos la pegatina que le da ese caracter,... vamos que nos han liado y yo ya no se ni como me llamo... En definitiva el que puso la pregunta sabia lo que queria poner, pero no se si hay alguien que le entendio..... somos muchos los que pensamos que han enrevesado las preguntas para que no supieramos por donde nos daba el aire.
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::: --> Editado el dia : 27/01/2012 15:34:04
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 27/01/2012 15:32:54
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 27/01/2012 15:30:30
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 26/01/2012 13:53:57
::: -- Motivo :
Para alegar la pregunta 3 se puede aportar la Resolución de 3 de febrero de 1993, de la Secretaría del Estado para la Administración Pública, por la que se define el sistema de identificación común del personal al servicio de la Administración General del Estado.
En cuanto a la pregunta 21 es la respuesta C. Yo trabaje en el INSS y estaba encargada del correo y la diferencia está en que con el franqueo pagado tanto las cartas ordinarias como las certificadas ya están listas para que las podamos enviar (junto con su nota de entrega), pero en las urgentes no,, hace falta que correos primero autorice el carácter urgentes y segundo les de posteriormente el carácter de urgente con la pegatina o impresión correspondiente. Esa autorización es a través de un acuerdo entre correos y la empresa,,,no es la norma general,,, la ley de correos sólo regula las cartas ordinarias y certificadas.
El que lleven franqueo pagado y una nota de entrega no les confiere el carácter urgente. Por lo tanto, la respuesta es que NO.
De todos modos es que si leemos bien la pregunta la pregunta, la respuesta es no de todas a todas.
Mediante el sistema de franqueo pagado, ¿se puede enviar una carta con carácter
urgente?
No es lo mismo si podemos mandar "una carta urgente" a "una carta con carácter urgente",,, la pregunta da a entender que el sistema de franqueo pagado es el que le da carácter urgente, y nada más lejos de la realidad.
En todo caso para que fuera que sí, habría que completar la respuesta y decir que si siempre que fuera con su nota de entrega con la pegatina de urgente y hubiera acuerdo con correos. Y además la pregunta estuviera formulada de otra manera.
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
Con una respuesta del tipo "no" rotundo a la pregunta 21 tampoco sería del todo correcta, porque una cosa es que se haya que pegar una pegatina o pedir una autorización, y otra cosa es que sea un no rotundo.
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Un NO si que sería correcto, porque tal como lo formulan no se puede enviar.
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Espero q anulen las preguntas 27 , 30 y 40.
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::: --> Editado el dia : 27/01/2012 11:31:22
::: --> Motivo :
Cómo se nota qué preguntas nos han calificado como erróneas y cuáles no!!!... jajaja!!!... Es que somos tod@s iguales!!!... jejeje!!!...
Por ejemplo, tú (perdón que te tutee) afirmas que la respuesta a la pregunta 21 es un "NO" rotundo, pues, por tu trabajo, sabes que Correos debe conceder esa condición, a través de unas pegatinas. Te creo; pero no te das cuenta que, con esa respuesta, nos confirmas que sí es posible hacer ese tipo de envío, independientemente de lo que se necesite para hacerlo. Eso, por no hablar que otro compañero, "Lenon1975", que trabaja en una Conserjería, confirma que sí se puede realizar, pues él lo ha hecho muchas veces ("Lenon1975", perdóname por citarte; lo siento, soy peor que Yoko Ono, jejeje!!!)… ¿a quién debemos creer?...
Resumiendo, cada uno cuenta la historia como la vive y, por tanto, impugnará o no lo que crea oportuno; pero lo realmente importante es que no debemos olvidar que estas oposiciones han sido un "bluff" (tongo, para que se me entienda) y eso es sí que es preocupante!!!...
Sea como fuere, os deseo mucha suerte a tod@s con la resolución final, por supuesto, incluida tú, "crisi80" (un besote, guapa, te entiendo y respeto!); pues estoy seguro que tod@s los "pardillos" que discutimos las preguntas, tengamos más o menos razón, somos los que nos hemos currado en serio estas oposiciones y los "infelices" que no tenemos enchufes!!!...
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la pregunta 21 es impugnable, yo envié muchas cartas urgentes con Franqueo Pagado, la correcta es la B
RE:YA ESTA LA PLANTILLA DE ORDENANZAS DEL MINISTERIO DE TRABAJO!!!!
