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• 24/10/2019 17:04:00.
• Mensajes: 192
• Registrado: octubre 2019.
Acabo de impugnar la pregunta 19 del supuesto 1 A, vosotros habéis impugnado ?
• 24/10/2019 17:09:00.
• Mensajes: 197
• Registrado: febrero 2016.
Por diversos motivos la 1, 6, 16, 19 y 20. Aunque siendo realistas, solo tienen probabilidad de prosperar las dos últimas y, quizá, poco probables, la 6 y la 16 . Pero quién sabe! De todos modos, hay enunciados incompletos o desastres... En fin, veremos...
• 24/10/2019 20:11:00.
• Mensajes: 86
• Registrado: mayo 2016.
Hola! Me acabo de dar cuenta de que muchos también habéis impugnado la pregunta del organismo ALAS y el gasto máximo. Dejo por aquí la impugnación que he enviado al inap por si resulta de utilidad:
Por la presente solicito la anulación de la pregunta 14 del Primer supuesto del MODELO B por poder tener dos respuestas válidas.
Expongo:
PRIMERO: En la referida cuestión se nos pregunta "cuál es el importe máximo de gasto que puede ser autorizado y comprometido en el ejercicio 2020". Si bien la respuesta que se da por válida en la plantilla (400.000 euros) puede ser correcta, la respuesta referente a 1 millón de euros también lo es dada la redacción de la pregunta, puesto aquello acerca de lo que se nos pregunta es el "importe máximo que puede ser comprometido".
SEGUNDO: Si se interpreta que nos están preguntando por la cuantía que queda de crédito para poder gastar, entonces la correcta es 400.000. Si se interpreta que nos preguntan por la cuantía de lo ya comprometido más lo que queda por poder gastar (que es precisamente el conjunto de lo que puede ser autorizado y gastado en el ejercicio 2020, es decir, aquello que podemos entender por "máximo"), entonces la respuesta correcta es 1 millón.
TERCERO: Para que la respuesta dada por correcta pudiera ser la única interpretación posible, sería preciso añadir una cláusula que especificara que aquello por lo que se pregunta es por el crédito que "todavía" puede ser autorizado o por el crédito "remanente". En caso contrario, la expresión "máximo" invita a pensar que se nos pregunta por el total del crédito inicial (el ya comprometido de 600.000 más el remanente de 400.000).
CUARTO: Por otra parte, se podría aludir a que sólo la respuesta “400.000” puede ser correcta si tenemos en cuesta la distribución por anualidades a la que se alude en la respuesta 15. No obstante, como el enunciado nada dice acerca de esta cuestión, cabe interpretar que la respuesta “1 millón” puede ser correcta si se nos pide que contemplemos cualquier escenario posible, ya que, en caso de encontrarnos ante la necesidad de comprometer la totalidad de dicho crédito, el reparto de anualidades posterior podría ser modificado para cumplir con los límites de artículo 47 LGP sin mayor inconveniente.
POR TODO ELLO SOLICITO:
Que la respuesta que se da por válida a la pregunta número 14 sea revisada y, si el
Tribunal Calificador lo considera oportuno, anulada por tener dos repuestas posibles.
Voy a impugnar, y dan un día más hasta el viernes. En mi Academia han visto 2 preguntas que no coinciden en enunciado...asi que artículo 61 va impugnada. Por otro lado, lo volveré a mirar. He visto respuestas de pregunta reslva mal, y vienen literal en la ley...
En el RECIBO DE PRESENTACIÓN EN OFICINA DE REGISTRO os vienen los datos en blanco?menos DNI y nombre... nunca me ha pasado, tiene fecha y hora de presentación, Geiser...pero sin más contenido
• 25/10/2019 11:40:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: julio 2016.
Hola! He visto que muchos habéis impugnado o pensado en impugnar la pregunta 19 del supuesto I del examen tipo A. Bajo mi punto de vista esa pregunta es clara y tiene muy pocas posibilidades de prosperar, puesto que en el enunciado del ejercicio habla de febrero de 2020 como fecha de la que partir para responder a esa pregunta, por lo que los 600.000 ya comprometidos tenemos que olvidarlos, esos ya están comprometidos a esa fecha y nuestro crédito disponible para realizar la inversión plurianual o lo que reste por hacer en el ejercicio 2020 son 400.000. Si el enunciado de la pregunta pusiera sin más, cuál es el importe máximo que puede ser comprometido en 2020, entendería la confusión de pensar que se refiere a todo el año 2020, pero la propia pregunta hace referencia a la inversión plurianual que es lo que se le plantea realizar al funcionario cuando se incorpora a su puesto de trabajo, por tanto, en febrero.
Por supuesto cada uno tendrá su interpretación, pero yo en este caso no veo dudas...
• 25/10/2019 12:11:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: octubre 2019.
Tu mism@ lo has dicho, bajo tu punto de vista
• 25/10/2019 12:58:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: octubre 2019.
