(Parte de la Constitución). ¿En qué Título y capítulo se hace referencia al PGE?
En el Título VII “ Economía y Hacienda” y en el artículo 134
• ¿Quién elabora los PGE? ¿Y quién examina, propone enmiendas y aprueba el PGE?
Elabora el Gobierno (y competencia para ejecutarlo). Aprueba las Cortes Generales (examina y enmienda)
• Además de incluir la totalidad de gastos e ingresos del sector público estatal se consignarán?
El importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado
• ¿Cuándo debe presentar el proyecto de los PGE el Gobierno y a quién?
Ante el Congreso de los Diputados (aprueba las Cortes Generales) al menos tres meses antes de la expiración de los años anteriores (otra respuesta es antes del 1 de octubre pero la CE dice tres meses antes)
• ¿Se una vez aprobados los PGE puede haber modificaciones?
Sí, el Gobierno puede presentar proyectos de ley que implique aumentar el gasto público o la disminución del ingreso.
• Las proposiones o enmienda (las Cortes?) que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos prespuestarios requerirá?
La conformidad del Gobierno para su tramitación
• En referencia a los tributos ¿La ley de PGE..?
No puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.
• Para emitir Deuda pública o contraer crédito ¿El Gobierno...?
Habrá de estar autorizado por ley.
• ¿Los créditos para ...
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