::: --> Editado el dia : 27/01/2012 15:55:01
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::: -- Editado el dia : 27/01/2012 15:36:26
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::: -- Editado el dia : 27/01/2012 11:41:39
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::: -- Editado el dia : 27/01/2012 11:39:24
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 27/01/2012 11:35:48
::: -- Motivo :
Para inakilc
Antes de nada decir dos cosas:
La primera que no me lo tomo como nada personal, creo que cada uno lucha por su examen.
La segunda, ya que haces referencia a "Lenon", decir que si lees todos los comentarios en los distintos posts el mismo Lenon el día 23 decía que la respuesta era errónea porque el lo hacía en la conserjería y el día 25 decía que después de darle vueltas la respuesta C si que estaba bien, que era que NO.
Sólo digo que eso no es la norma general, que es por lo que preguntan en el examen. La ley sólo regula ordinarias y certificadas, todo lo demás depende de posibles acuerdos con las empresas. Yo trabajé un año entero en el INSS, en
Madrid, y en el centro donde estaba las urgentes no las podíamos enviar. Sólo ordinarias con su nota de entrega y las certificadas con su nota de entrega y relación.
De todos modos es que si leemos bien la pregunta la pregunta, la respuesta es no de todas a todas.
Mediante el sistema de franqueo pagado, ¿se puede enviar una carta con carácter
urgente?
No es lo mismo si podemos mandar "una carta urgente" a "una carta con carácter urgente",,, la pregunta da a entender que el sistema de franqueo pagado es el que le da carácter urgente, y nada más lejos de la realidad.
En todo caso para que fuera que sí, habría que completar la respuesta y decir que si siempre que fuera con su nota de entrega con la pegatina de urgente y hubiera acuerdo con correos. Y además la pregunta tendría que estar formulada de distinto modo.
Esperemos a ver que pasa, porque al final no depende de nosotros. Saludos
Por cierto, recordar que no soy la única que defiende ésta postura, hay mucha gente que la defiende y con las mismas razones que aporto yo.
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Es q la 21 tb manda cojones esa pregunta , yo tb pienso q es la b, espero q la impugnen tb o la anulen o den como buena la b.
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Bueno pues como ya dicen por aquí ya están las listas de aprobados...han puesto el corte muy alto, como era de esperar....yo lo he pasado, tengo 60 puntos....somos muchos con 60 puntos y tenemos por encima a 70 personas lo que quiere decir que del grupo de gente que tenemos 60 y 50 puntos nos jugamos 18 plazas, que las conseguiran quien puntúe más en la fase de concurso....puedo decir que aún no lo tengo todo perdido, hay un mínimo de esperaza....¿por cierto sabéis que tipo de
cursos son los que se valoran? yo estuve mucho tiempo de interino de
auxiliar administrativo he hice algunos cursos convocados por el ministerio al que curraba, ¿esos cursos valdrían?. Bueno que tengáis suerte con las notas, un saludo.
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los
cursos tienen que estar directamente relacionados con el puesto de ordenanza e impartidos por organismo oficial
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Si eso pone en las bases, bueno yo los presento todos y que ellos juzguen....¿que puntuación has sacado marialagar?
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Hola a todos! Bueno a ver que tal nos va por este ministerio.
Hay unas 18 personas con meritos, pero no creo que aqui esten todos los interinos, porque si hay personas que llamaron desde el INEM en 2008 o 2009 y no se presentaron,tendran puntos pero no habra manera de saber cuantos, hombre tambien es verdad que quizas no muchos.
Tambien es verdad que hay personas que se han presentado a mas de un ministerio, asi que puede haber renuncias si consiguen un destino que les interese mas. En mi caso no se si aqui cogere plaza. tengo 80 puntos + 1.5 o 2 segun baremen los meritos, pero tambien tengo posibilidades en delegaciones asi que dependera del destino. Habra que esperar a los meritos.
MUY IMPORTANTE : hay una persona con plaza que se ha presentado y ha pasado el corte. El apellido empieza por L. cOGIO PLAZA EN INTERIOR EN 2008 Y YO NO HE VISTO QUE RENUNCIASE. Si mirais las bases (2.1.5 creo, lo he puesto de memoria) este año estaba prohibida esta posiblidad, asi que si localizais alguien mas habra que comunicarlo al tribunal o a funcion publica. Es muy importante porque estos casos si que nos quitan plazas, en caso de que nadie se diera cuenta seria un traslado encubierto, ya que se ayudan de los puntos de estar fijo pasra coger un destino que les interesa y despues su plaza se amortizara. Vamos que flaco favor nos hace a los que intentamos mejorar.
