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Buenos días
Referente a la prescripción de las faltas y sanciones del TRLEBEP del art. 97, y el RD 33/1986, 10
de enero de los arts. 20 y 21, ¿prevalece SIEMPRE el TRLEBEP en esta cuestión de la prescripción
ante el RD 33/1986?
Gracias ante todo.
• 28/02/2019 12:59:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: agosto 2018.
TREBEP. Todo lo que contradiga al Trebep no será de aplicación.
Querida compañera
Me surge la duda con respecto a este tema, ya que este RD 33/1986 al no estar derogado, te
confunde en muchos de sus artículos con respecto a idénticos arts. del EBEP.
Tengo un poco de lío con el RD 33/1986 y lo que informa el EBEP.
• 28/02/2019 21:26:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: febrero 2019.
Cierto a mi me pasa lo mismo. Es quizas la parte mas compleja que estoy estudiando de momento al tener que estar continuamente cotejando que dice el TREBEP y lo que dicen las leyes que lo desarrollan y comprobar que hay en estas leyes que no deroga el TREBEP