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Doña Violeta decide participar en un concurso de méritos en el ámbito de su Secretaría de Estado, para lo cual, presenta solicitud de participación el 12 de Febrero de 2018, último día del plazo de presentación de solicitudes. ¿Cuál será el plazo máximo para resolver el concurso?
a) 12 de mayo 2018, salvo que en la convocatoria se indique otro distinto
b)12 abril 2018, salvo que en la convocatoria se indique otro distinto
c)13 mayo 2018, salvo que en la convocatoria se indique otro distinto
d)13 abril 2018, salvo que en la convocatoria se indique otro distinto
Es la b. ¿Cómo lo razonaríais, dado que el plazo para resolverlo son dos meses a partir del día siguiente al de la finalización de la presentación de solicitudes?
¿Y en base a QUÉ ley?
Gracias. No puedo con estas cosas, de verdad....:(
• 25/09/2019 17:52:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: abril 2018.
Hola RogerTaylor,
Pues yo entiendo que el último día para resolver es el 13 de abril porque te dice dos meses a partir del día siguiente a la fecha de presentación de solicitudes, entonces empezaría a contar el plazo para resolver el 13 de febrero, y los plazos en meses y años van de fecha a fecha, según la ley 39.
1. El plazo para la resolución del concurso será de dos meses contados desde el día siguiente al de la finalización del de la presentación de solicitudes, salvo que la propia convocatoria establezca otro distinto.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
Está regulado en el art. 47 del RD 364/1995 de 10 de Marzo.
Aquí te dejo enlace: [--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1995-8729--]
• 25/09/2019 17:54:00.
• Mensajes: 891
• Registrado: mayo 2019.
::: --> Editado el dia : 25/09/2019 17:57:48
::: --> Motivo :
.
Gracias Alberto.
Sí, si yo había puesto la opción D, por supuesto.
Lo que no acabo de entender, tras darle mil vueltas, es porqué se da como buena la B en la hoja de respuestas.
Nuestro profe nos dice que (como ya todos sabemos), los plazos en meses van de fecha a fecha, pero es una obviedad como un castillo que en este caso se empieza a contar desde el 13 de Febrero.
Por eso digo que yo sigo sin verle una explicación, y que veo a esta perra pregunta carne de impugnación...
• 25/09/2019 18:04:00.
• Mensajes: 891
• Registrado: mayo 2019.
Perdonad, he borrado lo de antes porque no se leer hehe, pero que tenéis razón, la correcta debería ser la D. Y cuidado RogerTaylor que he visto alguna pregunta donde ponía que los plazos de contaban de fecha a fecha y se daba como mala porque eso era lo que ponía inicialmente en la Ley 30/1992, en la Ley 39/2015 como ya sabes no pone eso.
• 25/09/2019 18:23:00.
• Mensajes: 234
• Registrado: abril 2018.
/El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Aquí tenéis el párrafo 4.2 del art. 30 de la ley 39/2015.
• 25/09/2019 18:32:00.
• Mensajes: 891
• Registrado: mayo 2019.
Eso mismo estaba buscando turk90, teniendo en cuenta que el vencimiento fue el 12 de febrero, este mismo día de abril debería ser el último plazo para resolver el procedimiento...
Ahora por fin he entendido porqué dan por buena la B. Priorizan lo que dice la 39/2015. O sea, HAY QUE APLICAR LA LEY 39/2015 AL REAL DECRETO 364/1995
La clave, como han ya dicho otros, se encuentra en lo que explica, y mal, la susodicha ley 39 en el artículo 3 punto 4...
"4. Si el plazo se fija en MESES o años, (EL PLAZO DE RESOLUCIÓN DEL CONCURSO ESTÁ FIJADO EN MESES), éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, (que es lo que te repite la propia ley 364/1995) o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento..."
Así que es una forma de decir que, en este caso, lo que nos dice el real decreto se lo pasan por el arco del triunfo, ya que al ser un PLAZO FIJADO EN MESES y QUE COMPUTA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE a partir de la notificación, publicación, o en este caso presentación de solicitudes, ELLOS TOMAN como referencia para "acabar el plazo" el PROPIO DÍA en el que se produce la notificación, publicación, silencio administrativo o en este caso, finalización del plazo para echar la solicitud.
Es de estas cosas más fáciles de entender que de explicar.
Y todavía no la comprendo a plenitud, pero digamos que la acepto...
• 26/09/2019 7:58:00.
• Mensajes: 73
• Registrado: diciembre 2017.
Os estais complicando mucho.
Por meses y por años va de fecha a fecha, si empieza el 14, pues acaba el 14.
Otra cosa distinta, es que no puedes empezar a hacer cosas, hasta el dia siguiente.
X ejemplo, las solicitudes xa la opo, imaginamos q empezo el 3 de junio, pues el plazo acaba el 3 de julio .....pero no puedes hacer nada, presentarla, recurrir las bases, presentar papeles, etc hasta el 4 de junio ( el dia siguiente)
• 26/09/2019 8:19:00.
• Mensajes: 891
• Registrado: mayo 2019.
::: --> Editado el dia : 26/09/2019 8:20:08
::: --> Motivo :
Buenos días. Lo que dice Phibs es correcto, muy bien explicado. Si el plazo comienza el 13 de febrero entonces suponemos que el último día del plazo es necesariamente el 12 de abril. Siguiendo lo de la ley 39/2015 cuesta porque no está exactamente con las mismas palabras, pero el plazo cuando se habla de meses acaba el día anterior (el 12) del mes siguiente desde el día en que ya puedes actuar (entendido como que ya podrían dictar resolución). Esperemos que los amigos del CPS sean amables y pregunten por meses y no por fechas.
• 26/09/2019 17:43:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: septiembre 2009.
Aunque lo habéis puesto muy bien, por si puede ayudar
Ley 39. Artículo 30. Cómputo de plazos
4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. ( dado que el plazo para resolverlo son dos meses a partir del día siguiente al de la finalización de la presentación de solicitudes) es decir el plazo empieza el 13 de febrero.
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. - si ponemos que el plazo acaba el 13 de abril, estaríamos diciendo que dura 1 mes y 1 dia, podemos entender el dia de fin de presentacion de solicitudes 12 febrero como el dia en que "se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo" y por eso también es el 12 abril el último día del plazo.
• 26/09/2019 22:55:00.
• Mensajes: 319
• Registrado: febrero 2018.
Buenas Noches morayzarza:
Si ponemos que el plazo acaba el 13 de Abril estaríamos diciendo que dura 2 meses y un día no?
No un mes y un día...
Creo que es así, que lio.
Saludos