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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

García de Enterría

• 12/04/2006 9:06:00.
Mensajes: 2
• Registrado: abril 2006.

PREGUNTA AL FORO

A ver quien sabe la diferencia entre estos 3 conceptos:

- Acto definitivo.
- Acto que pone fin a la vía administrativa.
- Acto firme en vía administrativa.

Aunque pueda parecerlo, no significan lo mismo.

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

germanico

• 15/04/2006 1:21:00.
Mensajes: 3
• Registrado: febrero 2006.

RE:PREGUNTA AL FORO

Haber si puedo aclararte algo:
Acto definitivo es aquel que pone fin al expediente, contiene la voluntad del órgano y se pueden recurrir.
Acto que pone fin a la vía administrativa ya no pueden recurrirse excepto ante juez o Tribunal de lo contencioso administrativo.
Acto firme en vía administrativa es aquel que no puede recurrirse, deviene inatacable por haber agotado los plazos (salvo el posible recurso extraordinario de reposición)

davidmonsa

• 16/04/2006 22:34:00.
Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2006.

RE:PREGUNTA AL FORO

Tan sólo estoy de acuerdo con la opinión de Gérmanico en el descripción de acto Definitivo, ya que efectivamente es el que finaliza un expediente administrativo, pero no estoy por supuesto de acuerdo con lo que responde a Actos que agotan la Via Administrativa, ya que dichos actos son los que pueden ser recurridos por el recurso potestativo de revisión, ante el órgano que lo dictó, y vienen regulados en el art. 109 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. Ley 30/1992 de 26 de Noviembre.
En cuanto Actos firmes en vía administrativa, no estoy totalmente de acuerdo con su explicación, ya que no son inatacables tan sólo por finalización del plazo, sino también, por ejemplo, por haber sido desestimado el recurso potestativo de reposición. Lo que si es cierto es que contra los Actos firmes en vía administrativa tan sólo cabe el Recurso extraordinario de Revisión, o ya dentro de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Recurso correspondiente.

Saludos
David

García de Enterría

• 18/04/2006 8:46:00.
Mensajes: 2
• Registrado: abril 2006.

RE:PREGUNTA AL FORO

Buena aclaración, Davidmonsa, pero a ver si alguien concreta un poco mejor los 3 conceptos.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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