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hola a todos, he estado mirando a los que no cogieron plaza en 2008 ,en comparación con la lista de los 331,
he localizado unos 10 de la lista y contando que 70 plazas estan cogidas,quedan 18 para concursar los de 60 hay
y 50 ,de los 10 hay 3 o 4 que son de 80 0 70 y 7 mas o menos de 50 y 60 que van con meritos, por lo que unas
10 plazas son para interinos de otras comunidades o gente sin punto
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Por qué están cogidas ya 70 plazas? habrá que esperar a la fase de concurso,no?
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Los que tienen 90,80 y 70 puntos suman 70 personas.No es que lo tengan asegurado fijo,pero casi.Los de 60 y 50 podrían superarles pero con muchos méritos.Por eso dicen que quedan 15 para repartir(las plazas de ordenanza son 85)
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Hola chicos,
Desde el primer momento he pensado que la corrección que hace el tribunal con respecto a la pregunta de correos no es correcta, pero hoy me he levantado pensando que quizás el tribunal estaba en lo cierto.
Lo único que ocurre que al revisar de nuevo la pregunta y las respuestas, he llegado a la conclusión de que el Tribunal tiene razón, de que realmente se puede enviar una carta urgente dentro del sistema de franqueo pagado como si se tratara del pago por medio de sellos (respuesta a), sin embargo si entramos en la pagina de correos y vemos lo que aparece con respecto al franqueo pagado también podemos ver que se puede enviar todo tipo de cartas a condición de ir acompañado de una nota o albarán de entrega, por lo que también es correcta la respuesta b.
Ha sido entonces cuando me he dado cuenta de que realmente hay 2 respuestas válidas dentro de una misma pregunta, por lo que debería ser anulada.
Ya sé que es darle más vueltas al asunto pero no se ha publicado ninguna plantilla correctora definitiva, por lo que entiendo que nada está perdido. quizás si alguno de los que hablais con el tribunal puede hacerle llegar esta conclusión a la supongo habreis llegado todos o la gran mayoria...
Si no intentamos algo ahora, más adelante no podremos hacer nada.
Saludos
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::: --> Editado el dia : 27/02/2012 1:58:24
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 27/02/2012 1:57:45
::: -- Motivo :
Pregunta "chorra": Una vez que se expongan las notas definitivas, tras la fase concurso, si alguien que ha conseguido plaza y la rechaza porque le toca fuera de su ciudad (el sueldo no es como para vivir en otra ciudad, precisamente; es una plaza de ordenanza, no de ministro, jejeje), siguen buscando, por lista, otros aprobados que sí acepten esas condiciones o se les reserva la plaza o algo así?...
Lo digo porque, en mi caso, si me ofrecen el puesto fuera de mi provincia, muy probablemente, tendré que decir "no"... y, otra cosa, de aceptar, cuánto tiempo tendría que pasar (aproximadamente) para poder trasladarme a mi provincia?...
Gracias por adelantado!!!..
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sergio 78, yo he pasado con 50 y le sumaré unos 17 o 18 puntos segun me valoren los méritos
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sabéis cual es el grupo de cotizacion de la AGE?
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Estáis dando por hecho que los de 70 puntos van a obtener plaza y me imagino que habrá algunos de 60 que tendrán más méritos que ellos,o incluso de 50,suponiendo que los de 70 no sumen nada,en cuanto a la plantilla definitiva deberían haber anulado tambien la de la comunicación telefónica porque hicieron un corta y pega de un decreto y la formularon mal,llevándonos a confusión,creo que ninguna de las respuestas se ajusta.
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zxruben de la anterior convocatoria de los de 60 hay interinos 5 y de 50 3 o 4 ...las demás plazas para los demás..
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Sí, por favor, alguien sabe cuál es el grupo de cotización de ayudante de gestión. gracias.
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Me parece que ya está comentado en otro hilo y era el grupo 6 el que sumará puntos, yo tengo interinidad de
Auxiliar Administrativo y a parte de no ser de Ordenanza, sé seguro que no me vale porque no es del 6.
Saludos
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HE ESTADO CALCULANDO Y TENGO 50 MÁS 17 PUNTOS, TENDRE POSIBILIDADES?
