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711.887 mensajes • 396.252 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Trovador7

• 28/07/2019 23:35:00.
Mensajes: 94
• Registrado: marzo 2019.

Cambios temario 2019

Buenas a tod@s.

Estoy estudiando los tres primeros bloques temáticos de la oposición con el material de Adams del año pasado. Quisiera saber si, aparte del tema 4 del bloque II (el relativo a la protección de datos), hay muchas modificaciones este nuevo año para ver si merece la pena comprar otro libro o no. Es decir, si el único cambio sustancial es la inclusión de la Ley 3/2018, aparte de la Agenda 2030.

Ya de paso si veis más cambios en general podéis comentarlos. Gracias ;)

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

Luckytin

• 28/07/2019 23:46:00.
Mensajes: 44
• Registrado: julio 2017.

RE:Cambios temario 2019

Hola!
No merece la pena. Yo lo he ampliado por mi misma

Alberto1106

• 29/07/2019 0:17:00.
Mensajes: 234
• Registrado: abril 2018.

RE:Cambios temario 2019

No existen muchos cambios (haber visto así parecen muchos, pero son dos cositas en cada tema de los que ha cambiado
Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible en el Bloque I.
Cambios en las instituciones europeas relacionados con los nombramientos, en donde se ha nombrado Alto Representante para la Política Exterior y Seguridad Común, Presidente del Consejo Europeo y Comisión, también en Bloque I.
Entrada en vigor de la Ley O. 3/2018 que deroga la posibilidad de que haya consentimientos tácitos, tras la entrada en vigor del Reglamento por lo que se tiene que producir una nueva Ley Orgánica.
En materia de personal es donde más cambios hay:
Cambios en la Comisión Permanente por Orden TFP 516/2019.
Inscripción electrónica obligatoria por Orden TFP 510/2019.
Entrada en vigor del IV Convenio Laboral (Resolución del Mº de Trabajo, SS y Migraciones).
Cambios en los permisos por RD Ley 6/2019 que convalido la Comisión Permanente.
Cambios en los contratos de trabajo donde se deroga la posibilidad de celebrar contratos de trabajo de trabajo y prácticas a mayores de 25 y menores de 30 porque la tasa de paro ha bajado en 2018 del 15% (actualmente es del 14.02%) y que se modifica por RD Ley 28/2018 de 28 de diciembre.
Cambios en LO 3/2007 por RD 6/2019 donde se establece la obligatoriedad de establecer planes de igualdad a las empresas de más de 50 trabajadores con sus correspondiente periodo de transitorio de 1 año para empresas de entre 150-250, 2 años para las empresas de 100-150 y 3 para las de 50-100.
Cambios en la maternidad y paternidad que se denominan permiso de la madre biológica por nacimiento, adopción y acogimiento y permiso del progenitor distinto del de la madre biológica.
La paternidad pasa de 5 a 8 semanas, y se ha abierto un periodo transitorio de 12 semanas en 2019 ( de las cuáles 2 serán obligatorias tras el parto, 14 en 2020 (de las cuáles 4 serán obligatorias tras el parto) y 16 en 2021 (de las cuáles 6 serán obligatorias tras el parto).
Permisos intransferibles, antes eran indistintos para la madre o el padre.
Resolución de 27 de diciembre de 2018 por el que se amplían nuevas situaciones para inscribirse en el Registro Central de Personal.

Y sí, como dice la compañera, ampliatelo por ti mismo.

Alberto1106

• 29/07/2019 23:46:00.
Mensajes: 234
• Registrado: abril 2018.

RE:Cambios temario 2019

Hay dos cambios más que modifican la LO 1/2004 de violencia de género con la entrada en vigor del RD Ley 9/2018 de 5 de Agosto de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, donde los procuradores representan a las víctimas y la valoración de la situación de violencia de género se realiza por el juez, el ministerio fiscal y los servicios sociales.
Ley 3/2019 mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género donde se establece la prestación con el 70% de la BR para hijos de situación de vg, ampliable en algunos supuestos al 118%, que es en este:
En el supuesto de que hubiera más de una persona beneficiaria de esta prestación, el importe conjunto de las mismas podrá situarse en el 118 por ciento de la base reguladora, y nunca será inferior al mínimo equivalente a la pensión de viudedad con cargas familiares.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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