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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 11/04/2019 19:49:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2009.
Recientemente he aprobado una plaza de laboral fijo en un Ayuntamiento, y la Secretaria me ha dicho que van a publicar en estos días la resolución de nombramiento y para tomar posesión, y que tendré 48 horas para tomar posesión. Esta plaza está a unos 70 km de mi casa y además estoy trabajando como funcionaria interina en mi pueblo.
Sabéis si existe un plazo mínimo para la toma de posesión?? o si podría pedir más días para tomar posesión por residir más lejos?
y otra cuestión sería: para pedir la excedencia voluntaria por prestación de servicios en la nueva plaza, lo tengo que solicitar antes de la toma de posesión, o puedo hacerlo el mismo dia??
Gracias.
• 11/04/2019 21:24:00.
• Mensajes: 151
• Registrado: septiembre 2005.
::: --> Editado el dia : 11/04/2019 21:24:55
::: --> Motivo :
Informate si tienes derecho a excedencia, creo que es un derecho de los funcionarios de carrera, no para los interinos. Me temo que si te vas, no tendrás derecho de volver a tu puesto de interina.
• 12/04/2019 17:53:00.
• Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.
Efectivamente los funcionarios interinos sólo tenemos derecho a la excedencia por cuidado de hijos y por cuidado de familiares, las demas solo pueden ser reconocidas a los funcionarios de carrera
• 12/04/2019 17:59:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2009.
Gracias por responder.
La cuestión es que la excedencia no la pediría para la interinidad, sino cuando me contraten como laboral fijo, para darme en excedencia en esta plaza y seguir trabajando como interina.
Esto se puede hacer? Pedir esta excedencia en una plaza de laboral fijo?
• 12/04/2019 19:15:00.
• Mensajes: 151
• Registrado: septiembre 2005.
Si no puedes pedirte la excedencia por cuidado de familiares o hijos, solo te queda la excedencia voluntaria por interes particular y para esa necesitas 5 años de trabajo ininterrumpido con.anterioridad en la administracion desde la que la pides, creo. Infórmate en personal de la plaza que has sacado.
• 13/04/2019 0:04:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2009.
Gracias Samira por contestar.
Creo que no me he explicado bien, el asunto es un tanto raro.
Yo lo que quiero es "reservar" la plaza nueva que he sacado, y seguir trabajando de funcionaria interina en el otro Ayuntamiento. De ahí lo de la excedencia por prestación de servicios en la nueva plaza, porque sería incompatible estar en los dos sitios, no?
No se si esto sería posible, o tendría que elegir entre uno u otro. Tebgo que decir que la plaza nueva es de laboral fijo interino.
• 16/04/2019 18:12:00.
• Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.
::: --> Editado el dia : 16/04/2019 18:20:56
::: --> Motivo :
Zaphira, de todas formas esta cuestión la planteaste ya en otro post de 29 de marzo, y se te contestó, a los empleados públicos locales a los que es de aplicación exclusiva la legislación estatal, no pueden pedir ni una excedencia ni una "reserva" para ocupar un puesto de interino, cosa que todos los opositores o los que han pasado una oposición deberíamos (yo me incluyo) saber.
• 21/04/2019 17:40:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2009.
NURITAONE, en otro post comenté el mismo caso, pero se habló sobre si era posible o no la excedencia por incompatibillidad.
Aquí, ante el mismo caso, pregunto por el plazo de toma de posesión y si la excedencia la tendría que pedir antes o después de tomar posesión. Que realmente no se ha hablado.
Son cuestiones diferentes, pero dado que la conversación ha ido más por el tema de si procede o no excedencia, pues como ya se habló, nos remitimos al otro post como bien dices.
De todas formas, a estas alturas ya está todo hecho, porque no tenía mucho tiempo. Esto es lo que pasó:
Me presenté en el otro Ayuntamiento, firmé contrato de trabajo indefinido (no era toma de posesión porque era laboral interino, aunque las bases de la convocatoria están un poco "confusas"), y después solicité excedencia por prestación de servicios.
Sé que esto no se puede hacer así. Pero lo hice. Ha pasado todo muy rápido, y mi afán por conservar la plaza (no hace falta que os diga lo que cuesta conseguir una) me ha llevado a tomar decisiones un tanto extrañas.
Mañana presentaré renuncia a la plaza, porque ahora mismo estoy dada de alta en dos puestos y no sé que consecuencias puede tener.
Así que daros las gracias por vuestros comentarios.
Un saludo.
Y si queréis comentar algo más.....
• 28/05/2019 7:51:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: junio 2005.
Pues si no vendría nada mal que renunciaras a una para que la plaza la pudiera ocupar otro,que como bien dices,cuesta mucho conseguirlas.
• 07/06/2019 10:13:00.
• Mensajes: 117
• Registrado: diciembre 2014.
Buenos días Zaphira
No sé si te servirá:
Tengo 1 compi que sacó plaza como Aux Admvo en un Ayuntamiento, pero él actualmente trabaja como Aux Admvo interino en otro, (donde se quería quedar y finalmente, continua) así que, fue a tomar posesión y solicitó Excedencia por prestar ss en el Spúblico, que se convirtió en Excedencia voluntaria por interés particular sin tener que aplicar los plazos (art 129.2 LFP Valenciana)
No sé si me explico correctamente...
Por otra parte, jamás hay que renunciar a nada.