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Inakilc:si alguien renuncia a la plaza que se le adjudica pierde su puesto en la oposición definitivamente y se la ofertarían al siguiente de la lista de los que no obtuvieron plaza.Por ejemplo,son 85 plazas,si hay una renuncia se la ofertarían al 86 de los aprobados según la puntuación final(oposición más concurso).Para moverte por concurso de traslados lo primero que haría falta es que hubiera vacante en tu provincia,segundo que la administración la saque a concurso(porque no suelen sacar todas las vacantes aunque deberían) y tercero bastantes puntos de antigüedad según la competencia que haya.Todo esto significa esperar unos cuantos años(termino medio más de 10).
Marialagar:yo creo que sí tienes oportunidades,pero a lo mejor lo unico que te dejan es ir a Guipuzcoa,o a
Tenerife..que haya suerte.
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Marialagar yo creo que también tienes opciones, ten en cuenta que vas a superar a casi todos los de 50 puntos y
también a muchos de 60 puntos, a mi me da que no va a ver término medio, estarán los interinos que habéis dicho
que hay que tendrán muchos puntos de concurso y luego la mayoría con muy poquitos puntos, así que con 67 puntos en total tienes opciones.
Además creo que la mayoría vamos a intentar pillar una plaza en concreto como el caso de Inakilc,
así que puede que haya muchas renuncias porque a ver quien es el guap@ que se va a Madrid,
Barcelona con 800 euros
o a
Tenerife como dice Lenosn1975 para estar pillando aviones.
Sé que todo está muy mal pero al menos que el trabajo no te cueste el dinero
Saludos
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La pregunta numero 21 se considera válida la a y la c, o sólo la a??
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¿que
cursos son los que valorarían? ¿todos los convocados por la administración? yo tengo varios que hice cuando estuve de interino de
administrativo, algunos del estatuto basico del empleado publico, de procedimiento adm y alguno que otro por ahí. ¿creéis que valdrían?
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Chicos por mi "plantilla" tengo 37 preguntas acertadas pero no aparezco en las listas.
Alguien sabe donde reclamar?
Gracias
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Hola buenos dias, yo tampoco estaba, llamé a los telefonos de contacto y me dijeron que hiciera un escrito exponiendolo, la dirección es la que pone en lasl istas de las aprobados, creo que así va más directamente.
Espero que tengas más suerte que yo, yo no llegé a 37.
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NO OS PERDÁIS CON LOS DETALLES. HAY QUE INTERPONER RECURSO DE ALZADA A LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO DE IMPONER UNA NOTA DE CORTE Y SOLICITAR TAMBIÉN LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN SU MOMENTO ACTUAL.
EL PLAZO ES HASTA EL 23 DE MARZO, ASÍ QUE HAY QUE DARSE PRISA. HA DE SER MASIVO, CUANTOS MÁS SEAMOS MUCHO MEJOR. DIRIGIDLO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA PORQUE ES EL ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER EL RECURSO DE ALZADA AL SER EL QUE HA NOMBRADO AL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL, SEGÚN EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY 30/92.
EN LAS BASES NO SE MENCIONA NUNCA UNA NOTA DE CORTE, NI QUE POSTERIORMENTE SE VAYA A DECIDIR QUE LA VAYA A HABER.
EN LAS BASES SE ANUNCIA QUE HABRÁ 40 PREGUNTAS QUE SE CALIFICARÁN CON 100 PUNTOS, POR LO TANTO 20 ACIERTOS SON IGUAL A 50 PUNTOS. NO HAY POSIBLE AMBIGÜEDAD. ESTABLECER LA NOTA DE CORTE SIN QUE LO PREVEAN LAS BASES Y POSTERIORMENTE A LA CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA CUANDO YA SE HA CORREGIDO EL EXAMEN Y POR TANTO IDENTIFICADOS LOS ASPIRANTES ES ILEGAL.
DE IGUAL FORMA PODRÍAN HABER INTRODUCIDO POSTERIORMENTE AL EXAMEN CUALQUIER OTRA VARIABLE PARA PUNTUAR LOS EJERCICIOS
INTRODUCIR NUEVOS CRITERIOS DE PUNTUACIÓN Y VALORACIÓN DESPUÉS DE LA REALIZACIÓN DEL EJERCICIO ES ABSOLUTAMENTE ILEGAL!!!!!!!!!!
