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710.643 mensajes • 396.156 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Buenas, a ver si alguien me pudiese resolver esta duda:
Me acabo de incorporar tras más de 1 año por excedencia. En Diciembre me he incorporado a mi puesto de funcionario. Sé que las vacaciones sí se prorratean en función al tiempo trabajado anual pero qué ocurre con los asuntos propios o particulares??. Me corresponden 5 días aunque sólo trabajase este mes de diciembre??. Yo tengo entendido que no se prorratean y te corresponden 5 días pero no he visto legislación al respecto. Gracias, saludos.
• 13/12/2014 13:09:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: enero 2008.
Buenos días,
Tienes razón, yo tampoco he visto legislación al respecto, pero lo que es en mi trabajo siempre se han prorrateado también. Espero haberte ayudado.
Saludos
• 13/12/2014 13:35:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: septiembre 2007.
::: --> Editado el dia : 13/12/2014 13:35:35
::: --> Motivo :
Creo que se prorratean los 5 que tenemos según el EBEP pero el que te dan porque un festivo cae en sábado te toca solo si lo "pillas" una vez incorporado.
Si es, por ejemplo, el 1 de mayo el que cae en sábado y te incorporas en septiembre no te lo dan, pero si el sábado festivo es el día del Pilar te lo suman a los que te toquen por prorrata.
Al menos era así cuando te daban todos los festivos en sábado que hubiera en el año a mayores de los dias de asuntos propios.
Espero haberme explicado.
• 13/12/2014 16:14:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: septiembre 2009.
Hola, sí se prorratea tanto vacaciones como días por asuntos propios en función del tiempo de servicios efectuados. Y este año tenemos 6 y no 5. Y otra cosa a tener en cuenta que muchos olvidan: los días por asuntos propios se pueden denegar por necesidades del servicio. Un saludo
• 04/01/2015 20:14:00.
• Mensajes: 94
• Registrado: septiembre 2008.
Los permisos y licencias, por su naturaleza, no pueden ser objeto de prorrateo ni cálculo proporcional alguno.
• 05/01/2015 1:11:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: septiembre 2009.
Mengano, crees que si una persona se reincorpora tras una excedencia o toma posesión por primera vez el 1 de diciembre va a tener derecho a los 22 días de vacaciones y los 6 p6??? No, hombre noo
• 05/01/2015 10:10:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: mayo 2008.
Lo correcto es lo que dice mengano. Otra cosa es lo que se hace en la práctica. Me consta que en algún momento y en algún lugar, cuando se ha llevado el tema hasta el final, se han tenido que bajar del carro y reconocer los dias de asuntos propios que realmente corresponden por año natural, sin prorrateo alguno. Pero es la excepción, a la que dudo pueda apelarse en los tiempos que corren, entre otras cosas, porque siempre existe la posibilidad de negarlos por necesidades del servicio.
• 06/01/2015 12:51:00.
• Mensajes: 94
• Registrado: septiembre 2008.
::: --> Editado el dia : 23/02/2015 18:31:49
::: --> Motivo :
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