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711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005

BrujaMuyBuena

• 21/05/2018 13:14:00.
Mensajes: 25
• Registrado: mayo 2018.

Sobre los criterios de corrección

Cada uno puede opinar lo que quiera y el año pasado pueden haberlo hecho como quieran, pero yo me agarro a lo que dicen en la nota de criterios de corrección:

“Mediante la aplicación de los dos criterios anteriores, la CPS establecerá las notas de corte del primer ejercicio”. No dice la nota de corte de la primera parte, sino del primer ejercicio (ambas partes).

Y de los dos criterios, el primero es el que limita a 915 opositores, pero el segundo es el fundamental para mí: “su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 30% de la puntuación directa máxima obtenible en cada una de las partes del ejercicio”. No dice nada de poner un corte en la primera parte para poder corregirte la segunda parte.

Vamos a suponer que hicieran lo de otras oposiciones anteriores y cogen un número arbitrario de opositores que tengan la mejor nota en la primera parte, por ejemplo 1.500. Los demás ya están fuera del proceso. Supongamos que el corte se ha establecido en mínimo de 38 preguntas para el opositor que está en la posición 1500. Ahora de esos 1.500, la mitad no supera 5 preguntas correctas de la segunda parte. Entonces, de los 915 que seleccionan, ¿podría pasar a la siguiente fase alguien con 38/60 y 3/20? Es que no lo veo solo injusto, lo veo absurdo. ¿Qué pasa con el que haya tenido 37/20 que se ha quedado fuera?

Es por eso que creo que lo que van a hacer este año sirve para salvar estas injusticias. Aquí dice que las 2 partes son al 50% por tanto si priman más la primera parte que la segunda habría una clara contradicción.

20 RESPUESTAS AL MENSAJE

Opositor manchego

• 21/05/2018 13:23:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Yo lo entiendo igual que tu, que la nota de corte en principio es el 30% no se si por que mi cerebro no quiere entender otra cosa y así no perder la esperanza de pasar o porque realmente sea si.
Lo de "como se hizo el año pasado" me sirve de poco o nada teniendo en cuenta que es otro año y otro cuerpo distinto.
A ver que pasa, lo único que tengo claro es que a pesar de que mi examen dista mucho de mis expectativas no voy a tirar la toalla por los comentarios que leo en un foro, tengo 66 puntos sobre 100 y lo mínimo que puedo hacer es seguir estudiando hasta que este excluido definitivamente.

aguas2016

• 21/05/2018 13:23:00.
Mensajes: 64
• Registrado: octubre 2016.

RE:Sobre los criterios de corrección

Contradicción y arbitrariedad
Estoy contigo Bruja

Opositor manchego

• 21/05/2018 13:28:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Billgatesw10 imagino que para ellos ha quedado suficientemente claro con esa nota mientras que para nosotros parece que ha sido redactada con el programa de cifrado de enigma.

Opositor manchego

• 21/05/2018 13:30:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

La nota es acorde con todo lo que rodea a esta oposición.... es todo muy en plan: INAP "Porque yo lo valgo"

CABALAN

• 21/05/2018 13:34:00.
Mensajes: 46
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Hola a todos, me acabo de registrar pero os vengo siguiendo desde hace algún tiempo.
Yo también me he presentado a administrativos del estado.
Quiero explicar cómo es la nota de corte y se ha hecho así siempre que en un mismo ejercicio hay dos partes o más.
En este caso la Nota Informativa del Inap deja claro lo siguiente:
Los 915 afortunados se sacan de sumar las notas directas de ambas partes: por ejemplo 44 + 17,33= 61,33
Pondrán en orden todas estas sumas hasta llegar al número 915. Y mirarán cuál es la nota más baja de cada parte que ha entrado en estos 915 por ejemplo 38 y 12.
Pues esos 915 ya han pasado al segundo ejercicio y además pasarán todos los que estén igual o por encima de las notas de corte, en este caso 38 y 12 de mi ejemplo.
Así pues pasarán 915 o más dependiendo de si hay o no gente con esas notas de corte y que no estuvieran ya entre los 915 seleccionados de las sumas de ambos ejercicios.
Espero que se haya entendido bien.

Oposto1234

• 21/05/2018 13:35:00.
Mensajes: 71
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

La redacción es confusa a propósito. Tienen margen para hacer lo que les de la gana. Pueden cortar por el segundo ejercicio tirándola para abajo o por el primero, a conveniencia suya.

Es una verguenza que el órgano de selección atente directamente contra los principios del acceso al empleo público, y con alevosía. En este caso están violando el Principio de Transparencia. Pero bueno, ya sabemos cómo funciona este país.