SI LOS ASPIRANTES NO CONOCEMOS CUAL SON LOS CRITERIOS DE PUNTUACIÓN ANTES DE REALIZAR EL EXAMEN NO EXISTE, TAL Y COMO RECONOCE NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO, IGUALDAD Y PUBLICIDAD EN EL INGRESO DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN, NI PUBLICIDAD EN EL CONTENIDO DE LAS CONVOCATORIAS, NI TRANSPARENCIA, NI SEGURIDAD JURÍDICA, NI BUENA FE NI CONFIANZA LEGITIMA.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS BASE HA DE SER ESTRICTO, PUES SON LA “LEY” DE LA CONVOCATORIA.
EL TRIBUNAL SUPREMO EN SENTENCIA DE 27 DE JULIO DE 2008 SEÑALA QUE LA FIJACIÓN DE CRITERIOS DE ACTUACIÓN TIENE QUE SER PRECEDENTE A LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS Y ADEMÁS RECIENTISIMAMENTE, EL 18 DE ENERO DE 2012 VUELVE A DICTAR SENTENCIA EN EL MISMO SENTIDO, ANULANDO LA NOTA DE CORTE Y DECLARANDO APROBADOS SOLAMENTE A LOS QUE INTERPUSIERON RECURSO. SE TRATA DE UNAS OPOSICIONES DE AYUDANTE DE
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS. OS PONGO EL FUNDAMENTO CUARTO QUE EL CLARÍSIMO, NO OBSTANTE LA SENTENCIA LA PODEIS ENCONTRAR FÁCILMENTE EN INTERNET (SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE ENERO DE 2012 REC.:1073/2009):
“CUARTO.- La vulneración del artículo 4.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, denunciada en los motivos de casación, merece ser acogida.
Así debe ser porque, efectivamente, la decisión del Tribunal Calificador de establecer con posterioridad a la fecha de realización del segundo ejercicio tanto la nota de corte determinante del “no apto”, como las variables ponderables en el apartado de “Personalidad” a los mismos efectos, son contrarias al principio de publicidad que para el ingreso en la función pública dispone el anterior precepto reglamentario.
Debe decirse que ese principio de publicidad, en su formulación más genérica, está ligado a otros mandatos constitucionales como lo son el derecho fundamental de tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución (CE) y el principio de objetividad que par toda actuación de la Administración pública dispone el artículo 103.1 del propio texto constitucional.
Y por eso mismo conlleva, entre otras cosas, tanto la necesidad de que toda actuación
administrativa sea transparente en los hechos, criterios y razones que determinen sus decisiones, pues solo así es posible el control que demanda el derecho de tutela judicial efectiva como también que esos criterios estén establecidos con anterioridad a su finalización cuando de procedimientos competitivos se trate, porque de esta manera es como queda conjurado con las debidas garantías el riesgo del favoritismo individual (contrario al principio de objetividad) que se produciría si los criterios de valoración de los aspirantes fuesen definidos una vez realizadas esas pruebas competitivas
ESTO NO PUEDE QUEDAR ASÍ, NO HAY QUE DEJARSE AVASALLAR. CUANDO SE TIENE LA RAZÓN Y SE ESTÁ RESPALDADO POR LA LEGALIDAD HAY QUE IR HASTA EL FINAL. ESTÁ TODO POR GANAR, ÁNIMO A TODOS Y DAROS PRISA. NO HAGÁIS CASO A LOS AGOREROS INTERESADOS.
VUELVO A REPETIR, HAY QUE INTERPONER RECURSO DE ALZADA PARA QUE SE ANULE LA NOTA DE CORTE Y SOLICITAR TAMBIÉN LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL MOMENTO ACTUAL Y SEAN DECLARADOS APROBADOS EN LA FASE DE OPOSICIÓN LOS ASPIRANTES QUE HAYAN TENIDO 20 ACIERTOS, PARA QUE PUEDAN SER VALORADOS SUS MÉRITOS EN LA FASE DE CONCURSO.
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increíble......este lexlegis1980 aparece en todos los foros.....que elemento........Se aburrirá???.......le faltan 2 herbores???....quiere hacerse famoso???.....Pues tranquilo hombre...te diré que tambien quedó fuera y quitó la misma nota que tú.....Toni Genil (Filósofo)....Leonardo Dantés (Catedrático).....Y Paco Porras(Doctor en Biología)......Ellos tambien van a reclamar.....Suerte.....!!!