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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Administracion del Estado
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• 11/10/2019 15:26:00.
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Hola, buenas tardes, qué tal se encuentran ustedes.
Pues estaba haciendo tests y uno de los supuestos tratada sobre un procedimiento de responsabilidad patrimonial, cosa que es irrelevante pero por poner en contexto. Bien sabemos según la ley 39 o la 40, ahora mismo no recuerdo cuál, el caso es que sale en las dos, quien resolvía los procedimientos de responsabilidad patrimonial es o bien el consejo de ministros o bien el ministro al que le haya tocado. La cosa es que me gustaría saber cuándo tiene que resolver uno y cuando el otro, porque en teoría solo se regula en esas dos leyes y me parece que no deja nada claro cuando le toca a cada uno, de hecho creo que no dice absolutamente nada al respecto, y como comprenderéis a uno le gustaría tener claras unas dudas tan básicas a 8 días del examen.
Así que nada, muchas gracias y mucha suerte.
• 11/10/2019 15:39:00.
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• Registrado: marzo 2018.
::: --> Editado el dia : 11/10/2019 15:39:50
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 11/10/2019 15:39:09
::: -- Motivo :
Siempre el ministro.
El consejo de ministros es para la reclamaciones all Estado-Legislsdor. Los del artículo 32.3 de la LRJSP. Eso tengo apuntado yo.
• 11/10/2019 15:57:00.
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Sí, eso es lo que había estado pensando que podía ser pero no lo veía nada claro. Entonces sería el CM en el caso de derogar o declarar inconstitucionales o contrarias al Derecho de la UE las leyes o normas con rango de ley, entiendo. Todo el resto del ministro correspondiente.
Muchas gracias por aclarármelo.