BrujaMuyBuena

• 21/05/2018 13:41:00.
Mensajes: 25
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Totalmente de acuerdo con CABALAN. Pero discrepo en lo de la suma de ambas partes, porque si fuera así estarías dando un peso al test del triple del supuesto y debe ser del 50%.
Y además, lo único que te ha faltado decir es lo del 30% de mínimo, es decir, que en ningún caso podrá seleccionarse a ninguno de los que saque menos de 18 en la primera parte y 6 en la segunda

Oposto1234

• 21/05/2018 13:42:00.
Mensajes: 71
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Es como ha dicho vmvf. Supongo que en función de la nota de corte que se les quede del segundo ejercicio ampliarán o disminuirán el número de personas que cogen para el primero. Cuando estén contentos y según les de el aire y les parezca bien establecerán el corte para el segundo y a correr.

CABALAN

• 21/05/2018 13:44:00.
Mensajes: 46
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Oposto1234, te doy la razón en que la redacción es muy confusa, pero no hay trampa ni cartón.
La suma de las partes del ejercicio da una lista de 915. Por ejemplo la suma del último que entra es 42+12, en total 54 puntos. Pues todos los que están en esa lista tienen 54 puntos o más. Ahora bien, también dejarán entrar al que por separado en sus dos partes, aún sin llegar a 54 puntos su suma, esté igual o mejor que las notas de corte.
En este caso la suma del último es 54. Pero las notas más bajas de cada parte de esos 915 han sido, por ejemplo 40 y 11. Pues quien tenga 40 y 11 o más, aún sin sumar 54 puntos también pasará al segundo examen.

CABALAN

• 21/05/2018 13:47:00.
Mensajes: 46
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Es verdad, hay que añadir, lo del 30% como mínimo en cada parte.
Pero lo que decís de que cogerán por ejemplo 1100 de la primera parte no lo pueden hacer, eso es arbitrario y no lo han publicado, sólo se van a ceñir a lo que ha publicado, y si lo pensáis, lo que yo he explicado no contradice en nada a lo publicado por el Inap.

Oposto1234

• 21/05/2018 13:52:00.
Mensajes: 71
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

CABALAN no lo hacen así. La nota es la misma que el año pasado para Auxiliares y el criterio no fue ese.

Lo que hacen es coger a los 1200 primeros (un número arbitrario vamos) por la nota del primer ejercicio. Luego esos 1200 los ordenan por la nota de corte del segundo ejercicio y hacen una prelación con 915, y ven cómo sale la nota de corte tanto del primero como del segundo. Si ven que la peor nota del segundo ejercicio entre esos 915 es muy baja pues en vez de 1200 cogen 1500 y hacen lo mismo. Cuando les cuadra la nota del segundo y la del primero la establecen.

Es un criterio bastante arbitrario, pero lo hacen así.

CABALAN

• 21/05/2018 14:03:00.
Mensajes: 46
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Si es como dice Opsoto1234, sería impugnable porque ese criterio de corte del primer ejercicio no lo han publicado y por lo tanto no lo pueden aplicar, sólo aplican lo que han publicado. Por cierto, en el modelo A, se han equivocado los del INAP con la pregunta 24, porque la respuesta correcta es la C, art. 90.3 CE.

Opositor manchego

• 21/05/2018 14:40:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Oposto1234 acabas de dar con la clave que para mi deja claro el tema:
La nota es igual a la del año pasado en auxiliar.
Tenia alguna esperanza ya que la gente solo se remitía a lo del año pasado en auxiliar y yo pensaba que no tenia porque ser el mismo criterio pero tras verificar que el año pasado para ese proceso la nota de la CPS fue exactamente igual, no me cabe duda, los que estamos por debajo de 40 estamos eliminados por muy bien que nos saliera el supuesto.
En otra cosa mas que se paga la novatada, a levantarse e intentarlo con mas ganas toca.

aguas2016

• 21/05/2018 14:46:00.
Mensajes: 64
• Registrado: octubre 2016.

RE:Sobre los criterios de corrección

Tienes razón CABALAN en las 2 cosas .
1.- en la pregunta 24 se han equivocado segun art. 90.3.
2.- Es totalmente impugnable porque el criterio de corte del segundo ejercicio no está publicado. A no ser que pasen a corregirla segunda parte todos los que obtengan más del 30 % en la primera parte. Pero esto no
cumpliría con el criterio de las mejores 915 puntuaciones directas. Sería así si para pasar al segundo ejercicio se
cogieran la suma de las 2 partes del ejercicio. Coger las mejores 915 puntuaciones directas de la segunda
parte aisladamente después de coger el 30% de corte en la primera parte sería injusto y no cumpliría
con lo indicado en la nota del INAP. Así pasarían las 915 puntuaciones directas de la segunda parte
no las mejores 915 puntuaciones directas del primer ejercicio de la oposición.
Las mejores 915 puntuaciones directas sólo se obtendrían como suma de las puntuaciones directas
de ambas partes. Si no sería la primera parte sería un trámite despreciable ya que con 18 sobre 60 en la
primera parte y 14 sobre 20 en la segunda parte se pasaría al segundo ejercicio.
QUE DESASTRE DE INAP !!!!! EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS !!!!!!!!

aguas2016

• 21/05/2018 14:51:00.
Mensajes: 64
• Registrado: octubre 2016.

