Gracias a todos por vuestra ayuda. Como veo que es muy importante conocer el texto de la convocatoria, os copio-pego lo siguiente sobre la valoración de méritos:
I) (PARA LA CONVOCATORIA DE CONSOLIDACIÓN ORDINARIA)
3. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios.
3.1. Fase de concurso. La valoración de los méritos señalados en la base 1.2,
se realizará de la forma siguiente:
a) Servicios en la Escala convocada: La antigüedad del funcionario en las
Escalas a que se refiere el punto 2.1 o en cualquier otra Escala siempre que
el nombramiento se haya producido a partir de las listas de espera de las
Escalas indicadas en dicho punto, se valorarán hasta un máximo de 24 puntos,
teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, asignándose a cada mes
completo de servicios efectivos una puntuación de 0’25 puntos hasta el límite
máximo expuesto.
b) Haber prestado un mínimo de 6 meses de los servicios indicados en el
punto anterior en los 12 meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Se valorará con 2 puntos.
c) Haber superado ejercicios en las dos últimas convocatorias de ingreso de
la Escala
Administrativa de la Universidad de
Murcia, se valorará con 2 puntos por
ejercicio aprobado, con un máximo de 4 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final
de la fase de oposición a efectos de establecer el orden que permita determinar
la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, que en ningún
caso podrá ser superior al de plazas convocadas por este sistema. Estos puntos
no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
II) CONVOCATORIA PARA ACCESO LIBRE
3.2.1. Fase de concurso. La valoración de los méritos señalados en el
punto 2.3 de este anexo que se posean a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, se realizará de la forma siguiente:
a) Servicios en las Escalas de la Universidad de Murcia: Servicios prestados
en las Escalas a que se refiere el punto 2.3, siempre que el nombramiento se
haya producido a partir de las listas de espera de dichas Escalas, se valorarán
hasta un máximo de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios
prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
asignándose a cada mes completo de servicios efectivos una puntuación de 0’25
puntos hasta el límite máximo expuesto.
b) Haber prestado un mínimo de 6 meses de los servicios indicados en el
punto anterior en los 12 meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Se valorará con 1 punto.
c) Haber superado ejercicios en las dos últimas convocatorias de ingreso de
la Escala Administrativa de la Universidad de Murcia, se valorará con 2 puntos por
ejercicio aprobado, con un máximo de 4 puntos.
e) Acreditación de conocimientos de idiomas: Se valorará hasta un máximo
de 2 puntos, en función del nivel alcanzado. Se valorará el mejor nivel acreditado
en cada idioma. Se podrán sumar los valores de más de un idioma, dentro del
máximo del apartado.
Acreditar el Nivel Básico de E.O.I. o equivalente…………….0,50 puntos.
Acreditar el Nivel Intermedio de E.O.I. o equivalente…….0,75 puntos.
Acreditar el Nivel Avanzado de E.O.I. o equivalente……….1,00 puntos.
f) Por titulaciones superiores a la exigida como requisito se valorará hasta
un máximo de 1 punto, a razón de 0,50 puntos por cada nivel. No se valorarán
los títulos intermedios necesarios para obtener otro superior. El Doctorado se
entiende un nivel superior a Licenciado.
g) La realización de cursos de formación de más de 10 horas, impartidos
dentro de los Planes de Formación Continua de las Administraciones Públicas. Se
valorarán a razón de 0,01 puntos por hora de formación, hasta un máximo de
2 puntos. A estos efectos se incluyen los cursos de formación de Prevención de
Riesgos Laborales realizados en la Universidad de Murcia.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final
de la fase de oposición a efectos de establecer el orden que permita determinar
la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, que en ningún
caso podrá ser superior al de plazas convocadas por este sistema. Estos puntos
no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Por lo que yo veo, en la convocatoria de ACCESO LIBRE, un primerizo puede "arañar" algunas décimas por temas como la titulación y los conocimientos de idiomas. Todos los demás méritos sólo son asumibles para opositores veteranos.