Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
RESUMEN
Aplicación:
AGE
CCAA
C. locales
NO en las AAPP en régimen de derecho privado
Defensor del Usuario de la admón. Electrónica:
1. Será nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de la Presidencia entre personas de reconocido prestigio en la materia.
2. Elaborará con carácter anual, un informe que se elevará al Consejo de Ministros y se remitirá al Congreso de los Diputados.
Canales:
1. Puntos de acceso electrónico:
www.060.es
2. Oficinas de atención presencial con medios gratuitos
3. servicios de Atención telefónica. 060
4. Servicios a través del móvil
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La publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria deban publicarse en tablón de anuncios o edictos podrá ser sustituida o complementada por su publicación en la sede electrónica del organismo correspondiente.
Representación:
Las Administraciones Públicas podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación.
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Esto no lo contempla esta ley pero existe en la actualidad
Nina33
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