REGLAMENTO ORGÁNICO DEL GOBIERNO Y
ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
DE
LA
DISPOSICION
REGLAMENTO MUNICIPAL 31-05-2004
PUBLICACIONES
BO. COMUNIDAD DE MADRID 23-06-2004, núm. 148 (fascículo I),
pág.
18-35 BO. AYUNTAMIENTO DE MADRID 29-07-2004, núm. 5610, pág. 2629-2653
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
. La Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del
gobierno
local, ha aprobado un importante conjunto de reformas del régimen local contenido en
la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante,
LRBRL).
Entre estas medidas destaca la adición de un título X a la Ley 7/1985, de 2 de abril, en
el que se establece un nuevo modelo orgánico-funcional para los municipios de gran
población, regulándose sus órganos necesarios (Pleno, Comisiones de Pleno, alcalde,
tenientes de alcalde y Junta de Gobierno Local), los órganos superiores y directivos, la
división territorial en distritos, los mecanismos de participación ciudadana, el Consejo
Social
de la Ciudad, etcétera.
Este nuevo régimen de organización implantado por la Ley 57/2003 para los
municipios
de gran población tiene como rasgo más destacado la separación de funciones entre
el
Pleno y el ejecutivo municipal, integrado por el alcalde y la Junta de Gobierno Local. El
Pleno, máximo órgano de representación política de los ciudadanos en el gobierno
municipal, aparece configurado como órgano de debate y de adopción de las grandes
decisiones estratégicas, a través de la aprobación de las ordenanzas y reglamentos,
de los
presupuestos municipales, de los planes de ordenación urbanística, etcé ...
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