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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

lozana1975

• 27/09/2019 17:27:00.
Mensajes: 40
• Desde: Alicante/Alacant.
• Registrado: febrero 2011.

Silencio administrativo

En el silencio administrativo:
a. Ni hay una manifestación concreta de voluntad administrativa ni una conducta a la que se le pueda atribuir un determinado valor.
b. No hay una manifestación concreta de voluntad administrativa pero si una conducta a la que se le pueda atribuir un determinado valor.
c. Depende de la valoración discrecional de la administración.
d. Si hay una manifestación concreta de voluntad administrativa pero no una conducta a la que se le pueda atribuir un determinado valor.


Cual es la respuesta correcta? En que articulo se refleja dicha respuesta de forma textual?..

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

Lbrl785

Siempre se encuentra lo que se anda buscando

• 29/09/2019 9:58:00.
Mensajes: 9
• Registrado: agosto 2019.

RE:Silencio administrativo

Hola!

textual no está en ningún artículo de la LPAC, por si sirve yo he encontrado esto:

[--https://books.google.es/books?id=f2FRDwAAQBAJpg=PA...%20valorf=false--]

y esto

[--https://dudaslegislativas.com/acto-administrativo-expreso-y-presunto/--]

que me ha dejado claro que la correcta es la A),

¡saludos!

OpositadoQueEsParticipio

• 29/09/2019 17:20:00.
Mensajes: 558
• Registrado: marzo 2018.

RE:Silencio administrativo

::: --> Editado el dia : 29/09/2019 17:22:47
::: --> Motivo :

Yo habría puesto la B.

No es una manifestación concreta, como lo sería resolver. Pero sí que tiene fuerza jurídica frente a terceros (y a la propia administración) a todos los efectos.

Pero si decís q es la A, tendré q repasar más.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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