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WANA74

Paso a paso...

• 26/04/2018 11:33:00.
Mensajes: 62
• Desde: Granada.
• Registrado: marzo 2009.

Incorporaciones de crédito.

A ver...o yo me he perdido algo o la neurona no me da para más.

Si se supone que las incorporaciones de crédito se produce por la incorporación de remanentes de créditos del ejercicio anterior. No entiendo que luego el artículo siga diciendo que se financia con cargo al Fondo de Contingencia o disminución de de créditos no financieros, en el caso del Estado, o con cargo al remanente de tesorería en el caso de OO.AA.

¿Alguien podría orientarme?

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

Evitaoposita

• 26/04/2018 12:27:00.
Mensajes: 17
• Registrado: abril 2018.

RE:Incorporaciones de crédito.

Según me han explicado a mi no es un crédito que se añada al presupuesto y ya. Los remanentes de crédito del año anterior se emplean para financiar créditos del fondo de contingencia u otros créditos de operaciones no financieras. De ahí lo de baja. Creo que lo confundes con generaciones de crédito.

Soiña

• 26/04/2018 12:29:00.
Mensajes: 403
• Registrado: enero 2018.

RE:Incorporaciones de crédito.

Hola!

Si, pero luego te sigue contando el art 58 cuales son las causas por las se puede generar ese remanente y una es por créditos extraordinarios y suplementos de crédito concedidos en último mes ejercicio ... estos son los que se financian con con baja en Fondo de Contingencia u otros créditos de operaciones no financieras.

Los departamentos ministeriales no tienen tesorería, los pagos se realizan mediante solicitud al Ordenador Gral de pagos. Pero las Entidades y organismos públicos si que tienen su propia tesorería, por lo que, se les puede permitir que créditos (gastos o inversiones en activo) del ejercicio siguiente se financien a cuenta de ese remanente del año anterior o, no, y tengan que devolver créditos que no estén afectados al cumplimiento de obligaciones, como dice el art 49.

Uff ... no sé si te resolví la duda! ... saludos

WANA74

Paso a paso...

• 26/04/2018 13:00:00.
Mensajes: 62
• Desde: Granada.
• Registrado: marzo 2009.

RE:Incorporaciones de crédito.

Bueno, creo que si tengo claro lo de as generaciones de crédito, pues son por ingresos no previstos y están tipificados en la Ley.

Y si es porque se tira del ovillo, y esos remanente surgen, entre otras cosas por créditos extraordinarios y suplementos que a su vez se han financiado con cargo al Fondo de Contingencia y disminuciones de créditos no financieros, pues será.

Gracias Evitaoposita y Soiña!!

lox

• 26/04/2018 13:47:00.
Mensajes: 114
• Registrado: abril 2007.

RE:Incorporaciones de crédito.

Según tengo entendido es porque incorporar el crédito es como dar la orden para que luego te puedan pagar a cargo de los presupuestos del año siguiente sin necesitar ninguna autorización, es decir, no es que te lleves el dinero de un año a otro, te llevas como la autorización para poder ejecutarlo con dineros del 2018 cuando de la orden el ordenador general de pagos, es como las resoluciones judiciales o los atrasos de personal, te los pagan con los presupuestos de ahora aunque se generara el derecho años anteriores


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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