RE:Sobre los criterios de corrección

Y es que como dice Oposto1234 si cogen un número arbitrario en la primera parte evidentemente
lo que estan cometiendo es una ARBITRARIEDAD , tú lo has dicho.

pacopu

• 21/05/2018 23:02:00.
Mensajes: 9
• Registrado: mayo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

En las bases de la convocatoria viene explicado, que cada una de las partes hay que aprobarla por separado, y que cada una vale 1/3, x lo que este examen vale 2/3 sobre el total de la nota, xo no cogen 50+13 por ejemplo. el 13 tendra un multiplicador, probablemente por 3

opcom

• 21/05/2018 23:19:00.
Mensajes: 283
• Registrado: abril 2008.

RE:Sobre los criterios de corrección

Leyendo los criterios de corrección: yo entiendo que se corrige la primera parte del examen y si se tiene una
nota igual o superior al 30 % de la nota máxima, se pasa a corregir la segunda parte del examen y luego
se elabora el listado con aquellos que hayan tenido una nota igual o superior al 30 % en cada una de las partes,
se suman ambas notas sobre 100 puntos y luego se establece el orden de prelación hasta que se llega al puesto
915, ahi estará la nota de corte. El resto del listado serán los candidatos que se queden las listas de interinos
de dicha Escala. ¿No os parece que será así?

MiriAHP

• 22/05/2018 0:23:00.
Mensajes: 5
• Registrado: abril 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Hola! Tengo una duda.
Alguien sabe, con cuántos decimales trabaja el INAP, para la puntuación directa??
Gracias!!

Evitaoposita

• 22/05/2018 0:25:00.
Mensajes: 17
• Registrado: abril 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

En las bases de la convocatoria claramente pone que para superar la prueba hay que sacar al menos 25/50 en cada parte por separado, y a partir de ahi se decide la nota. No puedo subir capturas de pantalla. Yo lo veo claro... si teneis menos de 10 en la segunda no pasais. Ojo que yo tampoco paso! No lo hago por fastidiar.

RogerTaylor

Más triste es robar

• 22/05/2018 1:37:00.
Mensajes: 232
• Registrado: marzo 2018.

RE:Sobre los criterios de corrección

Yo sigo con ciertas esperanzas esta discusión y os agradezco a todos vuestras opiniones...Tengo un 47 y un 8.33, obviamente no tengo esperanzas de pasar, pero por si acaso voy a empezar la informática, ya que será más llevadera que seguir empollando (al menos durante un mesecito) y luego, cuando por fin salgan las listas de aprobados y no me vea en ellas, pues ya tengo la informática algo trabajada para el año que viene.

En cuanto a lo que dice Evita, yo no lo entiendo así. Lo que dice la nota es que hay que tener mínimo el 30% de cada parte del ejercicio aprobada... En cuanto a lo del 25/50, se dice que las notas EQUIVALDRÁN ... Literalmente, " A efectos de publicación de las notas, se llevará la nota directa de cada parte del ejercicio -calculada como se ha explicado en los apartados anteriores - a una escala de 0 a 50 puntos.
"
Mirad, copio y pego, a ver qué os parece:

CRITERIOS DE CORRECCIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DEL PRIMER EJERCICIO DE LA FASE DE
OPOSICIÓN - Oferta de Empleo Público 2017
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado (Ingreso Libre)


"La CPS, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y
administración del proceso selectivo, establece que serán considerados aptos los opositores
que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta completar el número total
de 915 opositores para el sistema general y 130 opositores para la base específica 5 (criterio
1), siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 30% de la
puntuación directa máxima obtenible en cada una de las partes del ejercicio (criterio 2).
Mediante la aplicación de los dos criterios anteriores, la CPS establecerá las notas de corte del
primer ejercicio. Todos los opositores con idéntica puntuación a aquél aprobado con las notas
de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el nº de
opositores indicado en el criterio 1. No obstante, y únicamente en el caso de no poder
completar el nº de aprobados indicados en el criterio 1 se determinará que la nota de corte
sea igual al 30% de la puntuación directa máxima obtenible para cada una de las partes del
ejercicio sin más requisitos, y todo aquél que supere o iguale dicha nota será considerado
apto en el primer ejercicio en la fase de oposición.
4. A efectos de publicación de las notas, se llevará la nota directa de cada parte del ejercicio -
calculada como se ha explicado en los apartados anteriores - a una escala de 0 a 50 puntos.
Los opositores que tengan como puntuación directa la puntuación máxima obtenible
equivaldrá a 50 puntos de calificación, a los opositores que aprueben con la nota de corte
equivaldrá a una calificación de 25 puntos y el resto de aprobados tendrá una calificación
distribuida entre 25 y 50 proporcional a su puntuación directa. La calificación final publicada
para la fase de oposición será la suma de las dos partes del ejercicio según la escala explicada
en este apartado.
Todo ello sin perjuicio de lo establecido en las Base específica 5.5 de la Resolución de 25 de
enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública.

Perdonad el ladrillo. Buenas noches


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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