¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado



711.247 mensajes • 396.212 usuarios registrados desde el 25/05/2005

ALEGRA

querer es poder

• 26/02/2009 17:52:00.
Mensajes: 5
• Registrado: septiembre 2008.

RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

ESTE AÑO EN LA OPOSICION NOS CAYO LA SIGUIENTE CONSULTA, SI ALGUIEN ME PUDIERA AYUDAR PORQUE TENGO DUDAS:
El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, organismo del Ministerio de Economía y Hacienda resuelve la convocatoria de adjudicación de unas subvenciones reguladas en la Ley 38/2003,General de Subvenciones.El Sr.Garcia Presentó una solicitud a dicha convocatoria.
Una vez resuelta la adjudicación, mediante resolución del Director General, notificada en plazo a los interesados, y ante el hecho de que se le ha desestimado,decide interponer el correspondiente recurso.PREGUNTAS:
1.-¿Puede recurrir en vía administrativa el Sr.Garcia la resolución de la adjudicación de la subvención? Razonar
2.-Suponiendo que pudiera presentar recurso, indique:
a) Recurso a plantear en su caso y breve motivación de la respuesta
b) Contenido del recurso según la Ley 30/92 RJAP Y PAC
c) Plazo para interponerlo
d) Órgano competente para resolverlo
e) Plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso
f) Si el Instituto de Estudios Fiscales no resolviera el recurso en el plazo establecido,¿como debe entender el interesado el silencio administrativo?
g) Si la resolución del Recurso fuera desestimatoria ¿podría volver a recurrir en vía administrativa?

Sobre todo lo que mas me hace dudar es si es un recurso de reposición o de alzada
Gracias

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

sindirela

• 27/02/2009 13:15:00.
Mensajes: 4
• Registrado: junio 2006.

RE:RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

Yo diría que es recurso de alzada

en base

ley 30/92
Artículo 114. Objeto.

1. Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 107.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa


Artículo 109. Fin de la vía administrativa.

Ponen fin a la vía administrativa:

Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.

ley 6/97
Artículo 6. Órganos superiores y órganos directivos.

1. La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, salvo las excepciones previstas por esta Ley.

2. En la organización central son órganos superior y órganos directivos:

Órganos superiores:

Los Ministros.

Los Secretarios de Estado.

Órganos directivos:

Los Subsecretarios y Secretarios generales.

Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.

Los Subdirectores generales


en base a ello entiendo que el Director General del Instituto de Estudios Fiscales tiene la categoría de organo directivo, y con un superior jerarquico, por lo que su actono agota/pone fin lavía administrativa (requisito para el recurso de reposición), por lo que el recurso sería el de alzada

SECCIÓN II. RECURSO DE ALZADA.
Artículo 114. Objeto.

1. Las resoluciones y actos a que se refiere el artículo 107.1, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. A estos efectos, los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones públicas y cualesquiera otros que, en el seno de éstas, actúen con autonomía funcional, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o, en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos.

2. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente El titular del órgano que dictó el acto recurrido será responsable directo del cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior.

Artículo 115. Plazos.

1. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Transcurridos dichos plazos sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 43.2, segundo párrafo.

3. Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el artículo 118.1.



Espero estar elo cierto y que te sirva

Por cierto donde nos podemos descargar el examen, me ha parecido muy interesante,

ya no se si es un examen de gestión...

saludos y suerte

ALEGRA

querer es poder

• 27/02/2009 13:30:00.
Mensajes: 5
• Registrado: septiembre 2008.

RE:RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

Muchas gracias Sindirela,me ayuda mucho esta informacion porque estoy perdida.
El examen lo puedes ver en la pagina www.ief.es, pinchas en procesos selectivos, en Cuerpo Tecnico Auditoria y Contabilidad en la convocatoria de 2008 es el Enunciado del Primer Ejercicio.
El examen incluye Dcho.Civil,Mercantil,Administrativo,Constitucional y Economia.
Un saludo

sindirela

• 27/02/2009 14:14:00.
Mensajes: 4
• Registrado: junio 2006.

RE:RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

Gracias por el enlace
examen completito...
pense en un principio que era de gestión...

si tienes más dudas plantealas también en el foro de gestión al ser más específico te pueden responder antes y los foreros estan muy puestos

saludos y suerte

ALEGRA

querer es poder

• 28/02/2009 10:13:00.
Mensajes: 5
• Registrado: septiembre 2008.

RE:RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

Gracias Sindirela,
si ,examen completo,si ves en la misma página los de Tecnico de Hacienda,en el primer examen entran las mismas materias,para los que no hemos estudiado Derecho,salvo economia,el resto nos cuesta un poquillo,en el tercer examen con Derecho tributario ya estamos mas en nuestra salsa,pero claro los examenes son eliminatorios.
Gracias por aconsejarme el foro de gestion para estos temas,no se me hubiera ocurrido.Lo mismo,para derecho tributario,el foro de hacienda es el mejor para resolver dudas y hay gente muy maja como tu dispuesta a resolver dudas.
Un saludo

sindirela

• 28/02/2009 13:45:00.
Mensajes: 4
• Registrado: junio 2006.

RE:RECURSO DE REPOSICION O DE ALZADA

Gracias por el consejo

tampoco se me hubiera ocurrido, y dentro de poco seguro que me hace falta

saludos y buena suerte con tu oposición


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición