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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion Local
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• 10/05/2006 15:44:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2006.
Hola, soy nuevo en esto y me gustaría que me explicárais las diferencias entre secretarios que hay en las administraciones locales, sobre todo a nivel de pruebas y tal. Otra cosa, si puede ser es que me dijeráis si hace falta un preparador y todo eso. Muchas gracias. Venga una saludo.
• 10/05/2006 19:30:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: enero 2006.
Hola,
No sé si es exactamente lo que buscas, pero transcribo una información que puede serte de utilidad:
SECRETARÍA:
Funciones: A estos funcionarios, les corresponde el desempeño de una pluralidad de tareas que pueden agruparse en dos grandes funciones, la de la fe pública y la del asesoramiento legal preceptivo, en Ayuntamientos de municipios de población comprendida entre los 5.000 y los 20.000 habitantes.
Existen dos categorías:
Categoría de entrada: Habilita para el desempeño de dichas funciones en Ayuntamientos de municipios de población de entre los 5.000 y los 20.000 habitantes.
Categoría superior: Las funciones se desempeñarán en Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares y Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes.
Las retribuciones de estos funcionarios dependenden del puesto, destino y categoría, pero podemos hablar de unos 40.000€ anuales/brutos, como mínimo, pudiendo llegar al doble.
Requisitos Académicos: Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, continuará siendo válida para participar en las pruebas selectivas la titulación académica establecida en el art. 22.1 a) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, y no recogida en el Real Decreto 834/2003, es decir, la de Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología.
SECRETARÍA-INTERVENCIÓN:
Desempeñará las funciones de: asesoría jurídica, fe pública y contabilidad.El puesto se podrá desempeñar en Ayuntamientos, que no sean capital, de hasta 5.000 habitantes
Retribución: Dependen como en los casos anteriores, del Ayuntamiento en que se desempeñe el trabajo estarían entorno a los 33.000€ anueles/brutos, mínimo.
Requisitos académicos: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras.