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711.887 mensajes • 396.252 usuarios registrados desde el 25/05/2005

tuoba

Errare humanum est

• 02/10/2019 14:13:00.
Mensajes: 55
• Desde: Cádiz.
• Registrado: octubre 2019.

Duda sobre créditos vinculados 43.2 LGP

Buenas, tengo la siguiente duda sobre el artículo 43.2 de la LGP:

Artículo 43. Especificación de los presupuestos del Estado.
...
2. No obstante, se especificarán al nivel que corresponda conforme a su concreta clasificación económica, los siguientes créditos:
a) Los destinados a atenciones protocolarias y representativas y los gastos reservados.
b) Los destinados a arrendamientos de edificios y otras construcciones.
c) Los declarados ampliables conforme a lo establecido en el artículo 54 de esta Ley.
d) Los que establezcan asignaciones identificando perceptor o beneficiario, con excepción de las destinadas atender transferencias corrientes o de capital al exterior.
e) Los que, en su caso, se establezcan en la Ley de Presupuestos de cada ejercicio.
f) Los créditos extraordinarios que se concedan durante el ejercicio.


Esto significa que los créditos que menciona el 43.2 están vinculados por toda su codificación en la clasificación económica, es decir, su subconcepto 000.00? O cómo?
Gracias :)

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

Flowerbomb

Nunca perder la esperanza

• 02/10/2019 15:04:00.
Mensajes: 235
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2016.

RE:Duda sobre créditos vinculados 43.2 LGP

Sí,así es, esos créditos están vinculados al máximo nivel.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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