¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion Local



709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

amandine89

• 05/09/2019 10:11:00.
Mensajes: 42
• Registrado: enero 2017.

Art 77. ley 39. Resoluciones judiciales penales en firme.

Hola, me ha entrado una duda, que bueno, sé que no es muy importante. Es más una curiosidad que una duda.

El art 77.4 "medios y periodo de prueba" dice que "en un procedimiento sancionador los hechos probados por resolución judicial PENAL firme vincularán a las Administraciones..."

Mi duda es por qué penal?? Y no civil o cont-adm o laboral...???
No sé me hubiera esperado q el artículo pusiera "probado por resolución judicial firme" pero concreta que sólo si está es penal...

Bueno, ya os digo que pregunto por curiosidad.

Gracias.

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

NURITAONE

YO SOY YO Y MI CIRCUNSTANCIA

• 11/09/2019 16:13:00.
Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.

RE:Art 77. ley 39. Resoluciones judiciales penales en firme.

Es así porque el procedimiento administrativo sancionador es informado por los mismos principios que el penal, puesto que ambos ambos son manifestacion de la potestad punitiva del Estado, y ambos forma no parte del derecho público.
Sin embargo las resoluciones judiciales civiles interpretando y aplican el derecho civil, que es privado, y sobre el cual no rigen los principios que rigen el derecho penal y el administrativo


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición