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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
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• 01/02/2019 13:55:00.
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Perdonar que os haga esta pregunta tan tonta, pero me estoy volviendo loca. Por un lado la ley 39/2015 dice que los actos se presumiran validos desde el momento en que se dictan salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Pero por otro lado dice que esa eficacia estará demorada si hay que notificarla.... y como todo acto administtativo hay que notificarlo en el plazo de 10 días desde que se dicta... Entonces son eficaces en el momento en que se dictan o se notifican en este caso?
::: --> Editado el dia : 01/02/2019 15:29:16
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 01/02/2019 15:28:46
::: -- Motivo :
Hola! Es que creo que son dos cosas distintas, que me corrijan si no es así: una cosa es la validez del acto que tiene validez desde el momento en que se dicta y otra cosa es su eficacia, nos habían puesto ejemplos en clase pero ahora mismo no recuerdo... (estoy pensando por ejemplo en un acto dictado ahora con eficacia retroactiva, el acto es válido ahora que lo he dictado pero su eficacia es anterior, no se si me explico mucho....)
• 01/02/2019 16:40:00.
• Mensajes: 558
• Registrado: marzo 2018.
Efectivamente, eficacia y validez no es lo mismo.
Si un acto dice q puede poner una terraza a partir de junio, es válido desde q se dicta, pero no será eficaz hasta junio.