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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

pericolp

• 25/10/2018 19:18:00.
Mensajes: 24
• Registrado: mayo 2018.

Excedecias

Alguien podría explicar de forma medianamente clara si es posible que una Administración deniegue a un funcionario de carrera una excedencia para prestar servicios en otro cuerpo, incluso perteneciente a la misma Administración? Lo digo porque no sé si podría darse el caso de que se resuelva antes la convocatoria de Gestión que la de Administrativos, y que sean nombrados en la primera con anterioridad, y luego la administración deniegue excedencia para ocupar plaza de Administrativo, o que no se permita dejar en excedencia la de Admistrativo. En ambos casos, por ejemplo, por necesidades del servicio.

10 RESPUESTAS AL MENSAJE

Opositor manchego

• 25/10/2018 21:32:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Excedecias

Partimos de la base que no es una excedencia, es una situación administrativa por lo tanto la administración no tiene que conceder nada.
Se le llama excedencia en termino coloquial, pero legalmente no existe la "excedencia por servicios en otra administración" y si en situación de "servicios en otra administración".
Al menos yo lo entiendo así

Opositor manchego

• 25/10/2018 21:42:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:Excedecias

Por otro lado me resulta complicado pensar que denieguen una excedencia por razones de servicio, al menos yo en el ámbito que conozco nunca lo he visto.
Creo que la administración pudiendo sustituir con interino no se complicara negandole la excedencia a un funcionario para tenerlo en el puesto de trabajo de mala gana.

Consato

• 25/10/2018 22:15:00.
Mensajes: 52
• Registrado: julio 2016.

RE:Excedecias

Nadie te puede obligar a renunciar a una plaza y en general es incompatible estar en servicio activo en más de una al mismo tiempo, no es una situación de "necesidades del servicio", es que tienes derecho a decidir con cuál te quedas

gemahr

Ladran, luego cabalgamos

• 26/10/2018 9:58:00.
Mensajes: 164
• Registrado: abril 2016.

RE:Excedecias

Yo soy auxiliar, si apruebo también Administrativo, voy a tomar posesión y en el mismo acto pongo la de auxiliar en excedencia, o como?

opositator11

• 26/10/2018 11:45:00.
Mensajes: 105
• Registrado: agosto 2017.

RE:Excedecias

Hablando de excedencias, yo tengo una duda, aunque me he estudiado el trebep, el RD 365/95 y el Convenio del personal laboral no me queda clara, y es el tema de la incompatibilidad. A ver sé que si estás en la AGE y vas a otra Administración como funcionario de carrera o laboral fijo tienes la excedencia por prestación de servicios en el sector público, pero no tengo claro si en sentido inverso también es aplicable. Es decir, si estás de personal laboral fijo en otra administración o en una empresa pública empresarial, cuando te nombran funcionario, ¿tienes que renunciar a tu puesto como laboral fijo o directamente pasas a excedencia por incompatibilidad? Agradecería si alguien conoce algún caso o tiene más información y me lo pudiese aclarar...

Anabg63

• 02/11/2018 17:40:00.
Mensajes: 99
• Registrado: octubre 2016.

RE:Excedecias

Gemahr, me interesa saber lo mismo que preguntas, porque yo ahora soy auxiliar con un específico muy alto. No quería esperar a promoción interna y me estoy planteando presentarme a C1 por libre, sabiendo que casi seguro voy a dejar la de C1 en excedencia y cuando lleve dos años voy a concurso.

Anabg63

• 05/11/2018 10:39:00.
Mensajes: 99
• Registrado: octubre 2016.

RE:Excedecias

Dentro de la AGE, que es la misma administración, yo entiendo que no aplica lo de situación "en servicio en otras administraciones públicas", sino más bien Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público

[--https://www.espublico.com/files/acceso/catalogos/r...os-publicos.pdf--]

Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. Artículo 15


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