Dudas Registro Turismo de Andalucia y Derogaciones





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joseplunnus

26/06/2008 19:35:00
Mensajes: 33
Registrado: junio de 2005
Dudas Registro Turismo de Andalucia y Derogaciones
A ver un supuesto, necesito aclararme con las fechas y plazos:  
1 CASO: Voy a construir un hotelito, voy a la Delegación Provincial el 24 de mayo y llevo toda la documentación y solicitud para inscribirme en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA)  
2 CASO: voy a construir un hotelito, voy a la Delegación Provincial el 27 de mayo y llevo toda la documentación y solicitud para inscribirme en el RTA.  
 
LEGISLACIÓN: tomo el Decreto 35/2008 del RTA, lo leo y entiendo lo siguiente: me derogan el capitulo de las inscripciones del Decreto 47/2004, el decreto 37/2008 entra en vigor a los 3 meses de la publicación (se publica el 25/02/08) entraría en vigor por tanto el... 26/05/08, y en la Disposicion Transitoria Unica me dice que procedimiento iniciado a la entrada en vigor del decreto se rigen por normativa vigente en su momento  
 
MI DUDA:  
 
En el caso 2, me olvido de la inscripcion provisional y solo pido la calificación previa y luego la inscripción en el RTA. Y la Administracion tiene 3 meses para resolver la calificación previa (art.15,17 y 17 Decreto 35/2008) ya que he entregado la solicitud un día después de entrar en vigor el Decreto RTA  
 
En el caso 1, me guio por lo que dice el capitulo de inscripciones del Decreto 47/2004, hago inscripción provisional, la administracion tiene 2 meses para resolver, y luego 3 meses resolver la definitiva y todo ello porque he entregado la solicitud un día antes de la entrada en vigor del Decreto RTA.  
 
¿estoy en lo cierto, me estoy equivocando en algo...? Por favor, contestar, puede ser pregunta de examen práctico

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

coatif

26/06/2008 21:05:00
Mensajes: 99
Registrado: agosto de 2006
RE:Dudas Registro Turismo de Andalucia y Derogaciones
Más o menos es como dices, pero en el caso 2 que se sigue el nuevo Decreto de RTA solicitas la calificación previa con todo el procedimiento y después tienes que solicitar la inscripción definitiva (también tienen 3 meses para resolver).  
En el caso 1 es como dices se rige por el procedimiento del Decreto 47/2004, esto un jaleillo!! no sé si te ha quedado claro, solo te queda por pedir la inscripción definitiva en el caso 2. espero haberte ayudado. Suerte







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