Si leemEl enunciado completo de esta pregunta empieza asi: "en relacion con la inversion plurianual que se plantea el organismo..." . Entonces se refiere al importe maximo que se puede comprometer para la inversion plurianual. Si el credito inicial es 1 million y se habia comprometido el gasto por 600000 entonces quedan 400000 para gastar. Esta clara la pregunta. Se refiere al gasto plurianual. Lo pone en el enunciado
• 25/10/2019 13:06:00.
• Mensajes: 327
• Registrado: octubre 2019.
::: --> Editado el dia : 25/10/2019 13:16:18
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 25/10/2019 13:11:25
::: -- Motivo :
Yo lo veo de las dos maneras, te pregunta cuanto es el importe máximo que puede ser comprometido y autorizado en el 2020, pero para mi hay dos respuestas a) y b).
Maximo es 1.000.000 porque no dice que el máximo sea respecto a lo ya comprometido
MAximo es 400.000 si consideras que el máximo es respecto a lo que queda por comprometer
Todo depende de como lo interpretes y este no es un ejercico de interpretación.
Si hubiera puesto cual es el importe máximo que se puede comprometer tras lo comprometido en febrero 2020, pues entonces si, no habría ningún tipo de duda.
y no se donde decir que el enunciado dice a partir de febrero, la pregunta literal es:
En relación con la ejecución de la inversión plurianual que le plantea el Organismo Autónomo ALAS,¿cual es el importe máximo que puede ser comprometido y autorizado en el 2020?
Solo dice 2020, nada mas, la respuesta depende si tomas desde febrero o todo el año
Yo dude entre las dos por ese motivo, puse 1.000.000 pensando que se refería al total, pero también pense en la a), no se, fue mi razonamiento, dude entre las dos por ese motivo y me tire a la piscina y me salio mal.
• 25/10/2019 13:09:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: julio 2016.
Opino exactamente lo mismo Gigikent, con el enunciado lo veo claro, pero lógicamente que hay puntos de vista Cep12
• 25/10/2019 13:13:00.
• Mensajes: 82
• Registrado: julio 2016.
pero el enunciado ya te dice que es compromiso en relación con la inversión plurianual...hay que situarse en el tiempo en el momento en que esta inversión se va a llevar a cabo: febrero de 2020, por lo que lo hayas comprometido hasta ahí, olvídate ya de ello... Al menos en la práctica de la Administración se hace así, igual por eso yo lo veo tan claro. En cualquier caso con las definitivas saldremos de dudas
ÁNIMO!!!!
• 25/10/2019 13:19:00.
• Mensajes: 327
• Registrado: octubre 2019.
Puede ser que en la practica sea así, y no se si si estará regulado por ley/normativa.
Ojala hubiera trabajado en la administración entonces para verlo tan claro jaja
• 25/10/2019 18:18:00.
• Mensajes: 373
• Registrado: septiembre 2018.
::: --> Editado el dia : 25/10/2019 18:24:23
::: --> Motivo :
La pregunta dice cuánto puedes comprometer “en relación con la inversión”, no tiene nada que ver la fecha en la confusión. La confusión está en que si nada de lo gastado en febrero había sido en la inversión, si no en otras cosas, la respuesta es la a). Pero sí lo gastado en febrero lo había sido en la propia inversión, entonces la correcta es la b) (600.000 ya gastados, más 400.000 del crédito disponible = 1.000.000. Lo que hace mal el enunciado es no aclarar en qué estaba gastado, si en el resto de gastos o en la inversión concreta.
Releer la pregunta y dice: “el importe del gasto a imputar al ejercicio corriente es de 600.000 euros. ¿Pero en qué se lo ha gastado exactamente, en “otros gastos” o en la inversión concreta. Hablando de una inversión plurianual con efectos presupuestarios presentes y futuros, tiene mala sombra utilizar la expresión “los gastos imputables al ejercicio corriente” y referirse a “otros gastos” por que parecen gastados en parte dela anualidad corriente de la inversión ( por supuesto que todo gasto que esté en la ejecución de un presupuesto es por que se imputa al ejercicio corriente, pero claramente en este contexto induce a pensar que es en la inversión y la CPS no lo ha interpretado así)
• 25/10/2019 18:21:00.
• Mensajes: 373
• Registrado: septiembre 2018.
::: --> Editado el dia : 25/10/2019 18:32:43
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 25/10/2019 18:26:56
::: -- Motivo :
Y por supuesto no podemos olvidarnos de lo que habían invertido en febrero. Están preguntando cuánto podían gastarse como máximo en 2020 (todo el año) en la inversión. Alguno me parece que la tiene bien de chiripa, por qué opina que en febrero habían gastados 600.000 en la inversión..... total, han respondido algunos de chiripa. Esa es injusta por ambigua y yo la he impugnado. No veo ninguna más impugnable y asumo el resto de mis errores, pero ese no.