TÍTULO VI. Del Poder Judicial
· Sentencias.
· Obligación de cumplirlas.
· Siempre motivadas.
· Se pronunciarán en audiencia pública.
· Justicia.
· Gratuita según ley y quienes acrediten insuficiencia de recursos.
· Actuaciones judiciales.
· Públicas, con las excepciones previstas en las leyes del procedimiento.
· Procedimiento.
· Predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.
· Ciudadanos.
· Pueden ejercer la acción popular.
· Participar en la Adm. de Justicia mediante jurados o tribunales consuetudinarios y tradicionales.
· Policía judicial.
· Depende de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal para averiguación delito, y descubrir y asegurar al delincuente, según ley. ...
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