Por familia numerosa (depende de la categoria) pagas la mitad o nada
Estan exentos de pago:
a) minusvalidos con un 33% o mas de minusvalia (que adjunten el correspondiente certificado de minusvalia)
b) las personas en paro (al menos con un mes de antigüedad desde la publicación de la convocatoria) que deberán adjuntar un certificado del SP de empleo indicando la antigüedad de alta como demandante de empleo y que no ha rechazado ningun
cursos y una declaración jurada en la que se indique que no percibes rentas superiores en computo mensual al salario minimo interprofesional
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