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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

patriciastur

Sonríe

• 29/04/2009 11:11:00.
Mensajes: 10
• Desde: Siero.
• Registrado: septiembre 2006.

Alcalde y Presidente Corporación Local

Buen día. Amanezco con esta duda. Usé el buscador, pero no lo encuentro.
¿ Es la misma persona el alcalde y el presidente de la coorporación local?


Gracias!!!

10 RESPUESTAS AL MENSAJE

deirdre6

• 29/04/2009 13:15:00.
Mensajes: 1
• Registrado: abril 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

Si

opoar

• 29/04/2009 13:26:00.
Mensajes: 22
• Registrado: febrero 2008.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

si, ademas te viene bastante claro en las competencias del alcalde en el art 21 de LRBRL

noremo

• 30/04/2009 1:44:00.
Mensajes: 41
• Registrado: enero 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

al hilo de la pregunta, tengo este test, que creo que esta mal,

¿a quien corresponde dictar bandos?
a) al Pleno de la entidad.
b) al Alcalde.
c) al departamento a quien compete la materia sobre la que versa el texto del bando.
d) al Presidente de la Corporación.

correcta la a) , pienso que tambien es la d)

y rizando el rizo, y si fuese d) al Presidente del PLeno, .....entonces si sería correcto la a) poque en casos de organización de municipios de gran población la presidencia del pleno que es indelegable en municipios de regimen comun, en gran población si sería delegable.

bueno , que lio!! pero.... que opinais, la primera tendria dos soluciones correctas, no?

noremo

• 30/04/2009 1:52:00.
Mensajes: 41
• Registrado: enero 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

otra duda:

Si una entidad local adopta un acuerdo que atenta gravemente al interés general de España ¿quien tendrá potestad para suspenderlo?
a) el presidente de la entidad local
b) el presidente dle Gobierno
c) el Ministro de Admnes Publicas.
d) el Delegado de Gobierno.

no encuentro la respuesta por ninguna parte. ¿ quién lo sabe?

saludos.

noremo

• 30/04/2009 12:06:00.
Mensajes: 41
• Registrado: enero 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

::: --> Editado el dia : 30/04/2009 12:30:00
::: --> Motivo :

y otra duda:

6.- Las vulneraciones del Derecho que se produzcan por incumplimiento de los reglamentos y las Ordenanzas municipales, constituyen :
a) según el daño, delito o falta.
b) infracción administrativa en general
c) infracción administrativa siempre
d) ninguna correcta

por lo que he consultado en internet, tengo claro que es infracción admva, la duda es si es siempre o en general ¿qué opinais?

Brand

• 04/05/2009 19:48:00.
Mensajes: 16
• Registrado: diciembre 2007.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

El Alcalde preside el Ayuntamiento, pero hay más corporaciones locales aparte de las municipales. Por ejemplo la Diputación Provincial es una corporación local, pero no tiene Alcalde, sino Presidente.
En cuanto a las preguntas de Noremo:
Dictar bandos es una competencia no delegable del Alcalde (art. 21 Ley 7/85). No es válida la respuesta de Presidente, porque eso abarcaría también a los Presidentes de las Diputaciones Provinciales o de otras entidades locales, que no pueden dictar bandos.
La suspensión de actos que atenten gravemente al interés general de España la efectúa el Delegado del Gobierno (mira el art. 67 de la Ley 7/85).
En cuanto al incumplimiento de ordenanzas y reglamentos municipales yo diría que siempre son infracciones administrativas. Aunque no lo pone literalmente en la ley 7/85, creo que más o menos es lo que se desprende.

mgrvalencina

• 04/05/2009 22:53:00.
Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

Buenas,
se que a lo mejor no es el mejor foro en el que puedo preguntar esto y perdonad que lo haga aquí, pero es la primera vez que me presento a unas oposiciones y no tengo claro si, tanto la de Administrativo como la de Aux. Administrativo han salido por fin en oposicion libre o, por el contrario son por concurso oposición.
Espero que me resolvais esta duda, os estaría muy agradecida y perdonad que lo haga por aquí pero no se donde preguntar.
Gracias.

noremo

• 08/05/2009 17:27:00.
Mensajes: 41
• Registrado: enero 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

gracias Brand, por tu respuestas. muy completas.

mgrvalencina, no sé, pero yo creo que siguen siendo concurso oposición.

javier1967

PREPARADOR OPOSICIONES ADMON LOCAL HABILITA ESTADO

• 08/05/2009 20:56:00.
Mensajes: 15
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: abril 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

La competencia para dictar bandos es mas procedente asignársela al Alcalde y no al Presidente de la Corporacion. Razón: El Presidente de la Corporaracion puede ser el de la Corporacion Provincial ( Diputación) y éste no tiene tal facultad.

javier1967

PREPARADOR OPOSICIONES ADMON LOCAL HABILITA ESTADO

• 08/05/2009 21:00:00.
Mensajes: 15
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: abril 2009.

RE:Alcalde y Presidente Corporación Local

En cuanto ala vulneracion de los reglamentos y ordenanza, la respuesta es infraccion adminsitrativa SIEMPRE. No puede ser de otra manera, puesto que amabas son actos de contenido general o disposiciones ADMINISTRATIVAS.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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